SEGUNDA UNIDAD: LA FUNCION PUBLICA Y EL ACTO ADMINISTRATIVO

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Transcripción de la presentación:

SEGUNDA UNIDAD: LA FUNCION PUBLICA Y EL ACTO ADMINISTRATIVO DERECHO ADMINISTRATIVO Profesora: AURORA CASTILLO FUERMAN

23 de Agosto de 2008 LA ADMINISTRACION PUBLICA EL PODER EJECUTIVO MINISTERIOS Y ENTIDADES PULBICAS DEL PODER EJECUTIVO

ADMINISTRACION PUBLICA ESTADO INTERES PUBLICO

ADMINISTRACION PUBLICA El ESTADO es la forma superior y más poderosa de organizar el PODER dentro de la sociedad El PODER consiste en una fuerza capaz de imponerse a los demás y, en principio, en este designio no encuentra más obstáculos que los que le presente otro poder, equivalente o superior El ESTADO se organiza de acuerdo a la Constitución y leyes complementarias, en las que se establecen los principios que REGULAN EL USO DEL PODER y los organismos que lo detentan (Marcial Rubio Correa)

ADMINISTRACION PUBLICA ESTADO (UNIDAD DE PODER) FUNCIÓN FUNCIÓN FUNCIÓN LEGISLATIVA JUDICIAL EJECUTIVA

ADMINISTRACION PUBLICA FUNCION EJECUTIVA: - Función política o de gobierno (Derecho Constitucional) - Función Administrativa (Derecho Administrativo)

ADMINISTRACION PUBLICA Desde antiguo se encuentra la Ciencia del Derecho Administrativo ante el problema de una definición de su objeto: LA ADMINISTRACION Así, señala que según una fórmula muy extendida, la administración es la actividad que realiza el Estado para el cumplimiento de sus fines (Ernst Forsthoff)

ADMINISTRACION PUBLICA La Administración Pública es titular de un interés, pero del interés público La Administración Pública se da allí donde hay una necesidad pública. El concepto de necesidad pública, evoluciona constantemente (Jesús González Pérez)

ADMINISTRACION PUBLICA La Administración Pública aparece con una personalidad jurídica propia y para el Derecho Administrativo es un sujeto de relaciones jurídicas La Administración Pública es requisito necesario para que exista una relación jurídico – administrativa (Eduardo Garcia de Enterría y Tomás Ramón Fernandez)

ADMINISTRACION PUBLICA La Administración Pública no es representante de la comunidad, sino una organización puesta a su servicios La Administración es una organización instrumental que emana actos, declaraciones, que se vincula por contratos, que responde con su patrimonio por los daños que causa y es justiciable ante los tribunales (Eduardo Garcia de Enterria y Tomás Ramón Fernandez)

ADMINISTRACION PUBLICA La administración ofrece un doble aspecto: - En sentido objetivo (sustancial-material) - En sentido subjetivo (orgánico-formal). (Roberto Dromi)

ADMINISTRACION PUBLICA Subjetivamente la Administración Pública implica una estructura orgánica, un ENTE o complejo de ENTES al que el ordenamiento jurídico le atribuye la función de administrar. Administración Pública en sentido subjetivo equivale a "APARATO ADMINISTRATIVO", dentro del ámbito más general del aparato estatal que integra también el aparato legislativo y jurisdiccional; de allí que se hable en ocasiones de un ESTADO ADMINISTRADOR, frente a un Estado Legislador y a un Estado Juez. Con más propiedad, la administración en sentido subjetivo está integrada por el conjunto de órganos que es centro de la función administrativa (Roberto Dromi)

ADMINISTRACION PUBLICA Objetivamente es una ACCION, un conjunto de ACTIVIDADES enderezadas hacia un fin, con total prescindencia de la índole del órgano, agente o autor del acto. Es la actividad concreta dirigida a través de una acción positiva a la realización de los fines de seguridad, progreso y bienestar de la colectividad, función por lo tanto encaminada a la integración de la actividad individual en vista del interés colectivo. Se aparta de lo formal y contingente para considerar lo sustancial, o sea que puede haber administración en la actividad de los tres órganos fundamentales del estado (órgano ejecutivo, órgano legislativo y órgano judicial. (Roberto Dromi)

ADMINISTRACION PUBLICA Administración Pública: actividad jurídica, organizada y privilegiada, que gestiona intereses públicos, sometida a control. Ad. Pública: Gestión intereses colectivos para atender exigencias básicas comunidad La Administración Pública tiene personalidad jurídica única Subordinada a la ley, desempeña específicas funciones (Ramón Martín Mateo)

ADMINISTRACION PUBLICA La administración pública tiene su ambiente de aplicación en el Sector Público Nacional, con su principal protagonista el “Potencial Humano” encargado de poner en movimiento toda la “maquinaria administrativa” del Estado. (Pedro Patron Faura y Pedro Patrón Bedoya)

