Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porBalduino Verdejo Modificado hace 10 años
1
Marcos normativos de protección en situación de violencia armada
Guilhem Ravier Coordinador de Protección CICR Bogota Quinto Curso Sobre Derecho Internacional Humanitario, Organisacion de Estados Americanos, Washington DC,
2
Protección y DIH Definición jurídica del concepto de protección?
Personas protegidas en el DIH ¿Quiénes están obligadas/os a proteger a las personas protegidas? ¿Cuáles son las formas o, mejor, cuáles los deberes de protección?
3
Concepto de protección:
DIH: categorías de personas y bienes protegidos. Protegidos: Por quien? Los Estados … … las partes en conflicto … … los combatientes y personas que portan armas …
4
Concepto de protección:
La protección en la practica Al planear y conducir una operación militar. Al ordenar y conducir un ataque contra el adversario. Al ubicar un sitio de acampamiento Doctrina, Formación, Educación & Equipamiento, Sanciones ...
5
Concepto de protección:
No hay definición jurídica expresa del concepto de protección. Está implícito en las obligaciones de las partes y personas obligadas a proteger. Importancia de la sanción
6
Ambitos de Protección:
Político Militar / Seguridad Legal (incl. Judicial) Humanitario
8
La Protección en la acción del CICR
Actividades y gestiones para que … Autoridades y otros actores … Cumplan sus obligaciones … Y respeten los derechos de las personas protegidas … En situaciones de conflictos armados y otras situaciones de violencia.
9
La Protección en la acción del CICR
Prevenir o poner fin a las violaciones al DIH y otras normas: Causas y circunstancias; Consecuencias; Reducir vulnerabilidad Combinación con otras actividades para aliviar sufrimiento.
10
Consecuencias humanitarias de los conflictos armados y de otras situaciones de violencia
11
Consecuencias humanitarias
Proteger la vida y la dignidad Prevenir el sufrimiento.
12
Marco normativo de la protección
13
Marco normativo - DIH Convenios de Ginebra de 1949
Todos los Estados (194) son partes. Protocolo adicional I de 1977, aplicable en los conflictos armados internacionales (CAI). Protocolo adicional II de 1977, aplicable en los conflictos armados no internacionales (CANI). Y otros tratados del DIH.
14
http://www. cicr. org/spa/resources/documents/misc/party_main_treaties
15
DIH - Normas Fundamentales
Distinción Proporcionalidad Humanidad
16
DIH - Normas Fundamentales
No serán objeto de ataque la población civil colmo tal ni las personas civiles. Artículo 51 del Protocolo I de 1977 Artículo 13 del Protocolo II de 1977 Los civiles no deben ser atacados. DIH Consuetudinario, Norma 1.
17
DIH - Normas Fundamentales
Tambien protegidos: Bienes Civiles; Personal e instalaciones de salud; Personas fuera de combate.
18
Los ataques intencionales contra la población y las personas civiles son crímenes de guerra. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, art. 8 En CAI y en CANI.
19
Obligaciones de los Estados
Respetar y hacer respetar el DIH. Art. 1 de los Convenios de Ginebra de 1949. Adoptar medidas nacionales de aplicación del DIH, que son ante todo preventivas. Sancionar a los responsables de las infracciones graves.
20
Responsabilidades de los jefes o comandantes militares
Protocolo I de 1977: Artículo 86 – por omisión + art. 28 Estatuto de la CPI. Artículo 87 – deberes: Impedir las infracciones. Instruir y entrenar en DIH. Sancionar o poner a disposición de la autoridad competente para san-cionar a los infractores.
21
Deberes de los combatientes o personas que participan en las hostilidades:
Abstenerse de atacar a la población, a las personas y a los bienes civiles. Tratar con humanidad a las personas puestas fuera de combate. Respetarlas y protegerlas. Entregar a los capturados a sus superiores militares o policiales. Facilitar las tareas médicas.
23
Otras situaciones de violencia
Otras situaciones de violencia que no son conflictos armados: Tensiones y disturbios internos. No son conflictos armados - no se aplica el DIH
24
Otras situaciones de violencia
Derecho de los derechos humanos Derecho interno estatal: Garantías constitucionales Medios y mecanismos de protección de los derechos humanos.
25
Otras situaciones de violencia - OSV
Homicidios y masacres. Violencia sexual. Detenciones masivas / arbitrarias. Tortura y malos tratos. Desapariciones (forzadas). Desplazamientos (forzados) de población. Daños a bienes civiles. Ataques a la misión médica. Obstáculos a la atención en salud.
26
Caso Practico Las personas desaparecidas
Civiles & combatientes muertos a raíz de acciones armadas (sin recuperar el cuerpo) Combatientes heridos trasladados a hospitales Victimas de desplazamientos forzosos Víctimas de desaparición forzada: víctimas de detenciones secretas víctimas ejecuciones y masacres seguidas de ocultamientos de cadáveres reclutamiento (forzado) + desconocimiento de la familia de esta situación
27
Las personas desaparecidas están vivas o muertas?
Incertidumbre = sufrimiento grave y continuado equivalente a la tortura y/o malos tratos El impacto de la desaparición afecta a: las familias, a la comunidad y a la sociedad Por ello, los familiares tienen el derecho a saber, a la reunificación y a la reparación
28
Principio Rector Los familiares de las personas desaparecidas son
parte nuclear de las investigaciones sobre el paradero de sus seres queridos
29
Obligaciones del Estado bajo DIH y DIDDHH
Proteger a las personas contra las desapariciones; Prevenir nuevas desapariciones; Clarificar el paradero de los desaparecidos.
30
Respuesta efectiva a las necesidades de las familias
Coordinación Interinstitucional; Dialogo Estado - Familias Desarrollo e Implementación de normas aplicables del derecho internacional (DIH y DDHH). Búsqueda, investigación e identificación de las personas desaparecidas Restablecimiento de contactos familiares.
31
Referencias Resolucion OEA Sobre Personas desaparecidas
Consenso Mundial de Principios y Normas mínimas (2011) Guía CICR/UIP para Parlamentarios Ver:
32
Gracias! Preguntas ?
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.