Principio de analogía Integrantes Derecho penal Rogelio Molina Ramos

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
LAGUNAS JURIDICAS Teoría del Derecho.
Advertisements

TESIS IV: DERECHO PENAL
TESIS III: DERECHO PRIVADO
EXPRESIÓNDE UN SER QUE DEBE SER ES UN IMPERATIVO QUE TIENE COMO FORMA UN ORDEN PROHIBICIÓN O MANDATO COMO CONTENIDO CONDUCTA (HACER U OMITIR)
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES, UNT 2013
Norma jurídica La norma jurídica es una regla u ordenación del comportamiento humano dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor.
Interpretación Jurídica Electoral
4 Preguntas básicas del Derecho Penal Parte General
DERECHO PENAL EN SENTIDO SUBJETIVO
INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ACTOS LEGISLATIVOS.
ORDENAMIENTO JURIDICO
IMPLICACIONES LEGALES EN LA PRACTICA DE ENFERMERÍA
CONCEPTO DE DERECHO Y SU CLASIFICACIÓN
QUINTO ELEMENTO DEL DELITO: LA CULPABILIDAD
ALGUNOS ASPECTOS JURIDICOS SOBRE EL CONTRATO ELECTRONICO Por Luís Alfonso Jurado Viscarra.
Razonamiento Inductivo
¿Por qué interpretar en el derecho?
INTRODUCCION AL DERECHO TUTOR: LIC. ROMAN CAUDILLO ACTIVIDAD: 14.1
LECCIÓN 6: ARGUMENTACIÓN
¿Qué busca? Responde a la necesidad de establecer las políticas y los fundamentos de la educación intercultural bilingüe (SEN) CGEIB desde su creación.
DERECHO PROCESAL.
JUEZ Y NORMA JURIDICA La mayoría de autores sostiene: El juez al proferir una sentencia efectúa una actividad mental expresada en un silogismo cuya premisa.
EN ESTA DÉCIMO SEGUNDA CLASE PRETENDO EXPLICAR LOS SIGUIENTES TEMAS:
 “No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley”.  El artículo VI del título Preliminar.
Francisco Carruitero Lecca
Estado de Derecho Estado Derecho
NEGOCIO JURIDICO Y ACTO JURIDICO
 DERECHO PENAL Principio de Legalidad Samaria Alba Carretero Héctor Miguel Melgarejo Hernández Omar Andrés Espinoza Pulido.
Módulo “Los Derechos Humanos en la Legislación Nacional”
LECCIÓN 6: ARGUMENTACIÓN
Lagunas legales –lagunas de la ley
CUADRO DESCRIPTIVO DEL DERECHO
EL CONCEPTO DE PERSONA JURIDICA
REPRESENTANTES Y POSTULADOS DE LAS ESCUELAS PENALES ESCUELA CLÁSICA --Es una corriente que apareció a raíz de las.
Argumentación Parte III.
EL CONCEPTO DE ACTO ANTIJURÍDICO (Delito)
 Una norma pertenece a un sistema jurídico cuando el acto de dictarla está autorizado por otra norma que pertenezca al sistema jurídico en cuestión.
Javier Arévalo Vela Magíster en Derecho
EL CONCEPTO DE DERECHO SUBJETIVO
DERECHOS FUNDAMENTALES
NORMAS JURÍDICAS (KELSEN)
Argumentación Tesis Hipótesis Estructura texto argumentativo
“EL PRECEDENTE VINCULANTE SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL”
ESCUELA JUDICIAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
TIPICIDAD Y ATIPICIDAD Mtro. Jorge Martínez Cruz
DERECHOS DE AUTOR Fines educativos.
TESIS IV: DERECHO PENAL
LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY LABORAL
InterpretaciónFuentesImportancia AutenticaLa efectúa el Poder Legislativo, el cual es el autor de dicha norma, son los que mejor la interpreta, ya que.
Unidad 1: Concepto y Naturaleza de la Ética
El vocablo Derecho.  El término derecho deriva de ¨DIRECTUS¨, participio pasivo del verbo latino dirigere, que significa guiar, enderezar, y de ¨RECTUS”,
II. LA IDEOLOGIA DE LA DEFENSA SOCIAL
Actividad Independiente 2: Cuadro_Interpretacion_Leyes
Clase: Derecho Penal 1 LA LEY PENAL.
FUENTE DEL DERECHO PENAL
Aprendiendo a reconocer y evaluar argumentos
VII.- CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS.
Clase: Derecho Penal 1 LA LEY PENAL.
Razón y justificación en la filosofía de Luis Villoro
LA CULPABILIDAD: EL PUNTO DE PARTIDA La confirmación de que la conducta es típica y antijurídica no asegura todavía la punibilidad. Para ello el sujeto.
La justicia.
Introducción al estudio del Derecho.
PRINCIPO DE FAVORABILIDAD DE LAS NORMAS SUSTANTIVAS EN MATERIA TRIBUTARIA Y LA SENTENCIA C-492 DE 2015 FACILITADOR: Carlos Mario Restrepo Pineda Contador.
11 Edwin Figueroa Gutarra 1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ESCUELA DE POST GRADO ARGUMENTACIÓN CIENTÍFICA Interpretación del Derecho de José Juan Moreso.
 EL LEGUAJE JURÍDICO Y SU RELACIÓN CON LA ARGUMENTACIÓN:  Un discurso constituye una argumentación cuando se plantea como objetivo: justificar, motivar,
DERECHO PENAL INTERNACIONAL
Principios Generales del Derecho Penal Mtra. Carolina León Vallejo. (O
ESTRUCTURA DE LA NORMAL PENAL
Dra. Claudia M Alvarado H. Abg. Maracaibo, Maracaibo, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PRIVADA DR. RAFAEL BELLOSO CHACIN. ESCUELA.
LAS FUENTES DEL DERECHOS SON: Constitución Federal Constitución Estatal Estatutos Código Penal Jurisprudencia Reglamentos Administrativa Derecho Común.
Transcripción de la presentación:

