LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN ILICITO FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
QUINES INTEGRAN UN FIDEICOMISO
Advertisements

Personas físicas o jurídicas que contratan a título oneroso para su consumo final la adquisición o locación de bienes o servicios. No se incluyen bienes.
La conceptualización tradicional.
Prevención del Blanqueo de capitales
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Establece el régimen de Responsabilidad por la Función Pública.
Sumario 1. Por qué una reserva? 2. Marco legal para ECAS 3. Reserva de actividad 4. Reserva de denominación 5. Procedimiento 5 Principio de oportunidad.
HÉCTOR DANIEL DOMÍNGUEZ
CONTRATO UNDERWRITING O SUSCRIPCIÓN TEMPORAL
TESIS II: DERECHO TRIBUTARIO
LAS EMPRESAS Y LAS SOCIEDADES
1 PROYECTO DECRETO PARA LA PREVENCION E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA EL NOTARIO COMO ACTIVIDAD VULNERABLE. Not.Marco.
AGENTES Y APODERADOS ADUANALES
LA NUEVA LEY DE MERCADO DE VALORES LEY ZONAMERICA, Febrero 2010.
Resolución UIF 16 /2012 Regulación especifica de la actividad
Recuperación de Activos de la Corrupción &Cooperacion Internacional
MARIANA SERRA Dra. DEFENSORA PENAL MINISTERIO PUBLICO NUMERO 7
CONSTITUCIÓN DE COOPERATIVAS
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DEL PERÚ
¿Qué es Empresa? Una empresa es una organización dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios con fines lucrativos.  
EL ACTO DE COMERCIO Es la manifestación de la voluntad cuyo propósito  es producir consecuencias jurídicas, en crear, modificar, extinguir, transferir,
“CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN”
Instituto Colombiano del Deporte “COLDEPORTES“ Ministerio de Cultura
DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES
COMERCIANTE CLASE 3.
5ta. Jornada de Direcciones de Rentas Municipales Organizada: Dirección General de Fortalecimiento Tributario y Administración Municipal Responsabilidad.
LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN ILICITO FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
Prevención del Lavado de Dinero y
EL REGISTRO MERCANTIL OBJETO - CALIDAD. El registro mercantil tendrá por objeto llevar la matrícula de los comerciantes y de los establecimientos de comercio,
TALLER SOBRE FIDEICOMISO CONCEPTOS Y REGULACIÓN LEGAL
INICIO DE ACTIVIDAD Circular 04 – 14 S.I.I.. OBLIGATORIEDAD Según el artículo 68 del Código Tributario, "Las personas que inicien negocios o labores susceptibles.
El Contador Público su responsabilidad profesional
Fiscalía Especial Contra la Corrupción.  El Sistema Tributario se regirá por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad, de.
Programa de Blindaje Electoral y Prevención del Delito
ORGANIGRAMA DE LA DIAN.
IMPLICANCIAS TRIBUTARIAS DEL FIDEICOMISO Dra. Mónica Benites M.
COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES CAPACITACIÓN Prevención de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo Taller: Resolución UIF.
Sociedad simple.
Investigación sobre Fondos de Liquidez
SUPERVISION DE ENTIDADES REGULADAS. CASO PRÁCTICO EN ARGENTINA DR. RODOLFO IRIBARREN GERENTE GENERAL COMISION NACIONAL DE VALORES - ARGENTINA MAYO 2011.
Superintendencia de Valores Hacia un Control Eficaz del Lavado de Dinero en el Mercado de Valores Junio 15 de 2004.
RESOLUCION 40/2005 NUEVAS RESPONSABILIDADES PARA LOS AUDITORES Y SINDICOS.
LA RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR
DESAYUNO EJECUTIVO JULIO 2006 RESPONSABILIDAD POR LA INFORMACIÓN CONTABLE Aspectos Crediticios Rolando Castellares.
CONCEPTO ECONÓMICO DE LA EMPRESA Y EL PATRIMONIO.
UNIDAD III RECURSOS FINANCIEROS
SISTEMA BANCARIO NACIONAL Y GRUPOS FINANCIEROS
Jorge daza Marilen Portocarrero Adriana Sinisterra Ivan sinisterra
Gestión de Tesorería.
EL SISTEMA FINANCIERO Conjunto de instituciones y participantes que generan, recogen, administran y dirigen el ahorro; involucra la trasferencia de activos.
Esta presentación es una interpretación normativa actual sobre la Ley de Habeas Data hecha por el Departamento Jurídico de Bancóldex, razón por la cual,
TESIS I: NOCIONES GENERALES DEL DERECHO MERCANTIL
LOS ORGANOS DE LA ADMNISTRACION TRIBUTARIA NACIONAL
Mayo/2010Prof. CP Gabriel F. Pérez1 Ley Entidades Aseguradoras Superintendencia de Seguros de la Nación Prof. CP Gabriel F. Pérez.
HABEAS DATA LEY 1266 DE 2008.
Catalina Gutiérrez Catherine Taborda Luis Carlos Ayala
Jornada de Capacitación Prevención del Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo 7 de Octubre de 2015.
Jornada de Capacitación
1 Superintendencia de la Economía Solidaria Ministerio de Hacienda y Crédito Público República de Colombia Prestación de servicios de vigilancia, inspección.
PRESUPUESTOS DE CULPABILIDAD DE LA PERSONA JURÍDICA: CRITERIOS DE IMPUTACIÓN Jesús Caballero Klink Fiscal Superior Comunidad de Madrid
PREVENCIÓN Y GESTIÓN DEL RIESGO DE LA/FT
 Según la ley y las modificaciones introducidas por la ley en su art 2 establece que, entre muchos otros, “las inmobiliarias y otros intermediarios.
Corporaciones Municipales DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES.
 Es una asociación de trabajadores constituida para la defensa y promoción de intereses profesionales, económicos o sociales de sus miembros.
Junio 2014 Impacto de las reformas a la Ley Aduanera.
Sujetos del Comercio.
Transcripción de la presentación:

