La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

SIGNIFICADOS DEL TÉRMINO DERECHO

Presentaciones similares


Presentación del tema: "SIGNIFICADOS DEL TÉRMINO DERECHO"— Transcripción de la presentación:

1 SIGNIFICADOS DEL TÉRMINO DERECHO

2 El problema de la definición del derecho sigue siendo complejo y se ha convertido en un tema propio de la Filosofía del Derecho.

3 Definición del término DERECHO
el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.

4 derecho objetivo, subjetivo, positivo, vigente y natural.
La Ciencia Jurídica o Teoría general del derecho se ocupa únicamente de explicar lo que debe entenderse por derecho objetivo, subjetivo, positivo, vigente y natural.

5 DERECHO OBJETIVO La sociedad, desde su organización política, ordena la forma en que los hombres deben relacionarse. Es a través de reglas de diversa índole, según la relación objetiva que se pretende regular, como la sociedad ordena la forma como se relacionan los seres humanos.

6 El hombre contrae matrimonio, paga impuestos, desempeña un cargo público, organiza un negocios o empresa, un partido político, alquila un inmueble, formula un invento, participa en la vida del Estado, etc., estos hechos dan lugar a que existan diversas clases de normas jurídicas

7 La Constitución Política de la República de Guatemala, ubicada en la parte mas alta de la pirámide kelseniana, representa la Ley Suprema, y constituye el fundamento de todos los cuerpos normativos ordinarios. Los cuerpos normativos ordinarios desarrollan el contenido de la Constitución Política de la República de Guatemala

8 Dentro de los cuerpos normativos que regulan las relaciones de los seres humanos en sociedad se pueden mencionar: Código Civil, Penal, Tributario, Administrativo, Mercantil, Constitucional, etc. Estos cuerpos normativos subdividen al derecho en ramas específicas, acorde a las relaciones que las personas sostienen: Derecho civil, penal, tributario, administrativo, mercantil, constitucional, etc.

9 Todas las normas jurídicas, en su conjunto, conforman el
DERECHO OBJETIVO de un Estado en particular. La comunidad internacional cuenta también con un Derecho objetivo, integradas por convenios y tratados Que rigen la conducta de los Estados y demás sujetos del Derecho Internacional.

10 El Doctor René Arturo Villegas Lara define al
Derecho objetivo como el conjunto de normas jurídicas que rigen las diversas relaciones que se dan en la sociedad y que se encuentran vigentes

11 se crea mediante un procedimiento legislativo preestablecido.
El Derecho Objetivo se fundamenta en dos factores que le aseguran su existencia: se crea mediante un procedimiento legislativo preestablecido. B. existe el poder jurídico para exigir su cumplimiento.

12 El derecho objetivo es la norma que permite o prohíbe.
DERECHO SUBJETIVO Para Eduardo García Maynez el derecho subjetivo es una función del derecho objetivo. El derecho objetivo es la norma que permite o prohíbe. El derecho subjetivo es el permiso derivado de la norma

13 El derecho subjetivo no se concibe fuera del derecho objetivo.
El derecho subjetivo determina la posibilidad del sujeto de hacer o de omitir hacer lícitamente algo. El derecho subjetivo supone lógicamente la existencia de la norma que imprime a la conducta facultada el sello positivo de la licitud.

14 Una norma de derecho objetivo, a la vez que impone deberes concede facultades, otorgándole poder a los destinatarios para que pongan en práctica esa facultad en el momento que les conviene.

15 Para que el derecho subjetivo que una norma otorga a una persona pueda ser ejercido, se requiere que frente a este exista otra persona a quien corresponda un deber que es correlativo a la facultad que se le otorga al primero. El sujeto de la facultad y el sujeto del deber son los dos polos necesarios de la relación jurídica.

16 Al sujeto de la facultad se le conoce como sujeto activo o acreedor
Al sujeto de la facultad se le conoce como sujeto activo o acreedor. Al sujeto del deber se le conoce como sujeto pasivo o deudor.

17 Los términos deudor y acreedor se utilizan en el justo sentido de la posición que se tiene en la relación jurídica y no como sujetos de una obligación pecuniaria.

18 En el contrato de compraventa, el sujeto denominado vendedor transfiere la propiedad de una cosa y se compromete a entregarla conforme a lo convenido, a otro sujeto llamado comprador, garantizándole su pacífica y útil posesión. quien de igual manera se compromete a pagar el precio en dinero por la venta realizada al vendedor, en el lugar, día y hora estipulada en el contrato (1790, 1809 y 1825 C.C.)