Principio de analogía Integrantes Derecho penal Rogelio Molina Ramos María José Mesa Zurutuza Humberto de Jesús Sulvarán López Derecho penal Xalapa, Ver., 19 de marzo de 2013

Antecedentes

Edad antigua En la antigüedad se percibía la falta de regulación para numerosos imprevistos. Aristóteles se percato de ello y dejaba la elección al juez. El derecho romano para estos casos lo dejo al criterio de sus magistrados y jurisconsultos.

Edad Media El Derecho natural fue la fuente primordial del Derecho positivo. El Derecho común señaló la equidad como medio de suplir la falta de regulación.

Edad contemporánea En las legislaciones totalitarias el procedimiento analógico era reconocido y contaba con validez oficial. Un ejemplo de ello es Alemania y Rusia.

Common law y Statute law Dentro de las legislaciones británicas y danesas encontramos que también en la antigüedad, la facultad de crear delitos y sentencias a estos mismos, se fue perdiendo. En la actualidad en ninguno de estos países este principio se encuentra vigente.

El caso de México Nuestra Constitución prohíbe la interpretación analógica de la ley penal, consignando que no es valida al igual que tampoco lo es la por mayoría de razón. Quedan prohibidos según el articulo 14 constitucional.

Definición Eugenio Raúl Zaffaroni: “Si por analogía en derecho penal se entiende completar el texto legal en forma de entenderlo como prohibiendo lo que la ley no prohíbe, considerando antijurídico lo que la ley justifica, o reprochable lo que no reprocha, o en general punible lo que no pena, basando la conclusión en que prohíbe, no justifica o reprocha conductas similares”

Definición Hugo Mario Sierra y Alejandro Salvador Cantaro: “La completitud del sistema jurídico y la necesidad de rellenar sus lagunas, para incriminar una conducta que –por muy parecida que sea a aquella descripta por el tipo penal y por muy reprobable que aparezca para nuestra concepción ética- no encuadre perfectamente en el supuesto de hecho que contiene el tipo”

Definición Carrancá y Trujillo y Carrancá y Rivas: “Prueba de interpretación donde se ha dicho que lo es de licitud de la aplicación penal en casos no previstos por ella, cabe diferenciar, sin embargo, entre el procedimiento analógico y la interpretación analógica. En el primero se reconoce como delito lo que no está señalado con el tipo; se olvida la ley; por su parte, la interpretación afirma la ley misma”

Definición Jesús Ángeles Contreras: “Es analógica cuando ante la presencia de un caso no previsto por la ley, se aplica el precepto para el caso análogo previa interpretación del mismo. Para nosotros, la analogía, más que una interpretación es un procedimiento para colmar las lagunas de la ley”

