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CÓDIGO TRIBUTARIO Título Preliminar y Libro Primero 01.

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1 CÓDIGO TRIBUTARIO Título Preliminar y Libro Primero 01

2 MAPA CONCEPTUAL RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA Principios Tributarios
Respetando Creado por Potestad Tributaria del Estado Principios Tributarios Fuentes de la Potestad Tributaria TRIBUTO 1) Poder Legislativo 2) Poder Ejecutivo (por delegación de facultades) RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA D E U O R A C R E D O Sujetos de obligaciones y derechos, entre otras: Inscribirse al RUC Fijar domicilio fiscal Determinar y declarar tributos Solicitar devolución de pagos indebidos o en exceso Solicitar fraccionamiento de deudas CONTRIBUYENTE RESPONSABLE AGENTE DE RETENCIÓN AGENTE DE PERCEPCIÓN OBLIGACIÓN TRIBUTARIA DELEGA FACULTADES A LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA El ejercicio de esas facultades da lugar a que surjan una serie de procedimientos administrativos: Determinación de la deuda Exigibilidad de la deuda Cobranza Coactiva Detección de infracciones Contenciosos y No Contenciosos ESTADO Recaudación,Determinación Fiscalización, Sancionadora

3 CÓDIGO TRIBUTARIO: CONCEPTO
Conjunto orgánico y sistemático de disposiciones que regulan la materia tributaria en general (Codificación Limitada) Aplicables a todos los tributos, así como a las relaciones jurídicas originadas por los tributos BASE LEGAL: Norma I del Título Preliminar del Código Tributario

4 TRIBUTO: CONCEPTO CONCEPTO:
Prestación de dar de naturaleza pecuniaria, objeto de una relación cuya fuente es la ley, la cual es de cargo de aquellos sujetos que realizan los supuestos descritos por la norma como generadores de la obligación tributaria, a favor del acreedor (Estado).

5 TRIBUTO: CARACTERÍSTICAS GENERALES
Prestación usualmente en dinero (algunos casos en especie) Establecido en virtud de una ley Exigido coercitivamente por potestad tributaria del Estado ante el incumplimiento de pago No constituye sanción por acto ilícito Sirve para cubrir gastos de necesidades públicas

6 VIGENCIA DE LA NORMA TRIBUTARIA EN EL TIEMPO
Las leyes rigen desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial (salvo disposición en contra) VIGENCIA EN EL TIEMPO EXCEPTO: Designación agentes de retención, percepción, nuevos supuestos de inafectación, supresión de tributos Leyes sobre tributos de periodicidad anual rigen a partir del primero de enero del año siguiente al de su publicación Los reglamentos rigen desde la entrada en vigencia de la ley reglamentada BASE LEGAL: Norma X del Título Preliminar del Código Tributario

7 COMPUTO DE PLAZOS: POR MESES O AÑOS Y POR DÍAS
Se cumplen en el mes del vencimiento y en el día de éste correspondiente al día de inicio del plazo POR MESES O AÑOS Si en el mes de vencimiento falta tal día se cumple el último día de dicho mes OCTUBRE 2008 1 31 NOTA: 1) Día inhábil se prorroga hasta el primer día hábil siguiente. 2) Si día de vencimiento es medio día laborable se considerará inhábil T POR DÍAS Se entenderán referidos a días hábiles BASE LEGAL: Norma XII del Título Preliminar del Código Tributario

8 UIT UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA
Se determina mediante Decreto Supremo, considerando supuestos macroeconomicos Valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias para determinar: Bases imponibles Deducciones Límites de afectación Demás aspectos de los tributos que el legislador considere pertinentes Aplicación de sanciones Obligaciones contables Otras obligaciones formales BASE LEGAL: Norma XV del Título Preliminar del Código Tributario

9 RELACIÓN JURÍDICA OBLIGACIONAL
En el caso de la relación jurídica tributaria la prestación que debe cumplirse es de dar

10 ACREEDOR TRIBUTARIO Aquél a favor del cual debe realizarse la prestación tributaria Gobierno Central Gobiernos Regionales Gobiernos Locales Entidades de Derecho Público con personería jurídica propia (siempre que la ley les asigne esa calidad expresamente) BASE LEGAL: Artículo 4° del Código Tributario

11 de la prestación tributaria como contribuyente o responsable
DEUDOR TRIBUTARIO La norma nacional establece que deudor tributario es aquel obligado al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente o responsable Aquél que realiza, o respecto del cual se produce, el hecho generador de la obligación tributaria. CONTRIBUYENTE RESPONSABLE Aquél que sin tener la condición de contribuyente, debe cumplir la obligación atribuída a éste. BASE LEGAL: Artículo 7°, 8° y 9° del Código Tributario


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