Curso de vacunadores eventuales 2012

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Transcripción de la presentación:

Curso de vacunadores eventuales 2012 Objetivo general : Capacitación de vacunadores para su convocatoria en situaciones especiales, a efectos de contar con el recurso humano idóneo en oportunidad de vacunaciones masivas , bloqueos y otras actividades relacionadas Validez del certificado 5 años. Renovable

ASPECTOS GENERALES SOBRE INMUNIZACIÓN

Objetivos de la Inmunización Inmediato: prevenir la enfermedad en individuos y grupos Final: es la eliminación/erradicación de la enfermedad

Aspectos generales de inmunización Antígeno: Sustancia capaz de estimular una respuesta inmune, específicamente a través de la producción de anticuerpos . Respuesta Inmune: Desarrollo de defensas contra el antígeno. Se producen anticuerpos y otras células, para eliminar la sustancia extraña.

Inmunización: Consiste en la inducción y producción de una respuesta inmunitaria específica protectora por parte de un individuo susceptible como consecuencia de la aplicación de un producto inmunobiológico, la vacuna.

Factores que inciden en la respuesta inmune Presencia de anticuerpos maternos (hasta 12 meses) Naturaleza y dosis de antígeno Modo administración vacuna Adyuvante (aluminio) Edad Estado nutricional Condición del huésped

Clasificación de las vacunas Clasificación Sanitaria Clasificación Microbiológica Vacunas sistemáticas ó del calendario No sistemáticas Vivas ó atenuadas: Bacterianas ó virales Muertas ó inactivadas: Bacteriana ó virales Enteras ó subunidades

Vacunas Atenuadas Son derivadas directamente del agente que causa la enfermedad, virus o bacteria. Son atenuados es decir debilitados en el laboratorio generalmente por cultivos repetidos. Para producir una respuesta inmune deben replicarse en la persona vacunada. La respuesta del sistema inmune es semejante a la de la enfermedad natural ya que el sistema inmune no puede diferenciar entre una infección natural o vacunal

Vacunas Atenuadas No causan enfermedad tal como lo haría la enfermedad natural. En algunos casos cuando produce enfermedad ésta es generalmente leve y se refiere como un evento supuestamente asociado con la vacunación (ESAVI). Son efectivas con una sola dosis salvo cuando se administran por vía oral (OPV), o cuando se quiere reforzar o asegurar la respuesta inmune (eliminación de enfermedad SPR- SR) La inmunidad que generan puede ser interferida por anticuerpos circulantes de cualquier fuente (transfusiones, transplacentarios) y en estos casos no hay respuesta a la vacuna (falla de la vacuna). Estas vacunas son frágiles y se pueden dañar o destruir con la luz o el calor.

Vacunas inactivadas Son producidas por el crecimiento de la bacteria o del virus en un medio de cultivo, luego se inactivan con calor o con productos químicos (generalmente formalina). En el caso de que deriven de una fracción del organismo es tratado solamente ese componente. Estas vacunas no son vivas por lo tanto no pueden replicar y tampoco pueden causar enfermedad, aun en personas inmunocomprometidas. La respuesta de la vacuna no se afecta con la presencia de anticuerpos circulantes. Por lo general se administran por vía parenteral

VACUNAS COMBINADAS Y SIMULTANEAS Aumenta probabilidad de niño bien vacunado Evita Oportunidades perdidas de vacunación. No produce disminución en títulos de anticuerpos No aumentan reacciones adversas Vacunación simultánea: aplicación de dos ó más vacunas en el mismo momento Vacunas combinadas: es la administración conjunta de varias vacunas

Intervalo recomendado según tipo de antígeno Tipos de Antígenos Intervalo mínimo entre dosis Dos o mas antígenos inactivados se pueden administrar simultáneamente o con cualquier intervalo entre dosis Antígenos inactivados y vivos con cualquier intervalo entre dosis* Dos o mas antígenos vivos se pueden administrar simultáneamente parenterales se pueden administrar simultáneamente o separados al menos 4 semanas Excepto vacuna contra el cólera parenteral inactivada y la fiebre amarilla, que deben separase tres semanas

Leyes y resoluciones de vacunación BOLETÍN OFICIAL, 15 DE SETIEMBRE DE 1983 CANTIDAD DE ARTÍCULOS QUE COMPONEN LA NORMA 26 TEMA: ENFERMEDADES-PROFILAXIS- VACUNACION OBLIGATORIA

Artículo 13: Toda persona que concurra en la debida oportunidad a la dependencia sanitaria oficial mas próxima a su domicilio o lugar de residencia temporaria para someterse a alguna de las vacunaciones obligatorias según esta ley, y no fuera vacunada por razones ajenas a su voluntad, deberá ser provista de una constancia en que se exprese la causa de la no vacunación y se formulen as indicaciones a seguir.

