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Universidad de Quintana Roo

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Presentación del tema: "Universidad de Quintana Roo"— Transcripción de la presentación:

1 Universidad de Quintana Roo
Gestion Ambiental Derecho Ambiental

2 Administración Ambiental
Gestión ambiental La gestión ambiental es el conjunto de actividades humanas que tienen por objeto el ordenamiento del ambiente. Política Administración Ambiental Derecho 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

3 Los sistemas de organización de la gestión ambiental

4 Sistemas de organización de la gestión ambiental
Participación social Sectorización – Transectorizacion Centralizadas y descentralizadas 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

5 La descentralización de la Gestion Ambiental
Plantear estrategias En sectores, regiones, Estados y Municipios Debe de responder: Definiciones Criterios Programas Entender que: Proceso de transferencia de atribuciones, funciones y recursos Transferencias de funciones y recursos. 23 de Septiembre de 2015 Gestion Ambiental

6 Ley General del Equilibrio Ecologico y la Proteccion al Ambiente
Publicada el 28/01/ 1988 en el DOF 2005, 2006, 2007 y 2008. Modificada en 1996, 2001, 2003. Basada por la CPEUM. Zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción Protección al ambiente del territorio nacional Preservación y restauración del equilibrio ecológico. 23 de Septiembre de 2015 Gestion Ambiental

7 Disposiciones de la LGEEPA
Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar; Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación; La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente; La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y la administración de las áreas naturales protegidas; El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas; La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo; 23 de Septiembre de 2013 Gestion Ambiental

8 7. Garantizar la participación correspondiente de las personas, en forma individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente; 8. El ejercicio de las atribuciones que en materia ambiental corresponde a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el articulo 73 fracción XXIX-G de la constitución; 9. El establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y concertación entre autoridades, entre estas y los sectores social y privado, así como con persona y grupos sociales, en materia ambiental, y 10. El establecimiento de medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta ley y de las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones administrativas y penales que corresponda. 23 de Septiembre de 2015 Gestion Ambiental

9 Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)
Planear la política ecológica Promover la vigilancia y difusión de actividades de protección al medio ambiente Aplicación de medidas establecidas en la ley y tratados internacionales Coordinarse, asistir y asociarse con todos los organismos relacionados con la materia, secretarias y Gobierno. Relaciones con otras autoridades en asuntos de interés general de la nación en materia ecológica. Actividades de índole ecológica con autoridades y organismos 23 de Septiembre de 2015 Gestion Ambiental

10 Responsabilidades que la LGEEPA otorga a la SEMARNAT
Formular la política ambiental y llevar a cabo su planeación así como el ordenamiento ecológico del territorio nacional. Desarrollar y aplicar los instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de la política ambiental Regular los asentamientos humanos y llevar a cabo las auditorias, los estudios de impacto y riesgo ambiental. Promover la investigación y educación ecológica. Crear, administrar y vigilar áreas naturales protegidas marinas y terrestres Proteger la flora y fauna silvestre, y los ecosistemas marinos. Llevar a cabo el manejo sustentable del agua, del suelo y sus recursos Prevenir y controlar la contaminación de la atmosfera Reglamentar productos, residuos y actividades riesgosas. Normar los riesgos ambientales por ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica, olores y contaminación visual. Prevenir el daño ambiental por energía nuclear y radioactividad. 23 de Septiembre de 2015 Gestion Ambiental

11 Secretaria de Agricultura, Ganaderia, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentacion (SAGARPA)
Art. 143 Participación en los efectos ecológicos de los plaguicidas, fertilizantes y materiales peligrosos, incluyendo disposición final de sus residuos, empaques y envases vacíos. Art. 104 Intervención en la autorización del uso de suelos cuando su cambio pueda afectar el equilibrio ecológico. Art. 51 Manejo sustentable de los ecosistemas marinos y la regulación del aprovechamiento sustentable de la flora y fauna acuáticos. 23 de Septiembre de 2015 Gestion Ambiental

12 Secretaria de Salud 13 de Septiembre de 2015 Gestion Ambiental
Art. 143 intervención en la formulación de normas técnicas sobre plaguicidas, fertilizantes y sustancias toxicas que tengan efectos ecológicos. Art. 90 intervención de normas técnicas para el uso o aprovechamiento de las aguas residuales Art. 132 participación para la prevención y el control de la contaminación del medio marino. 13 de Septiembre de 2015 Gestion Ambiental

13 Secretaria de Comercio y Fomento Industrial
Art. 85 medidas para regular la explotación e importación de la flora y fauna silvestre; de materiales peligrosos (art. 143), y los contaminantes de vehículos en la atmosfera Art promoción de empaques y envases cuyo material sean susceptibles de reuso para reducir la producción de desechos solidos. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