Análisis del Principio de Analogía 1.1 Reglas de supresión de lagunas 1.1.1 Argumento a pari 1.1.2 Argumento a fortiori 1.1.3 Argumentum a simili ad simile 1.1.4 Argumentum a contrario 1.2 Tipos de analogía: 1.2.1 Analogía legal (legis) 1.2.2 Analogía jurídica (iuris) 1.2.3 In bonan partem 1.2.4 In malam partem 1.3 Influencia del Principio de Legalidad en la Analogía 1.3.1 Nullum crimen, nulla poena sine lege stricta 1.4 Relación con el Derecho Penal 1.4.1 Código Penal y de Procedimientos Penales de Veracruz

Argumento a pari Por igual Consiste en referir al caso no previsto la misma consecuencia que al previsto por identidad de razón entre ambas hipótesis. Donde se den las mismas razones, en consecuencia, se tendrá que aplicar con las mismas disposiciones Ejemplo: Si en México se acepta el voto de la mujer porque genera una igualdad en la expresión y demuestra la verdadera voluntad general; en todo el mundo se debería legalizar el voto de la mujer, pues la pone en paridad con el hombre y generaliza la expresión de voluntad

Argumento a fortiori Con mayor motivo Aquel procedimiento argumentativo por el que si una norma predica una solución normativa para un supuesto existen razones para justificar que también se de esa solución normativa a otro supuesto “con mayor razón”. Tendrá dos ámbitos de aplicación: a maiore ad minus y a minori ad maius.

Argumento a fortiori A maiore ad minus o de lo más a lo menos, se aplica a leyes permisivas, a facultades. Sostiene que quien tenga derecho a lo más, por lo tanto, tiene derecho a lo menos. A minori ad maius que va de lo menor a lo mayor y se aplica a prohibiciones o calificaciones desventajosas. Esto quiere decir, que si se prohíbe lo menos, por tanto, con fundamento se prohibirá lo más.

Argumentum a simili ad simile Aplicación analógica de un precepto a un caso no previsto, sino de creación o formulación analógica de una norma nueva cuya disposición es idéntica a la de aquí el precepto, pero cuyos supuestos son semejantes

Argumentum a contrario Cada vez que el legislador dispone que a un determinado supuesto de hecho le corresponde una determinada consecuencia jurídica, por lo tanto si se plantea un supuesto distinto no le corresponderá esa consecuencia. Lo que no está previsto en la ley, es por eso que se agrega a la facultad creadora. Como resultado, extraeremos una norma implícita de carácter opuesto. Que nos dará de una situación una visión dualista, donde se resalta la creación de lagunas y la oportunidad de colmarlas.

Analogía legal (legis) Analogía jurídica (iuris) Tipos de Analogía Analogía legal (legis) Busca la solución aplicable en otra disposición legal o en un conjunto de disposiciones legales. Tiene lugar cuando un vacío normativo concreto se rellena acudiendo a otra norma concreta y determinada que da una solución extensible al supuesto carente de regulación. Analogía jurídica (iuris) Se da cuando no existe disposición legal concreta aplicable analógicamente y se hace preciso hallar una regla o principio general de carácter lógico o sistemático y aplicarlo en defecto de regulación legal o consuetudinaria. Relaciona el caso regulado y el no regulado a través de una idea o principio superior.

Tipos de Analogía In bonan partem In malam partem “La que integra la ley restringiendo la punibilidad”. Su aplicación resulta beneficiosa al sujeto. Admite eximentes o atenuantes no definidos por el legislador. In malam partem “La que integra la ley extendiendo la punibilidad”. Lo que hace, que al estar prohibida la analogía, afecte todas aquellas disposiciones penales perjudiciales para el reo.

Influencia del Principio de Legalidad en la Analogía: Nullum crimen, nulla poena sine lege stricta “Ningún delito, ninguna pena sin ley previa”. La pena solo puede aplicarse a consecuencia del delito y aquella y este únicamente encuentran su origen en la ley. Artículo 14 de nuestra Carta Magna, señala; En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.

Relación con el Derecho Penal: Código Penal y de Procedimientos Penales de Veracruz Artículo 3°: El poder punitivo del Estado queda sujeto a los principios de legalidad, culpabilidad, readaptación social, proporcionalidad de las consecuencias jurídicas para inimputables, de atención a los usos y costumbres de los pueblos indígenas que les reconozca la ley, y de protección a los derechos del ofendido o víctima del delito. Artículo 4°: Sólo será sancionada la conducta que, por acción u omisión, esté tipificada como delito en ley vigente al momento de su realización. Artículo 5°: Queda prohibido imponer sanción alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trate.

Interpretación

Conclusión