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POST TITULO EN DERECHO DEL TRABAJO

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Presentación del tema: "POST TITULO EN DERECHO DEL TRABAJO"— Transcripción de la presentación:

1 POST TITULO EN DERECHO DEL TRABAJO
RECURSO DE CASACIÓN Experiencias en Derecho comparado Dr. Javier Dolorier Torres

2 CASACIÓN CONCEPTO FINES CAUSALES
EXPERIENCIA COMPARADA EN CASACIÓN LABORAL

3 CONCEPTO DE CASACIÓN Función jurisdiccional
Conferida al más alto tribunal judicial. Para anular (Francia) o anular y revisar (Alemania y España) A invocación de parte Las sentencias definitivas de los tribunales Que contengan un error de derecho. Tercera instancia?

4 NATURALEZA JURÍDICA Impugnación: Medio jurídico a través del cual expresamos nuestra voluntad en sentido contrario a una situación jurídica establecida. A fin que no produzca o no siga produciendo efectos. Por ejem. Acuerdo societario o acusación de paternidad. Los jueces resuelven sobre el fondo o el mérito del proceso.

5 NATURALEZA JURÍDICA Monroy: Dos tipos de impugnaciones:
Pretensiones impugnatorias, donde se demanda pretensiones de Naturaleza material: nulidad de un contrato. Naturaleza procesal: nulidad de una sentencia por fraude procesal. Medios impugnatorios, que se presentan al interior de un proceso, y tienen por objeto rescindir o revocar un acto procesal.

6 NATURALEZA JURÍDICA Rescindir: Destruir un acto por medio de una nulidad Revocar: sustituir el mandato contenido en el acto impugnado. REMEDIO PROCESAL ORDINARIOS: Normales en un proceso. Otorgan un poder más amplio al órgano jurisdicional. EXTRAORDINARIOS: Excepcionales, limitados por que su interposición se acepta por motivos determinados y concretos. RECURSO PROCESAL ORDINARIOS EXTRAORDINARIOS

7 NATURALEZA JURÍDICA MEDIO IMPUGNATORIO EXTRAORDINARIO
QUE PUEDE SER RESCISORIO O REVOCATORIO. Pero en su antecedente histórico fue rescisorio: Código de Procedimientos Civiles – recurso de nulidad. ORDINARIOS: Normales en un proceso. Otorgan un poder más amplio al órgano jurisdicional. EXTRAORDINARIOS: Excepcionales, limitados por que su interposición se acepta por motivos determinados y concretos.

8 FINES DEFENSA DE LA LEY UNIFORMIZAR LA JURISPRUDENCIA
JUSTICIA APLICADA AL CASO CONCRETO.

9 FINES DEFENSA DE LA LEY. Función nomofiláctica. Voces griegas:
Cambio importante: Ley de Casación Francesa Violación expresa de la ley. Francia: Ley de 1837: violación de la ley, en su letra o espíritu. nomos: ley philasso: guardar o cuidar Los alcances de la casación no abarcan contratos privados, pese a ser considerados como “normas jurídicas de carácter privado”. Exacerbación de la autonomía privada CARNELUTTI. NORMAS DE ORDE PÚBLICO.

10 FINES Observacia correcta de la norma procesal o sustantiva.
In procedendo: actitudes de los sujetos en el proceso. In iudicando: actividad del juez en la relación jurídico-procesal. No se extiende a la valoración de las pruebas o de los hecho. El órgano de casación verifica si se ha aplicado correstamente la norma jurídica. No se permite que el órgano casatorio revise o examine la valoración y verificación de los medios probatorios y de los hecho efectuada por los jueces de mérito.

11 FINES UNIFORMIZAR LA JURISPRUDENCIA Función uniformizadora.
Instrumento para alcanzar la igualdad ante la ley. Unificación de la jurisprudencia nacional de la Corte Suprema de Justicia. Jurisprudencia: medio de interpretación del derecho vigente . Encontrar organicidad y unicidad en las decisiones judiciales. Función complementaria a la anterior. Responde al interés social de perver cuál será el sentido de los fallos o pronunciamientos judiciales cuando se presentan casos con idénticas situaciones fácticas.

12 FINES JUSTICIA DEL CASO CONCRETO Organo de casación Resuelve el fondo.
Ley de Enjuiciamento España. Organo de casación Resuelve el fondo. Si CASA la sentencia impugnada Reinvindica el carácter justiciero del medio impugnatorio. España: Casación bastarda. El recurso tiene por objeto evitar que el erro cometido por un juez produzca un agravio definitivo sobre uno de los litigantes. Común a todo proceso, no es el fin supremo del recurso de casación, pero se inserta dentro de él.

13 CAUSALES No existe uniformidad de criterios. Cada ordenamiento establece sus propias causales. Mayoría de sistemas acogen el sistema Puro u Ortodoxo: fin es sólo propiciar la observancia correcta de la ley. Existe el sistema de casación “híbrida” que además controla la valoración de medios probatorios.

14 CAUSALES El recurso de casación se interpone cumpliendo determinados requisitos. Delimitación restringida concordante con naturaleza extraordinaria. Rigor en examen para admitir el recurso. Si está amparado en una de las causales O motivos previstos en la Ley.