14 Secretaria de Marina 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental
Art. 51 otorgar la facultad de proponer el establecimiento de parques marinos nacionales y participar en la administración de los mismos. Art. 130, 132, 150 y 161 vigilar, prevenir y controlar la contaminación del medio marino de acuerdo a la Ley Federal del Mar y el Reglamento para Prevenir y Controlar la Contaminación del Mar. La LGEEPA requiere su opinión sobre la prevención y el control de medio marino, así como actividades, materiales y residuos riesgosos. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

15 Secretaria de Comunicaciones y Transportes
Establecer normas para el control de contaminación como ruido de diversos transportes Reglamento para la protección del ambiente por la contaminación originada por la emisión del ruido. Valoración sobre la prevención y control del medio marino y sobre el transporte de materiales y residuos peligrosos. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

16 Secretaria de Gobernación
La LGEEPA le da la intervención en la clasificación de actividades riesgosas, en el manejo de materiales y residuos peligrosos, así como en los análisis de estudios de riesgo ambiental. Secretaria de Trabajo y Previsión Social La LGEEPA le da la función de desarrollar la capacitación y el adiestramiento para el trabajo en materia de protección del ambiente y equilibrio ecológico a través de las comisiones mixtas de seguridad e higiene. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

17 Secretaria de Educación Publica
Tiene la obligación de incorporar la materia ecología a la enseñanza, tanto en los ciclos elementales como en la educación superior y en los organismos dedicados a la investigación, así como en el desarrollo de especialistas en la materia Secretaria de Economía Quienes realicen actividades deben de contar con un seguro de riesgo ambiental y tener la aprobación de esta y otras secretarias. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

18 Organizaciones no Gubernamentales

19 ¿Qué es una ONG? Según la Organización de las Naciones Unidas (ONU) una Organización No Gubernamental es “cualquier grupo de ciudadanos voluntarios sin ánimo de lucro que surge en el ámbito local, nacional o internacional, de naturaleza altruista y dirigida por personas con un interés común”.  23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

20 Características Marco normativo
1.Son instituciones independientes y no una parte orgánica de estructuras mayores. 2.No están autorizadas para hablar en representación de otros. 3.Los servicios sociales que prestan no son autosustentables. 4.Tienen que producir proyectos que interesen a los iniciadores e implementarlos en forma eficiente. 5. Dependen de resultados que duren en el tiempo y están obligados a competir por fondos para sus proyectos. Marco normativo El artículo 9 constitucional establece 'no se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

21 ONG Mexicanas De las 35 mil organizaciones civiles solo mil son de tipo ambientalista(segùn cifras del Instituto Nacional de Ecología de la SEMARNAT). CEEMDA Es una organización no gubernamental, apolítica y sin fines de lucro que desde hace 21 años trabaja para la defensa del medio ambiente y los recursos naturales. Fue fundado en agosto de 1993, en el contexto de la firma del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá (TLC), a iniciativa de un grupo de abogados mexicanos interesados en el desarrollo, aplicación efectiva y mejoramiento del derecho ambiental como medio efectivo para la protección del medio ambiente y los recursos naturales de México. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

22 Pro Natura ESPACIOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Es una organización ambiental con larga y reconocida trayectoria en México, cuya misión es conservar la flora, la fauna y los ecosistemas prioritarios, promoviendo un desarrollo de la sociedad en armonía con la naturaleza.  ESPACIOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE Asociación de ámbito nacional, reconocida por el resultado e impacto de sus proyectos y por el manejo responsable de recursos financieros. Recuperación y monitoreo de especies en riesgo o peligro de extinción. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

23 Beta Diversidad Asociación civil sin fines de lucro nacida en 2004, conformada por un grupo de profesionales de diversas disciplinas, cuya finalidad y esfuerzo se enfocan en la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento y recuperación de los servicios ambientales de los ecosistemas de las áreas protegidas de México. 23 de Septiembre de 2015 Footer text here

24 WWF Es la organización de conservación líder en el mundo. Se distingue por una combinación de presencia local y alcance global, así como por soluciones innovadoras que satisfagan las necesidades tanto de la gente como de la naturaleza. Greenpeace México Es la organización ambientalista más reconocida, decidida y audaz en la defensa del medio ambiente  en el mundo. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

25 La política ambiental

26 La política ambiental, formulación de la vía legislativa.
Las políticas son el conjunto de objetivos, principios, criterios y orientaciones generales para la protección del medio ambiente de una sociedad particular. Esas políticas se ponen en marcha mediante una amplia variedad de instrumentos y planes. Distinguir entre políticas, instrumentos y planes es necesario para efectos analíticos y prescriptivos pero estas tres dimensiones se encuentran con frecuencia fundidas en la práctica y diferenciarlas no resulta una tarea fácil. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

27 Las políticas con sus objetivos, principios, criterios y orientaciones generales impulsan nuevos procesos y tecnologías más beneficiosas con el ambiente y desarrollan nuevas formas de relación con la naturaleza. Las políticas deben reflejar las prioridades ambientales, y al ser expresadas mediante los instrumentos y planes se constituyen en verdaderas agendas de trabajo. Esta primera vía legislativa, es aquella que se formula mediante el sistema jurídico previsto para la elaboración de leyes, a través del proceso legislativo. Además, es el instrumento jurídico que concentra las principales políticas ambientales, las normas que se emiten mediante esta vía son jerárquicamente a cualesquiera otra, además, es obligatoria para el Estado y la Sociedad. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

