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INDUCCIÓN COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Asesoría Laboral.

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Presentación del tema: "INDUCCIÓN COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Asesoría Laboral."— Transcripción de la presentación:

1 INDUCCIÓN COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO

2 DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Asesoría Laboral

3 Tema: Asesoría Laboral OBJETIVO: Atender y dar seguimiento al desahogo de consultas relativas a la aplicación de los procedimientos para determinar la responsabilidad laboral de los trabajadores de base del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral. Analizar y dar seguimiento de los asuntos relacionados con la calificación de riesgos de trabajo y licencias médicas expedidas a los servidores públicos de órganos jurisdiccionales a cargo del Consejo de la Judicatura Federal. OBJETIVO: Atender y dar seguimiento al desahogo de consultas relativas a la aplicación de los procedimientos para determinar la responsabilidad laboral de los trabajadores de base del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral. Analizar y dar seguimiento de los asuntos relacionados con la calificación de riesgos de trabajo y licencias médicas expedidas a los servidores públicos de órganos jurisdiccionales a cargo del Consejo de la Judicatura Federal. Asesoría Laboral  Procedimientos laborales (Actas de Hechos y Actas Administrativas).  Políticas y Disposición Legal Aplicables (Baja de Servidores Públicos de Base).  Trámite para el cese de la relación laboral del personal de confianza.  Constitución de riesgos de trabajo o incapacidad total o permanente. DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

4 Políticas y Disposición Legal Aplicable (Baja de Servidores Públicos de Base). Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo Artículo 51 Bis. En caso de que un trabajador de base adscrito a un órgano jurisdiccional incurra en una causal de cese, el titular podrá removerlo en uso de la facultad que le otorga el artículo 97 constitucional, debiendo levantar invariablemente un acta con las formalidades que establece el artículo 46 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. En todo momento quedará a salvo el derecho de los trabajadores para demandar ante la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación la reinstalación en su trabajo o la indemnización correspondiente, en caso de que consideren que su remoción fue injustificada. Procedimientos laborales (Actas de Hechos y Actas Administrativas) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

5 A continuación se describen las causas de cese:  Abandono de Empleo.  Repetidas faltas injustificadas a las labores técnicas relativas al funcionamiento de maquinaria o equipo, o a la atención de personas.  Falta de probidad u honradez.  Cuando faltare por más de tres días consecutivos a sus labores sin causa justificada.  Por destruir intencionalmente edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo.  Por cometer actos inmorales durante el trabajo.  Por revelar los asuntos secretos o reservados de que tuviere conocimiento con motivo de su trabajo.  Por comprometer con su imprudencia, descuido o negligencia la seguridad del taller, oficina o dependencia donde preste sus servicios o de las personas que allí se encuentren. Procedimientos laborales (Actas de Hechos y Actas Administrativas) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

6  Por desobedecer reiteradamente y sin justificación las órdenes que reciba de sus superiores.  Por concurrir, habitualmente, al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante.  Por falta comprobada de cumplimiento a las condiciones generales de trabajo de la dependencia respectiva, y  Por prisión que sea el resultado de una sentencia ejecutoria. Procedimientos laborales y de responsabilidad administrativa (Actas de Hechos y Actas Administrativas) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

7 Baja de Servidores Públicos de confianza  Renuncia.- Manifestación unilateral y expresa del trabajador para dar por terminada la relación laboral.  Terminación de los efectos del nombramiento. Decisión unilateral del titular de rescindir la relación laboral del trabajador. Procedimientos laborales y de responsabilidad administrativa (Actas de Hechos y Actas Administrativas) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

8 Trámite para la terminación de los efectos del nombramiento del personal de base. Una vez que se acreditó con la constancia correspondiente, que el servidor público incurrió en alguna de las causales descritas en el Articulo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, se deberá levantar un acta con las formalidades que establece el artículo 46 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Cabe señalar que se deberá citar al trabajador y al respectivo representante sindical, a efecto de levantar la correspondiente Acta Administrativa, en la que se harán constar los hechos que se imputan al trabajador y en la que deberán comparecer el Jefe de la oficina, los testigos de hechos, el trabajador y el representante sindical, a fin de que manifiesten lo que a su derecho convenga y ofrezcan pruebas. Procedimientos laborales y de responsabilidad administrativa (Actas de Hechos y Actas Administrativas) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

