ANGULO MURILLO JOHN JAIRO RODRIGUEZ RUEDA JOSE LEONARDO RODRIGUEZ VARGAS SERGIO ANDRES.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
<title>Licencias de Software</title>
Advertisements

El Derecho de Autor, aliado estratégico en la industria de aplicaciones informáticas.
LEGISLACION INFORMATICA
DERECHOS DE LOS ESCRITORES, ILUSTRADORES, COMPILADORES Y TRADUCTORES EN LAS CREACIONES DIGITALES. DIFERENCIAS CON LOS CORRECTORES DE ESTILO. INDUSTRIA.
GENERALIDADES DEL DERECHO DE AUTOR
Escuela Politécnica del Ejército
COPYRIGHT, COPYLEFT Y CREATIVE COMMONS
Propietario En informática se denomina así a un tipo de software o a una plataforma hardware, o a ambos, que es propio de un fabricante concreto.
Licencias de Software.
¡Clasificación de software! Según su licencia
PROPIEDAD INTELECTUAL LEY (MODIFICADA POR LEY ) Ley protege derechos que, por el sólo hecho de la creación de la obra, adquieren los autores.
1 DERECHO DE AUTOR EN EL ÁMBITO UNIVERSITARIO MIGUEL ROJAS.
OFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia,
Conjunto de instrucciones que, cuando se incorpora en un soporte legible por máquina, puede hacer que una máquina con capacidad para el tratamiento de.
Un enlace o link es texto o imágenes en un sitio web que un usuario puede pinchar para tener acceso o conectar con otro documento. Los enlaces son como.
CURSO DE DERECHO INFORMÁTICO Abril 2007 Aldo Elliot Segura.
NICOLAS POLANIA MONJE LUIS FELIPE PERDOMO MURCIA
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia,
SOFTWARE ( y 3) SOFTWARE COMERCIAL SOFTWARE LIBRE COPYRIGHT.
LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE FELIPE ARANGO RESTREPO.
Ensamblé de computadores
SOFTWARE LIBRE. El software libre (en inglés "free software", aunque esta denominación a veces se confunde con "gratis" por la ambigüedad del término.
POR: JUAN PABLO CLAROS SANTOS
PROPIEDAD INTELECTUAL
SOFTWARE.
SISTEMAS DE GESTIÓN DE CURSOS DE LIBRE DISTRIBUCIÓN ROBERTO MENDOZA VILCHIS FMVZ-UAEMex.
TIPOS DE LICENCIAs DE SOFTWARE
Derecho de autor sobre recursos digitales y Posibilidades de uso en la WEB 2.0 Licencia CC Derechos de autor y licencia CC por Zapata Martha se encuentra.
SOFTWARE. ¿QUÉ ES EL SOFTWARE LIBRE?  Es el que respeta la libertad de los usuarios y la comunidad. A grandes rasgos, significa que los usuarios tienen.
 Introducción  Software Libre  Bases de Datos  Como esta el proyecto  Limitaciones  bibliografía.
Jorge Sadornil Fernández Alejandro Alastruey Allué
ADMINISTRACIÓN DE CENTROS DE COMPUTO ALUMNO. ARTHUR LEANDRO CÉSPEDES LLERENA.
Software Libre se refiere a la libertad de los usuarios para ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, cambiar y mejorar el software.
Mireia Martínez Pineda
CATEGORÍAS DE SOFTWARE DE FUENTE NO DISPONIBLE
ADMINISTRACIÓN DE CENTROS DE COMPUTO ALUMNO. ARTHUR LEANDRO CÉSPEDES LLERENA.
FUENTES DE SOFTWARE ► ELABORACIÓN PROPIA ► PAQUETES COMPRADOS ► ELABORACIÓN POR CONTRATO.
DERECHOS DE AUTOR Fines educativos.
Elaborado por: María José freire.. SOFTWARE LIBRE Usado copiado Estudiado Modificado redistribuido libremente de varias formas No debe confundirse con.
PROPIEDAD INTELECTUAL
Software LIBRE Software GRATUITO !=. Según la Free Software Foundation, el software libre se refiere a la libertad de los usuarios para:  Ejecutar 
PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHO DE AUTOR
Alba Puymele García. LIBERTADES DEL SOFTWARE LIBRE El software libre nos ofrece las siguientes ventajas respecto a los que no lo son: la libertad de usar.
Universidad La Salle Maestr í a en Administraci ó n Educativa Inform á tica Aplicada en la Educaci ó n Software libre con las necesidades especiales Profesor:
Conocer los 3 tipos de licencias comerciales y las diferentes licencias de software libre.
2.1 Tipos de software. Ismael Meza Casillas. Control de Proyectos.
Lic. Antonio De León Rincón. DERECHO DE AUTOR El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales.
Modalidades de adquisición de software
AUTORÍA Y CREACIÓN DE SOFTWARE  Autoría: El derecho propiedad se genera de forma automática por la creación programas computaciones o software esta protegido.
LINUX BÁSICO Por Fernando Hernández Martínez. LINUX BASICO GNUGNU/Linux, más que un sistema operativo, una forma de vida”
SOFTWARE LIBRE Urbez Lalaguna Zhengqing Ye. Libertades que el Software Libre ofrece a los usuarios La libertad de usar el programa, con cualquier propósito.
ESC. NORMAL VALLE DEL MEZQUITAL LICENCIATURA EN EDUCACIÓN PRIMARIA INTERCULTURAL BILINGÜE SEGUNDO SEMESTRE DOCENTE: WENDY EDITH GÓMEZ MÁRQUEZ INTEGRANTES:
Derecho de Autor en Internet y el Software
SOFTWARE LIBRE Software libre es el software que, una vez obtenido, puede ser usado, copiado, estudiado, modificado y redistribuido libremente. El software.
JUAN FELIPE INFANTE MATEUS 9a.  Un tipo de contrato.  Se especifican todas las normas y cláusulas que rigen el uso de un determinado programa.  Exponen.
El software libre y el propietario Autora: Ana Yeska Guerra.
UNIVERSIDAD CENTRAL DEPARTAMENTO DE BIBLIOTECA ASPECTOS LEGALES EN EL USO DE INFORMACIÓN Elaborado por: CATALINA RUBIANO P. Directora Biblioteca Bogotá,
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Programa Integración de Tecnologías a la docencia Vicerrectoría de Docencia/ Universidad.
Derechos de autor. Atenas: 300 años antes de Cristo: En Atenas, 300 años antes de Cristo existían los escribanos, personas que podían hacer copias de.
Derecho de autor: posibilidades de uso de obras disponibles en la WEB Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia,
Contratación en derechos de autor Lic. Silvia Salazar PROINNOVA, UCR
QUE ES EL DERECHO DE AUTOR Es la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias o artísticas desde el momento de su creación.
Derecho de autor y Licencia Creative Commons Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia, Universidad de Antioquia.
Trabajo Colaborativo y NTICs Licencias Creative Commons Integrantes: Nixon Enríquez Jorge Fernández Pablo Flores Paulina Robalino Lucía Veloz GRUPO 6.
SOFTWARE LIBRE. Ing. Luis Orozco CISCO CCNA/LPI 101/DELL SERVER PROFESIONAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD TERRITORIAL DEL ESTADO MÉRIDA «KLEBER RAMÍREZ» BAILADORES.
DERECHO DE AUTOR Derecho Informático Edsel Barbosa Gónzalez.
Martha Zapata Rendón Programa Integración de TIC a la Docencia Vicerrectoría de Docencia, Universidad de Antioquia DERECHOS DE AUTOR Y LICENCIA CREATIVE.
Transcripción de la presentación:

ANGULO MURILLO JOHN JAIRO RODRIGUEZ RUEDA JOSE LEONARDO RODRIGUEZ VARGAS SERGIO ANDRES

DERECHOS MORALES  Personalísimos  Salvaguardan vinculo entre autor - obra  Perpetuos  Intransferibles  Irrenunciables  No comerciales  Inembargables  Su vulneración puede generar conflictos que terminen en indemnización por perjuicios.  Su finalidad no es asegurar un benefician económico para el autor.

FACULTADES  Derecho a la paternidad  Derecho a retirar la obra o al arrepentimiento  Derecho a la integridad  Derecho a conservar la obra inédita  Derecho a modificarla

CONCEPTOS EN EL CONTEXTO  Paternidad: derecho a que se le reconozca la obra como suya  Arrepentimiento: Derecho que tiene de retirar la obra, o suspender cualquier tipo de utilización.  Integridad: Derecho que tiene de impedir cualquier deformación o mutilación de su obra

QUE ES CONSERVAR LA OBRA INEDITA  Es la potestad que tiene el autor para no divulgar su obra, de impedir el conocimiento por parte de terceros.

CUANDO UN AUTOR MODIFICA SU OBRA, ¿ EL EDITOR PUEDE RECLAMAR?  Si la obra ya fue publicada, el editor puede exigir al autor el reconocimiento de perjuicios que con la modificación se generaron.

