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Capítulo 3 La clasificación de mercancías

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Presentación del tema: "Capítulo 3 La clasificación de mercancías"— Transcripción de la presentación:

1 Capítulo 3 La clasificación de mercancías
Lic. Roberto Martínez González

2 Introducción El principal instrumento que se utiliza para la clasificación de las mercancías es el Sistema Armonizado de Designación y clasificación de Mercancías. La OMA es el organismo que se encarga de mantener actualizado el SA. Lic. Roberto Martínez González

3 Sistema armonizados de Designación y Clasificación de Mercancías
Es una relación de productos o bienes agrupados en forma sistemática de acuerdo a ciertos criterios como: Origen (animal, vegetal o mineral) Grado de elaboración Usos y aplicaciones Lic. Roberto Martínez González

4 Introducción Las mercancías deben identificarse para efectos de aduanas, con el fin de determinar: Arancel Otros impuestos El cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias. Lic. Roberto Martínez González

5 Importancia de la clasificación arancelaria
Permite elaborar estadística y controles Permite tener un mismo identificador en el mundo Identifica los aranceles, cuotas compensatorias y restricciones y regulaciones no arancelarias que deben cumplir las mercancías a la exportación o a la importación Lic. Roberto Martínez González

6 Antecedentes Sistema alfabético
1913 Se adopta un sistema de clasificación dividido en 5 grandes grupos. 1937 Nomenclatura de Ginebra 1950 Clasificación uniforme de comercio internacional 1954 Nomenclatura de Bruselas 1980 Se crea el Sistema Armonizado de Designación y Clasificación de Mercancías. Lic. Roberto Martínez González

7 Sistema Armonizado de designación y clasificación de mercancías
Es el sistema de clasificación que se utiliza desde 1988 en la mayoría de los países para el diseño de las tarifas arancelarias, incluyendo a México. Lic. Roberto Martínez González

8 Objetivos del Sistema Armonizado
Facilitar el Comercio Internacional Aplicar en una forma uniforme las regulaciones de importación y exportación en todos los países. Facilitar la recolección y comparación de las estadísticas. (Estadísticas Confiables). Lic. Roberto Martínez González

9 Otros usos del SA Diseño de reglas de origen
Restringir la entrada a ciertos productos Identificar productos sujetos a ciertas reglas Lic. Roberto Martínez González

10 Reglas de utilización y funcionamiento del sistema armonizado
Los países no pueden modificar los textos ni la codificación que altere el orden de presentación de las partidas ( 4 dígitos) y subpartidas (6 dígitos) del Sistema. Los países pueden crear dentro de sus aranceles, subdivisiones para cubrir sus necesidades de comercio. Estas deben realizarse después de las subpartidas ya existentes en el sistema, es decir después de los 6 primeros dígitos, la codificación debe ajustarse al código del sistema. Los países deberán publicar sus estadísticas del comercio exterior conforme a la codificación de 6 dígitos del S.A. El Sistema Armonizado es de aplicación obligatoria en su integridad, para los firmantes de la Convención. Lic. Roberto Martínez González

11 Tarifa del impuestos general de importación y exportación
+ Se agregan el 7º y 8º dígito Se establecen los aranceles Se determinan las preferencias arancelarias Se determinan las restricciones y regulaciones no arancelarias Etc. = Ley del impuesto general de importación y exportación Sistema Armonizado de Designación y clasificación de mercancías Lic. Roberto Martínez González

12 Tarifa Cada país establece el nivel nacional de desglose conforme a sus necesidades de identificación. Añade al código del SA los dígitos, letras o cualquier otro carácter necesario para formar sus propias subdivisiones arancelarias o estadísticas. En el caso de México se agrega el 7 y 8 dígito a lo que se le llama fracción. Lic. Roberto Martínez González

13 Criterios de clasificación
El SA es una nomenclatura de bienes agrupados en forma sistemática de acuerdo a criterios como: Origen Grado de elaboración Usos Aplicaciones Lic. Roberto Martínez González

