O r g a n i g r a m a Salir Consejero Jurídico

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Transcripción de la presentación:

O r g a n i g r a m a Salir Consejero Jurídico F5 Para ver la presentación Delegación Administrativa Dirección General de Atención a Procesos Jurídicos Dirección General de Legislación y Estudios Normativos Dirección de Enlace Institucional y Estudios Normativos Dirección de Compilación y Consulta Jurídica Dirección de Asuntos Civil-Mercantil Dirección de Asuntos Penales Dirección de Asuntos Laborales Dirección de Asuntos Agrarios Dirección de Asuntos Administrativos y Amparos Dirección de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad Departamento de Proyectos Legislativos Departamento de Procesos laborales Departamento del Orden Jurídico Estatal Departamento de Procesos Civil-Mercantil Departamento de Procesos Administrativos y Amparos Salir

Lic. Raymundo Melgarejo Vázquez Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo Facultades: I. Representar y constituirse en asesor jurídico del Gobernador, en todos los actos en que éste sea parte o tenga interés;   II. Representar al Gobernador en las controversias y acciones a que se refiere el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; III. Sustentar, fundar y motivar las opiniones y actos jurídicos que deban realizarse como apoyo técnico jurídico en los asuntos que le turne el Gobernador; IV. Intervenir en la ejecución conforme a lo previsto por la ley de la materia, en lo relativo a los decretos de expropiación, ocupación provisional o definitiva en los casos de utilidad pública; Y las demás contempladas en el artículo 10 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Delegado Administrativo Lic. Jaime Morales Acevedo Delegado Administrativo Facultades: I. Planear, programar, organizar, controlar y evaluar el desarrollo de las acciones de la Delegación Administrativa;   II. Integrar el anteproyecto de presupuesto anual de la Consejería Jurídica y someterlo a consideración del Consejero Jurídico; III. Autorizar y vigilar su ejercicio de conformidad con las normas y lineamientos que establezcan la Contraloría General del Estado y la Secretaría de Finanzas y Administración; Y las demás contempladas en el artículo 12 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Director General de Atención a Procesos Jurídicos Lic. Indalecio Mojica Uriostegui Director General de Atención a Procesos Jurídicos Facultades: I. Emitir opinión y resolver las consultas que en materia jurídica le sean planteadas al Consejero Jurídico, por las dependencias y entidades de la administración pública estatal;   II. Coordinar la atención de las controversias constitucionales y de las acciones de inconstitucionalidad en las que el Consejero Jurídico represente al Gobernador; III. Fungir como delegado en las controversias constitucionales y en las acciones de inconstitucionalidad en las que el Consejero Jurídico represente al Gobernador;  Y las demás contempladas en el artículo 14 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo. Ver Reglamento Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Directora General de Legislación y Lic. Consepción Chio Betancourt Directora General de Legislación y Estudios Normativos Facultades: I. Elaborar los proyectos de leyes, reglamentos, circulares, decretos o acuerdos que le sean encomendados por el Consejero Jurídico;   II. Formular opinión acerca de los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás instrumentos jurídicos que sean sometidos a la consideración del Consejero Jurídico por parte de las dependencias y entidades de la administración pública estatal; III. Proponer al Consejero Jurídico los criterios que deban prevalecer, en caso de divergencia sobre la interpretación de una norma de derecho que regulen el funcionamiento de la administración pública estatal; Y las demás contempladas en el artículo 15 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Lic. Eris Gutiérrez Panchi Dirección de Asuntos Civil-Mercantil Facultades: I. Emitir opinión y resolver las consultas que en materia civil-mercantil sean planteadas por las dependencias y entidades de la administración pública estatal;   II. Participar como coadyuvante en los juicios o negocios civiles-mercantiles en que las dependencias y entidades de la administración pública estatal intervengan con cualquier carácter y, en su caso, ejercer las acciones y excepciones que correspondan para la defensa administrativa y judicial; III. Elaborar los proyectos de convenios que se estimen convenientes para los intereses del Estado, a fin de dar término a los juicios o conflictos civiles-mercantiles en los que intervengan los titulares de las dependencias o entidades de la administración pública estatal; Y las demás contempladas en el artículo 17 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Director de Asuntos Penales Lic. Luis Morales Cruz Director de Asuntos Penales Facultades: I. Emitir opinión y resolver las consultas que en materia penal sean planteadas por las dependencias y entidades de la administración pública estatal;   II. Participar como coadyuvante en los juicios o negocios penales en que las dependencias y entidades de la administración pública estatal intervengan con cualquier carácter y, en su caso, ejercer las acciones y excepciones que correspondan para la defensa administrativa y judicial; III. Elaborar los proyectos de convenios que se estimen convenientes para los intereses del Estado, a fin de concluir los juicios o conflictos penales en los que intervengan los titulares de las dependencias