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Relaciones laborales Nueva normativa social aplicable al transporte de viajeros por carretera Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción.

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Presentación del tema: "Relaciones laborales Nueva normativa social aplicable al transporte de viajeros por carretera Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción."— Transcripción de la presentación:

1 Relaciones laborales Nueva normativa social aplicable al transporte de viajeros por carretera Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo José Gallego Murcia, 12 de noviembre de 2009

2 A. DESCANSO DIARIO REDUCIDO:
REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 Puede reducirse el descanso diario de 11 a 9 horas, también consecutivas, tres veces a la semana, pero antes de que acabe la semana siguiente. Habrá que compensar el descanso no tomado. Por ejemplo, si se descansó sólo 9 horas consecutivas el martes, miércoles y jueves, antes de que acabe la semana siguiente, habrá que tomar un descanso de 6 horas como compensación. No pueden tomarse más de 3 períodos de descanso diario reducidos entre dos períodos de descanso semanales. El descanso reducido no es necesario compensarlo. 1 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

3 A. DESCANSO DIARIO REDUCIDO:
REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 SEMANA EN CURSO 11 horas 9 horas DESCANSO SEMANAL 11 horas DESCANSO SEMANAL 9 horas SEMANA SIGUIENTE 11 horas DESCANSO SEMANAL 6 horas 2 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

4 B. CONDUCCIÓN ININTERRUMPIDA:
REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 Podrá sustituirse dicha pausa por una de al menos 15 minutos, seguida de otra de al menos 30 minutos, intercaladas en el período de conducción, de forma que se respeten los 45 minutos en el período de conducción de 4 y ½ horas Puede sustituirse la interrupción de 45 minutos por interrupciones de al menos 15 minutos cada una, intercaladas en el período de conducción de 4 y ½ horas 3 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

5 Total 4 y ½ horas de conducción ininterrumpida
B. CONDUCCIÓN ININTERRUMPIDA: REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 2 horas de conducción ininterrumpida 1 hora de conducción ininterrumpida 1 y ½ horas de conducción ininterrumpida 15 min. conducción ininterrumpida 1ª pausa 15 min. 2ª pausa 30 min. Total 4 y ½ horas de conducción ininterrumpida 15 min. 3 horas de conducción 45 min. conducción 45 min. conducción 4 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

6 C. DESCANSO DIARIO - SUPUESTO DE DOS CONDUCTORES:
REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 En el supuesto de dos conductores, cada 30 horas, cada conductor debe gozar de un descanso diario de 8 horas consecutivas En el supuesto de conducción en equipo, cada 30 horas, cada conductor debe gozar de un descanso diario de 9 horas consecutivas 5 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

7 C. DESCANSO DIARIO - SUPUESTO DE DOS CONDUCTORES:
REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 CONDUCTOR A: 8 h. consecutivas de descanso CONDUCTOR B: 30 HORAS CONDUCTOR A: 9 h. consecutivas de descanso CONDUCTOR B: 30 HORAS 6 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

8 D. DESCANSO SEMANAL: REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006
El período de descanso semanal de 45 horas consecutivas puede reducirse a 36 horas ininterrumpidas cuando dicho descanso se tome en el lugar en que se encuentre normalmente el conductor o el vehículo. El período de descanso semanal de 45 horas consecutivas puede reducirse a 24 horas ininterrumpidas cuando dicho descanso se tome en el lugar en donde no se encuentre normalmente el conductor o el vehículo. En el caso de reducción del descanso semanal, habrá que añadir las horas reducidas al período de descanso semanal de una de las tres semanas siguientes. En su caso, en el transcurso de dos semanas consecutivas el conductor podrá tomar, al menos, 1 período de descanso semanal normal (45 horas) y un período de descanso semanal reducido de al menos 24 horas. En el caso de reducción del descanso semanal, habrá que añadir las horas reducidas al período de descanso semanal de una de las tres semanas siguientes. 7 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

9 D. DESCANSO SEMANAL: REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006
Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

10 E. DESCANSO DIARIO REDUCIDO:
REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 El descanso ininterrumpido de 11 horas puede sustituirse por un descanso tomado en dos o tres períodos durante las 24 horas, siendo uno de los períodos como mínimo de 8 horas consecutivas. En este caso, la duración del descanso diario se prolongará a 12 horas. El descanso diario normal puede fraccionarse en dos períodos, uno al menos de 3 horas consecutivas, más otro de al menos 9 horas consecutivas. 9 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

