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Recursos Humanos I L. A. Norma A. González Buendía Plan 2005 Sesión_23

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Presentación del tema: "Recursos Humanos I L. A. Norma A. González Buendía Plan 2005 Sesión_23"— Transcripción de la presentación:

1 Recursos Humanos I L. A. Norma A. González Buendía Plan 2005 Sesión_23
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Contaduría y Administración Sistema de Universidad Abierta Plan 2005 Recursos Humanos I L. A. Norma A. González Buendía Sesión número veintitres de la asignatura de recursos humanos I, plan 2005. Sesión_23

2 Objetivo: En esta sesión revisaremos la necesidad administrativa para el trabajador, al realizar su registro ante las diferentes instancias oficiales que regulan las prestación de servicios al empleado. El objetivo de esta sesión es conocer la importancia desde el punto de vista administrativo que tiene para el trabajador que se realice su registro ante las instancias oficiales que regulan la relación laboral.

3 VI Contratación e Inducción de personal
Continuamos con el análisis de la contratación de personal.

4 Subtemas a revisar 1. Contrato individual
1. Contratación 1. Contrato individual 1.3 Alta en el IMSS, ISSSTE, INFORNAVIT, FOVISSSTE y e n el Registro Federal de Contribuyentes en su caso Abordaremos nuevamente el contrato individual, y los diferentes órganos oficiales que regulan las condiciones de trabajo de todo empleado.

5 VI Contratación e Inducción de personal
Registro Federal de Contribuyentes En el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF) se concierta que tanto las personas morales como las personas físicas, obligadas por las leyes a presentar declaraciones periódicas o que expidan comprobantes por las actividades que realicen, deberán solicitar su inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Registro federal de contribuyentes, ¿Qué documentos obtengo? Constancia de Inscripción con Cédula de Identificación Fiscal ó Constancia de Registro, esta última en los siguientes casos: Personas físicas que obtengan ingresos por: · La prestación de un servicio personal subordinado y asimilables a salarios · Intereses · Obtención de premios · Enajenación o adquisición de bienes

6 VI Contratación e Inducción de personal
¿Qué es la CURP? La Clave Única de Registro de Población es un instrumento de registro e identificación que se asigna a todas las personas que viven en el territorio nacional, así como a los mexicanos que residen en el extranjero. El registro Nacional de Población (RENAPO) es la instancia responsable de asignar la CURP y de expedir la Constancia respectiva. Qué es la CURP? El mismo artículo señala que la SHCP asignará una clave a cada persona inscrita, quién deberá indicarla en cada documento que presente ante las autoridades fiscales y jurisdiccionales en los que la SHCP tome parte. Dicha clave se dará a conocer a través de la Cédula de Identificación Fiscal

7 VI Contratación e Inducción de personal
¿Como se integra la CURP? La CURP se integra Con dieciocho elementos, representados por letras y números, que se generan a partir de datos contenidos en el documento probatorio de tu identidad (acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio), y que se refieren a: El primero y el segundo apellidos, así como al nombre de pila. La fecha de nacimiento. El sexo La entidad federativa de nacimiento

8 VI Contratación e Inducción de personal
¿Qué datos se incorporan en la Constancia de Asignación de la CURP? Los datos que integran a La Clave Única de Registro de Población son Tu nombre completo La fecha de tu inscripción a este sistema. El número de folio de la Constancia Información que identifica los datos de tu documento probatorio, (acta de nacimiento, carta de naturalización o documento migratorio

9 VI Contratación e Inducción de personal
En materia de: Tipo de documento Registro civil Salud Educación Prestación de servicios (trabajo) Seguridad social Desarrollo social Acta de nacimiento, matrimonio, adopción, etc. Cartilla de vacunación, expediente médico, identificación, etc. Registro escolar, constancia y certificado de estudios, identificación, etc. Solicitud de empleo, registro individual, expediente, nómina, recibo de pago, identificación, etc. Cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro, expediente, identificación, etc. Registro individual, identificación, etc. Así como en el pasaporte, cartilla del servicio militar, licencia para conducir, etc. La Clave te identificará individualmente en los registros de personas a cargo de las instituciones públicas. La CURP se irá incorporando a todos los documentos oficiales. A fin de fortalecer las condiciones de seguridad jurídica de la población; mejorar los vínculos entre ésta y las instancias de gobierno, para facilitar la prestación de los bienes y servicios y, simplificar la administración pública al eliminar la diversidad de claves de registros de personas, entre otros.

10 VI Contratación e Inducción de personal
La Ley del Seguro Social determina en su artículo 2 que la seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el estado. Es de responsabilidad del patrón en materia de seguridad social dar de alta a sus trabajadores y sus familias. El trámite de alta deberá entenderse como aquel trámite administrativo en beneficio del empleado o trabajador que lleva a cabo el patrón, para que aquel pueda gozar de las virtudes que el artículo 2 señala, basado en una relación de trabajo y un acto que se presume: la prestación de un servicio personal subordinado.

