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¿CÓMO PUEDO ESTABLECERME COMO EMPRESA EN CHILE?. Pasos para constituir una empresa en Chile (EIRL o SOCIEDAD)

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Presentación del tema: "¿CÓMO PUEDO ESTABLECERME COMO EMPRESA EN CHILE?. Pasos para constituir una empresa en Chile (EIRL o SOCIEDAD)"— Transcripción de la presentación:

1 ¿CÓMO PUEDO ESTABLECERME COMO EMPRESA EN CHILE?

2 Pasos para constituir una empresa en Chile (EIRL o SOCIEDAD)

3 ¿CÓMO SE MANEJA EL MARCO TRIBUTARIO EN CHILE?

4 Tasa general de impuestos TRIBUTOTASAS Impuesto a las Ventas y Servicios IVA19% Impuesto a a Renta de Primera Categoría 25% Impuesto global complementarioTasa marginal máxima alcanza actualmente el 40% Impuesto al comercio exteriorAd valorem (6%) que se calcula sobre su valor CIF ( Costo de la mercancia + prima del seguro + valor del flete de traslado). El IVA (19%) se calcula sobre el valor CIF más el derecho ad valorem.

5 Sistema tributario

6 Impuestos sobre el comercio exterior Regímenes simplificados Impuestos de timbres y estampillas (Impuestos a los Actos Jurídicos)

7 ¿CÓMO ES EL REGIMEN LABORAL EN CHILE?

8 Salario y horas de trabajo.

9 VACACIONES: La Ley del Trabajo estipula la concesión de vacaciones anuales a todos los trabajadores al término de un año de servicio. Los trabajadores tienen derecho a vacaciones anuales de quince (15) días laborales. Los trabajadores que prestan servicios en la XII Región de Magallanes y Antártica Chile, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena, tienen derecho a vacaciones anuales de veinte (20) días hábiles. Éstas se otorgarán preferentemente en primavera o verano. La duración aumenta en función de la antigüedad en el trabajo. Vacaciones y contrato CONTRATO EN CHILE: Se puede concertar verbalmente o por escrito, pero un contrato escrito siempre debe ser firmado dentro de los 15 días siguientes al comienzo del trabajo o dentro de un plazo de cinco (5) días si el empleado fue contratado para una tarea, empleo o trabajo específico que dura menos de 30 días. En caso de ausencia de un contrato escrito, las condiciones serán determinadas por la declaración del empleado y se puede aplicar una multa al empleador. El contrato debe ser puesto por escrito, como prueba, en un plazo determinado, que será firmado por ambas partes y se extiende en dos ejemplares, cada uno en poder de una de las partes. La violación de estas normas se castiga con una multa.

10 ¿CÓMO PUEDO LICITAR CON EL ESTADO EN CHILE?

11 Licitación con el estado  Recepción de ofertas: -Las ofertas deberán ser enviadas a través del sistema donde sean expuestas. -Excepción: ofertas soporte papel (artículo 62 del Reglamento; Alcances: Dictámen N° 17.272- 2007).

12  Garantía de seriedad: -Puede ser vale vista, póliza de seguro, depósito a plazo u otra forma de garantía. -Puede otorgarse física o electrónicamente. -Puede ser en pesos, UF o moneda extranjera. -Bajo 1.000 UTM debe ponderarse el riesgo de solicitarla. - La garantía debe ser la misma para todos los oferentes.

13  Apertura de ofertas: -Apertura electrónica: liberación automática de las ofertas recibidas a través del Sistema en el día y hora establecido. -Oferentes conocerán al menos las ofertas del resto en (i) individualización de oferentes, (ii) descripción del bien/servicio, (iii) precio unitario y total, (iv) individualización garantía seriedad. -Proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 hrs. siguientes a la apertura.

14  Evaluación de ofertas: -La entidad pública sera quien rechazará ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las bases. -Luego la Entidad evaluará las ofertas y asignará puntajes de acuerdo a criterios técnicos y económicos, que deben considerar factores, y pueden incluir subfactores. -En licitación superior a 1000 UTM debe existir una comisión evaluadora de a lo menos 3 miembros. -Posibles criterios de evaluación: precio; metodología, experiencia; calidad técnica; asistencia y soporte; servicio de post venta, plazo entrega, costo fletes, medio ambiente, comportamiento anterior, eficiencia energética.

15  Adjudicación: A quién adjudicar: -Entidad Licitante aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación y sus puntajes y ponderaciones (precio menor no obliga: Dictámenes N°s 25.921 y 29.392-2010). - Cómo: Acto administrativo publicado en el Sistema, con sus antecedentes justificativos. No se adjudicará Ofertas que: No cumplan con las condiciones y requisitos de las Bases Oferentes inhabilitados Ofertas efectuadas por persona sin mandato.

16 PERÚ

17 ¿POR QUÉ DEBO INVERTIR EN PERÚ?

18 OPORTUNIDADES En Perú existe un régimen de fomento a la inversión extranjera. Los inversionistas extranjeros y las empresas en las que éstos participan tienen los mismos derechos y obligaciones que los inversionistas y empresas nacionales. La legislación garantiza el derecho a la libertad de empresa. Transferir libremente al exterior, sin necesidad de autorización alguna, las utilidades provenientes de su inversión, regalías y contraprestaciones por el uso y transferencia de tecnología y el capital de su inversión.

19 RESTRICCIONES La inversión extranjera no requiere de aprobación previa. Los contratos de transferencia de tecnología, las licencias, patentes y marcas se registran ante las autoridades administrativas, sin que ese registro signifique una calificación del contenido de sus estipulaciones. Sin embargo, bajo la Ley No. 29785 (Ley de consulta previa a los pueblos indígenas u originarios), la ejecución de determinados proyectos de inversión puede estar sujeta a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios del lugar donde dichos proyectos se ubiquen.

