ASPECTOS FISCALES RELEVANTES PARA 2007 C.P.C. y M.A. RAÚL TAGLE CÁZARES Socio de Consultoría de Impuestos Corporativos
Impuesto sobre la renta (ISR)
Impuesto Sobre la Renta Capitalización delgada Reglas de capitalización delgada aplicarían sólo a intereses por deudas con partes relacionadas del extranjero. Opción, en ciertos casos, tomar como capital contable, CUCA, CUFIN o CUFINRE. Deducción de intereses
Impuesto Sobre la Renta Consumos en restaurantes 2006 2007 Deducible 25% 12.50% * No aplica al Consumo de alimentos en gastos de viaje
Impuesto Sobre la Renta Deducción de inversión en automóviles $ 300,000 2006 Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $ 175,000.00
Impuesto Sobre la Renta Casa Habitación Enajenación exenta para personas físicas: Límite 1,500,000 UDIS ($5.6mdp aproximadamente) Excedente gravado Solo una operación en el año calendario, Federatario público verificará si es la primera venta. Excepción al límite si reside al menos los últimos 5 años
Impuesto Sobre la Renta Ingresos exentos por pólizas de seguro para personas físicas Se condicionan a que los contratos sean con aseguradoras constituidas conforme a las leyes mexicanas y sean autorizadas por las autoridades competentes
Impuesto Sobre la Renta Obligación de declaración anual Personas físicas 2007 $ 400,000* 2006 $ 300,000 * Aplica 2006
Impuesto Sobre la Renta Amortización de pérdidas fiscales Se limita amortización de pérdidas fiscales contra utilidades de los mismos giros cuando cambien Socios o Accionistas que tengan el control de la Sociedad, siempre que: Cambien Socios o Accionistas (directa o indirectamente) de más del 50% de acciones o partes sociales con derecho a voto. Sumatoria de sus ingresos de 3 últimos ejercicios sean < al monto actualizado de pérdidas No aplica en: Herencia Donación Reestructura corporativa
Impuesto Sobre la Renta Liquidación de Personas Morales 2006 Cambio residencia fiscal en México Términos C.F.F. 2007 Dejar de ser residente en México en Términos C.F.F. o Conforme a tratados para evitar la doble tributación Todos los activos de la PM en México y en el extranjero se consideran enajenados
Impuesto Sobre la Renta Fideicomisos Empresariales Acumulación a los demás ingresos de los fideicomisarios Amortizables solamente contra las utilidades del fideicomiso Distribución entre fideicomisarios hasta por monto actualizado CUCA no recuperada. Utilidades Fiscales Pérdidas Fiscales Pérdidas Fiscales pendientes de amortizar a la extinción del Fideicomiso
Impuesto Sobre la Renta Fideicomisos de Infraestructura en Bienes Raíces (FIBRAS) Se propone un nuevo régimen para hacer más atractivo y eficiente este mecanismo de inversión para el fomento del desarrollo inmobiliario
Impuesto al activo(IMPAC)
Impuesto al Activo 2 0 0 6 2 0 0 7 Valor del Activo Valor del Activo Valor de deudas Base de Impuestos x Tasa 1.8% Impuesto al Activo 2 0 0 7 Valor del Activo x Tasa 1.25% Impuesto al Activo Pagos provisionales 2007 Contribuyentes que apliquen 5-A Escisión Consolidación
Impuesto al Activo Reducción de tasa de impuesto 2006 2007 1.8% 1.25%
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios IEPS del 20% en 2006 a: Refrescos, bebidas, hidratantes, concentrados de polvo, Jarabes, esencias o extractos de sabores que al diluirse obtengan refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes que no utilicen azúcar de caña y la exención para los que sí la utilizan. 2007 Derogado
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios Tasa Concepto 2006 2007 2008 2009 Cigarros 110% 140% 150% 160% Puros y otros tabacos labrados 20.9% Puros y otros tabacos labrados hechos a mano 26.6% 28.5% 30.4%
Ley de Ingresos de la Federación (LIF)
Ingresos tributarios no petroleros
Tasas de recargos Continúa tasa de recargos por prórroga de créditos fiscales. 0.75% mensual; 1.125% mensual, tratándose de mora.