DERECHOS PATRIMONIALES  Aquellos que permiten al autor o cualquier otra persona que haya adquirido los derechos de autor, un control sobre su obra y beneficiarse en términos económicos o pecuniarios por permitir su utilización o explotación.

Características  Exclusivo: Solo el autor autoriza la utilización o explotación.  Transferible: A terceros parcial o totalmente  Renunciable: Prescindir (retribución económica)  Independiente: Autorizar cada una de las formas de explotación.  Duración limitada: Vigencia del autor + 80 años, personas jurídicas = 50 años desde la primera publicación.

Facultades otorgadas al autor Reproducción Comunicación publica Transformación Importación Distribución

Derecho de reproducción  Facultad de explotar su obra original o transformada, por cualquier medio o procedimiento que permita su comunicación y la obtención de unas varias copias de todo o parte de ella.

Derecho comunicación publica  Presentación o ejecución de una obra ante un publico o pluralidad de personas, es la recepción de la obra por parte del publico.

A que obras se aplica el derecho de comunicación publica  A todas. Las susceptibles de representarse o ejecutarse públicamente, a las literarias, dramáticas y musicales, a las de artes plásticas, a las de cinematografía, y otras formas audiovisuales y a las coreografías.

QUE ES EL DERECHO DE TRANSFORMACION  Facultad para autorizar a terceros para que modifiquen el contenido de su obra mediante adaptaciones, traducciones, compilaciones, actualizaciones, revisiones, o cualquier tipo de cambio, siempre en cuando no se mutile ni deforme.

QUE OCURRE CUANDO EL AUTOR SE NIEGA A MODIFICAR LA OBRA  No pasa nada, pero si existe contrato de edición y el autor se niega a modificar la obra, el titular debe resaltar en tipo de diferente tamaño o estilos a las partes que se modificaran.

DERECHO DE DISTRIBUCION  Derecho de controlar cualquier forma de distribución de su obra o de copias de la misma, mediante la venta, arrendamiento o alquiler.

El copyleft es un método general para hacer un programa (u otro tipo de trabajo) libre, exigiendo que todas las versiones modificadas y extendidas del mismo sean también libres. La forma más simple de hacer que un programa sea libre es ponerlo bajo dominio público, sin derechos de autor. Esto permite a la gente compartir el programa y sus mejoras si así lo desean. Pero también permite que gente no tan cooperativa convierta el programa en software privativo.dominio públicosoftware privativo El objetivo del Proyecto GNU es dar a todos los usuarios la libertad de redistribuir y cambiar software GNU.Proyecto GNU

QUE ES FREEWARE  Mucho se está hablando, y se hace referencia tanto en inglés como en castellano, sobre los modelos OpenSource, Libre Distribución, Shareware, Código Abierto, Software Libre, SaaS, PaaS, IaaS... Y más que se hablará. Y más confusión se arrojará al mercado. En AHORA Soluciones queremos ser muy claros: promulgamos y apostamos por el modelo FREEWARE. Y decimos FREEWARE en el sentido de la traducción literal: Software totalmente gratuito. FREWARE define un tipo de software que se distribuye sin coste, disponible para su uso sin limitaciones funcionales y por tiempo ilimitado. "Free" se traduce como "gratis", no como "libre" (de ahí el error que en ocasiones se da por traducir el término como Software Libre, de libre distribución).

QUE ES SHAREWARE Se denomina Shareware a una modalidad de distribución de software (juegos o programas) para que el mismo pueda ser evaluado de forma gratuita, pero generalmente por un tiempo especificado, aunque también las limitaciones pueden estar en algunas de las formas de uso o las capacidades finales. Para adquirir una licencia de software que permite el uso del software de manera completa se requiere de un pago (muchas veces modesto) aunque existe también el llamado shareware de precio cero, si bien es muy poco común

LIBERTADES DEL SOFTWARE LIBRE  La libertad de usar el programa, con cualquier propósito (libertad 0).  La libertad de estudiar cómo funciona el programa, y adaptarlo a tus necesidades (libertad 1). El acceso al código fuente es una condición previa para esto  La libertad de distribuir copias, con lo que puedes ayudar a tu vecino (libertad 2)  La libertad de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras a los demás, de modo que toda la comunidad se beneficie. (libertad 3). El acceso al código fuente es un requisito previo para esto.

NO ROTUNDO AL PLAGIO

BIBLIOGRAFIA    GOMEZ MARTINEZ, Rodrigo, ROBAYO CRUZ, Elsa Cristina, Universidad de la sabana