LA RELACIÓN JURÍDICA Dr. Cesar Solís Macedo.

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Transcripción de la presentación:

LA RELACIÓN JURÍDICA Dr. Cesar Solís Macedo

CONCEPTOS PREVIOS

SITUACIONES JURÍDICAS SITUACIONES JURIDICAS ACTIVAS SITUACIONES JURIDICAS PASIVAS SITUACIONES JURIDICAS ESPECIALES El derecho subjetivo El deber La potestad La facultad El obbligo La carga El status La expectativa La sujeción El interés legitimo La responsabilidad Los intereses difusos

LAS SITUACIONES JURÍDICAS Resumen la forma como las normas regulan las posibilidades de los diversos sujetos, en relación con los distintos bienes, de conformidad con la propia gradación que las propias normas buscan establecer entre los interese de los sujetos CASA A B C propietario usufructuario arrendatario En un primer momento, A tiene la situación de propiedad sobre aquella casa, mientras todos los demás tienen la situación distinta en el deber de respetar la propiedad ajena. Si bien A es el propietario, la posibilidad de habitarla no será dada a él, sino a B, en el caso que este ultimo sea el usufructuario del bien. En el caso, de celebrarse un arrendamiento entre B y C. La posibilidad de habitar la casa no es dada ni a A ni a B sino a C. La situación de arrendatario de una casa determina esta ventaja a favor de aquel que la tiene, y paralelamente determina , la exclusión de toda posibilidad de habitación para todos los demás, incluso para los que tengan una situación de usufructo o de propiedad.

SITUACIONES ACTIVAS: Son aquellas que determinan la preeminencia del interés de quien es su titular sobre el interés de otros sujetos. Ejm: el derecho subjetivo, la facultad, la expectativa, el interés legitimo. SITUACIONES PASIVAS: Son aquellas que determinan la subordinación del interés de su titular respecto del interés de otros sujetos, a los cuales se busca conceder preeminencia. Ejm: el deber, el obbligo, la sujeción, la responsabilidad.

Situaciones Activas EL DERECHO SUBJETIVO: es el poder de obrar en interés de uno mismo, o de pretender que otro efectué un determinado comportamiento en interés del titular del derecho. Ejm: El poder del propietario, del acreedor, etc. EL DERECHO POTESTATIVO: consiste en el poder de incidir en las situaciones subjetivas ajenas – creandolas, modificandolas o cancelandolas – sin que el titular de la situacion incidida pueda impedirlo juridicamente.. Ejm: el dependediente y su derecho a poder renunciar. LA FACULTAD: es la posibilidad , reconocida al titular del derecho, para efectuar un determinado comportamiento, el cual esta comprendido en el contenido del derecho, pero que no agota dicho contenido. Ejm: El propietario de una joya tiene la facultad de portarla, de depositarla en la caja de seguridad, de venderla, de prestarla o de darla en prenda, regalarla, etc; lo mismo ocurre con el titular del derecho sobre una creación literaria ya que puede mantener la obra inédita, o publicarla por su propia cuenta, o ceder el derecho gratuitamente o a cambio de dinero, etc.

LA EXPECTATIVA: es la posición de quien no tiene en el momento actual una determinada situación activa, pero tiene la perspectiva de adquirirla, siempre que se verifique un determinado evento. Ejm: El anciano y rico señor A tiene como único familiar a su nieto B. Si A muere sin dejar testamento, B será su heredero ( expectativa de hecho); A regala su automóvil a B, pero solo bajo la condición de que, y a partir del momento en que, B obtenga su titulo profesional con la mención “sobresaliente” ( expectativa de derecho) EL INTERÉS LEGITIMO: es aquella situación jurídica que corresponde a los particulares que han sido afectados directamente, en uno de sus intereses por el ejercicio de un poder publico. Ejm: X se presenta a un concurso de méritos para un puesto de trabajo en una entidad publica, no tiene un derecho subjetivo de ganar y ser contratado para el cargo ofertado. Lo que el puede pretender es que el concurso se desarrolle con pleno respeto de las normas que lo regulan.

LOS INTERESE DIFUSOS: Es una figura elaborada recientemente, consiste en la situación de un sujeto, damnificado por comportamientos ajenos, los cuales dañan al mismo tiempo, sin embargo, intereses de una multitud de sujetos. Ejm: la posición de los consumidores frente a la publicidad engañosa de las empresas.

Situaciones Pasivas EL DEBER: es la situación que impide realizar comportamientos capaces de lesionar el derecho subjetivo ajeno, y en particular, aquel derecho subjetivo ajeno, que se denomina “ derecho subjetivo absoluto”. Tiene carácter general( en principio recae sobre todos los sujetos a excepción del titular del derecho) y negativo (le impone abstenerse de hacer algo, abstenerse de realizar ciertos comportamientos). Ejm: En los casos del derecho de propiedad o en los casos de derecho al honor. EL OBBLIGO: es la situación que consiste en un vinculo impuesto a la acción del titular , en el interés de quien tiene un derecho subjetivo dirigido directamente y exclusivamente a el, es decir, un derecho subjetivo relativo. Quien esta situación es llamado obligado o deudor. Tiene carácter individual y negativo o positivo. Ejm: en el caso del derecho de crédito.

LA SUJECIÓN: es la situación pasiva correspondiente al derecho potestativo, ella grava a aquel que se encuentra expuesto al derecho potestativo ajeno y sufre, por ello, como consecuencia del ejercicio de tal derecho, la creación, la modificación o la cancelación de una situación jurídica propia , sin poderlo impedir. Ejm: el empleador tiene el derecho subjetivo de que el dependiente trabaje para el, pero la ley reconoce al dependiente el derecho potestativo de renunciar. Si lo hace el resultado es cancelar aquel derecho que el empleador tenia frente a el , incluso si el empleador no esta de acuerdo no tiene ningún medio jurídico para evitarlo. LA RESPONSABILIDAD: categoría fundamental del derecho privado, consiste en la situación que se encuentra el sujeto expuesto a sufrir las consecuencias, para él desventajosas, previstas a su cargo por una norma jurídica, atendiendo a la verificación de algún presupuesto. Ejm: la responsabilidad patrimonial del deudor.

Derecho subjetivo relativo LA RELACIÓN JURÍDICA Es la relación que existe entre una determinada situación activa y una correspondiente situación pasiva. En pocas palabras es la coligación entre posición activa y situación pasiva Ejemplo: LA OBLIGACIÓN Acreedor Deudor Derecho subjetivo relativo El obbligo

RELACIÓN SIMPLE: Liga una situación activa con una determinada situación pasiva. RELACIÓN COMPLEJA: En este caso, a cada una de las partes no le corresponde una determinada situación, activa o pasiva, sino un conjunto de situaciones diversas, activas y pasivas, coligadas entre sí. Ejemplo: un arrendamiento. ARRENDADOR ARRENDATARIO Tiene varios derechos ( recibir las rentas, etc) y varios obblighi ( entregar la cosa, efectuar las reparaciones extraordinarias que esta requiera, etc) También tiene obblighi y derechos ( pagar las rentas , no dañar la cosa, obtener las reparaciones necesarias, ser defendido contra extraños que se opongan a su derecho de usar la cosa)

RELACIÓN BILATERAL: cuando solo tiene dos partes RELACIÓN PLURILATERAL: cuando hay mas de dos partes o centros de interés. Ejemplos: los socios que constituyen una sociedad o tres copropietarios de un bien que se ponen de acuerdo para dividirlo.

BIBLIOGRAFIA BETTI, Emilio ( 2000) Teoría General del Negocio Jurídico. Granada : Comares. Situaciones Jurídicas y Relaciones Jurídicas de ROPPO, Vincenzo en LEON HILARIO, Leysser (2007)Derecho de las Relaciones Obligatorias. Lima : Jurista Editores.