Subvención excepcional a UTA por gratificaciones 2010 Que es lo que corresponde abonar ? Básicamente operan 2 tipos de vencimientos sobre la subvención excepcional a abonar a UTA: 1ro. (5 cuotas) El correspondiente a la Gratificación NO remunerativa mensual devengada de los meses marzo 2010 a julio 2010 que opera desde el 15 de mayo y finalizando el 15 de septiembre. 2do. (3 cuotas) El correspondiente a la Gratificación no remunerativa RETROACTIVA a enero y febrero de 2010 pagadera en 3 cuotas con mas un adicional por la gratificación ya abonada de $ 255 de los meses de enero y febrero a abonar los días 15 de Junio, 15 de julio y 15 de agosto respectivamente.
Subvención excepcional a UTA por gratificaciones 2010 Por la cuota mensual de $ 700 para conductores y proporcional para el resto de las categorías corresponde abonar 2 conceptos: a. Importe de cuota solidaria retenida a los trabajadores no afiliados al Sindicato UTA (1% de la gratificación liquidada), solo aplicable a aquellas empresas que optaron por retener. b. Subvención excepcional de $ 80 y proporcional para el resto de las categorías (11,42857 %) para TODOS los trabajadores alcanzados por el beneficio. Las empresas obligadas a este pago, formalizarán el mismo mediante depósito bancario en la cuenta de titularidad de la obra social mencionada del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo (boleta verde).
Subvención excepcional a UTA por gratificaciones 2010 Cronograma de vencimiento para la cuota mensual Período de Pago Abr-10May-10Jun-10Jul-10Ago-10 Devengado de: Mar-10Abr-10May-10Jun-10Jul-10 A abonar al personal el: 20 abril20 mayo20 junio20 julio20 agosto Vence UTA 15 mayo15 junio15 julio15 ago15 sept.
Subvención excepcional a UTA por gratificaciones enero y febrero de 2010 Por la cuota mensual de $ 700 de enero y febrero (total $ 1400) para conductores y proporcional para el resto de las categorías que se abona en 3 cuotas mensuales desde el 7 de mayo, más las cuotas de $ 255 de enero y febrero ($ 510) corresponden abonar 3 conceptos a UTA: 1ro. Importe de cuota solidaria retenida a los trabajadores no afiliados al Sindicato UTA (1% de la gratificación liquidada), solo aplicable a aquellas empresas que optaron por retener.
Subvención excepcional a UTA por gratificaciones enero y febrero de do. Cuota parte de la Subvención excepcional de $ 80 y proporcional para el resto de las categorías (11,42857 %) para TODOS los trabajadores alcanzados por el beneficio. El cálculo debe hacerse sumando las 2 cuotas de $ 80 (por enero y febrero) dividido en 3 cuotas ($ 160 % 3 = $ 53,33). El valor resultante es de $ 53,33 para conductores y proporcional al resto de las categorías. Queda a criterio de la empresa aplicar proporcionalidad en el caso de ingresos y bajas producidas durante el período bimestral.
Subvención excepcional a UTA por gratificaciones enero y febrero de ro. La suma de $ 30 fijo por cada uno de los 2 meses (enero y febrero), para todas las categorías con la salvedad que el universo de aplicación es solo el personal representado por la UTA. El cálculo debe hacerse sumando las 2 cuotas de $ 30 (por enero y febrero) dividido en 3 cuotas ($ 60 % 3 = $ 20). El valor resultante es de $ 20 para el universo de empleados afiliados al sindicato UTA. Queda a criterio de la empresa aplicar proporcionalidad en el caso de ingresos y bajas producidas durante el período bimestral.
Subvención excepcional a UTA por gratificaciones retroactivas enero y febrero 2010 Cronograma de vencimiento para la cuota retroactiva Período de Pago Cuota 1Cuota 2Cuota 3 A abonar al personal el: 07 mayo 07 junio07 julio Vence UTA: 15 junio 15 julio 15 agosto
Resumen: Subvención excepcional a UTA por gratificaciones Por gratificaciones mensuales de $ 700 a abonar al personal desde el 20 de abril de Los vencimientos operan a partir del 15 de mayo Cuota solidaria del 1% de la gratificación descontada a los trabajadores en los talones/recibos de pago $ 80 para conductores y proporcional al resto de las categorías (equivale al 11,42857 % de lo abonado). 2. Por gratificaciones retroactivas de enero y febrero de $ 700 y $ 255 abonadas y por abonar en cuotas. Los 3 vencimientos operan desde el 15 de junio 2.1. Cuota solidaria del 1% de la gratificación retroactiva liquidada $ 53,33 para conductores y proporcional para el resto de las categorías (equivale al 11,42857 % de lo abonado) $ 20 con independencia de la categoría pero solo aplicable por aquellos empleados afiliados al sindicato UTA que cobraron los $ 255 durante enero y febrero.
Subvención excepcional a UTA por gratificaciones 2010 Encontrará información adicional, escalas, copias de los textos de las actas de acuerdo firmadas y copia de la Homologación del Acta de acuerdo Resolución Secretaria de trabajo 565/2010 del 7 de mayo de 2010, en Contáctese con su referente en DAZ sistemas para saber desde donde obtener los reportes necesarios para completar las boletas de deposito. Daz Sistemas /