Iniciativas internacionales

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Transcripción de la presentación:

Iniciativas internacionales para la conservación de la biodiversidad Rosario Tejera Gimeno Curso 09-10

MARCO INTERNACIONAL 1972, Estocolmo (Suecia): Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Humano “El hombre tiene derecho al disfrute de la vida en un medio de calidad y la obligación de conservar y mejorar el medio para las generaciones futuras” Creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), el principal programa de las Naciones Unidas a cargo de los asuntos del medio ambiente. Esta Conferencia de Naciones Unidas sobre el medio Humano se realizó en Estocolmo del 5 al 16 de junio de 1972, es la primera vez que se habló de la problemática medioambiental centrada en tres puntos: La capacidad de desarrollo del hombre puede llevar al beneficio o aplicado erróneamente a daños incalculables. Existe un doble problema: los Países en desarrollo, tienen pobreza y problemas ambientales motivados por ésta. Por otra parte los Países desarrollados tienen problemas ambientales relacionados con la creciente industrialización y la tecnología. El aumento de población plantea problemas de recursos. El principio que se establece en la conferencia es que: El hombre tiene derecho al disfrute de la vida en un medio de calidad y la obligación de conservar y mejorar el medio para las generaciones futuras.. Además se llevó a cabo la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA),

…”desarrollo sostenible es que satisface las necesidades MARCO INTERNACIONAL 1987, CMMAD, -Our Common Future- “Informe Brundtland”: Concepto de Desarrollo Sostenible …”desarrollo sostenible es que satisface las necesidades de la generación actual sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades"….   En 1983, la Asamblea General acogió con beneplácito el establecimiento de una comisión especial que informara sobre "el medio ambiente y la problemática mundial hasta el año 2000 y más adelante". En 1987, la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CMMAD) presentó un informe denominado “Our common future” (conocido como el "Informe Brundtland") a la Asamblea General. El informe, basado en un estudio de cuatro años, recoge por primera vez la idea de un desarrollo sostenible, el tipo de desarrollo que "satisface las necesidades de la generación actual sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades".

Desarrollo Sostenible Protección Medioambiental Desarrollo económico Desarrollo Social

MARCO INTERNACIONAL 1992, Río de Janeiro, Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente: Cumbre de la Tierra o de Río Convenio sobre Diversidad Biológica http://www.cbd.int/ La conservación de la biodiversidad El uso sostenible de los componentes de la diversidad biológica La participación justa y equitativa en los beneficios derivados del uso de los recursos genéticos. Convención Marco sobre Cambio Climático http://unfccc.int/ Reducir el calentamiento atmosférico y adoptar medidas para hacer frente al aumento de la temperatura De conformidad con el informe de la Comisión Mundial, la Asamblea General aprobó la resolución 44/228 del 20 de diciembre de 1988 y convocó la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (también conocida como la "Conferencia de Río" o la "Cumbre de la Tierra "), la cual debía "elaborar estrategias y medidas para detener o invertir los efectos de la degradación del medio ambiente". La Cumbre trata del problema de conciliar el desarrollo económico con el medio ambiente y consagró y universalizó el concepto de desarrollo sostenible. En la Cumbre se aprobaron acuerdos importantes para intentar solucionarlos y poder poner en práctica la idea del desarrollo sostenible: Además, dos instrumentos jurídicamente vinculantes se abrieron a la firma: El Convenio sobre la Diversidad Biológica. El Convenio sobre la Diversidad Biológica aprobado en 1992 en la Cumbre de la Tierra proporciona el marco para la conservación de la biodiversidad a nivel internacional. Este importante convenio constituye el primer instrumento mundial que encara de forma global los problemas de la conservación de la biodiversidad mundial y el uso sostenible de los recursos biológicos. El convenio reconoce que las redes de espacios protegidos son fundamentales en la conservación de la biodiversidad. El CDB tiene tres objetivos principales: http://www.cbd.int/ -la conservación de la biodiversidad, entendiendo como tal la variabilidad de los organismos vivos de cualquier fuente, incluidos entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forma parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas. (Artículo 2) -el uso sostenible de los componentes de la diversidad biológica, y -la participación justa y equitativa en los beneficios derivados del uso de los recursos genéticos. la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. http://unfccc.int/ El objetivo de la convención era considerar qué se puede hacer para reducir el calentamiento atmosférico y adoptar medidas para hacer frente a las subidas de la temperatura que sean inevitables.

