¿ POR QUE LA CONSTITUCIÓN APROBADA EN ORURO ES INCONSTITUCIONAL, ILEGAL Y NULA DE PLENO DERECHO?

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Transcripción de la presentación:

¿ POR QUE LA CONSTITUCIÓN APROBADA EN ORURO ES INCONSTITUCIONAL, ILEGAL Y NULA DE PLENO DERECHO?

VIOLA EL ART. 23 de la LEY de CONVOCATORIA: LAS SESIONES SON PÚBLICAS ES DECIR DE MANERA ABIERTA A LA CIUDADANÍA Y A LOS CONSTITUYENTES. EN UN LUGAR PÚBLICO Y NO EN UN RECINTO MILITAR RESTRINGIDO. SINO COMO SE SABE QUE SE APRUEBA? ESTO ES ELEMENTAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ORGANOS DEL ESTADO. Y PARA PRESERVAR EL ACTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO PÚBLICO DE UNA NORMA JURÍDICIA, MUCHO MENOS, SI SE TRATA DE UNA NORMA FUNDAMENTAL. 1

CONFORME A LA DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA DE LA LEY AMPLIATORIA DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE: LA DIRECTIVA NO TIENE POTESTAD PARA CAMBIAR LA SEDE DE ACUERDO A LEY, O EL HEMICICLO QUE ORIGINALMENTE FUE DETERMINADO POR LA ASAMBLEA: EN EL TEATRO GRAN MARISCAL. LA DIRECTIVA SOLO TIENE POTESTAD PARA HACER RESGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LOS CONSTITUYENTES, A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE GOBIERNO, Y SUSPENDER LA SESIÓN HASTA QUE EXISTAN LAS CONDICIONES PARA SESIONAR. SON NULOS LOS ACTOS DE AQUELLOS QUE EJERZAN JURISDICCIÓN O POTESTAD QUE NO EMANE DE LA LEY ART. 31 DE LA CPE. CHUQUISACA ORURO SUCRE CUARTEL 2

minorías mayorías EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN EN GRANDE DEL TEXTO ES ILEGAL POR QUE VIOLA LA LEY DE AMPLIACIÓN DE LA ASAMBLEA EN SU PROCEDIMIENTO: 3 NO HAY DOS TERCIOS DEL TOTAL DE LOS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA EN LA SESIÓN ILEGAL DEL LICEO MILITAR, NO SE APROBARON LOS DOS INFORMES DE MAYORIAS Y MINORIAS

TODO EL PROCEDIMIENTO, DESDE ANTES Y DESPUÉS DE LA SESIÓN EN SUCRE, ES NULO DE PLENO DE DERECHO POR QUE VIOLA LA LEY DE AMPLIACIÓN DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE. 4

OTRO ELEMENTO CONSTITUCIONAL Y JURÍDICO, ES QUE LA VIOLENCIA NO GENERA DERECHO. ART. 32 DE LA CONSTITUCIÓN. POR LO TANTO ES UN TEXTO INEXISTENTE. LA ASAMBLEA NO REALIZÓ, ASIMISMO, NO CONCLUYÓ SU TRABAJO CONFORME A LA LEY. NO EXISTE TEXTO CONSTITUCIONAL 5

. POR OTRO LADO RESPECTO A LA AUTONOMIA APROBADA POR REFERENDUM: LA ACTUAL CONSTITUCIÓN SIGUE VIGENTE Y EL REFERÉNDUM VINCULANTE POR AUTONOMÍAS, DEBE SER CUMPLIDO POR EL GOBIERNO NACIONAL.

ADEMAS

Desconoce los derechos constitucionales de los ciudadanos considerados mestizos. Es excluyente. El Estado solo es para indígenas y campesinos. ES UNA CPE RACISTA

Coarta la libertad de expresión y restringe el derecho al trabajo de los trabajadores de la prensa y de los de los medios de comunicación privados, al establecer límites a la inversión privada en los medios de comunicación. Sólo habrán medios del gobierno nacional. CPE CONTRA LALIBERTAD DE EXPRESION

Excluye el concepto de independencia y equilibrio de los poderes legislativo, judicial y ejecutivo, para someterlos al gobierno plurinacional. No hay SEPARACION DE LOS PODERES DEL ESTADO

Las autoridades nacionales, defensor del pueblo, contralor y fiscal general, son nombradas por la asamblea legislativa plurinacional por mayoría absoluta, esto acaba el consenso y serán autoridades sujetas al control del gobierno plurinacional. El tribunal constitucional compuesto por indígenas y campesinos responderá a la asamblea legislativa plurinacional y al gobierno plurinacional, esto destruye la imparcialidad para administrar los derechos constitucionales. LA ASAMBLEA PLURINACIONAL ES LA ULTIMA INSTANCIA

El Consejo Electoral Plurinacional, que administra los procesos electorales, esta compuesto por 5 miembros, 2 son obligatoriamente indígenas. Con ello se acaba la imparcialidad electoral y las elecciones en el país. CPE ANTIDEMOCRATICA CONSEJO ELECTORAL PARCIAL Y SOMETIDO AL GOBIERNO

Modifica la actual división política administrativa de los departamentos, al crear cuatro niveles de gobierno con jurisdicción territorial. Ello divide internamente los actuales departamentos. Reduce a las prefecturas a un gobierno departamental de planificación, como eran las corporaciones de desarrollo. Sin poder político y económico. Solo para dictar normas administrativas y sin autoridad en el departamento. NUEVA JURISDICCION TERRITORIAL Y PREFECTURAS VACIAS

Los Departamentos pierden todo el peso de decisiòn. El país se administrará por Decretos Supremos, puesto que los departamentos y los municipios solo tiene capacidad normativa administrativa y los decretos están por encima de las normas administrativas. Destruye la autonomía normativa legislativa de los gobiernos departamentales y municipales. Por tanto se contradice cuando hablan en la CPE de la Autonomía Departamental

LA TIERRA Y LO FORESTAL EN GRAVE PELIGRO Se desconocen y revierten las actuales concesiones forestales existentes y con ello se destruye el modelo de desarrollo de desarrollo productivo departamento. En el futuro no hay concesiones forestales a las personas naturales. La propiedad ya no es dotada a personas naturales, se revertirá la propiedad agraria por que se somete al control periódico del gobierno plurinacional, en definitiva se destruirá el modelo agropecuario productivo de la región y todo se centralizará en el Gobierno Plurinacional.

El Gobierno nacional se apropia y confisca las cooperativas de servicios públicos que son enteramente de los socios, y las somete a los movimientos sociales. Destruye la libertad de asociación libre. ELIMIMA LAS COOPERATIVAS

ESTA CONSTITUCIÓN ILEGAL ES NULA DE PLENO DE DERECHO, ES DECIR INEXISTENTE. LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE NO REALIZÓ Y NO CONCLUYÓ SU TRABAJO CONFORME A LA LEY DE CONVOCATORIA Y SU AMPLIACIÓN, C P E I L E G A L

Fuente: AFP

C P E I L E G A L