15 CAUSALES Se basan en DEFECTOS O ERRORES que se aduce puede tener una resolución, los que hacen posible que pueda ser atacada vía recurso de casación. Carnelutti: ERROR Vicio de la voluntad: Nulidad del acto jurídico. Vicio del acto: irrelevante su hubo conciencia de la infracción por parte del juez, sólo se analiza el resultado objetivo. VICIO DE LA VOLUNTAD VICIO DEL ACTO

16 CAUSALES ERRORES IN PROCEDENDO (ACTIVIDAD JUZGADOR)
- Contravención de las normas que garantizan el debido proceso. - Infracción de las formas esenciales para la eficacia y validez de actos procesales.

17 CAUSALES ERROR: DEFECTO PADECIDO POR UN ACTO PROCESAL.
ERRORES IN IUDICANDO (JUZGAMIENTO) Resolución contraria al texto de la ley Aplicación de norma correcta pero con errónea interpretación. Inaplicación de la ley material. Se afecta la norma jurídica que sustenta la pretensión o la defensa de fondo.

18 CAUSALES ERRORES IN IUDICANDO DE HECHO DERECHO IN IURE IN FACTUM
Percepción incorrecta del juzgador sobre una ocurrencia (calificación del medio probatorio) DERECHO IN IURE Percepción equivocada al calificar jurídicamente los hechos materia de la controvesia Que llevan a una solución contraria a lo que el sistema jurídico tiene previsto para el caso concreto. La casación: ERRORES IN PROCEDENDO, E IN IUDICANDO POR ERROR DE DERECHO.

19 CAUSALES ILOGICIDAD DE LA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES
- Falta de fundamentación, deficiente, o aparente fundamentación de las resoluciones judiciales. - Incongruencia parte considerativa y decisoria de las resoluciones. - La motivación debe ser expresa, clara, coherente.

20 CAUSALES Apreciación y valoración de los elementos probatorios efectuada por los jueces - La casación (en nuestro sistema) no puede controlar la actividad lógico – jurídica desarrollada por el juez en la valoración de los elementos probatorios y razones extraídos de ellos.

21 CAUSALES CODIGO PROCESAL CIVIL PERUANO. Art. 386° Aplicación indebida o interpretación errónea de la norma de derecho material, así como de la doctrina jurisprudencial. Inaplicación de una norma de derecho material o de la doctrina jurisprudencial. Contravención a las normas que garantizan el debido proceso.

22 CAUSALES Doctrina jurisprudencial. Cuando una sala lo solicite.
CODIGO PROCESAL CIVIL PERUANO. Art. 400° Doctrina jurisprudencial. Cuando una sala lo solicite. Vocales en Sala Plena. La decisión constituye doctrina jurisprudencial, vincula a los órganos jurisdiccionales del Estado, hasta su modificación por otro pleno casatorio.

23 CASACIÓN LABORAL: DERECHO COMPARADO
España: Ley de Procedimiento Laboral. Tribunal Supremo de Justicia Sala de Casación Social. Tipos de casación: Ordinaria: Causas vistas en los tribunales superiores: infracción de la ley o de formas esenciales del proceso. Unificación de la doctrina:Cuando aparecen sentencias contradictorias. Modifica la sentencia impugnada, fija una nueva sentencia.

24 CASACIÓN LABORAL: DERECHO COMPARADO
España: Excesivo formalismo. (Manuel Alonso Olea.) “El excesivo rigorismo formal puede desvirtuar el recurso de casación y lesionar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva”. STC 17/ “Es más fuerte el derecho que le asiste al litigante que los posibles errores formales cometidos en su defensa.” STS

25 CASACIÓN LABORAL: DERECHO COMPARADO
España: Motivos de la casación. Infracción de una norma procesal, esencial que implique vicio de la sentencia (jurisdicción, competencia, inadecuación de procedimiento). Errónea fijación de los hechos probados, si es consecuencia de una errónea aplicación de las reglas de la prueba o que los hechos declarados probados aparezcan desvirtuados por algún documento obrante en el proceso.

26 CASACIÓN LABORAL: DERECHO COMPARADO
España: Motivos de la casación. Infracción de la ley material o jurisprudencia. La cita formal pormenorizada de los motivos ha perdido la importancia práctica, ya que el error del recurrente en la determinación de éstos carece de trascendencia, al no estar contemplada como causa de inadmisión del recurso.

27 CASACIÓN LABORAL: DERECHO COMPARADO
Uruguay: Ley Código General del Proceso. Artículo 268. Procedencia. El recurso de casación procede contra las sentencias dictadas en segunda instancia por los Tribunales de Apelaciones en lo Civil y del Trabajo así como por los Juzgados Letrados de Primera Instancia, sean definitivas o interlocutorias con fuerza de definitivas. Conoce la Suprema Corte de Justicia

28 CASACIÓN LABORAL: DERECHO COMPARADO
Uruguay: Ley Código General del Proceso. Sólo podrá fundarse en la existencia de una infracción o errónea aplicación de la norma de derecho, sea en el fondo o en la forma. Se entenderá por tal, inclusive, la infracción a las reglas legales de admisibilidad o de valoración de la prueba. En cuanto a las normas de procedimiento, sólo constituirá causal la infracción o errónea aplicación de aquellas que sean esenciales para la garantía del debido proceso.


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