11 VI Contratación e Inducción de personal
El trámite de alta deberá entenderse como aquel trámite administrativo en beneficio del empleado o trabajador que lleva a cabo el patrón, para que aquel pueda gozar de las virtudes que el artículo 3° señala como uno de los objetivos para los cuales fue creado el INFONAVIT, basado en una relación de trabajo y un acto que se presume: la prestación de un servicio personal subordinado. La Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (LINFO) estipula en su Artículo 3º que uno de los objetivos del instituto será el de establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente para, entre otros objetivos más, la adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas

12 VI Contratación e Inducción de personal
El artículo 29 Fracción I de la Ley del INFONAVIT señala que es obligación del patrón inscribir a sus trabajadores en el instituto y dar aviso, entre otros asuntos, al mismo instituto sobre las modificaciones de salario, altas, bajas, ausencias e incapacidades y demás datos de los trabajadores (Art. 31 LINFO). Las infracciones a estas disposiciones en perjuicio de los trabajadores, cometidas por el patrón se castigarán con multas por el equivalente de tres a trescientas cincuenta veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal en el tiempo que se cometió la violación (Art. 55 LINFO). Al hacerlo, automáticamente quedarás registrado ante el INFONAVIT. Así lo establece el Art. 5 del Reglamento de inscripción, pago de Aportaciones y entero de descuentos al INFONAVIT (Diario Oficial de la Federación del 9 de diciembre de 1997). Ambas instituciones suscribieron un convenio de colaboración e intercambio de información. Da de Alta a tus trabajadores, reporta Bajas y cambios ante el IMSS Registra correctamente sus nombres, salarios diarios integrados, números de seguridad social (NSS), RFC y CURP. Los errores de captura pueden afectarlos para la obtención de créditos y/o para el retiro de sus aportaciones. Cambios que se tienen que avisar ante el IMSS: De trabajadores: alta (formato AFIL-02), baja (formato AFIL-04), modificación de salario (formato AFIL-03), reingreso. Del patrón: alta, baja, cambio de domicilio, cambio de razón social, aumento o disminución de obligaciones, clausura, fusión, enajenación, concurso mercantil y declaración de quiebra, y huelga (formato AFIL-01). Los avisos deben presentarse ante el IMSS dentro de los 5 días hábiles a partir del evento (en el caso de huelga, el plazo es de 8 días hábiles

13 VI Contratación e Inducción de personal
La afiliación es el proceso de inscripción o registro en el Instituto de las dependencias y entidades, los trabajadores incorporados al régimen de la Ley y las personas que opten por la continuación voluntaria. Por lo tanto el trámite de alta ante el ISSSTE es lo que se conoce como Afiliación y que se hace constatar en el artículo 7º del Reglamento de Afiliación, Vigencia de Derechos y Cobranza del ISSSTE. Este trámite permite que el trabajador al servicio del Estado goce de los derechos y servicio sociales que la misma Ley señala y que ya han sido mencionados. En el caso de los trabajadores del Estado es el FOVISSSTE, quien proporciona el apoyo para vivienda, se lleva a cabo a través de cuna convocatoria para participar en la arifa o asignación del crédito coerrespondiente entre aquellos empleados que cubran los requisitos estipuldos por el FOVISSSTE

14 VI Contratación e Inducción de personal
Afiliación al ISSSTE El artículo 3º del Reglamento de Afiliación, Vigencia de Derechos y Cobranza del ISSSTE estipula que para que se lleve a cabo cualquier trámite de afiliación, así como de vigencia de derechos y cobranza, de las dependencias y entidades y de los derechohabientes, se deberán utilizar los formatos impresos y llevar a cabo los procedimientos correspondientes acompañados de la documentación probatoria

15 VI Contratación e Inducción de personal
La ley señala que el trabajador tendrá el derecho de elegir la vivienda nueva o usada, a la que se aplique el importe del crédito que reciba con cargo al fondo de la vivienda, misma que podrá o no ser parte de conjuntos habitacionales financiados con recursos de dicho (Art. 107 Ley ISSSTE). Como trabajador (a) o pensionista directo (a) responsable, ejerce el derecho que pertenece a tus familiares derechohabientes, registrándolos para que reciban una atención médica inmediata y digna, a través de los servicios que el I.S.S.S.T.E. les ofrece. Recuerda que este trámite es gratuito e indispensable para adquirir el carácter de derechohabiente y tener acceso a las Clínicas y Unidades de medicina Familiar.

16 Conclusiones Como podemos darnos cuenta, el registro del empleado ante las diferentes instancias gubernamentales responsables de la procuración de servicios de salud y de vivienda, entre otros, es importante ya que sin ellos el empleado se encuentra desprotegido y lejos de obtener los beneficios que le corresponden por ley De igual manera el patrón debe cumplir con estos lineamientos o se hará acreedor de sanciones económicas. Todo empleado tiene derecho a estar registro ante las diferentes instancias oficiales que proporcionan servicios de salud y vivienda de acuerdo a lo establecido en la ley federal del trabajo, así como en cada una de las leyes que rigen a estos organismos sociales, sin embargo aún cuando es obligación del patrón realizar estos tra´mites en el momento de la contratación, el empleado debe estar al pendiente de que éste registro se lleve a cabo en tiempo y forma de lo contrario se encontrará en desventaja ya que sus derechos no son respetados y no contará con los beneficios sociales que estos organismos proporcionan.

17 Actividad de aprendizaje
Investiga cuáles son los pasos a seguir para que el empleado sea dado de alta ante el RFC, IMSS, ISSSTE, FOVISSSTE e INFONAVIT, presenta la información obtenida en una tabla. Para reforzar el contenido que se analizo en esta sesión, es importante que realices la actividad que se indica.

18 Bibliografía IVANCEVICH, John M., Administración de Recursos Humanos, México, Novena edición, Edit. McGraw-Hill, 2005. LLANOS Rete, Javier, Integración de Recursos Humanos, México, Trillas, 2005. Se proporciona la bibliografía recomendada, para consulta y ampliación de contenidos revisados en esta sesión


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