MARCO INTERNACIONAL 1993, Creación de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) 1993, V Programa de Acción en materia de medio ambiente de las Comunidades Europeas “Hacia la sostenibilidad” 2001-2010, VI Programa de Acción comunitario en materia de medio ambiente: “Medio ambiente 2010: el futuro está en nuestras manos” 2002, Plan Estratégico para 2002-2010 (partes CDB) para detener la pérdida de biodiversidad a nivel mundial 2002 Johannesburgo, Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (Río + 10): concretar actuaciones para la puesta en marcha del Desarrollo Sostenible a nivel mundial. Años más tarde, bajo el impulso dinamizador de Río, tuvieron lugar un conjunto de acontecimientos de relevancia trascendente: en el año 1993 se crea la Agencia Europea del Medio Ambiente (AEMA) y se presenta el V Programa de Acción de las Comunidades Europeas para el Medio Ambiente, en el que, bajo el expresivo título “Hacia la sostenibilidad” (CCE, 1993), se introdujo un cambio significativo en el enfoque ambiental del desarrollo. A partir de entonces se abandona la consideración del medio ambiente como limitante y antagónico del desarrollo, incorporándose el concepto de Desarrollo Sostenible en el que ambos quedan vinculados. El medio ambiente deja de ser limitante y antagónico al desarrollo. No hay desarrollo si no es sostenible. En él que se reconoce que los anteriores Programas de acción han olvidado los problemas Internacionales: Diversidad, Cambio Climático, desertificación… y por lo tanto hay que tender al desarrollo sostenible”. En el año 2002, diez años después de que se abriera a la firma el CDB, las Partes formularon el Plan Estratégico 2002-2010, para cumplir esos tres objetivos del convenio y cuya finalidad es “detener de modo eficaz la pérdida de la biodiversidad a nivel mundial, regional y nacional, como contribución a la mitigación de la pobreza y en beneficio de todas las formas de vida en la tierra.” La Asamblea General convocó para 2002 la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible en Johannesburgo (también conocida como "Río + 10"), un examen decenal del progreso alcanzado en la ejecución del Programa 21 desde 1992 en el que los Estados Miembros asumieron "la responsabilidad colectiva de promover y fortalecer, en los planos local, nacional, regional y mundial, el desarrollo económico, desarrollo social y la protección ambiental, pilares interdependientes y sinérgicos del desarrollo sostenible" y además desarrollar un Plan de Aplicación, en el cual los Estados Miembros se comprometieron a "llevar a cabo actividades concretas y a adoptar medidas en todos los niveles para intensificar la cooperación internacional". El objetivo de esta cumbre fue pues concretar las actuaciones necesarias para la verdadera puesta en marcha a nivel mundial del Desarrollo Sostenible, utilizando para ello la Agenda 21. El 6º Programa de Acción-Medio ambiente 2010: el futuro está en nuestras manos (2002-2012): Se pretende superar el enfoque estrictamente legislativo y sustituirlo por otro más estratégico, en el que los ciudadanos se sientan implicados y se fomente la investigación. El programa detalla las medidas que se deben adoptar para contribuir a la aplicación de su estrategia en materia de desarrollo sostenible

PRINCIPALES CONVENIOS INTERNACIONALES 1971, Convenio de Ramsar: relativo a humedales de importancia internacional 1975, Convenio CITES: Convenio sobre el Comercio Internacional de especies amenazadas de Flora y Fauna silvestre 1979, Convenio de Bonn: sobre especies migratorias y la vida silvestre 1979, Convenio de Berna, relativo a la conservación de la vida silvestre y medio natural en Europa 1992, Convenio de la Diversidad biológica: marco para la conservación de la biodiversidad a nivel internacional Convenio de RAMSAR -1971- Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitats de Aves Acuáticas. El Objetivo es: la conservación y uso racional de los humedales y sus recursos por medio de la acción nacional y la cooperación internacional. El Convenio ha establecido para su funcionamiento siete regiones: Europa del Este y Europa Occidental, África, Asia, Oceanía, América del Norte y Neotrópico. Convenio CITES -1975- Convenio sobre el Comercio Internacional de especies amenazadas de Flora y Fauna silvestre. Es el instrumento jurídico internacional que regula la exportación, reexportación e importación de especímenes vivos o muertos de animales y plantas silvestres amenazados, así como de sus partes y derivados. Está basado en un sistema de permisos y certificados comerciales que pueden obtenerse si se cumplen una serie de condiciones, y que deben ser presentados antes de que un envío de especímenes sea autorizado a entrar o salir de un país. Convenio de Bonn -1979- Convenio de las especies migratorias y de la vida silvestre. La Convención tiene un objetivo doble: asegurar, por un lado, la protección estricta de las especies que figuran en el Anexo I (comprende las especies migratorias amenazadas de extinción en la totalidad o en una parte importante de su área de distribución) y persuadir, a los estados que concluyan acuerdos para la conservación y la gestión de las especies que figuran en el Anexo II, siempre y cuando su estado de conservación sea desfavorable. Convenio de Berna -1979- Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa. Se puede afirmar que es el primer Tratado Internacional que da un tratamiento general a la gestión de la vida silvestre, elaborando una serie de medidas de protección de para la flora y la fauna, diferenciando las especies estrictamente protegidas (Anejo I y II) y las especies protegidas de fauna (Anejo III), incluyendo medios o métodos no selectivos prohibidos de caza (Anejo IV).