LAVADO DE ACTIVOS DE ORIGEN ILICITO FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO REGIMEN JURIDICO ASPECTOS REPRESIVOS Y PREVENTIVOS LEY Nº 25.246 LEY Nº 26.683

TITULO XIII- DELITOS CONTRA EL ORDEN ECONOMICO Y FINANCIERO ART TITULO XIII- DELITOS CONTRA EL ORDEN ECONOMICO Y FINANCIERO ART. 303 CODIGO PENAL El que CONVIRTIERE TRANSFIRIERE ADMINISTRARE VENDIERE GRAVARE DISIMULARE d/c/m PUSIERE EN CIRCULACIÓN bienes provenientes de un ilícito penal aunque se hubiere cometido en el extranjero CON LA CONSECUENCIA POSIBLE DE QUE EL ORIGEN DE LOS BIENES ORIGINARIOS O SUBROGANTES ADQUIERAN LA APARIENCIA DE UN ORIGEN LÍCITO

SANCIONES PENALES PARA EL LAVADO DE ACTIVOS Valor de los bienes INFERIOR a $ 300.000 PRISION DE SEIS (6) MESES A TRES (3) AÑOS Valor de los bienes SUPERIOR A $ 300.000 en un acto o por reiteración de hechos diversos vinculados entre si PRISION DE TRES (3) AÑOS A DIEZ (10) AÑOS MULTA DE DOS (2) A DIEZ (10) VECES DEL MONTO DECOMISO Figuras agravadas: Se AUMENTA en 1/3 el máximo y en 1/2 el mínimo: Cuando el autor realice el hecho con habitualidad Cuando lo realice como miembro de una asociación o banda formada para la comisión de hechos de esta naturaleza Cuando el autor fuere funcionario público que hubiera cometido el hecho en ejercicio u ocasión de sus funciones. Cuando el autor hubiere actuado en ejercicio de una profesión u oficio que requieran habilitación especial. En estos dos últimos casos, ADEMÁS una pena de INHABILITACIÓN ESPECIAL de TRES (3) a DIEZ (10) AÑOS

Delito de emprendimiento El que recibiere dinero o bienes provenientes de un ilícito penal, con el fin de hacerlos aplicar en una operación de las previstas para el lavado (convertir, transferir, administrar, vender, gravar, disimular o de cualquier modo poner en circulación) que les de apariencia posible de un origen lícito. PRISIÓN de SEIS (6) MESES A TRES (3) AÑOS

RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS Cuando el lavado de activos ilícitos hubieren sido realizados EN NOMBRE, CON LA INTERVENCIÓN, o EN BENEFICIO de una persona de existencia ideal, a ésta se le impondrán sanciones conjunta o alternativamente: Se graduarán de acuerdo a las reglas y procedimientos internos, la omisión de vigilancia sobre autores y partícipes, extensión del daño causado, el monto de dinero involucrado, tamaño, naturaleza y capacidad económica de la persona jurídica.