19 En estas normas de derecho objetivo, el derecho subjetivo se manifiesta así:
Si el vendedor se obliga a entregar una cosa, el derecho subjetivo del comprador es el de exigir que se le entregue lo vendido, aunque podría no hacerlo, porque es una facultad cuyo ejercicio depende de su voluntad. Si el comprador se obliga a pagar el precio de la cosa que le fue vendida, el vendedor tiene el derecho subjetivo de exigir que el comprador le pague, aunque podría no hacerlo, porque es una facultad cuyo ejercicio depende de su voluntad.

20 El derecho subjetivo es, precisamente, una manifestación de libertad jurídica cuando su ejercicio no transgrede una norma o un régimen legal imperativo.

21 Clasificación de los derechos subjetivos
Absolutos: son aquellos que se hacen valer frente a todos y cada uno de los sujetos que integran la sociedad, y por ello se dice que son oponibles Erga omnes (frente a todos); por ejemplo el derecho de tener y usar el nombre, el derecho de libertad, etc. y la obligación del conglomerado social es respetar y reconocer estos derechos.

22 Relativos: son los derechos que el sujeto hace valer frente a otra persona, o un grupo correctamente identificado. Esto quiere decir que la obligación que está implícita en el otro polo de la relación, corresponde a un solo individuo o a varios de ellos, pero directamente identificados. Por ejemplo el derecho que tiene el padre de familia de corregir a sus hijos, para éstos corresponde la obligación de obedecer al padre.

23 Personales: también se les denomina derechos de crédito o creditorios
Personales: también se les denomina derechos de crédito o creditorios. Se resuelven en la facultad de la persona titular para exigir del sujeto obligado la realización de cierta conducta, ya sea una acción o una abstención. El titular también se llama acreedor, pretensor, sujeto activo, derechohabiente, en tanto que el obligado se denomina sujeto pasivo, deudor. Ejemplo el arrendante que cobra la renta al inquilino, el huésped que paga su alimentación al hotelero etc.

24 Reales: son las facultades que tienen las personas para beneficiarse directamente de una cosa o de las cualidades que le son inherentes. Aquí no se evidencia directamente ningún sujeto obligado en lo particular frente al derecho-habiente, sino que lo que existe es un deber general de respeto que compete al resto de personas, tendientes a no impedir el ejercicio del derecho subjetivo. Por ejemplo la propiedad de un automóvil.

25 Públicos: son los que se hacen valer frente al Estado, o en relaciones en las que el Estado tiene interés directo como encarnación del poder supremo de la sociedad. Pueden clasificarse en tres grupos: a) derecho de libertad, ya sea espiritual, civil, de trabajo; b) derechos de petición, como el de acción, es decir es la facultad de solicitar que se administre justicia; c) derechos políticos, como el de elegir y ser electo a cargos públicos.

26 Privados: consisten en las facultades que se ejercen en las relaciones de los particulares entre sí o con el Estado cuando éste no actúa en su carácter de soberano. Estos derechos son indistintamente los que hemos citado como personales y reales.

27 DERECHO VIGENTE Es el conjunto de reglas o normas jurídicas que el Estado tiene como obligatorias para regir la conducta de las personas. La actividad del Organismo Legislativo es la que genera el período de vigencia de una ley para que forme parte del Derecho Vigente. La vigencia de una ley está determinada en otra ley posterior o por incompatibilidad de la ley precedente con otra que emita el Congreso de la República.

28 La actividad del Organismo Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de las instituciones estatal autónomas, semiautónomas y descentralizadas, genera el período de vigencia de los reglamentos emitidos por ellos para su funcionamiento, los que forman parte del Derecho Vigente. Estos reglamentos mantienen su vigencia mientras no son derogados por quienes los emitieron, que pueden ser: El Presidente del Organismo Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como del Órgano superior de las instituciones estatal autónomas, semiautónomas e individualizadas.

29 La vigencia de las normas ordinarias, reglamentarias e individualizadas pueden estar determinadas de antemano o ser de vigencia indeterminada.

30 DERECHO POSITIVO El término positivo no debe confundirse con vigente
DERECHO POSITIVO El término positivo no debe confundirse con vigente. Lo positivo significa efectivo, es decir, que además de estar en cuerpo normativo vigente, se cumple, porque los destinatarios de la norma la observan.

31 DERECHO POSITIVO NO VIGENTE Es aquel que, pese a no ser emitido por un ente facultado, las personas las cumplen, las observan. Un caso de derecho positivo no vigente es el que se da en el área rural en relación al uso del agua: los fontaneros a sus jefes determinan la distribución de la misma por sectores de la población, pero dicha disposición no se encuentra normado y sin embargo los usuarios las observan, las cumplen.

