Derecho Constitucional Nacional y Comparado INTEGRANTES  MAYRA AGUILERA  MARCOS AGUAYO  GISELLE FRANCO  ALDO MELGAREJO  YANINA AYALA.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
OBJETO Y FIN DEL DERECHO DE LA INFORMACIÓN
Advertisements

La aplicación de Regimenes Especiales para las PYMEs, aspectos Técnicos – Jurídicos Montevideo - Uruguay Octubre 2008.
La Constitución como norma
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
LA FUNCION LEGISLATIVA
REPRESENTATIVO REPUBLICANO FEDERAL
FUENTES DEL DERECHO.
FUENTES DEL DERECHO NO CONTENIDAS EN EL ARTICULO 38
EL CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN
ASOCIACIÓN PERUANA DE FACULTADES DE MEDICINA
CONCEPTO CLASIFICACIÓN
Piedad lucía García Sánchez Competencias fundamentales en TIC
REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
INTRODUCCION AL DERECHO
NORMAS PROCEDENTES DEL PARLAMENTO Mónica Arenas Ramiro (U. Alcalá) Yolanda Vivas Fernández (U. Alcalá)
CLASE No. 8 OTROS DOCUMENTOS UTILIZADOS EN LA CORRESPONDENCIA OFICIAL
Derecho Publico Provincial
Constitución Tratados Internacionales Leyes Federales Leyes Locales Reglamentos Circulares, Tratados, Acuerdos.
INTRODUCCION AL DERECHO TUTOR: LIC. ROMAN CAUDILLO ACTIVIDAD: 14.1
Derechos Humanos ¿qué son? Derechos Humanos ¿qué son?
Derecho Internacional Público y Derecho Interno
PODER CONSTITUYENTE.
PRINCÍPIOS GERAIS DE DIREITO PÚBLICO E PRIVADO
Estructura política Estado
Constitución de 1917.
Los Tratados en la Constitucion
Derecho Constitucional Mexicano
DECRETO LEGISLATIVO Concepto y naturaleza jurídica
Reglamento: -DE PARTICULARES: a)de sociedades, corporaciones y asociaciones nacionales e internacionales. b) de trabajo interno -DE.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES? Los derechos fundamentales son los recogidos en los Capítulos I y II del Título I de la CE en cuanto participan.
Estado de Derecho Estado Derecho
EL ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO. FUNDAMENTOS HISTÓRICOS E IDEOLÓGICOS La diferenciación entre liberalismo y democracia La diferenciación entre liberalismo.
EL DERECHO SOCIEDAD Y DERECHO:
LA JURISDICCIÓN COMO ATRIBUCIÓN DEL ESTADO. La jurisdicción es la actividad con que el estado provee la protección del derecho subjetivo violado o amenazado;
Las relaciones TC-PJ El valor de la jurisprudencia vinculante Javier Adrián.
ORDENAMIENTO JURIDICO Y DECISIÓN JUDICIAL
UNIDAD V CODIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS LEY N° 3559 ACTO ADMINISTRATIVO.
Fuentes del Dº Constitución Española, art Corresponde al Estado la determinación de la fuentes del Dº Excepción: las CCAA con derechos forales.
Derecho Privado I BOLILLA II Fuentes del Derecho Civil
LA COSTUMBRE Observancia repetida constante e inveterada de una regla de conducta, por la generalidad de miembros de una sociedad con la convicción de.
LEY DEL REGIMEN ELECTORAL LEY Nº 026 LEY DE 30 DE JUNIO DE 2010 Es una norma jurídica que articula el procedimiento y regula el régimen electoral: Derechos.
LAS CORTES GENERALES (IV): FUNCIONES CONSTITUCIONALES
Las Fuentes del Derecho
TEMA 1.- La Constitución Española de 1978: Estructura, contenido y principios que la informan. Derechos fundamentales y sus garantías. La reforma de la.
PPT 04 INTRODUCCIÓN TEORÍA POLÍTICA BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD
TESIS II: DERECHO CONSTITUCIONAL
TRABAJO GRUPAL GRUPO N0 13 Integrantes del grupo: Denisse Condolo. Diego Cueva. Carlos Carrión. Fecha: Tarea a realizar: CLASIFICACIÓN DE LAS.
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY LABORAL
UNIDAD V.
LA LEY Concepto de ley Procedimiento legislativo Las leyes orgánicas
UNIDAD VII.
EL ESTADO DE DERECHO EL ESTADO DE DERECHO. LAS FUENTES DEL DERECHO.
Las normas.
DATOS PERSONALES LA PROTECCIÓN DE UN NUEVO DERECHO FUNDAMENTAL EN LA CARTA MAGNA Noviembre 14, 2008 Sen. Pedro Joaquín Coldwell.
Clase: Derecho Penal 1 LA LEY PENAL.
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA
CONSTITUCION FORMAL CONSTITUCION MATERIAL. José luis silvestre Cortez
Tema 1 EL DERECHO CIVIL: introducción.
El Estado Peruano y la Jerarquización de las Nomas Legales
Un nuevo chile: la constitución de 1980
1 LOS DERECHOS, LOS DEBERES Y LAS GARANTIAS FUNDAMENTALES EN CUBA.
DIVISIÓN DE PODERES EN LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS
TEMA 3 LAS FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO. - El sistema de fuentes del derecho tributario no diverge del de otros sectores del ordenamiento jurídico.
Conceptos básicos de derecho internacional de los derechos humanos.
REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA UNIDAD III: FUNCIONES DEL ESTADO :
Módulo de Aspectos Legales Unidad I CURSO A DISTANCIA.
Actos y Procedimientos Administrativos
26/02/2016 – Módulo 1 - Sesión 1 Facilitador: Lic. Pedro Rosalío Escobar Castaneda. Diplomado de Legislación en Salud.
Transcripción de la presentación:

Derecho Constitucional Nacional y Comparado

INTEGRANTES  MAYRA AGUILERA  MARCOS AGUAYO  GISELLE FRANCO  ALDO MELGAREJO  YANINA AYALA

Las Fuentes Del Derecho Constitucional  Contribuye indudablemente al origen del constitucionalismo la doctrina del derecho natural.

