Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Respeto y protección del conocimiento.

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Transcripción de la presentación:

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Respeto y protección del conocimiento tradicional Intercambio de información sobre capacitación, resultados de investigaciones y conocimientos, y repatriación de información Respeto y fomento a la utilización consuetudinaria de los recursos Establecer métodos de cooperación para el desarrollo y utilización de tecnologías LOS CONOCIMIENTOS TRADICIONALES EN EL CONVENIO SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA Artículos 8 j); 10 c); 17-2 y 8-4

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial CONFERENCIA DE LAS PARTES - COP Responsable de verificar la aplicación Transferir fondos a los países en desarrollo Tomar las decisiones del CDB La COP se reúne cada dos años, hasta ahora se ha reunido siete veces

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP II Jakarta, Indonesia 6-17 de noviembre de 1995 Intercambio de experiencias sobre medidas adoptadas de protección a los CT, difusión de información y creación de capacidad. Sinergias y relación entre los objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica y el ADPIC; Consultas con todas las entidades, en particular el sector privado y las comunidades indígenas y locales, para comprender sus necesidades y preocupaciones; Análisis de los efectos de los sistemas de derechos de propiedad intelectual

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP III Buenos Aires, Argentina, 4-15 de noviembre de 1996 Sugiere legislación nacional y estrategias para la aplicación del artículo 8(j) en consulta con representantes de sus comunidades indígenas y locales Intercambio de información sobre legislación nacional, medidas administrativas e incentivos Estudios monográficos sobre medidas adoptadas, Diálogo conocimientos tradicionales y otros sistemas de conocimientos; Influencia que el derecho y la política actual tienen en los conocimientos, innovaciones y prácticas Asegurar la representación de los gobiernos y las comunidades indígenas y locales

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP IV. Bratislava, República Eslováquia 4-15 de Mayo de 1998 Decisión IV/9 Aplicación del artículo 8 j) y disposiciones conexas Establece un grupo de trabajo encargado de la aplicación del artículo 8 j) del Convenio y disposiciones conexas. el grupo de trabajo estará compuesto por Partes y observadores, incluidos, en particular, representantes de las comunidades indígenas y locales El mandato de este grupo es: Asesorar sobre la aplicación y la formulación de modalidades jurídicas y de otro tipo de protección para los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales. Asesorar sobre la formulación y aplicación de un programa de trabajo a nivel nacional e internacional;

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Recomendaciones sobre las prioridades teniendo en cuenta el programa de trabajo de la Conferencia de las Partes. Asesoramiento sobre medidas para fortalecer la cooperación a nivel internacional entre comunidades indígenas y locales con estilos de vida tradicionales y formular propuestas para el fortalecimiento de los mecanismos que apoyan esa cooperación. Elaborar un programa de trabajo sobre la base de la estructura de los elementos del informe de Madrid.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Estructura del Programa de Trabajo A. Mecanismos participativos para las comunidades indígenas y locales. B. Estado y tendencias en relación con el artículo 8 j) y disposiciones conexas. C. Prácticas culturales tradicionales para la conservación y la utilización sostenible. D. Distribución equitativa de los beneficios. E. Intercambio y difusión de información. F. Elementos de vigilancia. G. Elementos jurídicos.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP 5. Nairobi, Kenya, de mayo de 2000 Decisión V/16 Artículo 8 j) y disposiciones conexas Aprueba el programa de trabajo e insta a las Partes y a los gobiernos a que, en colaboración con las organizaciones pertinentes y con sujeción a sus leyes nacionales, promuevan su aplicación. El objetivo de este programa de trabajo es promover, en el marco del Convenio, una aplicación justa del artículo 8 j) y disposiciones conexas a nivel local, nacional, regional e internacional y garantizar la participación plena y efectiva de las comunidades indígenas y locales en todas las etapas y niveles de su aplicación.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial PRINCIPIOS GENERALES DEL PROGRAMA DE TRABAJO 1. Participación plena y efectiva de las comunidades indígenas y locales en todas las fases de la definición y aplicación de los elementos del programa de trabajo. Participación plena y efectiva de las mujeres de las comunidades indígenas y locales en todas las actividades del programa de trabajo. 2. Los conocimientos tradicionales se valorarán, respetarán y considerarán tan útiles y necesarios como otros tipos de conocimientos.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 3. Un criterio integral acorde a los valores espirituales y culturales y a las prácticas habituales de las comunidades indígenas y locales y a su derecho de controlar sus conocimientos tradicionales, innovaciones y prácticas. 4. El enfoque por ecosistemas es una estrategia para la gestión integrada de la tierra, el agua y los recursos vivos que alienta la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica en forma equitativa. 5. El acceso a los conocimientos tradicionales, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales deberá estar sujeto al consentimiento fundamentado previo o aprobación fundamentada previa de los titulares de esos conocimientos, innovaciones y prácticas.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Elementos considerados en el Programa de Trabajo sobre CT Mecanismos participativos para las comunidades indígenas y locales Situación y tendencias de los conocimientos tradicionales Distribución equitativa de los beneficios Intercambio y difusión de la información Elementos de vigilancia Elementos jurídicos

