Oficina Regional para América Latina y el Caribe

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Transcripción de la presentación:

Oficina Regional para América Latina y el Caribe CONSTRUCCIÓN DE CAPACIDADES EN EL MANEJO INTEGRADO DE AGUA Y AREAS COSTERAS (MIAAC) EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Oficina Regional para América Latina y el Caribe Panamá 17 de agosto de 2010

Marco jurídico internacional de la gestión integrada del agua y de las áreas costeras: EL PROGRAMA MARES REGIONALES DEL PROGRAMA DE NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE. Gonzalo Pereira Puchy Abogado Director Ejecutivo Programa de Estudios de Derecho Pesquero Pontificia Universidad Católica de Valparaíso Chile.

COSTAS. - 7 de cada 10 personas viven dentro de los 80 kilómetros desde la línea de costa. - Casi la mitad de las ciudades mundiales con una población superior al millón de habitantes están situadas en las desembocaduras de los ríos. - 90% de las capturas mundiales en pesca provienen de las zonas costeras.

Conferencia Mundial sobre el Medio Humano (Estocolmo junio de 1972) … “importancia vital para la humanidad de los mares y todos los organismos vivos que existen en los océanos”. En 1974 fue lanzado el Programa de Mares Regionales del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA).

Puede ser un mar cerrado, semicerrado o parte de un mar abierto. MAR REGIONAL Toda zona que siendo parte integrante de un océano o constitutiva de una cuenca marítima, forma por razones geográficas o ecológicas una entidad natural diferenciada. Puede ser un mar cerrado, semicerrado o parte de un mar abierto. *José Juste Ruiz

Participan más de 140 países en al menos un Plan Regional Participan más de 140 países en al menos un Plan Regional. Los programas de mares regionales funcionan a través de los Planes de Acción. 18 Programas sobre Mares Regionales y Programas asociados. 11 Programas respaldados por Convenios y Protocolos vinculantes.

Economía de Recursos Naturales y Ambientales

13 Programas de Mares Regionales: África Occidental y Central África Oriental Asia del Sur Asia Oriental Golfo de Aden Gran Caribe Mar Mediterráneo Mar Negro Mar Rojo Pacífico Noroccidental Pacífico Sudeste Pacífico Sur

Cinco programas de cooperación: - Mar Antártico; - Ártico; - Mar Báltico; - Mar Caspio y - Regiones atlánticas nordorientales.

Contenido de los Planes de Acción: Estudio de los ecosistemas. Estudio de las actividades costeras y marinas. Gestión ambiental. Legislación ambiental. Acuerdos institucionales (UCR). Acuerdos financieros (Fondo Fiduciario). Estrategia. Problemas ambientales de la región. Aspectos socioeconómicos. Evaluaciones ambientales. Estudios científicos de referencia. Investigación y seguimiento de fuentes, niveles y efectos de los contaminantes.

AGENDA ACTUAL

- Manejo de Areas Costeras - Ecosistemas y Biodiversidad:   - Manejo de Areas Costeras - Ecosistemas y Biodiversidad: - Arrecifes de Coral - Mamíferos Marinos - Areas Marinas Protegidas - Especies invasivas - Grandes Ecosistemas Marinos

Contaminación proveniente de fuentes terrestres. Basura Marina. Transporte marino y contaminación proveniente del mar. - Pequeñas islas.

Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste

1976 Inicio de relación de cooperación PNUMA – CPPS. Convenio para la Protección del Medio Marino y la Zona Costera del Pacífico Sudeste (1981). Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste (1981).

Marco Jurídico e Institucional Convenio para la Protección del Medio Marino y la Zona Costera del Pacífico Sudeste (1981). Acuerdo sobre la Cooperación Regional para el Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Sustancias Nocivas en Casos de Emergencias (1981). Protocolo Complementario del Acuerdo sobre la Cooperación Regional para el Combate contra la Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas (1983).

Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Proveniente de Fuentes Terrestres (1983) Protocolo para la Conservación y Administración de las Áreas Marina y Costeras Protegidas del Pacífico Sudeste (1989). Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación Radioactiva (1989).

