República del Paraguay Ministerio de Educación y Cultura

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Transcripción de la presentación:

República del Paraguay Ministerio de Educación y Cultura “SITUACIÓN DE INCLUSIÓN EDUCATIVA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL.” República del Paraguay Ministerio de Educación y Cultura Dirección General de Educación Inclusiva Dirección de Educación p/ Personas con NEE. Lic. Leticia Paola Gaona Gamarra Técnica de DEPNEE.

INFORMACIÓN GENERAL DEL PAÍS Paraguay es un país con un 57% de concentración poblacional en el área urbana y 43% en la rural. En el último medio siglo, el país cuadriplicó su población y según el último Censo Nacional de Población y Viviendas del año 2002, cuenta con 5.163.198 personas. El país está dividido en 2 regiones naturales, separadas por el Río Paraguay: la Región Oriental y la Región Occidental, la densidad poblacional es baja y desigual la distribución de la misma, en efecto, la densidad poblacional es solo de 12,7 habitantes por km2. Sin embargo existen diferencias importantes según regiones geográficas, mientras la Región Occidental que representa el 60% de la superficie del país, alberga al 3% de la población con 0,5 habitantes por km2, la Región Oriental concentra al 97% de la población con 31,5 habitantes por km2. Asunción, capital del país, cuenta con una población estimada para el año 2012 de 515.587, con 53,7 % de mujeres y 46,3% de hombres. Asunción conforma el 7,7% de la población del país. Fuente: STP/DGEEC. Paraguay. Proyección de la Población según Departamento, 2000-2020

Perfil Desarrollo País. Índice de desarrollo humano: el IDH 0,765 , según datos PNUD año 2006. Ingreso percápita: PIB per cápita: US$ 2.118 (2007) Producto interno bruto: La economía paraguaya crecería en el 2010 a su mayor ritmo en 29 años, apoyada por una mejora de la producción agropecuaria, tras aumentar a un 9,0 por ciento su proyección del crecimiento del PIB.

Situado en el corazón de América del Sur, país mediterráneo limita al norte con Bolivia y Brasil, al Este con Brasil y al Sur y Oeste con Argentina. El Paraguay está dividido en 17 departamentos y un distrito capital (Asunción). El país es dividido por el río Paraguay en dos regiones naturales bien diferenciadas: la Región Oriental y la Región Occidental, cada una con sus particularidades. Datos Geográficos.

Perfil Demográfico. Distribución poblacional de sexo/edad. La población estimada del Paraguay para el año 2012 asciende a 6.672.631, de los cuales 50,5% corresponde a hombres y 49,5% a mujeres. Fuente: STP/DGEEC. Paraguay. Proyección de la Población Nacional por sexo y edad, 2000-2050 Distribución urbano/rural. Según datos de Dirección de Estadísticas, Encuestas y Censos, sobre Población y Vivienda 2008. 3.597.590 habitantes de zonas urbanas 2.632.555 habitantes de zonas rurales

Intervención Temprana Retos Múltiples Sordo ceguera Número de alumnos con discapacidad visual en las escuelas al 30 de mayo de 2012. Observación: Datos recogidos de Planillas de instituciones, matricula 2012   Intervención Temprana Pre-escolar Primario Retos Múltiples  Sordo ceguera Secundario Ceguera Baja Visión Varones 13 8 10 5 36 18 15 Mujeres 5 9 4 20 23 11 TOTAL 18 17 56 41 19 25  

LA DISCAPACIDAD EN EL PARAGUAY Si bien se desconoce con precisión el número de personas con discapacidad que existirían en el Paraguay, se cuenta con informaciones derivadas del Censo Nacional de Población y Viviendas de los años 1992 y 2002. La tasa de discapacidad obtenida en el Censo de 1992 fue de 0,96%, en tanto que en el año 2002 fue 0,99%, es decir de menos de 1 persona por cada 100 habitantes. En cifras absolutas el número de discapacitados ha aumentado de 39.726 en el año 1992 a 51.146 en el año 2002. Instituciones gubernamentales y no gubernamentales han hecho esfuerzos por realizar mediciones sobre las personas con discapacidad en Paraguay, obteniéndose resultados muy diversos y no comparables entre sí por las diferencias de objetivos, enfoques y magnitud de los mismos. Las discapacidades más frecuentes en el Paraguay son la discapacidad para el movimiento y la discapacidad mental que constituyen el 26% y 25% respectivamente del total de discapacitados del país, siguen en orden de frecuencia la discapacidad para ver que afecta al 15% de este colectivo, la discapacidad para hablar con 11% y la discapacidad para oír 6%.

