INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CIUDAD VALLES Ingeniería en Gestión Empresarial Dpto. Económico-Administrativas Especialidad: Gestión Estratégica Asignatura: Gestión Ambiental Clave de la asignatura: GEM-2014 Horas: T=2 P=4 C=6 Gpo: IGE83A Facilitador: Ing. Víctor C.Huerta Castillo Ciudad Valles,.S.L.P., Febrero-2014
Resendis landaverde maria cristina Rubio vazquez izeth marlem Ortega torres Vasty Reyes galarza agustin gerardo Larraga ROMERO daniel PLASENCIA GALVAN Ernesto
1.3 DEFINICIÓN DE DERECHO AMBIENTAL 1.4 FUENTES, OBJETO Y CONTENIDO DEL DERECGO AMBIENTAL CONCLUSION BIBLIOGRAFÍA
Se refiere al conjunto de reglas que se ocupan de la protección jurídica de aquellas condiciones que hacen posible la vida, en todas sus formas, estas normas jurídicas están orientadas a la protección de la biosfera incluyendo la tecnosfera. 1.- INTRODUCCIÓN Derecho ambiental
DEFINICIÓN DE derecho ambiental: Normas que regulan las conductas humanas que influyen de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de los organismos vivos y sus sistemas del ambiente. Raúl Brañes El derecho de la biosfera considera la normatividad de los recursos naturales y las condiciones de vida en nuestro planeta & la protección de todo ser viviente. Pigretti
1.4 fuentes objeto &contenido DEL DERECHO AMBIENTAL Fuente significa el principio u origen, lugar donde nace o se produce algo. Cuando hablamos del origen de la norma jurídica, nos referimos a los hechos que le dan nacimiento a las manifestaciones de la voluntad humana o a las practicas sociales que la generan.
En américa latina la 1° fuente, por su jerarquía y por orden cronológico suele se la constitución política del estado que se trate. La 2° fuente: constituida por la legislación ambiental moderna, o legislación propiamente ambiental (leyes sobre suelos, agua, tierras, bosques,flora, fauna, etc) 3°Fuente: constituida por normas como los códigos civiles, los penales, los procedimientos, la legislación económica, etc. Fuentes del derecho ambiental
Se encuentran en la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente, celebrada del 5 al 16 de junio de 1972 en Estocolmo & la Declaración de la Conferencia de Naciones Unidas de Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de Fuentes del derecho internacional para la protección del ambiente
Principios del derecho internacional Principio 21 declaración de Estocolmo De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas & con los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación de su propia política ambiental y la obligación de asegurarse de que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al ambiente de otros Estados o de zonas internacionales. Principio 2 declaración de Río
22 de Estocolmo & 13 de Rio, en materia de cooperación: Los estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad respecto a contaminación y otros daños ambientales. 27 de la declaración de Río: Los estados y pueblos deberán cooperar de buena fe y con espíritu de solidaridad en la aplicación de los principios consagrados en esta Declaración internacional en la esfera del desarrollo sostenible. OTROS PRINCIPIOS:
El derecho Ambiental se ocupa de la protección de la vida, tomando en cuenta los numerosos elementos. Regula las actividades humanas con impacto ambiental significativo para proteger la naturaleza. Se extiende a normas que regulan materias que tienen relación con la problemática de ahí la relación Hombre-Naturaleza.
BIBLIOGRAFIA Derecho Ambiental y desarrollo sustentable Diana Ramírez Ortiz & Juan Ramírez Marín Editorial: Corúa 2012