9 Asimismo, una vez que el acta administrativa ha sido debidamente integrada, el titular del órgano jurisdiccional podrá acordar el cese del trabajador de que se trate. No se omite informar que de conformidad con el artículo 113, fracción II, inciso c) de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, la facultad de los funcionarios para suspender, cesar o disciplinar a sus trabajadores, prescribe en 4 meses contados a partir de la fecha en que se conozcan las causas que puedan dar lugar a la sanción. Procedimientos laborales y de responsabilidad administrativa (Actas de Hechos y Actas Administrativas) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

10 Servidores Públicos de confianza El titular del órgano jurisdiccional federal deberá dictar el acuerdo por el que se determine la terminación de los efectos de nombramiento del servidor público, el cual deberá ser notificado al trabajador. En caso de negarse a recibir la respectiva notificación, se deberá levantar acta de hechos en la que se haga constar esa circunstancia. Una vez notificado al trabajador, el titular del órgano jurisdiccional federal deberá remitir copia certificada de la notificación o, en su caso, de la respectiva acta de hechos, a la Dirección General de Recursos Humanos o, Administración Regional o Delegación administrativa que corresponda, conjuntamente con el respectivo aviso de baja, a fin de que se realicen los trámites administrativos correspondientes. Procedimientos laborales y de responsabilidad administrativa (Actas de Hechos y Actas Administrativas) DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

11 Concepto de riesgo de trabajo Accidente que sufre un trabajador durante el transcurso de su jornada laboral o durante el traslado de su domicilio a su centro de trabajo o viceversa. La Dirección General de Recursos Humanos a través de la Unidad de Relaciones Laborales proporciona orientación a los servidores públicos que hayan sufrido un accidente de trabajo, a fin de que realice los trámites de calificación de riesgo de trabajo ante el ISSSTE. Trámite  En caso de haber sufrido un accidente de trabajo es obligación del trabajador acudir a recibir atención médica ya sea de forma particular o ante cualquiera de las instituciones de salud pública.  Una vez que su estado de salud lo permita deberá dar aviso por cualquier medio al superior jerárquico del lugar donde presta sus servicios. Constitución de riesgos de trabajo o incapacidad total o permanente DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

12  Posterior a recibir atención médica, el trabajador debe acudir ante la Unidad Médica del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado que le corresponda, a fin de que le sea entregado el formato RT-02, debidamente llenado.  FORMATO RT-02 “Certificado Médico Inicial”; este debe de entregarse al trabajador debidamente llenado por las Áreas Médicas del ISSSTE después de la primera atención médica que reciba el derechohabiente.  El trabajador después de obtener el formato RT-02, debe presentarse en la subdelegación médica del ISSSTE y solicitar le sea entregado el formato RT-01*, el cual deberá ser llenado por el trabajador en su parte frontal (Datos del Trabajador).  Cabe señalar que es responsabilidad exclusiva del ISSSTE entregar ambos formatos (RT-01 y RT-02) al servidor público para iniciar sus trámites de riesgo de trabajo. Constitución de riesgos de trabajo o incapacidad total o permanente DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

13  Una vez que el trabajador tenga en su poder los formatos a que se refiere el párrafo anterior, deberá acudir:  Tratándose de trabajadores que presten sus servicios en órganos jurisdiccionales en el interior de la república, ante la delegación administrativa o administración regional que corresponda, con el Formato RT-01, debidamente llenado, con la finalidad de que en éste se anote el nombre, la firma del representante de la dependencia y el sello de ésta.  Tratándose de trabajadores adscritos a órganos jurisdiccionales con sede en el Distrito Federal y Área Metropolitana, ante la Dirección General de Recursos Humanos del Consejo de la Judicatura Federal, con el Formato RT-01 debidamente llenado, con la finalidad de que en éste se anote el nombre, la firma del representante de la dependencia y el sello de ésta. Constitución de riesgos de trabajo o incapacidad total o permanente DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales

14  Una vez llenados ambos formatos, el servidor público deberá presentarlos en la Subdelegación de Prestaciones del ISSSTE que le corresponda a fin de que le sea entregada al trabajador, la lista de requisitos (formato RT-03) que debe presentar ante dicha Subdelegación del citado Instituto para que se realice la calificación de probable riesgo de trabajo. Constitución de riesgos de trabajo o incapacidad total o permanente DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Unidad de Relaciones Laborales


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