14 Criterio de origen Agrupa las mercancías según los 3 reinos de la naturaleza: a) Origen animal b) Origen vegetal c) Origen mineral Lic. Roberto Martínez González

15 Composición De la Sección I a la Sección XV. Ejemplo Capítulo 44 madera Capítulo 48 papel y cartón Capítulo 69 Cerámica Capítulo 70 vidrio Lic. Roberto Martínez González

16 Criterio de función De la Sección XVI a la Sección XXI. Ejemplo Capítulo 94 muebles Capítulo 91 relojería Capítulo 95 juguetes Lic. Roberto Martínez González

17 Grado de elaboración Cada Sección y capítulo agrupa las mercancías de lo simple a lo complejo Productos semi.-elaborados Producto final Materias primas Lic. Roberto Martínez González

18 Presentación en el mercado
Dosificadores Granel Surtido Lic. Roberto Martínez González

19 + Estructura del SA 5000 Sub-partidas 1200 Partidas 97 Capítulos
21 Secciones Notas legales Sección Capítulo Partida Subpartida Seis Reglas Generales para la interpretación del SA + Lic. Roberto Martínez González

20 Sección Son los grandes grupos en los que se realiza el comercio internacional. Se organizan en la numeración romana del I al XXI. Ejemplos: I. Animales vivos y productos del reino animal II. Productos del reino vegetal III. Grasas y aceites animal o vegetales, productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal. IV. Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagres, tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados VI. Plásticos y sus manufacturas VIII. Pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias... IX. Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera... X. Pastas de madera o de las demás fibras XI. Materias textiles y sus manufacturas. XV. Maquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes... XIX. Armas, municiones y sus partes y accesorios... XXI. Objetos de arte o colección y antigüedades. Lic. Roberto Martínez González

21 Capítulo El Capítulo se representa por los 2 primeros dígitos: Ejemplos: I Animales vivos y productos del reino animal (Sección) 01 Animales vivos 02 Carne y despojos comestibles 03 Pescados y crustáceos, moluscos y otros invertebrados acuáticos 04 Leche y productos lácteos: huevos de ave, miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otras partidas 05 Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otras partidas Lic. Roberto Martínez González

22 Partida La Partida la representan los cuatro dígitos, ejemplos: Plantas vivas, incluyendo sus raíces, esquejes e injertos y micelios (excl. bulbos, cebollas, tubérculos, raíces y bulbos tuberosos, turiones y rizomas, así como plantas, incluye plantas jóvenes y raíces de achicoria) Uvas, frescas o secas, incluidas las pasas. Lic. Roberto Martínez González

23 Subpartidas Las SUBPARTIDAS están representadas por 6 dígitos: Árboles, arbustos y matas, de frutas o de otros frutos comestibles, incluso injertados Rododendros y azaleas, incluso injertados Rosales, incluso injertados Los demás Lic. Roberto Martínez González

24 Notas legales Constituyen textos que delimitan, definen, ejemplifican, excluyen, amplían o acotan a: Secciones Capítulos Partidas Subpartidas Lic. Roberto Martínez González

25 Notas legales Sección I ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL Notas. 1. En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie. 2. Salvo disposición en contrario, cualquier referencia en la Nomenclatura a productos secos o desecados alcanza también a los productos deshidratados, evaporados o liofilizados. ___________________ Capítulo 01 Animales vivos Nota. 1. Este Capítulo comprende todos los animales vivos, excepto: a) los peces, los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, de las partidas 03.01, ó 03.07; b) los cultivos de microorganismos y demás productos de la partida 30.02; c) los animales de la partida Lic. Roberto Martínez González

26 Reglas generales de clasificación
Contienen la metodología del sistema armonizado. Establecen los principios de clasificación. Dirigen la interpretación de la nomenclatura. Lic. Roberto Martínez González

