STC 208/1999 Alex Muñoz María Romero Susana Sánchez Inés Soret María Soto David Zamora.

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Transcripción de la presentación:

STC 208/1999 Alex Muñoz María Romero Susana Sánchez Inés Soret María Soto David Zamora

INDICE  Antecedentes. Alegaciones de las partes País Vasco Cataluña  Argumentación Abogado del Estado  Fallo del Tribunal  Opinión personal magistrados  Conclusión

Alegaciones de las partes  Dichos preceptos no respetan el orden constitucional de distribución de competencias.  Los preceptos impugnados han invadido el ámbito de competencias que corresponde a la Generalitat. PAÍS VASCOCATALUÑA Ante la similitud de los dos casos el abogado del estado pide al Tribunal Constitucional que los dos casos se unifiquen.

Argumentación Abogado del Estado  Se solicita la desestimación de los recursos en base a: Competencia legislativa y ejecutiva exclusiva del Estado. Requisito asunción: expresa atribución (art CE). Dif. entre “defensa de la competencia” y “comercio interior”. Imposibilidad de territorialización de la L.D.C.

Fallo del Tribunal  Inconstitucionalidad de la cláusula “en todo o en parte del mercado nacional” arts. 4, 7,9 10, 11, y 25 a) y c)  Disposición transitoria 1ª pérdida sobrevenida del objeto del recurso  Desestimación del recurso en todo lo demás

Opinión personal magistrados Julio Diego González Campos Fernando Garrido Falla R ecurso inconstitucionalidad C onflicto competencial

Conclusión  OPINIÓN PERSONAL:  Participación activa de las CCAA  Competencias equivalentes entre Estado y CCAA  Reparto de funciones  lo más claro posible  Actuación coordinada y eficiente EVITAR CONFLICTOS