Resolución 107/97 Secretaría de Programas de Salud SALUD PUBLICA Aplícase la vacuna Triple Viral a partir del 1º de octubre de 1997, Artículo 2: La vacuna Triple Viral reemplaza a la vacuna antisarampionosa, salvo para las acciones de bloqueo de eventuales susceptibles, ante la presencia de casos sospechosos de Sarampión.

RESOLUCIÓN 940-2000 Se indica la aplicación de la vacuna Hepatitis B a partir del 1º de noviembre de 2000. La primera dosis dentro de las 12 hs de vida , la segunda a los 2 meses de vida y la tercera al sexto mes Ley Nacional 24151 de 1992 Vacunación con Hepatitis B a todos los trabajadores de la salud

Resolución 174/2003 Ministerio de Salud Incorpóranse al Programa Nacional de Inmunizaciones las vacunas doble viral y triple viral, con carácter gratuito y obligatorio, e intégranse las mismas al Calendario Nacional de Vacunación. Bs. As., 2/4/2003 Que el mismo se origina con la revision del Calendario Nacional de Vacunación por la COMISION NACIONAL DE INMUNIZACIONES (CO.NA.IN) y el consenso alcanzado en la Primera Reunion Nacional de Inmunizaciones realizada los dias 27 y 28 de agosto de 2002, sobre la conveniencia de aplicar la vacuna doble viral (sarampion- rubeola) en el puerperio o aborto inmediato y la vacuna triple viral (sarampion-rubeola- paperas) en los preadolescentes

Resolución 175/2003 Ministerio de Salud SALUD PUBLICA Incorpórase al Programa Nacional de Inmunizaciones la vacunación contra la hepatitis B en preadolescentes, con carácter gratuito y obligatorio, e intégrase la misma al Calendario Nacional de Vacunación

Resolución 653/2005 Ministerio de Salud y Ambiente SALUD PUBLICA Incorporase al Programa Nacional de Inmunizaciones la vacunación con una dosis contra la hepatitis A, con carácter de gratuito y obligatorio, e intégrase la misma al Calendario Nacional de Vacunación.

RESOLUCIÓN 195/2007 Ministerio de Salud Buenos Aires, 22 de febrero de 2007 VISTO, el expediente No 2002-21.152/06-6, del registro del Ministerio de Salud, y CONSIDERANDO: Que la COMISIÓN NACIONAL DE INMUNIZACIONES (CO.NA.IN.), dependiente de la DIRECCION DE EPIDEMIOLOGIA, recomendó en noviembre de 2006 discontinuar la vacunación de refuerzo con BCG al ingreso escolar o a los SEIS (6) años, ya que dicha estrategia no ofrece protección adicional contra las formas graves de tuberculosis de acuerdo con evidencia cientifica actual, opinion de expertos y posición de organismos internacionales como la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD y la ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD. Que en los niños con documentación de aplicación de BCG pero con falta de escara o cicatriz no existe correlación con falta de protección, por lo que es innecesaria la revacunación.

RESOLUCIÓN 773-2008 Ministerio de Salud (M.S.). Incorporación con carácter gratuito y obligatorio de la vacuna pentavalente a los niños de dos, cuatro y seis meses de edad en reemplazo de la vacuna cuádruple y hepatitis B. Integración en el Calendario Nacional de Vacunación. De 29/07/2008; Boletín Oficial 01/08/2008 Se encontrará disponible la vacuna pentavalente que incluye los CINCO (5) componentes, con el objetivo de mejorar la coberturas y especialmente 3er. dosis de vacuna contra hepatitis B.

RESOLUCIÓN 506- 2009 El Ministerio de Salud Pública de la Nación por resolución 506/2009, incorpora al Calendario Nacional de inmunizaciones a partir del 22 de abril de 2009 la vacuna triple bacteriana acelular (difteria, tétanos y pertussis acelular) a los ONCE (11) años de edad y al personal de salud.

Resolución 35- 2011 El Ministerio de Salud Publica de la Nación por resolución 35/2011 resuelve la incorporación al Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles con carácter gratuito y obligatorio, la inmunización con la vacuna antigripal al personal de salud, embarazadas, puérperas (madres de niños menores de 6 meses) y niños entre 6 a 24 meses, a partir del 19 de Enero de 2011.

Resolución 563-2011 Ministerio de Salud de la Nación Se incorpora al Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles, con carácter gratuito y obligatorio. La inmunización con la vacuna para VPH está indicada a las niñas de Once años. El esquema será de Tres (3) dosis al inicio Cero (0), al mes de la primera dosis y a los Seis (6) meses de la primera

RESOLUCIÓN 502- 2011 Incorporase al Programa Nacional de Control de Enfermedades inmunoprevenibles, con carácter de gratuito y obligatorio, la inmunización con la vacuna conjugada contra el neumococo a todos los niños y niñas menores de un año

Muchas gracias