27 Regla general 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de la Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”. Los títulos de las secciones y capítulos solo tienen valor indicativo, por lo Tanto, de ellos no puede deducirse ninguna consecuencia jurídica para la Clasificación. Ejemplo: El capítulo 01 indica : Animales vivos ; no obstante algunos animales vivos se excluyen de este capítulo como por ejemplo los pescados, crustáceos vivos que corresponden al capítulo 03 Lic. Roberto Martínez González

28 Sección y capítulo Sección I ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL Notas. 1. En esta Sección, cualquier referencia a un género o a una especie determinada de un animal se aplica también, salvo disposición en contrario, a los animales jóvenes de ese género o de esa especie. 2. Salvo disposición en contrario, cualquier referencia en la Nomenclatura a productos secos o desecados alcanza también a los productos deshidratados, evaporados o liofilizados. Capítulo 01 Animales vivos Nota. 1. Este Capítulo comprende todos los animales vivos, excepto: a) los peces, los crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, de las partidas 03.01, ó 03.07; b) los cultivos de microorganismos y demás productos de la partida 30.02; c) los animales de la partida Lic. Roberto Martínez González

29 Regla general 2 a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar, siempre que estén presentes las características del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado. Lic. Roberto Martínez González

30 Regla 2 Artículos incompletos o sin terminar
Las disposiciones de la regla se extienden a los artículos semi-terminados, salvo que estén clasificados en una partida específica. Ejemplo: Lic. Roberto Martínez González

31 Regla 2ª Artículos desmontados
La segunda parte de la regla 2, clasifica en la misma partida que el artículo montado, el artículo completo o terminado cuando se presente desmontado o sin armar. Siempre y cuando: Las mercancías se presentan en estas condiciones por razones de embalaje, manejo o transporte. Para la aplicación de esta regla se considera como artículo desmontado o sin armar, al artículo cuyos componentes deban ensamblarse, por medio de dispositivos de fijación (tornillos o tuercas) o por remachado o soldadura, con la condición que se trate solamente de operaciones de montaje. Los componentes no pueden ser sometidos a ninguna operación adicional de acabado para alcanzar el estado final. Lic. Roberto Martínez González

32 Regla 2a Misma clasificación arancelaria, para bicicleta sin armar o armada. Lic. Roberto Martínez González

33 Regla 2b Productos mezclados y artículos compuestos
La regla 2b afecta a las materias mezcladas o asociadas con otras y a las manufacturas constituidas por dos o mas materias. Las partidas a las que se refiere son las que mencionan una materia determinada. El efecto de esta regla es extender el alcance a partidas que mencionen una materia determinada de modo que incluyan esta materia mezclada o asociada a otras. Por lo tanto las materias mezcladas o asociadas a otras materias y las manufacturas constituidas por dos o mas materias que pueden clasificarse en dos o más partidas deben clasificarse de acuerdo con la Regla 3. Lic. Roberto Martínez González

34 Regla 3 Cuando una mercancía pudiera clasificarse , en principio, en dos o mas partidas por aplicación de la regla 2b, o en cualquier otra caso, la clasificación se efectuará como sigue: Existen tres posibilidades de clasificación: a) La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen el producto mezclado o artículo compuesto o solo a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos para venta al por menor, tales partidas deberán considerarse igualmente específicas para dicho producto, incluso si una de ellas lo describe de una manera más precisa o completa. b) Los productos mezclados o las manufacturas compuestas de materias diferente o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para venta al menudeo, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando al regla 3ª, se clasificarán según la materia o con el artículo que confiera el carácter esencial si fuera posible determinarlo. El carácter esencial del bien, podrá ser la materia constitutiva, la función o utilización del artículo, el valor, o la cantidad. c) Cuando las reglas 3a y 3b no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta. Lic. Roberto Martínez González

35 Regla 3 La regla solo se aplica si no es contraria a los textos de las partidas, notas de sección o capítulo. Lic. Roberto Martínez González

