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LECCION VI.. Mas que una renovación muchos autores consideran que el movimiento iniciado en 1764 por CESAR BONESANA, es considerada una verdadera revolución.

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1 LECCION VI.

2 Mas que una renovación muchos autores consideran que el movimiento iniciado en 1764 por CESAR BONESANA, es considerada una verdadera revolución del derecho penal de su época, a través de su obra titulada ´´DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS´´, dando inicio al nacimiento de la Escuela Clásica y elevando el derecho penal a la categoría de una disciplina científica y ordenada.

3 Análisis de su Obra: La obra de BECCARIA mas que una exposición jurídica constituye una bandera de combate contra la justicia penal de su siglo, época en que se observa una arbitrariedad reinante, absoluta falta de garantía para el acusado y ausencia de reglas claras en el proceso.

4 Postulados: 1. Solamente en las leyes se pueden fijar los delitos y las penas, facultad que reside en el legislador. 2. El legislador solo puede dictar leyes referentes a delitos en general, sin distinción de clases y figuras. 3. La atrocidad de las penas es contrario al bien publico. 4. Niega facultad al juez de interpretar las leyes penales.

5 El Sistema Celular o de Aislamiento: Antes de Beccaria las cárceles constituían simples vertederos y miserias humanas. Los reclusos vivían en la mas espantosa promiscuidad sin cuidado de ninguna clase. HOWARD inicio EL SISTEMA CELULAR, donde en las penitenciarias los condenados debían estar separados de noche y trabajar en común de día.

6 1. El trabajo en las cárceles como medio de regeneración. 2. La enseñanza religiosa. 3. Edificios adecuados. 4. Las cárceles deben ser limpias y adecuadas.

7 El Panóptico: Fundamentos: Se puede prevenir el delito de tres maneras. 1. Quitándole el poder físico, es decir aislándolo. 2. Asiéndole perder el deseo por medio de una pena grave. 3. Quitándole la audacia de cometerlo por medio del temor por ejemplo de la seguridad de la justicia.

8 En el derecho penal el legislador elige un catalogo de conductas consideradas disvaliosas y loas combina con un sanción penal (Principio de Legalidad Penal). NULLUM CRIMEN, NULLUM POENA, SINE LEGE, SCRITA, STRICT Y PRAEVIA.


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