PLAN DE ACCION PARA EL CARIBE CONVENIO DE CARTAGENA EL GRAN CARIBE PLAN DE ACCION PARA EL CARIBE CONVENIO DE CARTAGENA

1981 Plan de Acción para el Caribe. 1983 Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe. (Convenio de Cartagena).

Protocolo de Cooperación para combatir los derrames de hidrocarburos en la región del Mar Caribe. 1983. Protocolo relativos a la zona y la flora silvestre especialmente protegidas en la región del Mar Caribe (SPAW). 1990. Protocolo relativo a la contaminación proveniente de actividades y fuentes contaminantes terrestres en la región del Mar Caribe.

MARCO JURIDICO INTERNACIONAL DE CARÁCTER GLOBAL MARCO JURIDICO INTERNACIONAL DE CARÁCTER GLOBAL. TRATADOS INTERNACIONALES Y SOFT LAW

Convención para la prevención de la contaminación marina por el vertimiento de desechos y otras sustancias. (1972 1975). Protocolo de Londres (1996 2006). Convención para la prevención de la contaminación por buques (MARPOL). (1973 1983). Protocolo 1978 (MARPOL 73/78). Convención sobre el Comercio Internacional de Especies amenazadas, la flora y la fauna silvestre. (CITES). (1973 1975).

Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar. (1982 1994)

Convención sobre Diversidad Biológica. (1992 1994). Convención sobre los humedales de importancia internacional. (Convención Ramsar). (1971 1975). Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos y su eliminación. (1989 1992)

Soft Law. La Declaración de Estocolmo sobre el Medio Humano. (1972). Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo (1992) Agenda 21 Capítulo 17. Declaración de Dublín sobre el Agua y el Desarrollo Sostenible (1992).

DECLARACIÓN DE WASHINGTON SOBRE LA PROTECCIÓN DEL MEDIO MARINO FRENTE A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS EN TIERRA. 1995

DECLARACION DE ESTOCOLMO SOBRE EL MEDIO HUMANO DE 1972 DECLARACION DE ESTOCOLMO SOBRE EL MEDIO HUMANO DE 1972. Principio 7 Los Estados deberán todas las medidas posibles para impedir la contaminación de los mares por sustancias que puedan poner en peligro la salud del hombre, dañar los recursos vivos y la vida marina, menoscabar las posibilidades de esparcimiento o entorpecer otras utilizaciones legítimas del mar .

DECLARACION DE RIO SOBRE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO. Principio 4 A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DEBERÁ CONSTITUIR PARTE INTEGRAL DEL PROCESO DE DESARROLLO y no se podrá considerar en forma aislada.

Principio 7 En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, LOS ESTADOS TIENEN RESPONSABILIDADES COMUNES PERO DIFERENCIADAS.

Principio 15 Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente EL CRITERIO DE PRECAUCIÓN conforme a sus capacidades . Cuando haya peligro de daño grave o irreversible LA FALTA DE CERTEZA CIENTÍFICA ABSOLUTA NO DEBERÁ UTILIZARSE COMO RAZÓN PARA POSTERGAR LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.

Principio 16 Las autoridades nacionales deberían procurar fomentar la internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el QUE CONTAMINA DEBE, EN PRINCIPIO, CARGAR CON LOS COSTOS DE LA CONTAMINACIÓN, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales.

Agenda 21. Capítulo 17 Protección de los Océanos y de los Mares de todo tipo, incluidos los cerrados y semicerrados y de las zonas costeras y protección, utilización racional y desarrollo de sus recursos vivos.

7 Programas de Acción: Ordenación integrada y desarrollo sostenible de las zonas costeras y las zonas marinas, entre ellas las zonas económicas exclusivas; Protección del medio marino; Aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos marinos vivos de alta mar; Aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos marinos vivos sujetos a la jurisdicción nacional;

Ordenación del medio marino y cambio climático. Cooperación internacional y cooperación y coordinación regional; Desarrollo sostenible de las pequeñas islas:

MUCHAS GRACIAS!!!!