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FONDOS FEDERALES EXTRAORDINARIOS 2010 UPES Y UPEAS 15 DE FEBRERO DE 2010.

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1 FONDOS FEDERALES EXTRAORDINARIOS 2010 UPES Y UPEAS 15 DE FEBRERO DE 2010

2 2 2 FICHA SINTÉTICA DE FONDOS EXTRAORDINARIOS

3 3 FONDO DE APOYO PARA SANEAMIENTO FINANCIERO DE LAS UPES POR DEBAJO DE LA MEDIA NACIONAL EN SUBSIDIO POR ALUMNO

4  Objetivo  Objetivo:  Apoyar la realización de proyectos formulados por las UPES con subsidio ordinario por alumno por debajo de la media nacional, que incidan en sus saneamiento financiero (pensiones, pago de adeudos, impuestos retenidos, acreedores, liquidaciones, etc).  Punto de énfasis institucional:  Atención a los pasivos generados por la nómina del personal pensionado que se retiró antes de que se pusiera en marcha las reformas a los sistemas de pensiones de las instituciones de educación superior.  Dependencia responsable de la integración:  Vicerrectoría Ejecutiva  Dirección de Finanzas, Coordinación General de Recursos Humanos, COPLADI 4 FONDO DE APOYO PARA SANEAMIENTO FINANCIERO DE LAS UPES POR DEBAJO DE LA MEDIA NACIONAL EN SUBSIDIO POR ALUMNO

5 5 FONDO PARA LA CONSOLIDACIÓN DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

6  Objetivo  Objetivo :  Coadyuvar al desarrollo de los programas integrales de fortalecimiento institucional.  Incrementar a 60 por ciento el porcentaje de alumnos en programas reconocidos por su buena calidad.  Dependencia responsable de la integración :  Vicerrectoría Ejecutiva  Coordinación General de Tecnologías e Información. 6 FONDO PARA LA CONSOLIDACIÓN DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

7  Puntos de énfasis institucional  Mejorar y/o asegurar la calidad de los programas educativos que ofrecen;  Fortalecer el desarrollo de los cuerpos académicos y sus líneas de generación y aplicación del conocimiento;  Atender las recomendaciones tendientes a la mejora de la calidad de aquellos programas que actualmente se ubican en el Nivel 2 de la clasificación de los CIEES, cuando sean considerados para el incremento de la matrícula en educación superior, en términos de los lineamientos respectivos. 7 FONDO PARA LA CONSOLIDACIÓN DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

8 MODELO DE ASIGNACIÓN ADICIONAL AL SUBSIDIO FEDERAL ORDINARIO PARA LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR (FÓRMULA CUPIA) CORRIDA 2010

9  Requisitos  Requisitos: Para aplicar el modelo de asignación adicional al subsidio federal basado en el desempeño de las UPES, las Instituciones participantes deberán entregar a la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DGESU) de la Subsecretaría de Educación Superior (SES) los indicadores de matrícula desagregada por nivel y por programa educativo correspondiente al ciclo escolar 2008-2009, debidamente auditada.  Dependencia responsable de la integración: Centros Universitarios, SUV, Coordinación de Control Escolar, Contraloría General, COPLADI 9 MODELO DE ASIGNACIÓN ADICIONAL AL SUBSIDIO FEDERAL ORDINARIO PARA LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR (FÓRMULA CUPIA)

10 10 FONDO PARA INCREMENTO DE LA MATRÍCULA EN EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

11  Objetivo  Objetivo:  Contribuir a ampliar la cobertura y a la mejora continua de la calidad de la oferta educativa y a establecer un sistema de educación superior abierto, flexible, diversificado y equitativo.  Tipo de apoyo  Tipo de apoyo:  Iniciar o dar continuidad al incremento de matrícula de programas reconocidos por su buena calidad. 11 FONDO PARA INCREMENTO DE LA MATRÍCULA EN EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

12  Puntos de énfasis institucional  Puntos de énfasis institucional:  Incrementar la matrícula en programas reconocidos por su buena calidad.  Aumentar la matrícula en programas nivel 2 de los CIEES con posibilidades de transitar a nivel 1, comprometiendo recursos del fondos de Consolidación para atender las recomendaciones de los CIEES.  Crear nuevos programas educativos.  Incrementar la matrícula en programas que no cuenten con egresados.  Incrementar la matrícula en programas y modalidades flexibles.  Aumentar la matrícula en programas de posgrado reconocidos por el Programa Nacional de Posgrados de Calidad (PNPC), en su vertiente Programa de Fomento a la Calidad (PFC), dando preferencia a los programas de doctorado. Para ampliar la matrícula en programas de posgrado de calidad, las UPES Y UPEAS podrán solicitar recursos para el pago de becas de programas reconocidos en el PFC. Los recursos se entregarán directamente al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología bajo convenio con UPES y UPEAS.  Proyectos a concurso con tope de 15 millones por Centro Universitario con programas de calidad. 12 FONDO PARA INCREMENTO DE LA MATRÍCULA EN EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

13  Obra pública en Instituciones de Educación Superior  Obra pública en Instituciones de Educación Superior.  Fondos FAM. Fondo para el Incremento de la Matrícula en Educación Superior de las Universidades Públicas Estatales y con Apoyo Solidario. Fondo para la Ampliación de la Oferta Educativa de Nivel Superior (Incluye Equipamiento e Infraestructura).  Seguimiento 2007, 2008, 2009 y 2010. Impacto académico (nuevos alumnos por programa apoyado) Informes de fondos extraordinarios. Nuevo formato. 13 FONDO PARA INCREMENTO DE LA MATRÍCULA EN EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

14  Matrícula  Por programa educativo materia del proyecto.  Histórica.  Proyectada.  Incremento.  Nuevo Ingreso.  El Proyecto  Enfocar la meta al incremento de nuevos alumnos.  Llenado de formato anexo indispensable.  Su importancia.  Evaluación externa. Los proyectos serán evaluados por especialistas externos designados por la Subsecretaría de Educación Superior.  Transparencia en la asignación de fondos. 14 FONDO PARA INCREMENTO DE LA MATRÍCULA EN EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

15  Recursos  Los recursos de este fondo podrán emplearse para: Dotar de infraestructura o equipamiento a los programas propuestos. Atender los gastos de operación generados por el incremento de la matrícula prevista. Ampliar los servicios educativos (en la proporción que dicho incremento demande de ellos). Los gastos derivados de servicios personales, propaganda y difusión no podrán realizarse con recursos de este fondo.  Dependencias responsables de la integración:  Vicerrectoría Ejecutiva  Centros Universitarios, SUV, Coordinación General Académica, Coordinación General Administrativa, COPLADI 15 FONDO PARA INCREMENTO DE LA MATRÍCULA EN EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

16  En todos los casos, el incremento de la matrícula deberá realizarse en áreas y programas educativos reconocidos como prioritarios en la entidad federativa, con atención especial al incremento en áreas insuficientemente atendidas. acompañarse del aval  Todos los proyectos deberán acompañarse del aval de la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior (COEPES).  Los proyectos deberán acompañarse de un oficio suscrito por una autoridad competente de la entidad federativa respectiva en el que se manifieste expresamente que el gobierno local aportará los recursos de contrapartida (equivalentes al 50 por ciento del costo del proyecto). 16 FONDO PARA INCREMENTO DE LA MATRÍCULA EN EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES Y CON APOYO SOLIDARIO

17 17 FONDO PARA EL RECONOCIMIENTO DE PLANTILLA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES FONDO PARA EL RECONOCIMIENTO DE PLANTILLA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES (fondo de concurso, incluye programa de estímulos y carrera administrativa) Fondo regularizable

18  Objetivo  Objetivo:  Lograr el reconocimiento de plantilla del personal administrativo, así como el inicio del programa de estímulos y carrera administrativa. (2010).  Tipo de apoyo  Tipo de apoyo:  Continuación de acciones emprendidas en los ejercicio fiscales 2008 y 2009.  Dependencia responsable de la integración  Dependencia responsable de la integración:  Coordinación General de Recursos Humanos. 18 FONDO PARA EL RECONOCIMIENTO DE PLANTILLA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES (fondo de concurso, incluye programa de estímulos y carrera administrativa)

19 19  Requisitos  Los proyectos que se presenten deben de cumplir con lo establecido en los lineamientos que fueron publicados y entregados, así como tener objetivos bien definidos y una justificación amplia.  La aplicación de los recursos no debe desviarse para otros fines que no sean específicamente para el desarrollo de los proyectos evaluados y autorizados.  Los proyectos y formatos deben estar firmados respectivamente por cada institución, para avalar que los datos enviados sean fidedignos, así mismo deberán estar revisados y firmados por el Órgano Interno de Control.  Las instituciones deberán informar semestralmente a la DGESU sobre el ejercicio de los recursos y el avance en el desarrollo de los proyectos.  Las instituciones deberán incorporar a su página web información relacionada con los proyectos y montos autorizados, así como los avances financieros.  Así mismo, deberán estar al día con los informes técnicos y financieros, presentar las plantillas en la página web. FONDO PARA EL RECONOCIMIENTO DE PLANTILLA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES (fondo de concurso, incluye programa de estímulos y carrera administrativa)

20 20 FONDO DE APOYO PARA REFORMAS ESTRUCTURALES DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES

21  Objetivo:  Impulsar la consolidación y desarrollo de las IES (UPES) para incidir definitivamente en la solución de problemas estructurales, específicamente para abatir los pasivos contingentes derivados de sus sistemas de pensiones y jubilaciones.  Tipo de apoyo:  Proyectos nuevos o de continuidad a los realizados en años anteriores, fortaleciendo en su caso los fondos de pensiones y jubilaciones de las UPES que modifiquen sus contratos colectivos de trabajo en las cláusulas referentes a pensiones y jubilaciones.  Dependencia responsable de la integración:  Vicerrectoría Ejecutiva  Dirección de Finanzas a través de la Unidad de Régimen de Pensiones, Jubilaciones y Prestaciones de Seguridad Social 21 FONDO DE APOYO PARA REFORMAS ESTRUCTURALES DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES

22  Puntos de énfasis institucional  Los recursos deberán destinarse exclusivamente a acciones relativas a la correcta aplicación de sus fondos de pensiones y jubilaciones, siempre que las UPES constaten los resultados favorables de los apoyos que, en su caso, hayan recibido en el período 2002-2009, a través de un estudio actuarial actualizado y de los estados financieros, emitidos por un despacho de auditoría externa el cual deberá formar parte del padrón de auditores registrados en la Secretaría de la Función Pública.  Los proyectos deberán tener como objetivo incidir en el saneamiento financiero de la institución, de manera específica y prioritaria en la adecuación apropiada a los sistemas de jubilaciones y pensiones. 22 FONDO DE APOYO PARA REFORMAS ESTRUCTURALES DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS ESTATALES

23 23 FONDO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA EDUCATIVA DE NIVEL SUPERIOR (INCLUYE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA)

24 24  Objetivo  Coadyuvar a la ampliación de la cobertura de educación superior con equidad.  Incrementar la pertinencia de la oferta educativa.  Mitigar los desequilibrios existentes en la matrícula por nivel de estudios, área del conocimiento y distribución geográfica.  Recursos  544.7 millones de pesos de origen federal.  544.7 millones de pesos de origen estatal. FONDO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA EDUCATIVA DE NIVEL SUPERIOR (INCLUYE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA)

25 25  Requisitos indispensables  Compromiso de concurrencia estatal explícito.  Aval COEPES.  Proyección del número anual de nuevos alumnos que se incorporarán en el ciclo 2010-2011 y hasta el ciclo escolar 2015-2016.  Utilizar el documento “Procedimientos para la conciliación de oferta y demanda de educación superior de las entidades de la Federación”, para el caso de nueva institución.  Indicar, en su caso, la denominación de los programas académicos nuevos.  Para IES existentes, el proyecto deberá ser consistente con su PIFI. FONDO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA EDUCATIVA DE NIVEL SUPERIOR. (INCLUYE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA

26 26  Modalidades NUEVA INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR EXTENSIÓN o NUEVO CAMPUS DE INSTITUCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR FONDO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA EDUCATIVA DE NIVEL SUPERIOR. (INCLUYE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA)

27 27 En caso de que los proyectos reciban asignaciones presupuestales y el gobierno estatal no se comprometa mediante convenio a aportar los recursos de contrapartida, no se liberará el recurso federal y se procederá a reasignarlos a otras instituciones que cumplan con las condiciones establecidas por estos lineamientos. Los proyectos serán evaluados por especialistas externos designados por la Subsecretaría de Educación Superior (SES). Con base en dicho dictamen, la DGESU propondrá a la SES la asignación de los recursos, considerando —entre otros— criterios de costo–beneficio. La asignación final de recursos será responsabilidad de la SES. FONDO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA EDUCATIVA DE NIVEL SUPERIOR. (INCLUYE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA)

28 28 En el año 2009 la Auditoría Superior de la Federación realizó una auditoría especial a la SES, con respecto a construcción de nuevas universidades, campus y extensiones. Entre sus principales observaciones se encuentran:  Incumplimiento de concurrencia para financiar el proyecto.  Falta de Aval COEPES.  Falta de informes trimestrales.  Desconocimiento de incremento real de la matrícula.  Falta de solicitud de apoyo expresa firmada por rectoría.  Información confusa sobre crecimiento de matrícula en años futuros.  Recursos no gastados al año de la radicación de los mismos. FONDO PARA LA AMPLIACIÓN DE LA OFERTA EDUCATIVA DE NIVEL SUPERIOR. (INCLUYE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA)

29 FONDOS FEDERALES EXTRAORDINARIOS 2010 UPES Y UPEAS 15 DE FEBRERO DE 2010


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