SANCIONES PENALES PERSONAS JURÍDICAS Multa de dos (2) a diez (10) veces el valor objeto del delito Suspensión total o parcial de actividades, hasta diez (10) años * Suspensión para participar en concursos, licitaciones o cualquier actividad vinculada con el Estado, hasta diez (10) años Cancelación de personería si hubiese sido creada para cometer el delito o si esos actos constituyen la actividad principal * Pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere Publicación de un extracto de la sentencia condenatoria a su costa *No se aplicarán si fuera necesario mantener la continuidad operativa de la entidad, una obra o un servicio

Sistema anti-LD que articula el GAFI Preventivo (S. Obligados) Inteligencia (UIF) Sistema Represivo (Juez/Fiscal) Se les traslada parte del poder de policía, porque el Estado no puede estar presente en todos los procesos de contratación con los clientes Recibe, analiza y transfiere información

SISTEMA PREVENTIVO ARGENTINA UIF Organismos Reguladores/Supervisores Sujetos obligados sistema financiero/bursátil/seguros APNFD Sujetos obligados

ROLES Y FUNCIONES 1 SUJETO OBLIGADO Conocimiento cliente ------ ROS 2 UIF Análisis del ROS – Remisión al MPF 3 Ministerio Público (Ufilavdin) Archivo / Denuncia ante Poder Judicial

Sujetos Obligados (Ley 25.246) Empresas de Seguros Emisores de cheques de viajero u operadores de tarjetas de crédito o compra Transportadores de caudales Prestatarios de servicios de giros de divisas Escribanos Públicos Empresas de ahorro con fines determinados Despachantes de Aduana, importadores y exportadores Productores, asesores, liquidadores de seguros Personas jurídicas que reciban donaciones Organismos de la Adm. Pública que ejercen funciones regulatorias; Banco Central AFIP Inspección General de Justicia Entidades financieras Casas de cambio y transmisoras de fondos Explotadores de juegos de azar Agentes y sociedades de bolsa, fondos comunes de inversión, agentes mercado electrónico Agentes intermediarios de mercados de futuros y opciones. Registros Públicos de Comercio, de Fiscalización y Control de Personas Jurídicas, de la Propiedad Inmueble, del Automotor y Créditos Prendarios Personas dedicadas a cvta. de obras de arte, antigüedades, bienes suntuarios, joyas. Superintendencia de Seguros Comisión Nacional de Valores

Nuevos Sujetos Obligados (Ley 26.683) Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia Los agentes o corredores inmobiliarios Asociaciones Mutuales y Cooperativas La actividad de compraventa de automotores, yates y aeronaves. Los fiduciarios y vinculados a cuentas de fideicomiso y los fiduciantes. Las organizaciones que regulen deportes profesionales

Obligaciones del Sujeto Obligado ARTICULO 21 a) Recabar de sus clientes documentos que prueben fehacientemente su identidad, personería jurídica, domicilio y demás datos que en cada caso se estipule...Cuando los clientes...actúen en representación de terceros, se deberán tomar los recaudos para identificar la persona por quien se actúe. Toda la información debera archivarse por el término y según las formas que la UIF establezca.

b) Informar cualquier hecho u operación sospechosa independientemente del monto de la misma... Se consideran sospechosas aquellas transacciones que de acuerdo con los usos y costumbres de la actividad de que se trate, así como también de la experiencia e idoneidad de las personas obligadas a informar, resulten inusuales, sin justificación económica o jurídica o de complejidad inusitada o injustificaca, sean realizadas en forma aislada o reiterada.

La UIF establecerá a través de pautas objetivas, las modalidades, oportunidad y límites del cumplimiento de esta obligación para cada categoría de obligado y tipo de actividad. c) Abstenerse de revelar al cliente o a terceros las actuaciones se se estén realizando en cumplimiento de la presente ley.