20 ¿CÓMO PUEDO ESTABLECERME COMO EMPRESA EN PERÚ?

21 1. Elección del tipo de organización. Sociedad anónima Sociedad limitada La sucursal Asociación en participación Consorcio Documentos que acreditan la calidad de representante legal: 1.Poder otorgado por la persona jurídica en el exterior, designándolo como su representante. Este deberá ser legalizado ante el Min Relaciones Exteriores del Perú. 2.En caso de que el representante sea ciudadano extranjero, se necesita visa de negocios y/o carné de extranjería.

22 2. Preparación de la Minuta de Constitución: La Minuta es el contrato social de la empresa. Deberá contener la información detallada de la empresa que se va a establecer (identificación de Socios Fundadores, Objeto Social, Estatuto, descripción de los cargos de los directivos. La Minuta deberá ser firmada por un abogado). 3. Aporte de sociedad en formación. El aporte de capital debe ser depositado en cualquier entidad bancaria.

23 4. Inscripción de la sociedad en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP). La Minuta y el certificado de deposito por aporte del capital, se presenta ante el Notario Público quien la elevará a Escritura Pública y prepara los documentos para la inscripción ante (SUNARP)

24 5. Obtención del Registro del Contribuyente (RUC): Se obtiene ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), órgano administrador de tributos en el Perú Requisitos: Testimonio de Constitución Social, debidamente inscrito ante SUNRAP. Recibo de agua o luz de domicilio fiscal, el cual es el domicilio establecido para efectos tributarios. Formulario de solicitud de inscripción de RUC de la SUNAT. Documento de identidad en original y copia del representante legal.

25 6. Formalización de Libros Contables y Societarios Solicitud dirigida a Notario Publico. Ficha RUC. Vigencia de poder.

26 ¿CÓMO ES EL REGIMEN LABORAL EN PERU?

27 Régimen laboral común

28 ¿CÓMO SE MANEJA EL MARCO TRIBUTARIO EN PERÚ?

29 SISTEMA TRIBUTARIO PERUANO La tributación en el Perú se rige por los principios de: Reserva de la ley, Igualdad, y Respeto a los derechos fundamentales de la persona. La Constitución consagra como principio tributario la no confiscatoriedad de los tributos. El sistema tributario comprende: 1.El Código Tributario. 2.Los tributos y recursos del Gobierno Central: Impuesto a la Renta.

30 SISTEMA TRIBUTARIO PERUANO Impuesto General a las Ventas. Impuesto Selectivo al Consumo. Derechos Arancelarios. Impuesto a las Transacciones Financieras Impuesto Temporal a los Activos Netos.

31 SISTEMA TRIBUTARIO PERUANO 3. Los tributos para los Gobiernos Locales: Impuesto de Alcabala. Impuesto Predial. Impuesto a la Propiedad Vehicular. Impuesto a las Embarcaciones de Recreo. Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos. Impuesto a los Juegos. Impuesto a las Apuestas.

32 SISTEMA TRIBUTARIO PERUANO 4. Los tributos para otros fines: Contribución de Seguridad Social (ESSALUD). Contribución al Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI). Contribución al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO). La administración y recaudación de los tributos del Gobierno Central es de competencia de la SUNAT.

33 INCENTIVOS TRIBUTARIOS Con el objeto de promover algunos sectores de la actividad productiva o el desarrollo de algunas zonas del país, la legislación peruana ha dispuesto la existencia de ciertos regímenes de excepción para el goce de beneficios tributarios: Exoneración del IGV en la amazonia. Zonas Francas.

34 TRIBUTACIÓN DE P.J. NO DOMICILIADAS 1. IR - Sucursales. Las sucursales, agencias u otros establecimientos permanentes de las empresas extranjeras son consideradas domiciliadas para efectos del Impuesto a la Renta, en cuanto a las rentas producidas de fuente peruana. EJERCICIOS GRAVABLESTASAS 2015-201628% 2017-201827% 2019 en adelante26%

35 TRIBUTACIÓN DE P.J. NO DOMICILIADAS 2. IR - Empresas No Domiciliadas. están gravadas con el impuesto a la renta por sus rentas de fuente peruana. CONCEPTOSTASA Regalías (Explotar un derecho)30% Dividendos y otras formas de distribución de utilidades6.8% - 8.0%-9.3% Asistencia Técnica (previo cumplimiento de ciertos requisitos)15% Otras rentas30%

36 TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN CONVENIOS PAISAPLICABLE DESDE Chile2004 Canadá2004 Comunidad Andina2005 Brasil2010 México2015 Corea del Sur2015 Suiza2015 Portugal2015 La doble o múltiple tributación se presenta cuando dos o más países consideran que les pertenece el derecho de gravar una determinada renta. En esos casos, una misma ganancia puede resultar gravada por más de un Estado.

37 TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN Comunidad Andina. Perú ha suscrito un convenio (Decisión 578) para evitar la doble tributación con los países que conforman la Comunidad Andina de Naciones (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), respecto de los impuestos a la renta y sobre el patrimonio. En dicho acuerdo se establece que, independientemente de la nacionalidad o domicilio de las personas, las rentas de cualquier naturaleza que éstas obtuvieren, sólo serán gravables en el País Miembro en el que tales rentas tengan su fuente productora.

38 MUCHAS GRACIAS CONOZCA E INTERACTUE CON NOSOTROS… www.camaradelpacifico.org @camarapacifico Cámara del Pacífico Cámara de la Alianza del Pacífico Cámara del Pacífico


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