11 E. DESCANSO DIARIO REDUCIDO:
REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 8 horas consecutivas de descanso 4 horas consecutivas de descanso 8 horas consecutivas de descanso 2 h. de descanso 2ª pausa 9 horas de descanso ininterrumpidas 1ª pausa 3 horas de descanso ininterrumpidas 10 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

12 F. DESCANSO SEMANAL. CASO ESPECIAL DEL TRANSPORTE DISCRECIONAL DE VIAJEROS:
REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 El conductor podrá tomar el descanso semanal después de conducir durante 12 días consecutivos. El descanso que le correspondería se adscribirá al descanso de la 2ª semana Eliminado * * En proceso de recuperación para los servicios discrecionales continuados en transporte internacional 11 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

13 F. DESCANSO SEMANAL. CASO ESPECIAL DEL TRANSPORTE DISCRECIONAL DE VIAJEROS:
REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 SEMANA EN CURSO 45 horas 1ª SEMANA SEMANA EN CURSO 45 horas 1ª SEMANA 45 horas 2ª SEMANA 45 horas 2ª SEMANA 12 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

14 A. DESCANSO DIARIO REDUCIDO:
REGLAMENTO (CE) 561/2006 Mejora respecto de la normativa anterior 13 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

15 B. CONDUCCIÓN ININTERRUMPIDA:
REGLAMENTO (CE) 561/2006 Afectación principalmente sobre los pasajeros por tener que realizar esperas de mayor duración durante el transcurso de sus viajes 14 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

16 C. DESCANSO DIARIO - SUPUESTO DE DOS CONDUCTORES:
REGLAMENTO (CE) 561/2006 No cuantificación económica Compensación por efectos positivos no computados en el caso del Descanso diario reducido 15 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

17 D. DESCANSO SEMANAL: 8,79% REGLAMENTO (CE) 561/2006
Domingos Días de vacaciones (excepto domingos) Festivos laborales Total días no trabajados 52 26 14 92 Total días año Total días de trabajo anual 365 273 Días de reducción anual Total días de trabajo anual reducidos 24 249 % reducción de producción 8,79% 16 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

18 E. DESCANSO DIARIO REDUCIDO:
REGLAMENTO (CE) 561/2006 Semanas trabajadas Horas semana reducidas Horas totales reducidas al año 48 1 Horas medias anuales Total horas año reducidas 1.770 1.722 % reducción de producción 2,71% 17 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

19 F. DESCANSO SEMANAL CASO ESPECIAL DEL TRANSPORTE DISCRECIONAL DE VIAJEROS:
REGLAMENTO (CE) 561/2006 Domingos Días de vacaciones (excepto domingos) Festivos laborales Total días no trabajados 52 26 14 92 Total días año Total días de trabajo anual 365 273 Días de reducción anual Total días de trabajo anual reducidos 6 267 % reducción de producción 2,20% 18 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

20 El descanso semanal se podía hacer cualquier día dentro de la semana
D. DESCANSO SEMANAL: Efecto añadido por causa del cambio de sistema de los descansos semanales REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006 El período de descanso debe comenzar antes de que hayan finalizado 6 períodos consecutivos de 24 horas desde el final del anterior período de descanso semanal El descanso semanal se podía hacer cualquier día dentro de la semana 19 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

21 D. DESCANSO SEMANAL: REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006
Efecto añadido por causa del cambio de sistema de los descansos semanales – mantenimiento mismo día descanso semanal REGLAMENTO (CEE) 3820/85 Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo 1ª SEMANA C D 1 2ª SEMANA D 2 3ª SEMANA D 3 4ª SEMANA D 4 D 5 REGLAMENTO (CE) 561/2006 Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo 1ª SEMANA C D 1 2ª SEMANA D 2 D 3 3ª SEMANA D 4 4ª SEMANA D 5 D 6 20 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

22 D. DESCANSO SEMANAL: 4, 03% REGLAMENTO (CE) 561/2006
Efecto añadido por causa del cambio de sistema de los descansos semanales – mantenimiento mismo día descanso semanal REGLAMENTO (CE) 561/2006 Domingos Días de vacaciones (excepto domingos) Festivos laborales Total días no trabajados 52 26 14 92 Total días año Total días de trabajo anual 365 273 Días de reducción anual Total días de trabajo anual reducidos 11 262 Manteniendo siempre el mismo día de descanso en la semana, supone tener que dar 1 jornada más de descanso al mes % reducción de producción 4, 03% 21 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