32 DERECHO VIGENTE NO POSITIVO Es aquel que, pese a haber sido emitido por un ente facultado, las personas o destinatarios no las cumplen, no las observan. Un caso de derecho vigente no positivo puede ser la emisión de un acuerdo gubernativo que prohíben colocar fotografías de funcionarios en las dependencias estatales, autónomas, semiautónomas y descentralizadas, y no obstante estar vigentes, no son observadas por sus destinatarios en vista que son colocadas fotografías de dichos funcionarios.

33 LA COSTUMBRE ES DERECHO VIGENTE En Guatemala, por virtud de la Ley del Organismo Judicial, es fuente de derecho y actúa como Derecho Vigente, siempre con función complementaria a la Ley.

34 DERECHO NATURAL El Jusnaturalismo expresa que el Derecho Natural se conforma por un conjunto de categorías a priori consideradas como permanentes en el tiempo y en el espacio y a las cuales debiera ajustarse toda norma jurídica que rija la conducta del hombre.

35 Es un orden válido por sí mismo, integrado por un conjunto de principios y preceptos determinados por la naturaleza, y que tiene por finalidad realizar la justicia, es llamado también Derecho intrínsecamente justo.

36 El Derecho Natural se remonta a la antigüedad en los pueblos de oriente, pasa a los griegos y los romanos hasta nuestros días. En Roma Cicerón afirmó el concepto de Derecho Natural diciendo: “El verdadero derecho es la recta razón conforme a la naturaleza, es de aplicación universal, inmutable y eterno; llama al hombre al bien con sus mandatos y le aleja del mal mediante sus prohibiciones”.

37 Maurice Duverger expresa que:
“El Derecho Natural sería el conjunto de principios que la naturaleza ha infundido en la razón humana, que así pertenecen a la propia naturaleza del ser humano, y que el legislador debería incluir en el derecho positivo.”

38 La doctrina iusnaturalista inspiró la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, e influyó en el pensamiento político moderno. a) Inspira al Derecho Positivo; b) Colma las lagunas de éste, cuando sus propias normas remiten a la equidad para integrar el Derecho; c) Es instrumento de resistencia contra el poder político.

39 Eduardo García Maynez presenta al Derecho Natural como un derecho superior al creado por el hombre. Antígona las define como leyes no escritas e inmutables de los dioses; inmutables no de hoy ni de ayer y eternamente poderosas, y nadie sabe cuando aparecieron.

40 Santo Tomás de Aquino, dentro de su clasificación de leyes eternas, naturales y humanas, expresa que las naturales son básicas para determinar lo que conviene y lo que no conviene a la sociedad, lo que es bueno y lo que es malo. La ley humana, expresa, será mas o menos perfecta en la medida en que se acerque a la ley natural, al Derecho Natural.

41 Pese a que al Derecho Natural se le tiene como una posición teórica, no puede desconocerse el impacto que ha tenido en la sustentación de los ordenamientos jurídicos de las sociedades. Los derechos fundamentales del hombre y los derechos humanos, de carácter iusnaturalista, son fundamento del Derecho.

42 Los derechos no enumerados, que son inherentes a la persona humana, contemplados en la Constitución Política de la República de Guatemala, incluye derechos propios de la persona humana que no necesitan figurar en los textos legales para que se hagan valer, ya sea de oficio o a petición de parte.

43 DERECHO SUSTANTIVO Y DERECHO ADJETIVO Derecho sustantivo es aquel que generalmente regula una materia sustantiva: los delitos, las relaciones de trabajo, los bienes, etc. Está contemplado en leyes ordinarias como: Código Penal, Civil, de Comercio, etc. La institución del matrimonio es sustantiva, porque se encuentra regulado en el Código Civil.

44 Derecho adjetivo es aquel que generalmente desarrolla el derecho sustantivo en su etapa procesal: el divorcio, el procedimiento para la imposición de las penas por delitos penales cometidos, etc. Está contemplado en leyes de carácter procesal como: Código Procesal Civil y Mercantil, Procesal Penal, etc. . Para la disolución del matrimonio se recurre al divorcio, que implica la utilización de un procedimiento contenido en el derecho adjetivo o procesal.

45 Debe entenderse que el Derecho sustantivo y el Derecho Adjetivo o Procesal, conforman una misma unidad: Los Códigos Penal y Procesal Penal conforman al Derecho Penal, Los Códigos Civil y Procesal Civil integran al Derecho Civil, etc.


Descargar ppt "SIGNIFICADOS DEL TÉRMINO DERECHO"

Presentaciones similares


Anuncios Google