Discapacidad Visual en los diferentes Departamentos del Paraguay Años cumplidos Concepción San Pedro Cordillera Guairá Caaguazú Caazapá Itapúa 0 a 5 años 1 6 a 10 años 3 11 a 15 años 2 5 16 a 18 años 19 a 25 años 4 26 a 30 años 31 a 35 años 7 36 a 40 años 41 a 45 años 6 46 a 50 años 8 16 51 a 60 años 18 12 61 a 70 años 14 10 71 a 80 años 81 en adelante

Años cumplidos Misiones Paraguarí Alto Paraná Ñeembucú Amambay Canindeyú 0 a 5 años 2 6 a 10 años 1 11 a 15 años 16 a 18 años 4 19 a 25 años 7 3 26 a 30 años 5 31 a 35 años 36 a 40 años 41 a 45 años 6 46 a 50 años 51 a 60 años 17 8 61 a 70 años 71 a 80 años 81 en adelante

Fuentes de información sobre discapacidad. CENSOS: Paraguay ha realizado Censos Nacionales de Población y Viviendas : 1950, 1962, 1972, 1982, 1992 y 2002. Los tres últimos han incluido preguntas sobre discapacidad. Actualmente se está realizando el Censo correspondiente a este año. ENCUESTAS: se ha realizado varias locales 2002 Primera Encuesta regional de Capacidades diferentes en Dpto. Central. Encuesta Situación Socioeducativa de Niños/as, Jóvenes y Adultos con Discapacidad en Paraguay, en edades 6 a 35 años” REGISTROS ADMINITRATIVOS: No existen registros nacionales de Discapacitados Solo registros de Servicios de prestación del MEC/MSP y BS/INPRO.

Distribución porcentual de la discapacidad por sexo Paraguay 2002. Fuente: DGEEC. Censo Nacional de Población y Vivienda .2002

Distribución porcentual de la discapacidad visual en población por departamentos en el Paraguay Fuente: Estudio de prevalencia de discapacidad. JICA. Marzo.2012

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MARCO LEGAL NACIONAL Varias son las disposiciones legales que incluyen diferentes aspectos referidos a las personas con discapacidad en el Paraguay desde la Carta Magna a Leyes específicas. Constitución de la República del Paraguay de 1992: Los artículos de la Constitución Nacional de 1992 que hacen mención a los derechos consagrados para las personas con discapacidad son: Artículo 6: De la calidad de vida. La calidad de vida será promovida por el Estado mediante planes y políticas que reconozcan factores condicionantes, tales como la extrema pobreza y los impedimentos de la discapacidad o de la edad. El Estado también fomentará la investigación sobre los factores de población y sus vínculos con el desarrollo económico social, con la preservación de ambiente y con la calidad de vida de los habitantes. Artículo 46: De la igualdad de las personas. Todos los habitantes de la República; la igualdad en dignidad y derechos. No se admiten discriminaciones. El Estado removerá los obstáculos e impedirá los factores que las mantengan o las propicien. Artículo 47: De las garantías de la igualdad. El Estado garantizará a todos los habitantes de la República; la igualdad para el acceso a la justicia, a cuyo efecto allanará los obstáculos que la impidiesen; la igualdad ante las leyes; la igualdad para el acceso a las funciones públicas no electivas, sin más requisitos que la idoneidad, y la igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de la cultura.

Artículo 58: De los derechos de las personas excepcionales. Se garantizará a las personas excepcionales la atención de su salud, de su educación, de su recreación y de su formación profesional para una plena integración social. El Estado organizará una política de prevención, tratamiento, rehabilitación e integración de los discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales, a quienes prestará el cuidado especializado que requieran. Se les reconocerá el disfrute de los derechos que esta Constitución otorga a todos los habitantes de la República, en igualdad de oportunidades, a fin de compensar sus desventajas. Artículo 74: Del derecho de aprender y de la libertad de enseñar. Se garantizan el derecho de aprender y la igualdad de oportunidades al acceso a los beneficios de la cultura humanística, de la ciencia y de la tecnología, sin discriminación alguna. Se garantiza igualmente la libertad de enseñar, sin más requisitos que la idoneidad y la integridad ética, así como el derecho a la educación religiosa y al pluralismo ideológico. Artículo 88: De la no discriminación. No se admitirá discriminación alguna entre los trabajadores por motivos étnicos, de sexo, edad, religión, condición social y preferencias políticas o sindicales. El trabajo de las personas con limitaciones o incapacidades físicas o mentales será especialmente amparado.

Ley 19/1989 Crea la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social (DIBEN): Esta ley establece que el Objetivo de la DIBEN es “Satisfacer las necesidades humanas de los sectores de la población carentes de medios económicos suficientes, a cuyo efecto queda autorizada a obtener y administrar bienes y servicios, Asistir a la niñez, vejez y personas excepcionales”. Ley 1680/2001 Código de la Niñez y de la Adolescencia: Artículo 22: De las Necesidades Educativas Especiales: El niño adolescente con discapacidad física, intelectual o emocional, tiene derecho a recibir cuidados y atención adecuada, inmediatos y continuos, que contemplen estimulación temprana y tratamiento educativo especializado, tendiente a su rehabilitación e integración social y laboral, que le permita valerse por si mismos y participar de la vida en su comunidad en condiciones de igualdad y dignidad. En ningún caso se permitirá la discriminación o el aislamiento de loa afectados.