28 LAS BASES CONSTITUCIONALES:
Articulo 15 de la LEGEEPA: Quien realice obras y actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, esta obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como a asumir los costos que dicha afectación implique. Asimismo, debe incentivarse a quien proteja al ambiente y aproveche de manera sustentable los recursos naturales. LAS BASES CONSTITUCIONALES: A. Artículo 4° Constitucional. B. Artículo 25 Constitucional. C. Artículo 27 Constitucional. D. Artículo 73 Constitucional. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

29 Programas que se elaboran de la armonización legislativa
Programa forestal Programa de suelos Programa de pesca y acuicultura Programa hidráulico Programa de áreas naturales protegidas Programa de conservación de la vida silvestre y diversificación productiva en el sector rural 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

30 El artículo 15 de la LGEEPA señala que para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esa Ley, en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, el Ejecutivo Federal debe observar diversos principios, entre los que figuran por su relevancia: Los ecosistemas son patrimonio común de la sociedad y de su equilibrio dependen la vida y las posibilidades productivas del país y deben ser aprovechados de manera que se asegure una productividad óptima y sostenida, compatible con su equilibrio e integridad Las autoridades y los particulares deben asumir la responsabilidad de la protección del equilibrio ecológico; Quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como a asumir los costos que dicha afectación implique. Asimismo, debe incentivarse a quien proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable los recursos naturales 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

31 La prevención de las causas que los generan, es el medio más eficaz para evitar los desequilibrios ecológicos; El aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe realizarse de manera que se asegure el mantenimiento de su diversidad y renovabilidad; Los recursos naturales no renovables deben utilizarse de modo que se evite el peligro de su agotamiento y la generación de efectos ecológicos adversos; En el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieren al Estado, para regular, promover, restringir, prohibir, orientar y, en general, inducir las acciones de los particulares en los campos económico y social, se considerarán los criterios de preservación y restauración del equilibrio ecológico. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

32 Asimismo, la LGEEPA señala que dichos principios deben ser también aplicados y observados por las entidades federativas y los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias En adición a lo anterior, la Fracción II del artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal señala que es competencia de la SEMARNAT: “Formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; así como en materia de ecología, saneamiento ambiental, agua, regulación ambiental del desarrollo urbano y desarrollo de la actividad pesquera, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades” 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

33 SEMARNAT para otras actividades como:
Asimismo las Fracciones IV, XVI, XXXV, XL de dicho artículo otorga competencia a la SEMARNAT para otras actividades como: Establecer las Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental. Conducir la política nacional sobre cambio climático y protección de la capa de ozono. Participar en la determinación de estímulos fiscales y financieros en materia ambiental. La adopción de instrumentos económicos en materia ambiental. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

34 La política ambiental, formulación de la vía administrativa
La legislación federal administrativa faculta a ciertas dependencias y entidades de la administración publica federal para formular y aplicar la política ambientales, pero en especial a la SEMARNAT La misma Ley Orgánica de la Administración Publica Federal que compete a la SEMARNAT: “formular y conducir de la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; así como en materia de ecología, saneamiento ambiental, agua, regulación ambiental del desarrollo urbano y desarrollo de la actividad pesquera, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades”. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

35 Así mismo la Fracción I del Articulo 5 de la LEGEEPA se establece que son facultades de la Federación (SEMARNAT) la formulación y conducción de la política ambiental nacional. El Instituto Nacional de Ecología (INE) en su calidad de órgano nos dice que este tiene como función Formular, conducir, evaluar la política y protección del medio ambiente, para asegurar la conservación y restauración de los ecosistemas así como su aprovechamiento y desarrollo sustentable. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

36 La política ambiental por la vía de planeación
Antes de la expedición de la LEGEEPA la política ambiental se encontraba inmersa en el sistema de planeación nacional para el desarrollo aunque esta no estaba especificada como tal Posterior a la expedición de la LEGEEPA se incorpora la política ambiental como tal en el plan de desarrollo en su articulo 17 Las bases para la planeación del desarrollo se encuentran en los artículos 25 y 26 de la carta magna 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental

37 "Donde haya un árbol que plantar, plántalo tú
"Donde haya un árbol que plantar, plántalo tú. Donde haya un error que enmendar, enmiéndalo tú. Donde haya un esfuerzo que todos esquivan, hazlo tú. Se tú el que aparta la piedra del camino". Gabriela Mistral 

38 Bibliografía Introducción a la Ecología; Baqueiro Rojas, Edgar; Baqueiro Cárdenas, Lizbeth; Baqueiro Cárdenas, Erick; Segunda edición, editorial OXFORD. 23 de Septiembre de 2015 Gestión Ambiental


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