36 Regla 4 Las mercancías que no pueden clasificarse aplicando las reglas 1,2,3, se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía. La analogía puede fundarse en elementos tales como la denominación, las características o el uso. Lic. Roberto Martínez González

37 Regla 4 La clasificación de acuerdo con la Regla 4 exige la comparación de las mercancías sujetas a clasificación con mercancías similares. Lic. Roberto Martínez González

38 Regla 5a Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicarán las Reglas siguientes: a) Los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un juego o surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que están destinados, se clasificarán con dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta Regla no se aplica en la clasificación de los continentes que confieran al conjunto su carácter “esencial”. Lic. Roberto Martínez González

39 Regla 5ª Estuches y continentes similares
La presente regla debe entenderse aplicable solo a los continentes que, al mismo tiempo 1) Están especialmente preparados para alojar una artículo determinado o un surtido, es decir, preparados de tal manera que el artículo contenido encuentre su lugar exacto, aunque algunos continentes puedan además tener la forma del artículo que deban contener. 2) Sean susceptible de uso prolongado 3) Se presenten con los artículos que deben contener 4) Sean de una clase que se vende normalmente con dichos artículos. 5) No confieran al conjunto el carácter de esencial. Lic. Roberto Martínez González

40 Ejemplos Ejemplos de continentes presentados con artículos a los que se destinen y cuya clasificación se realiza por aplicación de la presente regla. 1.Los estuches para joyas (71.13) 2. Los estuches para máquinas de afeitar (85.10) 3. Cajas o estuches para instrumentos musicales (92.02) 4. Los estuches para escopetas (93.03) Por el contrario se pueden citar como ejemplos de continentes que no están afectados por esta regla, los continentes tales como los botes de plata para té. Lic. Roberto Martínez González

41 Regla 5b Salvo lo dispuesto en la Regla 5ª, los envases que contengan mercancías se clasificarán con ellas cuando sean de los normalmente utilizados para esa clase de mercancía. Sin embargo, esta disposición no es obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida. Ejemplos: Bidones metálicos o recipientes de hierro o acero para gases comprimidos o licuados. Lic. Roberto Martínez González

42 Regla 6 La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos y las notas de estas subpartidas, así como, por las Reglas anteriores, entendiendo que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. Para efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario Lic. Roberto Martínez González

43 Regla general complementaria
Los envases que contengan mercancías y sean susceptibles de ser utilizados razonablemente de manera repetida, mencionados en la regla 5b, seguirán su propio régimen de clasificación siempre que sea sometidas a los regímenes temporales, caso contrario seguirán el régimen de clasificación de las mercancías. Lic. Roberto Martínez González

44 Ejemplos de clasificación
Set conformado por pinturas para las uñas, maquillaje (polvo) para la piel, pinturas para los labios, pinceles con maquillaje para los ojos y brochas, presentado en su estuche. Regla utilizada: 3 ya que es una mercancía mezclada Aplicando la NOMENCLATURA El esmalte para uñas está comprendido en la partida El maquillaje para la piel se encuentran en la partida Las pinturas se encuentran en la partida El pincel Las brochas 96.03 Como el esmalte para uñas, maquillaje para piel y las pinturas están en la misma partida y no es posible determinar cual de ellos le da el carácter esencial. Aplicando la Regla 6 la Subpartida más alta le dará la clasificación Lic. Roberto Martínez González

45 Ejemplo de clasificación
Producto conformado por un juguete, huevo de plástico y chocolate hueco.. Regla utilizada: 3b) ya que es una mercancía presentada en surtido y la 5a) que habla sobre los estuches. Aplicando la a NOMENCLATURA El chocolate puede clasificarse en el Capítulo 18 El juguete puede clasificarse en el Capítulo 95 La Regla 3 señala que cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio en dos o más partidas por aplicación de la regla 2b o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue. a) La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Lic. Roberto Martínez González