ADMINISTRACION PUBLICA Gaspar Ariño clasifica las formas materiales de actuación de la Administración: ACTIVIDAD DE POLICIA, o de limitación u ordenación de derechos para una ordenada convivencia ACTIVIDAD DE FOMENTO, ofrece incentivos, estímulos o reconocimiento para que particulares provean beneficios a colectividad ACTIVIDAD DE SERVICIO PUBLICO, es el titular porque las presta al público, directamente o por delegación ACTIVIDAD SANCIONADORA, poder sobre derechos e intereses de particulares. Impone sanción administrativa por conductas infractoras ACTIVIDAD DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS, actividad administrativa arbitral, resuelve conflicto entre administrados (procedimiento trilateral) ACTIVIDAD EMPRESARIAL O INDUSTRIAL, intervención estatal para la dación de bienes y servicios al mercado. ACTIVIDAD DE PLANIFICACIÓN, pretende racionalizar mediante un plan que constituye un instrumento sistemático de conformación social (Gaspar Ariño Ortiz)

ADMINISTRACION PUBLICA LEY 27444: TÍTULO PRELIMINAR Artículo I.- Ámbito de aplicación de la ley La presente Ley será de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública. Para los fines de la presente Ley, se entenderá por “entidad” o “entidades” de la Administración Pública:

ADMINISTRACION PUBLICA 1. El Poder Ejecutivo, incluyendo Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados; 2. El Poder Legislativo; 3. El Poder Judicial; 4. Los Gobiernos Regionales; 5. Los Gobiernos Locales; 6. Los Organismos a los que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía. 7. Las demás entidades, organismos, proyectos y programas del Estado, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas y, por tanto se consideran sujetas a las normas comunes de derecho público, salvo mandato expreso de ley que las refiera a otro régimen; y 8. Las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios públicos o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o autorización del Estado, conforme a la normativa de la materia.

ADMINISTRACION PUBLICA La Administración Pública en el Perú se clasifica en: - ADMINISTRACION NACIONAL, que abarca todas las dependencias ministeriales, las instituciones públicas y las empresas estatales. - ADMINISTRACION REGIONAL, que cubre el área de las regiones y las circunscripciones departamentales - ADMINISTRACION LOCAL, que cubre el área denominada municipal o comunal. (Pedro Patron Faura y Pedro Patrón Bedoya)

PODER EJECUTIVO Poder Ejecutivo: Administrador por excelencia, pero no el único. La Administración Pública ejerce sus actividades en el ámbito de - Poder Legislativo, Ejecutivo y judicial - Organismos autónomos - Sector Público que abarca instituciones, empresas estatales - Gobiernos regionales y - Gobiernos locales (Pedro Patron Faura y Pedro Patrón Bedoya)

PODER EJECUTIVO El Poder Ejecutivo es parte del Gobierno Nacional, con competencia para diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno

PODER EJECUTIVO LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO LEY Nº 29158 (Publicada el 20.12.2007) I.- PRINCIPIO DE LEGALIDAD Las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico. Desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas.

PODER EJECUTIVO II.- PRINCIPIO DE SERVICIO AL CIUDADANO Las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad; actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la nación, asegurando que su actividad se realice con arreglo a: 1.Eficacia (cumplimiento oportuno de objetivos) 2.Eficiencia (optimiza uso de recursos) 3. Simplicidad (elimina requisito innecesario) 4. Sostenibilidad ambiental (uso racional RRNN) 5. Predictibilidad (certeza información) 6. Continuidad (políticas de Estado) . 7.Rendición cuentas (responsables dar cuenta periodica) 8. Prevención (riesgos a vida y prestación servicios fund) 9.Celeridad(cumpla plazo, evita actos que diculten)

PODER EJECUTIVO III.- PRINCIPIO DE INCLUSIÓN Y EQUIDAD El Poder Ejecutivo afirma los derechos fundamentales de las personas y el ejercicio de sus responsabilidades, procurando: 1. Inclusión: gestión promueve la incorporación dee grupos sociales excluidos y vulnerables, y de personas discapacidad; participación activa en la sociedad. 2. Equidad: gestión promueve igualdad de todas las personas en acceso a las oportunidades y beneficios que se derivan de prestación de servicios públicos y de la actividad pública.

PODER EJECUTIVO IV.- PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN Y TRANSPARENCIA Las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo, conforme a los procedimientos establecidos por la ley. Para ello, las entidades del Poder Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a información, conforme a ley.

PODER EJECUTIVO V.- PRINCIPIO DE ORGANIZACIÓN E INTEGRACIÓN Las entidades del Poder Ejecutivo: 1. Se organizan en un régimen jerarquizado y desconcentrado cuando corresponda, sobre la base de funciones y competencias afines, evitando la duplicidad y superposición de funciones. 2. Coordinan y cooperan de manera continua y permanente con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en marco de Ley y Constitución . 3. Se relacionan con los otros Poderes del Estado y Organismos autónomos, con arreglo a la Constitución Política y la ley. 4. Ejercen con imparcialidad y neutralidad los poderes que les han sido conferidos.