Cancelación de créditos fiscales Se incorpora concepto de “INCOSTEABILIDAD” a la LIF Art. 15 Monto del crédito Costo de recuperación Antigüedad Probabilidad de cobro Factores a considerar La cancelación de los créditos NO LIBERA DE SU PAGO
Disminución ISR Contribuyentes cumplidos Estímulos Fiscales Disminución ISR Contribuyentes cumplidos Contribuyentes con dictamen fiscal (obligados u opcionales) Acreditarán el 0.5% o 0.25% del resultado fiscal o utilidad gravable en 2007
Estímulos Fiscales Impuesto al Activo LIF 2006 Contribuyentes que tengan ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior menores a 4mdp. LIF 2007 ?? Ejecutivo Federal, a más tardar el 31 de Enero de 2007, determinará las características de los beneficiarios de dicho estímulo.
Investigación y tecnología Estímulos Fiscales Investigación y tecnología Se incrementa en 500mdp el estímulo, de los cuales 250mdp son para desarrollo de fuentes alternativas de energía y teconología de la micro y pequeña empresa y; 250mdp a infraestructura especializada en desarrollar productos, materiales o procesos de producción que representen un avance científico y tecnológico. Se podrá aplicar contra ISR o IMPAC a cargo en el ejercicio en el que se recibió Podrá acreditarse en ejercicios posteriores Histórico
Condonación Créditos Fiscales Contribuciones Federales Cuotas compensatorias Multas formales Actualizaciones Recargos Multas Gastos de Ejecución 80% De las causadas antes del Ene 1 2003 100% de las causadas antes del Ene 1 2003 Que hayan sido revisados de 2004 a 2006 y, Cumplieron correctamente obligaciones fiscales 100% La parte no condonada debe pagarse en una sola exhibición
Condonación Créditos Fiscales Derivados de: Cuotas compensatorias Contribuciones federales, excepto: Retenidas, Trasladadas, Recaudadas Causadas entre: 1/Ene/03 y 31/Dic/05 Recargos Multas 100% Excepto por declarar pérdidas fiscales Que se cubra antes de 30 días Multas Formales 2007 50%
Condonación Créditos Fiscales Otras Consideraciones Debe ser a solicitud del contribuyente En créditos a plazo, la condonación es por el saldo pendiente No da lugar a devolución, compensación, acreditamiento o saldo a favor No pago en especie, dación en pago o adjudicación 2008 SAT proporcionará información al Buró de Crédito
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Firma electrónica avanzada Personas morales y físicas obligadas a presentar declaraciones o expedir comprobantes. Tramitar certificado de FEA desde inscripción en el RFC
Estímulos fiscales y subsidios Los particulares tendrán derecho a subsidios o estímulos siempre que no: Tengan a su cargo créditos firmes. Tengan a su cargo créditos determinados, firmes o no, que no se encuentren pagados o garantizados. No se encuentren inscritos en el R.F.C. Habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración, no haya sido presentada.
Estímulos fiscales y subsidios Las entidades y dependencias deberán abstenerse de aplicar subsidios o estímulos a personas que se encuentren en tales supuestos. No se considerarán comprendidos en los dos primeros supuestos quienes celebren convenio de pago. Últimos dos supuestos 15 días para regularizarse a partir de la notificación.
Consultas a las autoridades fiscales La autoridad quedará obligada a aplicar los criterios contenidos en la contestación a la consulta: Se señalen antecedentes y circunstancias y no sean modificados. No se hayan iniciado facultades de comprobación.
La autoridad no quedará vinculada por la respuesta Hechos planteados no coincidan con la realidad. Se modifique la Ley.
La autoridad no quedará vinculada por la respuesta Respuestas recaídas a las consultas no obligatorias para los particulares. Autoridades deberán contestar en un plazo de tres meses.
Revocación de resoluciones favorables SAT facultado para revocar respuestas favorables recaídas a consultas. Los particulares soliciten y manifiesten su conformidad. No tendrá efectos retroactivos.
Determinación de Créditos Fiscales de Ejercicios Previamente Revisados. Sólo cuando se comprueben y sustenten hechos distintos a los ya revisados. a) Información de terceros. b) Conceptos que no hayan sido revisados con anterioridad. c) Declaraciones complementarias. Intención era no revisar ejercicios ya revisados.
Revisión de Dictámenes: No respeto a revisión secuencial. Pagos provisionales o mensuales. Ejercicio no dictaminado.
Excepción ejercicios con pérdida ya fiscalizados. Facultades de Comprobación de Ejercicios en los que se Disminuyan Pérdidas Fiscales: Obligación de proporcionar documentación que acredite origen de pérdidas fiscales. Excepción ejercicios con pérdida ya fiscalizados. Revisión del origen y procedencia de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores al revisado. Efectos en ejercicio objeto de fiscalización.
Multas por Omisión de Contribuciones: Se reduce de una mínima de 75% al 55% y de una máxima de 100% al 75%.