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Publicada porLurdes Villamar Modificado hace 9 años
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LAS NOTIFICACIONES EN LOS DOMICILIOS PROCESALES LAS NOTIFICACIONES EN LOS DOMICILIOS PROCESALES
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Un tercio del tiempo total del proceso
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En Mendoza 2000 – Cámara Laboral 3º, inicia experiencias 2004 – Se sanciona la ley 7195 2005 – La reglamenta la Suprema Corte 2005 – En noviembre se presenta el sistema 2006 – Se capacita al personal 2006 – Funciona con adhesiones voluntarias
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1º de junio de 2007 el sistema se torna OBLIGATORIO
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Servidor JuzgadoAbogado
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La clave del abogado es su número de matrícula
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Se considera legalmente concretada la notificación en el día hábil siguiente de la entrada al servidor
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SEGURIDADES Servidor de la Suprema Corte de Mendoza Exclusivo para notificaciones “Espejado” Firma digital Letrados solo pueden ver y copiar Se registra día, hora y contenido La caída del sistema avisa automáticamente Se registran los tiempos de inactividad
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BENEFICIOS Más producción en menos tiempo Evita cambios de domicilio Evita raspaduras y enmendaduras Evita deficiencias en acta de notificación Facilita reconstrucción del expediente Evita listas de envío y recepción Reduce en un tercio el tiempo del proceso
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COSTO DE DILIGENCIAMIENTO COSTO DE DILIGENCIAMIENTO Electrónico $0,70Papel $15
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ACTITUDES DE LOS ABOGADOS
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2004 – manifestaron oposición a la ley 7195 2004 – El gobernador VETÓ la ley 2004 – La legislatura insistió 2007 – Se efectivizaron las notificaciones electrónicas obligatorias 2007 – Algunos abogados plantearon INCONSTITUCIONALIDAD
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2008 – En S. C. de Mendoza y el COLEGIO DE ABOGADOS pidieron a la legislatura que la extendiera a los civiles 2008 - En un mes salió la ley 7855 2008 - Un mes después estaba en funcionamiento (La laboral había demandado 30 meses)
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