organizaciÓn judicial penal espaÑola

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Transcripción de la presentación:

organizaciÓn judicial penal espaÑola

España tuvo una reorganización judicial a partir de la promulgación de la Ley de Demarcación y planta Judicial del 1998 Los organos judiciales en España son siete: la organización del ordenamiento puede definirse geográfica (descentralizada) y funcional a la vez.

Los órganos unipersonales colegiados (integrados por magistrados) son los: JuecesJuzgadores de órganos unipersonales MagistradosJuzgadores que integran órganos colegiados de nivel superior Mientras que el Juzgado de Paz, de Instrucción y de lo Penal están formados por un solo juzgador

ESTRUCTURA Tribunal Supremo - Audiencia Nacional Tribunal Superior de Justicia Audiencia Provincial Juzgado de Instrucción Juzgado de lo Penal Juzgado de Paz

colabora con el Juez de Instrucción de su Partido Judicial Juzgado de Paz nombrado por un plazo de 4 años por la Sala del Gobierno del Tribunal Superior de Justicia respectivo, previa elección del Ayuntamiento. Es un órgano constituido por un juez que no precisa tener estudios en derecho. Es asistido por el Secretario del Ayuntamiento. En el ámbito penal: colabora con el Juez de Instrucción de su Partido Judicial Instruje y enjuicia las faltas de menor entidad actúa medidas de prevención y previsión de delitos de menor gravedad competente para las notificaciones competente para las citaciones

Juzgado de Instrucción Órgano unipersonal de primera instancia, desempeña las funciones de investigación y conoce de los recursos contra las resoluciones del Juzgado de Paz. Sus competencias en ámbito penal son: instrucción de las causas cuyo enjuiciamento compete al Juzgado de lo Penal y a la Audiencia Provincial juicio de faltas (investigador y juez a la vez) que no sean competencia del Juezgado de Paz procedimiento de Habeas Corpus recursos contra la resoluciones del Juzgado de Paz del partido Permanece por turno 24 horas de guardia (Juzgado de Guardia) recibe a los detenidos, practica las diligencias más urgentes y acuerda la libertad o prisón de los puestos a disposición judicial recibe denuncias y querellas criminales presentadas por particulares está en su partido judicial de competencia con sede en el municipio

En el proceso Penal Español hay dos organos judiciales distintos: Juzgado de Instrucción lleva a cabo la fase de instrucción Ministerio Fiscal determina el tipo de procedimiento a seguir: Abreviado hasta 9 años Ordinariomás de 9 años con apertura de sumario y procesamiento Ley del Juradopara los delictos muy graves Juzgado de lo Penal o Audiencia Provincial competente para el enjuiciamento

Juzgado de lo Penal instituido por la Ley Órganica 7/1988 tiene competencia para los delitos leves su circonscripción territorial es la provincia: tiene sede en cada capital de provincia juzga a los procedimientos abreviados (pena de 1 a 5 años de prisón) se pronuncia sobre la suspención o sostitución de la condena o por la forma de cumplir la pena

Audiencia Provincial Órgano jurisdicional de primera instancia y Tribunal de segunda instancia también, con circunscripción territorial en la provincia y con sede en la capital de esta última. Se constituye en su seno el Tribunal del Jurado y comprende también el Juzgado de los Menores Especial. La Audiencia Provincial es un órgano colegiado y formado por un número variable de secciones (Tribunales) compuestas por tres magistados (Ponenteestudia la causa y propone la resolución y dal Relator) La Audiencia Provincial es competente para: juzgar los procedimientos abreviados más graves (de 5 a 10 años de prisón) juzgar los sumarios tramitados por el Procedimiento Ordinario (más de 9 años e 1 día) recursos interpuestos contra las sentencias dictadas por los: Jueces de lo Penalrecursos de apelación Jueces de Instrucción (en los juicios de faltas)  recursos de apelación Jueces de Menores Jueces de Vigilancia Penitenciaria

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma desempeña funciones de primera y de segunda instancia, su sede está situada en la correspondiente capital de Autonomía y el Estatudo de esta última, le atribuye las materias de la que se ocupa y es competente de la instrucción: y fallo de causas penales contra altos cargos de la comunidad Autónoma y contra jueces, magistrados, y fiscales por delitos cometidos en el ejercicio de su cargo resuelve los recursos contra resoluciones del Tribunal del Jurado

Audiencia Nacional Narcotráfico Órgano colegiado con sede en Madrid, con competencia en todo el Estado (las causas se debaten según de la gravedad de delito también en el Juzgado Central de lo Penal) está compuesto por la: Sala de lo Penal entiende un conjunto de delitos de relevancia nacional, que están numerados en el art. 65 de la Ley Orgánica del Poder judicial: contra la Corona contra las altas magistraturas de la Nación Narcotráfico terrorismo falsificación de la moneda contrabandos fraudes alimenticios fraudes farmáceuticos cometidos por grupos organizados Concesión de la extradición pasiva Sala de lo contencioso - administrativo Sala de lo Social

Tribunal Supremo Órgano colegiado superior, competente en los cuatro órdenes, excepto por las materias de garantías constitutionales, versa sólo sobre la <<questio juris>> y está formado por cinco magistrado y entiende de: recursos de casación revisión contra las sentencias ordinadas por la Audiencia Provincial enjuiciamento contra las altas cargas del Estado enjuiciamento contra las altas magistraturas de la Nación garantiza que las resoluciones judiciales se ajusten a derecho: asigura el respeto de la Ley y uniformidad de su interpretación

Tribunal del Jurado Órgano competente par juzgar los delitos que el legislador ha reputado ser graves. Su juicio se celebra en el Tribunal Supremo o en el Tribunal Superior de Justicia. Està formado por: un magistrado – presidente de la Audiencia Provincial (magistrado de la sala Penal del Tribunal Supremo o de un Tribunal Superior de Justicia) que funciona como <<juez de garantía>> Nueve ciudadanos eligidos por sorteo Se constituye para juzgar: homicidio consumado algunos delitos cometidos por funcionarios públicos (cohecho, malversación, infidelidad en la custodia de presos o documentos) omisión del deber de socorro allanamiento de morada amenazas delitos medioamblientales