La Constitución es la fuente por excelencia del derecho constitucional, como que, en cuanto derecho positivo, constituye el basamento de todo el edificio del Estado Constitucional.

Fuentes de producción del derecho constitucional. FormalesMateriales

FUENTES DEL DERECHO LAS LEYES LA COSTUMBRE LA JURISPRUDENCIA LA DOCTRINA

El establecimiento de la Constitución. El Poder Constituyente  Nació en FRANCIA  El poder constituyente es el poder de establecer o modificar la Constitución, es la voluntad originaria, extraordinaria y autónoma de una sociedad que establece normas fundamentales para la organización y funcionamiento de la convivencia social y política

El poder constituyente puede dividirse en dos: Originari o Derivad o

El ejercicio del poder creador de la Constituyente. Disposición del Art 291 de la Constitución.  La convención nacional constituyente fue convocada por primera vez en el Paraguay el 15 de agosto de 1870

 ARTICULO 291. “De la potestad de la Convención Nacional Constituyente”. La convención nacional constituyente es independiente de los poderes constitutivos. Se limitara, durante el tiempo que duren sus deliberaciones, a sus labores de reforma, con exclusión de cualquier otra tarea. No se arrogara las atribuciones de los poderes del Estado, no podrá sustituir a quienes se hallen en ejercicios de ellos, ni corta ni ampliar su mandato.

El Carácter fundamental de la Constitución.  El Artículo DE LA SUPREMACIA DE LA CONSTITUCION La ley suprema de la República es la Constitución. Esta, los tratados, convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados, las leyes dictadas por el Congreso y otras disposiciones jurídicas de inferior jerarquía, sancionadas en consecuencia, integran el derecho positivo nacional en el orden de prelación enunciado.

Principio De La Soberanía Popular  La teoría de la soberanía popular proviene de Santo Tomás de Aquino, quien señala que todos los hombres son iguales entre sí, por lo tanto no existe razón para que unos dominen más que otros, luego el poder pertenece a la multitud.

GRACIAS POR SU ATENCIÒN

¨FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL¨

 Amarilla Cabral Rocío Yannina  Benítez Monges Leticia Noemí  Cárdenas Villalba Pedro David  Ettiene González Olga Monserrat  Ruiz Caballero Daisy Fabiana

 Preámbulo: indica el sentido gramatical del término. Introducción, propósito y finalidad de la Ley fundamental, expresando la esencia, el alma o el espíritu de ésta.  La parte dogmática: establece principios de estructuración del Estado y la situación de las personas dentro de la sociedad, reconoce derechos, establece obligaciones y garantías, y efectúa declaraciones.  La parte orgánica: considera la organización del poder público y sus atribuciones, y establece los requisitos que cada funcionario debe observar para acceder a la función.

 Apéndice: normas que regulan la transición entre la nueva ley y la anterior.  Disposiciones de reforma: establece procedimientos a través de los cuales puede reformarse la Constitución Política.  Disposiciones Transitorias: normas que tienen el objetivo de permitir la adecuación de la realidad existente al momento de aprobar la Constitución a la realidad establecida por la nueva Constitución.

 Una reforma constitucional supone la modificación de la Constitución de un Estado.  Tiene por objeto la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto constitucional.  Es necesaria la reforma cada vez que se advierta un cambio de comportamiento social.  Nuestra Constitución es escrita, codificada y rígida.

 Art. 289 C.N.  Procederá luego de 10 años de su promulgación.  Podrán solicitar dicha reforma: → la cuarta parte de los legisladores de cualquiera de las Cámaras. →el Presidente de la República. →30000 electores, en petición firmada.  Solo será aprobada por mayoría absoluta de 2∕3 de los miembros de CADA Cámara del Congreso.

 La enmienda es eliminar errores y suprimir defectos.  La enmienda históricamente mas famosa es la ¨Enmienda Platt¨.  En el constitucionalismo paraguayo es rectificar error en el artículo.  Art. 290 C.N.  Transcurridos los 3 años de promulgación.  Al igual que la reforma, podrán solicitar: → la cuarta parte de los legisladores de cualquiera de las Cámaras. →el Presidente de la República. →30000 electores, en petición firmada.

 Es un cambio de modalidad constitucional que afecta a la normativa.  Es una variante de la costumbre constitucional.  Pueden ser: →Praeter legem →Contra legem →Por incumplimiento

 Cuando afecta la eficacia de la norma constitucional.

 Cambia porque la costumbre así lo impone.

 Como consecuencia de fallos judiciales.

 Una de las principales fuentes del Derecho.  Es toda norma jurídica reguladora de los actos y de las relaciones humanas.  Son de singular importancia en los casos de las normas programáticas y las de organización.

 Fallos firmes y uniformes de casos análogos emanados del órgano jurisdiccional del Estado.

 Norma no escrita constituida a través del tiempo.

GRACIAS POR SU ATENCIÓN.