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP VI. La Haya, Abril 2002 Decisión VI/10 Artículo 8 j) y disposiciones conexas · Se revisa el informe sobre el progreso logrado en la integración de las tareas pertinentes del programa de trabajo sobre el artículo 8 j) y disposiciones conexas. · Se realiza un examen del progreso en la aplicación de las tareas prioritarias del programa de trabajo. Se emiten recomendaciones para realizar evaluaciones de las repercusiones culturales, ambientales y sociales de proyectos de desarrollo que hayan de realizarse, o que probablemente tengan repercusiones, en lugares sagrados o en tierras o aguas ocupadas o utilizadas tradicionalmente por las comunidades indígenas y locales.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Se identifica la necesidad de fomentar mecanismos de participación de las comunidades indígenas y locales en torno al tema de protección a los CT, en particular recomienda adoptar medidas, legislativas, administrativas y políticas. Se decide realizar una evaluación de la eficacia de los actuales instrumentos subnacionales, nacionales e internacionales, particularmente de los instrumentos de derechos de propiedad intelectual que puedan tener repercusiones en la protección de los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial COP VII. Kualalumpur, Malasia Febrero 2004 Insta a las Partes, a incluir en sus informes nacionales los datos sobre la situación y tendencias relacionadas con los conocimientos, tradicionales y sobre el progreso logrado en la aplicación de las tareas prioritarias del programa de trabajo a los niveles nacional, subnacional y local; Invita a las Partes y gobiernos a que, en colaboración con las organizaciones pertinentes, creen y desarrollen, con urgencia, de acuerdo con las necesidades y prioridades identificadas, programas de creación de capacidad

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Proporciona elementos de un Plan de Acción para el mantenimiento de los conocimientos, innovaciones y practicas tradicionales, donde se considera: A. Proceso mejorado de supervisión y presentación de informes B. Indicadores C. Ética de la investigación. Identificación y construcción de códigos de ética y protocolos para adelantar investigaciones en territorios tradicionales. Invita a las Partes, y a las comunidades indígenas y locales a que examinen las recomendaciones del Grupo especial de expertos técnicos sobre tecnologías de restricción de uso genético,

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial D. Investigación y aplicación de los mecanismos y medidas que se ocupan de las causas fundamentales de la disminución de los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales E. Creación de capacidad, educación y capacitación F. Directrices Akwe:kon voluntarias para realizar evaluaciones de las repercusiones culturales, ambientales, y sociales de proyectos de desarrollo que hayan de realizarse en lugares sagrados o en tierras o aguas ocupadas o utilizadas tradicionalmente por las comunidades indígenas y locales, o que puedan afectar a esos lugares

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial G. Mecanismos de participación de las comunidades indígenas y locales en donde hace especial énfasis en la necesidad de identificar otras herramientas de comunicación tradicionales, alternativas y no electrónicas para garantizar la participación plena y eficaz de las comunidades indígenas y locales en la red de comunicación. H. Elaboración de los elementos de sistemas sui generis para la protección de los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Muchas Gracias