Un análisis cuantitativo Reservas de información en el Órgano Ejecutivo Por Jaime López 8 de junio de 2016.

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Transcripción de la presentación:

Un análisis cuantitativo Reservas de información en el Órgano Ejecutivo Por Jaime López 8 de junio de 2016

Preliminares En la aplicación de la Ley de Acceso a la Información Pública debe prevalecer el principio de máxima publicidad. En casos excepcionales, cierta información pública puede ser declarada bajo reserva: Si corresponde a los supuestos establecidos en la Ley Se debe probar que el daño de mantener en reserva la información es menor que el de divulgarla En todo caso, las reservas son temporales

Preliminares Normativamente es legítima la existencia de información reservada: Cuando la publicidad pueda poner en peligro la vida y bienes de personas Cuando pueda poner en riesgo el cumplimiento de las funciones del Estado En casos de conflicto se usan los criterios de máxima publicidad y menor daño. Sin embargo, en la práctica es común que se abuse de la calificación de reserva, para: Mantener márgenes amplios de discrecionalidad. Evitar que la ciudadanía cuestione de manera informada determinadas decisiones. Ocultar prácticas indebidas.

Características del análisis Es un esfuerzo por hacer un análisis sistemático de las reservas de información pública. Se basa en la revisión de los índices de información reservada: Conteo de entradas Lectura general Incluye a 83 entidades del Órgano Ejecutivo, entre ministerios y entidades autónomas. Constituye una línea de base para futuros análisis Los datos fuente están disponibles. El análisis es reproducible.

Hallazgos 81 entidades del Órgano Ejecutivo cuentan con índices de información reservada. 2 entidades aún no los tienen (VMT e ISNA) En las 81 entidades referidas, existen 5,023 reservas. Un promedio de 62.0 reservas por entidad. Existe una gran dispersión entre entidades que tienen pocas reservas y otras que tienen muchas (desviación estándar = 125.8)

Hallazgos 12 entidades (14.8%) no tienen ninguna información reservada. 22 entidades (27.2%) tienen entre 1 y 10 reservas. 34 entidades (42.0%) tienen entre 11 y 100 reservas 13 entidades (16.0%) tienen más de 100 reservas.

Histograma

Reservas por sectores

Entidades con mayor número de reservas Ministerio de EducaciónMINED766 Fondo Salvadoreño para la ViviendaFSV571 Ministerio de Agricultura y GanaderíaMAG461 Fondo de Saneamiento y Fortalecimiento FinancieroFOSAFI395 Instituto Salvadoreño de Desarrollo MunicipalISDEM230 Fondo Solidario para la Familia Microempresaria193 Lotería Nacional de BeneficenciaLNB180 Administración Nacional de Acueductos y AlcantarilladosANDA175 Consejo Nacional de Micro y Pequeña EmpresaCONAMYPE145 Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y ForestalCENTA132 Nota: Debe observarse que algunas instituciones reducen el número de sus reservas haciendo que éstas tengan un carácter genérico. Así logran abarcar un gran número de documentos con una sola entrada en sus índices de información reservada.

Entidades con cero reservas Centro Farmacéutico de la Fuerza ArmadaCEFAFA Consejo Nacional de CalidadCNC Consejo Nacional de Ciencia y TecnologíaCONACYT Consejo Nacional de EnergíaCNE Fondo de Inversión Social para el Desarrollo LocalFISDL Fondo para la Atención de Víctimas de Accidentes de TránsitoFONAT Inspectoría General de Seguridad PúblicaIGSP Instituto Especializado de Educación Superior para la Formación Diplomática IEESFORD Instituto Nacional de la JuventudINJUVE Instituto Nacional de los DeportesINDES Instituto Salvadoreño de Bienestar MagisterialISBM Instituto Salvadoreño de Fomento CooperativoINSAFOCOOP

Conclusiones Hay instituciones que le dan enorme valor al principio de máxima publicidad, al no tener reservas o mantenerlas al mínimo. No se observa la existencia de criterios uniformes para la reserva de información pública. En varias instituciones se observan prácticas indebidas sobre reservas de información: Uso de reservas demasiado genéricas Uso indiscriminado del máximo plazo de reserva (7 años) Confusión entre información reservada e información confidencial

Recomendaciones Que el Instituto de Acceso a la Información Pública dicte lineamientos claros sobre criterios y procedimientos para la reserva de información pública. Que en las instituciones públicas se haga una revisión de la información clasificada como reservada, para: Evitar La aplicación indebida de los causales de reserva. Justificar adecuadamente, en los casos que proceda, la prueba de daño. Limitar los períodos de reserva al mínimo necesario. Desde la ciudadanía, analizar cualitativamente las reservas y, en los casos en que sean injustificadas, pedir su anulación.