COOPERATIVA ESCOLAR CICLO ESCOLAR 2011-2012.

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Transcripción de la presentación:

COOPERATIVA ESCOLAR CICLO ESCOLAR 2011-2012

SECTOR VIII

REGLAMENTO DE COOPERATIVAS ESCOLARES (FUNDAMENTO) Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos - Presidencia de la República. JOSÉ LÓPEZ PORTILLO. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos: 5º fracción XV, 20, 44, 45 fracciones II y VI de la Ley Federal de Educación, y 13 de la Ley General de Sociedades Cooperativas

OBJETIVO Promover los fines que persiguen las cooperativas escolares para coadyuvar en la formación de los educandos.

FINES DE LAS COOPERATIVAS ESCOLARES Desarrollo de actividades de solidaridad, ayuda mutua, cooperación y responsabilidad de tareas. Desarrollar hábitos de cooperación, previsión, orden y disciplina. Coordinar sus actividades con los contenidos, planes, y programas escolares. Autoaprendizaje funcional del educando. Técnicas participativas. Vincular al educando con la realidad de su medio ambiente.

TIPOS DE COOPERATIVAS b) Cooperativas escolares Cooperativas escolares de consumo. Adquisición y venta de alimentos. b) Cooperativas escolares de producción. Elaboración de productos y prestación de servicios en beneficio de la comunidad escolar.

BENEFICIOS DE LAS COOPERATIVAS ESCOLARES Reducción de precio de venta de los artículos Contribución económica para mejorar las instalaciones, y el equipamiento escolar Adquisición y venta de productos escolares (uniformes, útiles escolares, entre otros) IV. Apoyo para el fortalecimiento académico BENEFICIOS DE LAS COOPERATIVAS ESCOLARES

INTEGRACION DEL ÓRGANO DE GOBIERNO Y CONTROL Consejo Comité Comisión La Asamblea General es la autoridad máxima de la cooperativa escolar y se integrará con todos los socios de la misma. Consejo de Administración (Presidente, Tesorero, Secretario y 4 vocales) Comité de Vigilancia (Presidente, Secretario y tres vocales) Comisión de Educación Cooperativa (Por un número no mayor de 5 socios)

Nombrar y en su caso remover a los miembros. Aprobación de los informes de contabilidad. Aprobación de las modificaciones de las bases constitutivas. Aprobación sobre los movimientos del capital social. Aprobación del fondo de reserva. Aprobación sobre la distribución de los rendimientos económicos. Aprobación de los proyectos del fondo repartible y utilización del fondo de reserva. Aplicación de sanciones a los socios. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

FUNCIONES CONSEJO DE ADMINISTRACION Organizar y controlar el funcionamiento de cooperativa. Elaboración del proyecto de actividades productivas. Controlar el uso de los bienes al servicio de la cooperativa escolar. Mantener actualizados los registros contables, autoriza la venta de los productos. Elabora el proyecto de distribución del fondo repartible y la utilización del fondo de reserva. Rinde el Informe de Actividades. Supervisar las operaciones de la cooperativa. Informar anomalías sobre el funcionamiento de la cooperativa. Vigilar que los libros de actas y contabilidad se lleven al corriente; y que los informes reflejen fielmente los estados contables y las actividades desarrolladas por la cooperativa así como la entrega oportuna del fondo repartible. Fomentar la educación cooperativa entre los socios. Difundir los principios del cooperativismo. Instruir a los socios acerca de sus obligaciones y derechos. Promover eventos para dar a conocer a la comunidad los beneficios obtenidos a través del trabajo cooperativo. CONSEJO DE ADMINISTRACION COMITÉ DE VIGILANCIA COMISIÓN EDUCACIÓN COOPERATIVA

Fondo social. Se formará con el 40% y se empleará para apoyar las nesecidades prioritarias del plantel. Fondo de reserva. Se constituirá con el 20% y se destinará para evitar interrupciones en la actividad cooperativa, así como absorber las pérdidas que pudiera sufrir la cooperativa. Adquisición de recursos en beneficio de los socios con previa autorización. Fondo repartible. Se formará con el 40% y se distribuirá entre los socios al finalizar el ciclo escolar. APLICACIÓN DE LOS FONDOS ECONÓMICOS

Reducción por número de socios (menos de diez). Por voluntad DISOLUCIÓN DE LAS COOPERATIVAS ESCOLARES Por clausura o fusión de las escuelas. Por voluntad de las dos terceras partes de los socios.