El cumplimiento, de buena fe, de la obligación de informar no generará responsabilidad civil, comercial, laboral, penal, administrativa, ni de ninguna otra especie. (Art. 18, Ley 25.246)

Modificaciones al régimen de DDC Deber de informar: Es la obligación legal que tienen los sujetos obligados de poner a disposición de la UIF la documentación recabada de sus clientes en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21 inciso a) y de llevar a conocimiento de la UIF las conductas o actividades de las personas físicas o jurídicas, a través de las cuales pudiere inferirse la existencia de una situación atípica que fuera susceptible de configurar un hecho u operación sospechosa, de lavado de activos o financiación de terrorismo.

Política de identificación de clientes CLIENTE: todas aquellas personas físicas o jurídicas con las que se establece, de manera ocasional o permanente, una relación contractual de carácter financiero, económico o comercial. En ese sentido es cliente el que desarrolla una vez, ocasionalmente o de manera habitual, operaciones con los sujetos obligados Establece detalladamente la documentación a exigir a personas físicas y jurídicas a los fines de su identificación, autorizándose a la UIF a determinar aquellos casos en los que resultará necesaria documentación sobre el origen y licitud de los fondos operados y su documentación de respaldo. Prevé la necesidad de procedimientos reforzados o adicionales de identificación en los siguientes casos: Cuando se sospeche que actúan por cuenta ajena Cuando se sospeche la utilización de personas jurídicas como empresas pantalla Para conocer la estructura de las sociedades, determinar el origen de sus fondos e identificar a sus propietarios, beneficiarios y controlantes Ante operaciones no presenciales

PEP’s : El texto se limita a exigir que se debe “prestar especial atención a las transacciones realizadas por las mismas, que no guarden relación con la actividad declarada y su perfil como cliente”. Oficial de Cumplimiento: Se establece el deber de los órganos de administración de los sujetos obligados constituidos regularmente como personas jurídicas de designar un oficial de cumplimiento. Se asigna responsabilidad solidaria e ilimitada a los integrantes del órgano de administración respecto al deber de informar.

Conservación de documentación: Se establece el plazo de 5 AÑOS Plazos para reportar Conservación de documentación: Se establece el plazo de 5 AÑOS Régimen Penal Administrativo Además de las sanciones a persona jurídica por el delito cometido en su nombre (sanción penal impuesta por el juez penal), las siguientes sanciones administrativas: Respecto a la violación a la obligación de guardar secreto de la información aportada a la UIF, se ha elevado la multa (50.000 a 500.000 pesos). Ampliación de las conductas pasibles de sanción, agregándose al incumplimiento del deber de informar cualquier violación a las obligaciones establecidas por la ley y las normas reglamentarias de la UIF (1 a 10 veces el valor de los bienes). Las acciones por sanciones administrativas prescriben a los 5 años del incumplimiento. Igual plazo rige para la ejecución de la multa correspondiente, computado desde el momento en que quede firme el acto que así lo disponga. LD 150 días corridos FT 48 horas

Nuevas facultades de la UIF Investigaciones: los datos que los sujetos obligados deben poner a disposición de la UIF respecto de sus clientes solo podrán ser utilizados en el marco de una investigación en curso y no para iniciar investigaciones de oficio. A su vez, se prohíbe expresamente la posibilidad de iniciar investigaciones a partir de denuncias anónimas. Secreto Fiscal: Se autoriza a la UIF a ingresar al Secreto Fiscal a partir de cualquier reporte de operación sospechosa, independientemente del sujeto que la formule. Facultades de la UIF: Se le otorgan a la UIF facultades de supervisión, fiscalización e inspección in situ para controlar el cumplimiento de las obligaciones de información y debida diligencia de los sujetos obligados.

Regulación por la UIF a los distintos sujetos obligados Según las distintas categorías de sujetos obligados se regularon sus obligaciones. www.uif.gov.ar INCISO 19 –Los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto corretaje inmobiliario, integradas y/o administradas exclusivamente por agentes o corredores inmobiliarios matriculados. (Res. UIF 16/2012)

Exigencias concretas a los sujetos obligados Política de Prevención Manual de Procedimientos Oficial de cumplimiento Auditorías periódicas Programa de Capacitación Elaboración de registros de análisis y gestión de riesgo de operaciones (inusuales y sospechosas) Herramientas tecnológicas Conocimiento del cliente