Artículo 23: De la Atención y Rehabilitación Obligatoria Artículo 23: De la Atención y Rehabilitación Obligatoria. Es obligación del padre, la madre, el tutor o el responsable del niño o adolescente con necesidades especiales, acompañarlo cuantas veces resulte necesario a los institutos habilitados. La persona que esté en conocimiento de la existencia de un niño o adolescente con necesidades especiales que no reciba tratamiento, debe comunicarlo a las autoridades competentes. Artículo 25: Del derecho del niño y adolescente a ser protegidos contra toda forma de explotación. El nipón y el adolescente tienen derecho a estar protegidos contra toda forma de explotación y contra el desempeño de cualquier actividad que pueda ser peligrosa o entorpezca su educación o sea nociva para su salud o para su desarrollo armónico e integral

Artículo 62: Del empleo de adolescentes con necesidades especiales. Los adolescentes con necesidades especiales no podrán ser discriminados laboral ni salarialmente. La Secretaría Nacional de la Niñez impulsará programas de incentivos para promover la contratación de adolescentes con discapacidad. La Cámara de Diputados aprobó el pasado martes 14 de Agosto en una sesión extraordinaria, la creación de la Secretaría Nacional que se ocupará de dar cumplimiento a los derechos de las personas con discapacidad. La propuesta de ley fue presentada en el año 2010 por un importante grupo de parlamentarios y el INPRO. Con apoyo unánime, fue sancionado el Proyecto de Ley “Que crea la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS)”. La promulgación de la Ley permitirá contar con una entidad que se encargue de la generación y aplicación de políticas públicas a favor de las personas con discapacidad, con un enfoque transversal de la temática.

Con la creación de la Secretaría se dará cumplimiento a una deuda pendiente del Estado Paraguayo al sector de la Discapacidad. La misma funcionará como un órgano rector, formulador de políticas públicas, con direcciones que tendrán como objetivo garantizar y velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas por los Derechos de las personas con discapacidad, transversalizando en las demás instituciones y ministerios la temática de la inclusión, con espacios de participación con organizaciones de y para personas con discapacidad.

El papel del psicólogo en el equipo multidisciplinar. El Rol del psicólogo dentro del equipo técnico de una institución escolar dedicada a la discapacidad visual con orientación académica y profesional es: Aplicar las   pruebas formales que se requieran para la valoración cognitiva   y/o emocional del niño, niña, adolescente y joven. Planear y ejecutar   intervenciones grupales e individuales a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes   de acuerdo con el plan de atención Integral. Realizar intervenciones individuales de apoyo a los niños, niñas, adolescentes,   jóvenes   y familias en los casos que lo requieran Conocer y elaborar las historias clínicas de los niños, adolescentes, etc. Orientar procesos   psicológicos y pedagógicos para   los grupos de niños, niñas   adolescentes y jóvenes Realizar planes de manejo para que la familia apoye el proceso desde el hogar Participar de todas las actividades deportivas, recreativas y culturales programadas para los niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Entrevistas de orientación a las familias y docentes conforme a las necesidades. Orientación técnica al servicio de estimulación temprana y demás servicios Realizar análisis de caso para todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes   con el fin de reorientar procesos establecidos en el plan de atención integral. Realizar evaluaciones de egreso según método institucional establecido. Planear y ejecutar talleres de capacitación para familias aplicando el procedimiento establecido por la Institución. Planear y ejecutar talleres a familias de preparación para el egreso, de acuerdo con el procedimiento establecido por la institución

EN EL PAÍS EXISTEN TRES CENTROS DE RECURSOS: CENTRO DE RECURSOS “SANTA LUCÍA” en Asunción CENTRO DE FORMACIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS CIEGAS Y DE BAJA VISIÓN en Encarnación. CENTRO DE APOYO A LA EDUCACIÓN INCLUSIVA Y SOCIAL en Cnel Oviedo. Todos estos centros trabajan en red, cumplen con su objetivo de proveer materiales a los estudiantes que necesitan apoyo para su educación. Estos servicios de recursos no llegan a cubrir las necesidades de todos, debido a la falta de mayor cantidad de profesional especializado. Además hay 23 SAT (Servicios de Atención Temprana) en todo el país que atienden a una población de 6 meses a 4 años de edad.

AGUIJE NDEVE GUARA..!!! MUCHAS GRACIAS A TODOS!!!