RECOMENDACIONES GENERALES Proporcionar asesoría al personal directivo para la constitución de las Cooperativas Escolares Brindar asesorías a los directivos y a los integrantes del Órgano de Gobierno y Control para que de manera conjunta conozcan sus derechos y obligaciones Verificar que en el proceso de entrega-recepción de los Órganos de Gobierno y Control se refleje la transparencia de los recursos Asesorar en la elaboración del llenado de los libros contable, de actas, registro diario de ventas, notas y facturas Promover integración y compromiso por parte de los integrantes del Órgano de Gobierno y Control Promover la participación de todos los profesores a formar parte en la integración con el fin de evitar de los integrantes en cualquiera de las comisiones en el ciclo inmediato a su gestión

RECOMENDACIONES GENERALES Fungir en calidad de asesores, firmar documentos de autorización y de Vo. Bo. Promover al interior de las cooperativas el expendio de productos nutritivos que contribuyan al cuidado de la salud Vigilar la transparencia de los procesos que se gestan en la cooperativa de las escuelas (contabilidad, ejercicio de recursos, los fondos repartible, social y de reserva, entre otros). Verificar que las cuentas bancarias se manejen de manera mancomunada Presidente y Tesorero Verificar que a los bienes inmuebles adquiridos a través de las cooperativas se les de número de inventario y que se elabore un acta de donación en el libro respectivo Verificar que se de a conocer a todos los socios los informes de ingresos y egresos después de cada corte contable Revisar a través de fichas de depósito bancarios que se deposite semanalmente las utilidades con la finalidad de que los procesos de las cooperativas escolares, se sujeten a los principios de transparencia y de rendición de cuentas Verificar que los recursos del fondo social se apliquen exclusivamente para material didáctico y mejoras del plantel en beneficio de todos los socios

RENDIMIENTO BRUTO ARTICULO 45 fracción I RECOMENDACIONES GENERALES RENDIMIENTO BRUTO ARTICULO 45 fracción I La diferencia resultante entre el precio de venta y el precio de la adquisición de los artículos.

RENDIMIENTO ECONOMICO NETO RECOMENDACIONES GENERALES RENDIMIENTO ECONOMICO NETO ARTICULO 45 El rendimiento económico neto se calculará deduciendo del rendimiento económico bruto los gastos financieros, administrativos y de ventas.

FONDO SOCIAL . FONDO FONDO DE REPARTIBLE RESERVA RENDIMIENTO ECONOMICO NETO FONDO REPARTIBLE . FONDO DE RESERVA

FONDO SOCIAL 40 % FONDO . FONDO DE REPARTIBLE RESERVA 40 % 20 % RENDIMIENTO ECONOMICO NETO FONDO REPARTIBLE 40 % . FONDO DE RESERVA 20 %

FONDO SOCIAL Se empleará para apoyar las necesidades prioritarias del plantel. ( No implica que se tenga que dar 10 % semanal a los directores ) Se harán de acuerdo con las disposiciones que dicten las autoridades educativas competentes.

Artículo 48. El fondo de reserva se constituirá con el 20% del rendimiento económico neto y se destinará a: I.Evitar interrupciones en las actividades de la cooperativa; II.Incrementar dichas actividades; III.Absorber las pérdidas que pudiera sufrir la cooperativa, las cuales deberán ser comprobadas ante las autoridades competentes.

Fondo de Reserva, para algún gasto con cargo a este fondo se deberá solicitar autorización previa a la dirección de planeación e integrar los siguientes documentos: oficio para solicitar autorización, dirigido a la dirección de planeación copia de los informes del ciclo 2006-2007 (libro cotable) y en su caso 2007-2008 copia del acta de asamblea general con las firmas de los socios participantes, mendiante la cual se propuso las necesidades de compra (libro de actas) .

copia de las tres cotizaciones presentadas copia del acta de de asamblea general con las firmas de los socios participantes, mediante la cual se presentaron los tres prespuestos, se determinó la compra y el proveedor (libro de actas) copia de las tres cotizaciones presentadas toda la documentación deberá contar con el visto bueno y cotejo original por parte de la supervisión escolar o inspección general, según el caso. .

Artículo 57. Las sanciones que se apliquen a socios infractores, maestros o empleados, serán sin perjuicio de las que establezcan las disposiciones que regulen su relación laboral. Artículo 58. La aplicación de las sanciones que prevén los artículos 56 y 57 no excluye el ejercicio de las acciones CIVILES O PENALES, por parte de las autoridades competentes.

RECOMENDACIONES GENERALES El consumo de alimentos deberá ser balanceado y nutritivo, sólo se podrán vender alimentos que tengan valor nutricional, como son, frutas, verduras, cereales y tubérculos (productos de maíz, trigo, arroz, papa, camote), leguminosas y productos de origen animal como leche, yogurt, huevo, queso, pollo, pescado y carne de res. Impedir la venta de productos denominados “chatarra”

Los gastos realizados por la cooperativa escolar que rebasen la cantidad de $50.00, deberán justificarse con facturas a nombre y domicilio del plantel educativo (anexo 2); así como las notas de remisión deberán contener razón social, teléfono y registro federal de contribuyentes de los proveedores. para el caso de aquellos servicios que no entregan facturas o notas, tales como las pipas de agua, pago de basura, pasajes, etc., se deberá llenar un recibo con el nombre y firma de la persona que realice el servicio y si es posible, se anexará copia fotostática de su identificación; dicho recibo deberá contener las firmas de los presidentes del consejo de administración, comité de vigilancia y comisión de educación cooperativa, así como el visto bueno del plantel

Para las cooperativas de educación primaria de debe considerar que los gastos mayores a $400.00 que se hagan con cargo al fondo social se debe informar a la asamblea general y asentar en el libro respectivo el acta correspondiente con las firmas de los socios y visto bueno de la dirección y supervisión escolar