46 Continuación b) Los productos mezclados, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la regla 3ª, se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo; Regla 3b. En este caso el carácter esencial lo da el chocolate ya que la finalidad del juguete y del cascarón de plástico es hacer más atractiva la comercialización del chocolate. Procede su ubicación en la partida “ Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao. Lic. Roberto Martínez González

47 Ejemplo clasificación
Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas 74.18 Artículos de uso doméstico, higiene o tocador, y sus partes, de cobre; esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos, de cobre. - Artículos de uso doméstico y sus partes; esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos: -- Esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos. Los demás. Artículos de higiene o tocador, y sus partes. 74.19 Las demás manufacturas de cobre. Lic. Roberto Martínez González

48 Regla 8ª. Es una autorización (permiso previo de importación) de un
programa de fomento a la producción, para tener acceso a insumos, partes, componentes, maquinaria, equipo y otras mercancías relacionadas con los procesos productivos. Lic. Roberto Martínez González

49 8a Previa autorización de la Secretaría de Economía:
a) Se consideran como artículos completos o terminados, aunque no tengan las características esenciales de los mismos, las mercancías que se importen en una o varias remesas o por una o varias aduanas, por empresas que cuenten con registro de empresa fabricante, aprobado por la Secretaría de Economía. Asimismo, podrán importarse al amparo de la fracción designada específicamente para ello los insumos, materiales, partes y componentes de aquellos artículos que se fabriquen, se vayan a ensamblar en México, por empresas que cuenten con registro de empresa fabricante, aprobado por la Secretaría de Economía. Lic. Roberto Martínez González

50 Regla 8ª. Podrán importarse en una o más remesas o por una o varias aduanas, los artículos desmontados, que correspondan a artículos completos o terminados o considerados como tales. Los bienes que se importen al amparo de esta Regla deberán utilizarse única y exclusivamente para cumplir con la fabricación a que se refiere esta Regla, ya sea para ampliar una planta industrial, reponer equipo o integrar un artículo fabricado o ensamblado en México. Lic. Roberto Martínez González

51 Regla 8ª. La Regla 8a es un instrumento de fomento, complementario a los PROSEC, que otorga facilidades administrativas, para importar, insumos, partes, componentes, maquinaria, equipo y otras mercancías relacionadas con los procesos productivos únicamente para la fabricación de los bienes comprendidos en el PROSEC, a través de las fracciones arancelarias de la Partida de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (Tarifa). Lic. Roberto Martínez González

52 Requisitos para obtener el permiso de Regla 8a.
Tener un programa PROSEC (Decreto por el que se establecen los diversos Programas de Promoción Sectorial, DOF 02 de agosto de 2002 y sus reformas). El programa PROSEC hace las veces de Registro de empresa fabricante a que se refiere la Regla 8a. • Tratándose de operaciones bajo el régimen de importación temporal para elaboración, transformación o reparación, contar además con un programa IMMEX. • Solicitud en el formato “SE Solicitud de permiso de importación o exportación y de modificaciones”, conforme a lo establecido en el Acuerdo que establece los criterios para otorgar los permisos previos de importación bajo las fracciones arancelarias de la Partida de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Lic. Roberto Martínez González

53 Criterios básicos para la autorización del permiso de Regla 8ª.
Siempre que la situación de la empresa esté prevista en alguno de los criterios siguientes: • Inexistencia o insuficiencia de producción nacional. • Diversificación de las fuentes de abasto para contar con una proveeduría flexible. • Mercancías requeridas durante la etapa previa al inicio de la producción de nuevos proyectos. • Cumplir con obligaciones comerciales en marcados internacionales. Lic. Roberto Martínez González

54 Pasos para clasificar una mercancías
Tener la descripción precisa de la mercancía que se quiere clasificar. Leer las Secciones para ver en cual puede clasificarse Seleccionar el capítulo Leer las Notas legales de Sección y Capítulo Leer los textos de las partidas para seleccionar la adecuada Leer las Notas explicativas Leer el texto de las subpartidas y seleccionar la adecuada Lic. Roberto Martínez González


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