o entidades de la administración pública estatal; Y las demás contempladas en el artículo 19 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Lic. Florentino López Hernández Director de Asuntos Laborales I. Emitir opinión y resolver las consultas que en materia laboral sean planteadas por las dependencias y entidades de la administración pública estatal;   II. Participar como coadyuvante en los juicios o negocios laborales en que las dependencias y entidades de la administración pública estatal intervengan con cualquier carácter y, en su caso, ejercer las acciones y excepciones que correspondan para la defensa administrativa y judicial; III. Elaborar los proyectos de convenios que se estimen convenientes para los intereses del Estado, a efecto de terminar los juicios o conflictos laborales en los que intervengan los titulares de las dependencias o entidades de la administración pública estatal; Y las demás contempladas en el artículo 20 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Facultades: Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Director de Asuntos Agrarios Lic. Juan Manuel Guerrero Gutiérrez Director de Asuntos Agrarios Facultades: I. Emitir opinión y resolver las consultas que en materia agraria sean planteadas por las dependencias y entidades de la administración pública estatal;   II. Participar como coadyuvante en los juicios o negocios agrarios en que las dependencias y entidades de la administración pública estatal intervengan con cualquier carácter y, en su caso, ejercer las acciones y excepciones que correspondan para la defensa administrativa y judicial; III. Elaborar los proyectos de convenios que se estimen convenientes para los intereses del Estado, a fin de terminar los juicios o conflictos agrarios en los que intervengan los titulares de las dependencias o entidades de la administración pública estatal;  Y las demás contempladas en el artículo 22 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Director de Asuntos Administrativos y Amparos Lic. Alejandro Astudillo Esiquio Director de Asuntos Administrativos y Amparos I. Emitir opinión y resolver las consultas que en materia administrativa y fiscal sean planteadas por las dependencias y entidades de la administración pública estatal;    II. Participar como coadyuvante en los juicios o negocios administrativos y fiscales en que las dependencias y entidades de la administración pública estatal intervengan con cualquier carácter y, en su caso, ejercer las acciones y excepciones que correspondan para la defensa administrativa y judicial;   III. Elaborar los proyectos de convenios que se estime convenientes para los intereses del Estado, a efecto de terminar los juicios o conflictos administrativos y fiscales en los que intervengan los titulares de las dependencias o entidades de la administración pública estatal; Y las demás contempladas en el artículo 23 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Facultades: Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Lic. América Beatriz Román Iturbide Directora de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad Facultades: I. Conocer y realizar las promociones pertinentes de las controversias constitucionales y de las acciones de inconstitucionalidad en las que el Consejero Jurídico represente al Gobernador y siempre que el Director General de Atención a Procesos Jurídicos así lo acuerde;   II. Previo acuerdo de su superior jerárquico, fungir como delegado en las controversias constitucionales y en las acciones de inconstitucionalidad en las que el Consejero Jurídico represente al Gobernador; III. Elaborar y proponer a su superior jerárquico, las bases de coordinación entre las distintas dependencias y entidades de la administración pública estatal que participen en las controversias constitucionales y en las acciones de inconstitucionalidad en las que el Consejero Jurídico ostente la representación del Gobernador; Y las demás contempladas en el artículo 25 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Responsabilidades I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Jefa de Departamento de Procesos C. Alexandra Xitxioli Méndez Hernández Jefa de Departamento de Procesos Civil-Mercantil Facultades: Opinar sobre las consultas que en materia civil-mercantil sean planteadas por las dependencias y entidades de la administración pública estatal;   Formular los proyectos de escritos de contestación de las demandas civil-mercantil solicitadas a la Consejería Jurídica, por las dependencias y entidades de la administración pública estatal; Contestar demandas, asistir a las audiencias, ofrecer pruebas, promover los juicios de amparo en materia civil-mercantil e interponer los recursos procedentes; Y las demás contempladas en el Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Responsabilidades I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Jefa del Departamento de Procesos Laborales Lic. Alejandra Morales Mascada Jefa del Departamento de Procesos Laborales Facultades: Formular los proyectos de escritos de contestación de las demandas laborales, en las que sean parte demandada el Gobernador del Estado o el Consejero Jurídico del Poder Ejecutivo;   Participar en las audiencias de conciliación, contestación de demandas, ofrecimiento y desahogo de pruebas; Formular los proyectos de escritos para promover los juicios de amparo; y Desarrollar las funciones inherentes al área de su adscripción. Y las demás contempladas en el Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Responsabilidades I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

