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MUERTE DIGNA Y CUIDADOS PALIATIVOS

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Presentación del tema: "MUERTE DIGNA Y CUIDADOS PALIATIVOS"— Transcripción de la presentación:

1 MUERTE DIGNA Y CUIDADOS PALIATIVOS
“La ciencia que se aparte de la justicia más que ciencia debe llamarse astucia.” Marco Tulio Cicerón (106 AC-43 AC) Escritor, orador y político romano.

2 DEFINICIONES Eutanasia en el sentido estricto sería la provocación directa y deliberada de la muerte del enfermo por piedad y compasión, para evitar sufrimiento o para acabar con una vida inútil: voluntaria a petición del enfermo. Involuntaria a petición de los familiares sin autorización del enfermo. Distanasia: prolongación de la vida del enfermo por medio de todos los recursos posibles: incluso aquellos extraordinarios, costosos, difíciles y molestos. Encarnizamiento terapéutico

3 Definiciones Adistanasia: abandono de las técnicas necesarias para mantener la s constantes biológicas de un enfermo que ha perdido su condición humana: cese irreversible de la función cerebral: Ortotanasia: dejar morir en paz.

4 ¿Cómo definir al enfermo terminal?
Es aquel que padece una enfermedad para la cual no hay cura eficaz ni tratamiento que prolongue su vida con calidad, y se espera en forma natural su deceso antes de 6 meses.

5 La petición de muerte Generalmente lo que el paciente busca no es morir sino solucionar otras situaciones que causan su sufrimiento: Soledad, dolor, incapacidad propia, ser molestia y estorbo para los demás, miedos interiores, depresión, agotamiento…

6 TIPOS DE EUTANASIA Suicidio Homicidio Suicidio asistido
Juicio moral: siempre es ilícita. A nivel de Intenciones: Hay eutanasia cuando se desea la muerte de la persona, al aplicar una medida paliativa. No la hay si el intento es disminuir el dolor. A nivel de métodos: Hay eutanasia cuando se omiten terapias normales o se administran directamente sustancias mortales. No hay eutanasia si se omiten terapias desproporcionadas o se rechazan terapias de alto riesgo o costo.

7 Encarnizamiento terapéutico
Es el uso de terapias inútiles o ineficaces para la curación del enfermo que aumentan la penalidad de la enfermedad y se configuran desproporcionadas en relación al riesgo beneficio.

8 CRITERIOS DE PROPORCIONALIDAD
Es lícito recurrir con el consentimiento del paciente y a falta de otros remedios, a los medios más avanzados aunque estén en estadío experimental y no exentos de riesgos. Es lícito interrumpir la aplicación de dichos medios cuando los resultados defraudan las esperanzas puestas en ellos. Es lícito conformarse con los medios normales que la medicina puede ofrecer. Es lícito, en la inminencia de una muerte inevitable, renunciar a tratamientos que procurarían una prolongación penosa de la vida sin interrumpir los cuidados normales como alimentación, higiene, hidratación y ayuda a la respiración.

9 CUIDADOS PALIATIVOS Derechos del enfermo terminal: Organización panamericana de la salud en 1999: Mantener su dignidad, derecho a obtener información veraz y oportuna,derecho a participar en las decisiones, derecho a que no se le acelere o posponga la muerte. Derecho a no ser resucitado. Derecho a obtener alivio efectivo de su dolor. Derecho a estar con su familia, a que se respete su privacidad, a ser acompañado en el momento de la muerte, asistencia espiritual de acuerdo a su religión.

10 CUIDADOS PALIATIVOS Medicamentos: de acuerdo a los síntomas: valorar riesgo/beneficio, costo/efectividad. Transfusiones? Cuidados elementales: alimentación, hidratación, movilización en cama, curación o limpieza de heridas. Atención familiar: compañía, manifestaciones de cariño. Atención espiritual.

11 Muerte Digna Ley General de Salud Título XIV Cap III
ARTICULO 345. No existirá impedimento alguno para que a solicitud o autorización de las siguientes personas: el o la cónyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes, los ascendientes, los hermanos, el adoptado o el adoptante; conforme al orden expresado; se prescinda de los medios artificiales que evitan que en aquel que presenta muerte cerebral comprobada se manifiesten los demás signos de muerte a que se refiere la fracción II del artículo 343. 8 II. Electroencefalograma que demuestre ausencia total de actividad eléctrica cerebral en dos ocasiones diferentes con espacio de cinco horas.

12 CRITERIOS DE MUERTE ENCEFÁLICA
De acuerdo al Informe Harvard 1968 1.ausencia completa de conciencia, motilidad y sensibilidad 2. apnea (ausencia de respiración espontánea) 3. ausencia de reflejos que involucren nervios craneanos y tronco cerebral (situados en el sistema nervioso central) 4. trazado electroencefalográfico plano o isoeléctrico. Cumplidas estas condiciones durante un tiempo estipulado, y previo descarte de la existencia de hipotermia (p.ej. por enfriamiento o congelamiento accidental) o intoxicación por drogas depresoras del sistema nervioso (barbitúricos en esa época), 


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