AFIP Decreto 618/97 Art. 1º y 2º Creada por Decreto 618/97

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
CONVENIO DE KYOTO DERECHOS E IMPUESTOS
Advertisements

Constitución Española y Administración Pública
La aplicación de Regimenes Especiales para las PYMEs, aspectos Técnicos – Jurídicos Montevideo - Uruguay Octubre 2008.
EL MARCO JURIDICO DE LA HACIENDA PUBLICA EL SALVADOR
CÓDIGO TRIBUTARIO Libro Segundo 01.
UNIDAD IV PUNTO 3 LOS MUNICIPIOS (Casagne – Pg.448 y subs)
Roberto Valerdi Sánchez
Problemas derivados del contexto actual para el Mercado de cambios Bazán, Cambré & Orts – 18 de junio de 2012 Por Marcelo R. Tavarone.
DECÁLOGO DE UN DIRECTIVO
REPRESENTATIVO REPUBLICANO FEDERAL
Régimen aduanero vigente - Colombia
Procesos Administrativos Sancionatorios
Estructura según su naturaleza económica
CÓDIGO TRIBUTARIO Título Preliminar y Libro Primero 01.
DERECHO ADMINISTRATIVO
SILVIA JANET CÁCEDA ROMÁN
1 29 de octubre de 2014 Punta del Este - Uruguay CÓDIGO ADUANERO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (CAROU) LEY Nº
1 29 de octubre de 2014 Punta del Este – Uruguay 45º Aniversario de Asapra CÓDIGO ADUANERO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (CAROU) LEY Nº
PONENTE: DRA. VIRGINIA TERESITA VÁSQUEZ GONZÁLEZ
 El servicio aduanero centroamericano está constituido por los organismos públicos nacionales que cada país.  En cada Estado signatario los organismos.
Ley de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas.
CLASE No. 8 OTROS DOCUMENTOS UTILIZADOS EN LA CORRESPONDENCIA OFICIAL
REGIMENES, OPERACIONES Y DESTINOS ADUANEROS
GESTION DE IMPORTACIÓN
Activación de Facultades sancionatorias del Ministerio de Trabajo Autor: Dr. Daniel G. Pérez.
1 Secretaria General ATRIBUCIONES DE SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO.
Proceso de Importación de Mercancías
Reformas al Código Tributario
II UNIDAD: LEGISLACION TRIBUTARIA
LEY ADUANERA SU ESTRUCTURA.
REFORMA DEL COPP Y LAS ACTUACIONES POLICIALES
DEL ECUADOR PROCEDIMIENTOS POLICIALES
Mercado bancario: BCRA – Bancos oficiales – Bancos privados
COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES TALLER DE DERECHO IMPOSITIVO LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS ESCRIBANOS EN MATERIA FISCAL - Buenos.
“ Función Dictaminadora de la Contraloría General de la República”
Sujetos del Derecho de la Navegación Art
Determinación del costo de una importación
Art 190, 191, 192 Mayra Coello Gianella Carrera Jose Quiros
ORGANIGRAMA DE LA DIAN.
TRATADO DE ASUNCIÓN - Artículo 1 Los Estados Partes deciden constituir un Mercado Común. Los Estados Partes deciden constituir un Mercado Común. Este Mercado.
DIAN Y MINISTERIO DE COMERCIO,INDUSTIA Y TURISMO
Secretaría de Salud Pública Municipal
NUEVO ESTATUTO ADUANERO( RESUMEN)
JUSTICIA PENAL MILITAR POLICIAL UNIVERSIDAD AUTONOMA SAN FRANCISCO DERECHO JUDICIAL Docente: Abg. Jimy Alonzo Díaz Chávez.
SISTEMA NICARAGÜENSE DE REVISIÓN DE LOS ACTOS TRIBUTARIOS:
Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de servicios n°214
CONTRATOS MENORES.
REFORMA PREVISIONAL ASESOR PREVISIONAL Marzo 2008 César O. Rodríguez Campos.
ADOPCIÓN DE DECISIONES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
“Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomos Municipales”
Decreto Ejecutivo H del 13 de octubre del 2003 Conformación, organización y funcionamiento del Departamento de Control y Evaluación de la Gestión.
DERECHO FISCAL II.
RAMA EJECUTIVA INGRI YUSELVI JIMENEZ SANDRA MORA PALLARES
“Buenas prácticas internacionales en facilitación aduanera”
Infracciones Aeronáuticas
Buenas prácticas internacionales para la facilitación aduanera
ENCUENTRO DE SECRETARIOS DE EDUCACIÓN Miércoles 1 de julio, 2015.
LOS ORGANOS DE LA ADMNISTRACION TRIBUTARIA NACIONAL
EL ARBITRAJE EN LA NORMATIVA DE CONTRATACIÓN ESTATAL
DR. RICARDO ROSAS BUENDÍA 2012
Catalina Gutiérrez Catherine Taborda Luis Carlos Ayala
REPRESENTANTE: ASAMBLEA NACIONAL 1. Quince asambleístas elegidos en circunscripción nacional. 2. Dos asambleístas elegidos por cada provincia, y uno más.
TEMA 3 LAS FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO. - El sistema de fuentes del derecho tributario no diverge del de otros sectores del ordenamiento jurídico.
El Estado y la Administración
AUXILIARES DEL COMERCIO
Gestión de Riesgo orientada al Control Inmediato SEMINARIO REGIONAL CAPTAC-DR/FMI GESTION DE RIESGO APLICADA EN EL CONTROL Y FISCALIZACION ADUANERA Guatemala,
Actos y Procedimientos Administrativos
P OTESTAD ADUANERA P RIVILEGIOS Y GARANTÍAS FISCALES.
AFIP Decreto 618/97 Art. 1º y 2º Creada por Decreto 618/97
Transcripción de la presentación:

AFIP Decreto 618/97 Art. 1º y 2º Creada por Decreto 618/97 Entidad autárquica en cuanto a Su organización y funcionamiento Bajo superintendencia y control de legalidad del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Direcciones generales que dependen de ella Dirección General de Aduanas Dirección General Impositiva

AFIP Decreto 618/97 Art. 3º Es el ente de ejecución de la política tributaria y aduanera de la Nación: Aplicación, percepción y fiscalización de los tributos y accesorios dispuestos por normas legales respectivas

AFIP Decreto 618/97 Art. 3º COMPETENCIA Aplicación Tributos a su cargo dispuesto por las normas legales Gravámenes a cargo de otras reparticiones que le fueran conferidos Percepción Fiscalización Agente de percepción Impuestos provinciales que graven el consumo en importación de bienes Suscribir convenios Estados provinciales, municipios, bancos oficiales y privados a los fines de aplicar, percibir y fiscalizar tributos

Tributos a su cargo Decreto 618/97 Art. 3º Que gravan operaciones: ejecutadas en el ámbito territorial o en espacios marítimos sobre los que se ejerce potestad tributaria nacional de importación y exportación de mercaderías Recursos de la Seguridad Social Multas, recargos, intereses, garantías y cualquier accesorio que surja de disposiciones legales

Tributos a su cargo Decreto 618/97 Art. 3º Control de tráfico internacional de mercaderías Clasificación arancelaria y valoración de mercaderías Agente de percepción de impuestos provinciales o de la CABA que graven el consumo o la comercialización de bienes en operaciones de importación definitiva de mercaderías Suscripción de convenios Provincias, CABA y Municipios Bancos oficiales o privados

Estructura Decreto 618/97 Art. 4º Ministerio de Economía Administración Federal de Ingresos Públicos Autoridad: Administrador Federal de Ingresos Públicos DGI DGA Autoridades: Directores Generales Actuarán como jueces administrativos: Administrador Federal Directores Generales Administradores de Aduanas jurisdiccionales

Estructura Decreto 618/97 Art. 4º Director General de la Dirección General de Aduanas Aplicación de la legislación aduanera Director General de la Dirección General Impositiva Aplicación de la legislación impositiva y de los recursos de la Seguridad Social

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º Ejercer las funciones, poderes y facultades que la legislación le encomiende a los fines de determinar, percibir, recaudar, exigir, fiscalizar, ejecutar y devolver o reintegrar los tributos que gravan la importación y la exportación de mercaderías Ejercer el control sobre el tráfico internacional de mercaderías

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º Aplicar y fiscalizar las prohibiciones a la importación y a la exportación que le fueren encomendadas Revisión de las actuaciones y documentos aduaneros una vez concluida la tramitación ante las aduanas así como disponer las devoluciones o reintegros cuando correspondieren

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º Instruir, cuando corresponda los sumarios de prevención en las causas por delitos o infracciones aduaneras Llevar los registros y ejercer el gobierno de las matrículas de los despachantes de aduana, agentes de transporte aduanero, apoderados generales y dependientes de unos y otros y de los importadores y exportadores

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º Llevar los registros de: Mercadería librada a consumo: con liquidación provisoria Con facilidades para el pago de tributos Mercadería sometida destinaciones suspensivas Los que fueren necesarios para la valoración de la mercadería Infractores a las disposiciones penales aduaneras y los que resultaran convenientes para prevenir y reprimir los delitos y las infracciones sancionadas por el C. Aduanero

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º Habilitar con carácter precario o transitorio lugares para la realización de operaciones aduaneras Ejercer el poder de policía aduanera a fin de prevenir o reprimir delitos Requerir el auxilio inmediato de la fuerzas de seguridad y policiales para el cumplimiento de sus funciones

Organización del Servicio Aduanero Decreto 618/97 Art. 11º Aduanas: distintas oficinas que ejerzan funciones de aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías: Percepción y fiscalización de rentas públicas producidas por los derechos y demás tributos de operaciones de importación y exportación Control del tráfico internacional de mercaderías

Organización del Servicio Aduanero Decreto 618/97 Art. 11º La AFIP: asignará a las aduanas el carácter permanente o transitorio, fijará o modificará la competencia territorial Clase, naturaleza e importancia de sus operaciones Regímenes y destinaciones que pueden cumplirse ante ellas En materia penal aduanera, la jurisdicción y la competencia se determinarán siempre de acuerdo a las normas vigentes a la fecha de comisión de los hechos

Resoluciones Generales Disp. (AFIP) 1/97 Actos externos de carácter resolutivo Son dictados por el Administrador Federal: imparten normas generales (reglamentarias o interpretativas ) obligatorias para los administrados. Art. 7o. D.618/97 Interpretan con carácter general las disposiciones legales y reglamentarias en materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Art. 8o. D.618/97 Son publicadas en el BO. No son notificadas.

Resoluciones y Providencias Disp. (AFIP) 1/97 Actos externos de carácter resolutivo Resoluciones Actos de alcance particular dirigido a los administrados Obligatorios para los mismos Se sustentan en los Art. 4° y 9° D. 618/97 Serán notificadas cuando no se publiquen en el BO Providencias Actos de carácter particular dictados por cuestiones de trámite o en el curso de un procedimiento Se sustentan en el Art. 10 D. 618/97 Se notifican, no se publican en el BO

Nota externa. Disp. (AFIP) 1/97 Acto externo de carácter no resolutivo Es el acto por el que se formula una comunicación o requerimiento a los administrados o a otros organismos que no están incluidos en un procedimiento reglado Se sustentan en el Art. 9° D. 618/97. Se publican en el BO cuando el propio acto así lo determine y en caso contrario se notificarán