PODER EJECUTIVO VI.- PRINCIPIO DE COMPETENCIA 1. Ejerce sus competencias sin asumir funciones y atribuciones que son cumplidas por otros niveles de gobierno. 2. Ejerce sus competencias exclusivas, no pudiendo delegar ni transferir las funciones y atribuciones inherentes a ellas.

PODER EJECUTIVO CONFORMACIÓN DEL PODER EJECUTIVO El Poder Ejecutivo está integrado por: 1. LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. 2. EL CONSEJO DE MINISTROS. 3. LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS. 4. LOS MINISTERIOS. 5. ENTIDADES PÚBLICAS DEL PODER EJECUTIVO.

PODER EJECUTIVO El Presidente de la República es el Jefe del Estado, Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, personifica a la Nación, y dirige y aprueba la política general del Gobierno en su calidad de Jefe del Poder Ejecutivo. Sus atribuciones y funciones están establecidas en la Constitución Política del Perú y la ley.

PODER EJECUTIVO El Despacho Presidencial es responsable de la asistencia técnica y administrativa a la Presidencia de la República para el cumplimiento de sus competencias y funciones. Cuenta con un Secretario General de la Presidencia de la República

MINISTERIOS Y ENTIDADES PUBLICAS DEL PODER EJECUTIVO El Consejo de Ministros está conformado por los Ministros nombrados por el Presidente de la República. Es presidido por el Presidente del Consejo de Ministros.

MINISTERIOS Y ENTIDADES PUBLICAS DEL PODER EJECUTIVO La Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. Coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil. El Presidente del Consejo de Ministros es el titular de la Presidencia del Consejo de Ministros y la máxima autoridad política de la Presidencia del Consejo de Ministros. Es Ministro de Estado.

MINISTERIOS Y ENTIDADES PUBLICAS DEL PODER EJECUTIVO Los ministerios y las entidades públicas ejercen sus funciones en respuesta a una o varias áreas programáticas de acción, las cuales son definidas para el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado y para el logro de sus objetivos y metas. Todas las entidades públicas del Poder Ejecutivo se encuentran adscritas a un Ministerio o a la Presidencia del Consejo de Ministros.

MINISTERIOS Y ENTIDADES PUBLICAS DEL PODER EJECUTIVO Los Ministerios son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y finalidad. Los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas. Los Ministerios están confiados a los Ministros de Estado, quienes son responsables de la dirección y gestión de los asuntos públicos de su competencia.

MINISTERIOS Y ENTIDADES PUBLICAS DEL PODER EJECUTIVO ENTIDADES DEL PODER EJECUTIVO - Los Organismos Públicos - Las Comisiones - Los Programas y Proyectos Especiales - Entidades Administradoras de Fondos Intangibles de la Seguridad Social

MINISTERIOS Y ENTIDADES PUBLICAS DEL PODER EJECUTIVO http://www.peru.gob.pe DS 060-2001-PCM :Crea Portal del Estado Peruano, como el portal de máxima jerarquía del Estado Peruano, al que deberán estar conectados o enlazados los portales de todas las instituciones de la Administración Pública y que proporcione información referente a la organización del Estado, servicios de información sobre procedimientos administrativos que se realizan ante las diversas dependencias públicas

MINISTERIOS Y ENTIDADES PUBLICAS DEL PODER EJECUTIVO www.serviciosalciudadano.gob.pe DS 032-2006-PCM :Crea Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, adscrito al Portal del Estado Peruano, como un sistema interactivo de información a los ciudadanos y empresas a través de Internet cuya función es publicitar los servicios y procedimientos administrativos que se realizan ante las diversas entidades públicas

BIBLIOGRAFIA ARIÑO ORTIZ GASPAR y otros, Principios de Derecho Público Económico, Primera Edición, Editorial Comares, Granada, 1999. DROMI, Roberto. Derecho Administrativo, Lima, Gaceta Jurídica, Lima, 2005 FORSTHOFF, Ernest.Tratado de Derecho Administrativo, Ed. Instituto de Estudios Políticos de Madrid, 1958, traducción de la 5ta Edición alemana GARCIA DE ENTERRIA, Eduardo y RAMON FERNANDEZ, Tomás, Curso de Derecho Administrativo, Tomo I, Palestra – Temis, Lima – Bogotá, Versión latinonamericana en base a 12º ed, 2006 GONZÁLEZ PÉREZ, Jesús. Manual de Procedimiento Administrativo, Editorial Civitas, Madrid, 2000 MARTIN MATEO, Ramón, Manual de Derecho Administrativo, Madrid, Trivium, 14º ed. PATRON FAURA, Pedro y PÁTRON BEDOYA, Pedro, Derecho Administrativo y Administración Pública en el Perú, Lima, Ed. Grijley, 2004 RUBIO CORREA, Marcial. Estado y Derecho en el Perú en Sistema Jurídico (Introducción al Derecho), Octava Edición, Fondo Editorial PUCP