23 D. DESCANSO SEMANAL: REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006
Efecto añadido por causa del cambio de sistema de los descansos semanales – descanso semanal correlativo REGLAMENTO (CEE) 3820/85 Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo 1ª SEMANA C D 1 2ª SEMANA D 2 3ª SEMANA D 3 4ª SEMANA D 4 D 5 REGLAMENTO (CE) 561/2006 Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo 1ª SEMANA C D 1 2ª SEMANA D 2 D 3 3ª SEMANA D 4 4ª SEMANA D 5 D 6 D 7 22 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

24 D. DESCANSO SEMANAL: 8, 06% REGLAMENTO (CE) 561/2006
Efecto añadido por causa del cambio de sistema de los descansos semanales – descanso semanal correlativo REGLAMENTO (CE) 561/2006 Domingos Días de vacaciones (excepto domingos) Festivos laborales Total días no trabajados 52 26 14 92 Total días año Total días de trabajo anual 365 273 Días de reducción anual Total días de trabajo anual reducidos 22 255 251 En el caso de procurar que vaya posibilitando el descanso en otros días, supone tener que dar 2 jornadas más de descanso al mes % reducción de producción 8, 06% 23 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

25 D. DESCANSO SEMANAL: REGLAMENTO (CEE) 3820/85 REGLAMENTO (CE) 561/2006
Efecto añadido por causa del cambio de sistema de los descansos semanales – descanso semanal alterno entre semana y fin de semana REGLAMENTO (CEE) 3820/85 Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo 1ª SEMANA C D 1 2ª SEMANA D 2 3ª SEMANA D 3 4ª SEMANA D 4 D 5 REGLAMENTO (CE) 561/2006 Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado Domingo 1ª SEMANA C D 1 2ª SEMANA D 2 D 3 D 4 3ª SEMANA D 5 4ª SEMANA D 6 D 7 D 8 24 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

26 D. DESCANSO SEMANAL: 12, 09% REGLAMENTO (CE) 561/2006
Efecto añadido por causa del cambio de sistema de los descansos semanales – descanso semanal alterno entre semana y fin de semana REGLAMENTO (CE) 561/2006 Domingos Días de vacaciones (excepto domingos) Festivos laborales Total días no trabajados 52 26 14 92 Total días año Total días de trabajo anual 365 273 Días de reducción anual Total días de trabajo anual reducidos 33 244 240 En el caso de alternar descansos entre semana y en fin de semana, supone tener que dar 3 jornadas más de descanso al mes % reducción de producción 12, 09% 25 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

27 G. NORMATIVA SOBRE TIEMPOS DE TRABAJO:
REAL DECRETO 902/2007 Los trabajadores móviles deberán interrumpir su trabajo, con un período de descanso, en el caso de realizar jornada continuada que exceda de 6 horas consecutivas. Esta pausa deberá de ser de una duración no inferior a 30 minutos, que se incrementará hasta los 45 minutos cuando el tiempo total de trabajo sea superior a 9 horas diarias, siempre en fracciones no inferiores a 15 minutos, excepto en los servicios regulares de viajeros de recorrido que no exceda de 50 km. 26 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

28 G. NORMATIVA SOBRE TIEMPOS DE TRABAJO:
REAL DECRETO 902/2007 Domingos Días de vacaciones (excepto domingos) Festivos laborales Total días no trabajados 52 26 14 92 Total días año Total días de trabajo anual 365 273 Horas de reducción por jornada Total horas anual reducidas 0,50 136,50 Horas medias anuales de trabajo Horas reducidas al año Total horas año reducidas 1.770 1.633,50 Horas medias anuales % reducción de producción 7, 71% 27 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

29 % REDUCCIÓN DE PRODUCCIÓN
RESUMEN CUANTIFICACIÓN ECONÓMICA NUEVA NORMATIVA PERÍODOS CONDUCCIÓN Y DESCANSO Y TIEMPOS DE TRABAJO: % REDUCCIÓN DE PRODUCCIÓN REGLAMENTO (CE) 561/2006 8,79% DESCANSO SEMANAL: DESCANSO DIARIO REDUCIDO: 2,71% DESCANSO SEMANAL CASO ESPECIAL DEL TRANSPORTE DISCRECIONAL DE VIAJEROS: 2,20% DESCANSO SEMANAL (EFECTO CAMBIO SISTEMA): Entre el 4,03% y el 12,09% REAL DECRETO 902/2007 7,71% NORMATIVA SOBRE TIEMPOS DE TRABAJO: 28 Repercusión de la nueva normativa sobre períodos de conducción y descanso y tiempos de trabajo

30

31 MUCHAS GRACIAS


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