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LAS GARANTIAS INDIVIDUALES Dr. Heriberto Antonio García

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Presentación del tema: "LAS GARANTIAS INDIVIDUALES Dr. Heriberto Antonio García"— Transcripción de la presentación:

1 LAS GARANTIAS INDIVIDUALES Dr. Heriberto Antonio García

2 Garantías Individuales
La declaración de garantías individuales se divide en cuatro grandes partes: Los derechos de igualdad, libertad, seguridad jurídica y propiedad.

3 Garantías de igualdad En la Constitución de 1917, las garantías de igualdad son: Goce, para todo individuo, de las garantías que otorga la Constitución (artículo 1°); Prohibición de la esclavitud (artículo 1°); Prohibición de discriminación (artículo 1°) Igualdad de derechos sin distinción de sexos (artículo 4°); Prohibición de títulos de nobleza, prerrogativas y honores hereditarios (artículo 12°) Prohibición de fueros (artículo 13°) Prohibición de ser sometido a proceso con apoyo en leyes privativas o a través de tribunales especiales (artículo 13°).

4 Garantías de libertad Las garantías de libertad se dividen en tres grupos: Las libertades de la persona humana. Las libertades de la persona cívica. Las libertades de la persona social.

5 Libertad de la Persona Humana
Las libertades de la persona humana se subdividen en libertades físicas y libertades del espíritu. Las libertades de la persona en el aspecto físico son: Libertad para la planeación familiar (artículo 4°) Libertad de trabajo (artículo 5°) Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, si no es por resolución judicial (artículo 5) Nulidad de los pactos contra la dignidad humana (artículo 5°) Libertad de posesión de armas en el domicilio, y su portación en los supuestos que fije la ley (artículo 10°) Libertad de tránsito interno y externo del país (artículo 11) Abolición de la pena de muerte (artículo 22). 5

6 Libertad de la Persona Humana
Las libertades de la persona humana en el aspecto espiritual son: Libertad de pensamiento (artículo 6°) Derecho a la información (artículo 6°) Libertad de imprenta (artículo 7°) Libertad de conciencia (artículo 24) Libertad de cultos (artículo 24) Libertad de intimidad, que comprende dos aspectos: inviolabilidad de la correspondencia e inviolabilidad del domicilio (artículo 16).

7 Libertad de la Persona Cívica
Las libertades de la persona cívica son: Reunión con fin político (artículo 9°) Manifestación pública para presentar a la autoridad una petición o una protesta (artículo 9°) Prohibición de extradición de reos políticos (artículo 15)

8 Libertad de la Persona Social
Las garantías de la persona social son: La libertad de asociación y reunión (artículo 9)

9 Las Garantías de Seguridad Jurídica
Las garantías de la seguridad jurídica son: Derecho de petición (artículo 8) A toda petición, la autoridad contestará por acuerdo escrito (artículo 8) Irretroactividad de la ley (artículo 14) Privación de derechos solo mediante juicios seguido con las formalidades del proceso (artículo 14) Principio de legalidad (artículo 14) Prohibición de aplicar la analogía y la mayoría de razón en los juicios penales (artículo 14) Principio de autoridad competente (artículo 16)

10 Las Garantías de Seguridad Jurídica
Mandamiento judicial escrito, fundado y motivado, para poder ser molestado en la persona, familia, domicilio, papeles o posesiones (artículo 16) Detención solo con orden judicial (artículo 16) Abolición de prisión por deudas de carácter puramente civil (artículo 17) Expedita y eficaz administración de justicia (artículo 17) Prisión preventiva solo por delitos que tengan pena corporal (artículo 18) Garantías del auto de formal prisión (artículo 19) Garantías del acusado en todo proceso criminal (artículo 20) Solo el Ministerio Público y la policía ministerial o judicial pueden perseguir los delitos (artículo 21)

11 Las Garantías de Seguridad Jurídica
Prohibición de penas infamantes y trascendentes (artículo 22) Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito (artículo 23) Los juicios penales no pueden tener mas de tres instancias (artículo 23)

12 La Garantía de Propiedad
Art. 27 Constitucional. Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponden originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de trasmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.


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