C. Blanca Sánchez Leyva Jefa del Departamento de Procesos Administrativos y Amparos Facultades: Analizar y emitir opinión de las consultas que en materia administrativa y fiscal sean planteadas por las dependencias y entidades de la administración pública estatal;   Representar a las dependencias y entidades de la administración pública estatal, cuando intervengan con cualquier carácter en los juicios o negocios administrativos y fiscales; Analizar y realizar los proyectos de convenios, terminar los juicios o conflictos administrativos y fiscales en los que intervengan los titulares de las dependencias o entidades de la administración pública estatal; Y las demás contempladas en el Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Responsabilidades I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Directora de Enlace Institucional y Estudios Lic. Martha Rodríguez Luna Directora de Enlace Institucional y Estudios Normativos Facultades: I. Ser el enlace de la Consejería Jurídica con las dependencias de la administración pública estatal y paraestatal, federales, del Distrito Federal, de otras entidades federativas y municipales, de acuerdo con sus atribuciones;   II. Elaborar los lineamientos técnicos, normativos y gramaticales a los que se sujetarán las dependencias y entidades de la administración pública estatal, para las actividades de proyección, redacción, revisión y trámite de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás instrumentos jurídicos; III. Revisar los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, circulares, decretos, acuerdos y otras disposiciones legales que sean enviados a la Consejería Jurídica, y emitir la opinión técnico-jurídica correspondiente; Y las demás contempladas en el artículo 26 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Responsabilidades I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Director de Compilación y Consulta Lic. Tomás Pichardo Toledo Director de Compilación y Consulta Jurídica Facultades: I. Implementar y operar el programa de informática jurídica, estableciendo la coordinación necesaria con el Portal de Internet del Gobierno del Estado;   II. Sistematizar y difundir los criterios de interpretación de las disposiciones jurídicas normativas, necesarias para la operación de la administración pública estatal; III. Incorporar al acervo jurídico estatal las iniciativas de leyes y decretos, una vez aprobadas y publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado; Y las demás contempladas en el artículo 27 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Ver Reglamento Responsabilidades I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Jefa del Departamento de Proyectos Legislativos Lic. Natividad Real Don Juan Jefa del Departamento de Proyectos Legislativos Facultades: Elaborar las opiniones de las iniciativas de leyes, reglamentos, circulares, decretos, acuerdos y otras disposiciones legales que le sean solicitados;   Elaborar los proyectos de reformas, adiciones o derogaciones a las leyes y reglamentos que se le encomienden; Elaborar los proyectos de opiniones sobre los proyectos de convenios, contratos o acuerdos que celebre el Poder Ejecutivo con la federación, estados de la república, el Distrito Federal y los municipios del Estado; Y las demás contempladas en el Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Jefa del Departamento del Orden Jurídico Estatal Lic. Graciela Juárez Ocampo Jefa del Departamento del Orden Jurídico Estatal Facultades: Operar el programa de informática jurídica;   Agregar al acervo jurídico estatal las iniciativas de leyes y decretos, una vez aprobadas y publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado; Compilar y sistematizar leyes, reglamentos, decretos, convenios, lineamientos, reglas de operación y demás ordenamientos legales que conforman el marco jurídico estatal; Y las demás contempladas en el Manual de Organización de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado. Responsabilidades: I.- Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión, que cause la suspensión o deficiencia del servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;   II.- Formular y ejecutar legalmente los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos; III.- Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada a que tenga acceso por su función exclusivamente para los fines a que están afectos; Las demás contempladas en los artículos 46 de la Ley Número 674 de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero y 43 de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero Número 248. Regresar a la diapositiva principal

Gracias por entrar al Organigrama de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo