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Prof. M.Pilar Cousido González Curso académico 2011-2012 DERECHO DE LA INFORMACIÓN.

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1 Prof. M.Pilar Cousido González Curso académico 2011-2012 DERECHO DE LA INFORMACIÓN

2 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) NORMATIVA DE REFFERENCIA: R.D.Leg. 1/1996, Propiedad Intelectual Conv. Europeo TV Transfronteriza, 1989 (atención: Protocolo enmienda Convenio E. TV Transfronteriza) Convención Roma, 1950 (art. 10) Carta Niza, 2000 (proclamada por 2ª vez, dic. 2007, DOCE C83, 2010) Directiva 89/552, modif. Dva 2007/65, TV sin Fronteras (L. 22/1999): atención DVA 2007/65 y Ley 7/2010, General Comunicación Audiovisual R.D.Leg. 1/2007, Texto Refundido Ley General Defensa Usuarios y Consumidores y Ley 44/2006, Mejora Protección Usuarios y Consumidores L.O. 2/1980, Referendum L.O. 5/1985, Electoral General (art. 69) L.O. 2/1997, Cláusula Conciencia L. 17/2006, Corporación RTVE L.O. 10/1991, Publicidad Electoral Emisoras Municipales Radiodifusión Sonora L.O. 14/1995, Publicidad Electoral Emisoras TV Local Ondas Terrestres L. 60/2003, Arbitraje R.D. 1462/1999, sobre Derecho Usuarios a Ser Informados Programación a Emitir, modificado por R.D. 920/2006, sobre Reglamento de RTV por Cable. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA: Ley 21/1997, Fútbol (DEROGADA, PERO DOCTRINALMENTE DE INTERÉS) Instrucción 13/IX/1999, Junta Electoral Central, sobre Objeto y Límites Campañas Institucionales

3 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Estructura tema: Marco jurídico-legal del derecho a recibir información audiovisual Los derechos en Europa La justificación de la recepción libre de información Las audiencias Los derechos del público a la información Los derechos de los prestadores de comunicación audiovisual Responsabilidad editorial del difusor de programas Derechos exclusivos de los radiodifusores en caso de acontecimientos interés público: los riesgos para los derechos del público a la información El Estado, el ejercicio de la facultad de difundir La publicidad

4 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Lista derechos Carta Niza (2ª versión, 2007): Dignidad Libertad Seguridad Libertad expresión Pluralismo medios Educación y formación continua Igualdad laboral Igualdad indiscriminada (en particular, de género) Derecho a información trabajadores y a solidaridad Derecho voto activo y pasivo (Parlamento CE, municipales) en lugar residencia Tutela judicial efectiva Derecho de acceso a información pública

5 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Razones específicas para la recepción libre de información audiovisual: Capacidad propagandística Misión formativa e informativa La excepción cultural europea

6 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) El principio general: reconocimiento de la libertad de recibir, sin injerencias. Obligación Estados: garantizarla. Las excepciones: Límite formal factible: régimen autorización previa para empresa radiodifusión/cine/tv Razón escasez técnica Razón conveniencia política Límites sustantivos: seguridad nacional, integridad territorial, seguridad pública, defensa orden, prevención delito, protección salud/moral, protección reputación/derechos ajenos, protección informaciones confidenciales, garantía autoridad / imparcialidad poder judicial

7 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Marco iusinformativo negociación derechos exclusivos operadores rtv/titulares dchos: respeto a principio publicidad y libre competencia, consideración estabilidad económica clubes/s.a. deportivas, viabilidad competición, interés usuarios, condiciones difusión, franja horaria, importancia acontecimiento no a interferencias técnicas respeto de normas españolas sustantivas (medio ambiente, urbanismo, derechos fundamentales, etc.) no restricción derecho a libre acceso por tv de parte sustancial del público de otro Estado, si de interés general en dicho Estado

8 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Art. 19 Ley Com. Aud.: Obligación de permitir que otros prestadores ofrezcan un breve resumen informativo del acontecimiento deportivo (en programas de información general). No se podrá exigir contraprestación cuando el resumen sea para un informativo, de una duración inferior a 3 minutos y en diferido. Es derecho de los prestadores de comunicación audiovisual el acceso a los recintos, en zona autorizada, en que se celebre el evento. Marco tradicional de negociación derechos exclusivos (art. Ley Fútbol, derogada por Ley Com. Aud.): Cesión derechos Derecho efectivo a información: acceso libre informadores a recintos deportivos TVs: (autorización previa titulares derechos explotación audiovisual de acontecimientos) no contraprestación para imágenes con destino a telediarios, emisión máxima 3 minutos/competición Sí contraprestación, imágenes en recintos cuando tengan destino en programas deportivos especializados Radios: (autorización previa titulares derechos explotación audiovisual de acontecimientos) sin límite tiempo/directo

9 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Interés público: CRITERIOS Periodicidad Catálogo del Consejo Emisiones y Retransmisiones Deportivas (en el futuro, Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, de conformidad con la Ley de Com. Aud. (Informe previo Com. Deportiva del Cjo. Superior Deportes, tras oír a partes) Atracción sobre audiencia Importancia acontecimiento en ámbito deportivo nacional Tradición competición/acontecimiento Un encuentro/jornada directo, abierto y para todo el territorio estatal, si operador interesado en hacerlo. Anticipación programación diaria (también películas y espectáculos): 3 días. Evitar CONTRAPROGRAMACIÓN, modo COMPETENCIA DESLEAL- Datos Operadores acceso condicional

10 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) La información pública: PROPAGANDA ELECTORAL PUBLICIDAD ADMINISTRATIVA INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA

11 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Propaganda electoral: Inserción obligada y gratuita en m.c. públicos Inserción pagada en m.c. privados No propaganda electoral: información a ciudadanos sobre listas censales, datos esenciales para salvar interés público/funcionamiento s.p. –prohibición referencia logros del mandato político y de uso imágenes campañas electorales. Campañas referenda: espacios gratuitos m.c. públicos Campañas electorales: reserva gratuita lugares por ayuntamientos; emisiones gratuitas en televisiones públicas; espacios gratuitos para elecciones locales en radios locales de ayuntamientos; en tvs privadas y tvs cable, programas políticos basados en igualdad, neutralidad y pluralismo, sin publicidad.

12 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Publicidad administrativa Tarifa usual (UE) No tienen consideración publicidad: anuncios benéficos difundidos gratis, autopromociones de tvs

13 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Ilicitud mensaje publicitario: ATENCIÓN, APROBADA DVA 2007/65, DE SERVICIOS MEDIOS AUDIOVISUALES SIN FRONTERAS, MODIFICANDO DVA TV SIN FRONTERAS, traspuesta por L. Comunicación Audiovisual Formal: exceso tiempo legal (12 min. por hora); subliminal; ubicación perjudicial para derechos titulares emisiones, integridad contenidos, valor emisiones; encubierta; condiciones técnicas ilegales (canales televenta, canales autopromoción, patrocinio, medidas específicas) Sustantiva: engañosa; contraria a intereses consumidores; que influya en la línea editorial; que distorsione competencia; que incumpla normativa publicitaria; que infrinja el Título I Constitución; la desleal; la denigrante; la comparativa; que lo sea de tabaco y de alcohol; que no respete normas especiales (alimentos, anticonceptivos, medicamentos, productos sanitarios, juegos envite...)

14 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Audiencias: encuestas Especificaciones imprescindibles en la publicación Rectificación sondeos difundidos ilegalmente Prohibiciones difusión sondeos

15 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Audiencias: menores Publicidad No perjuicio moral/físico Televenta: No perjuicio moral/físico Programación: No perjuicio moral/físico/mental No fomento odio/discriminación Horario mayores: de 22.00 a 6.00 Advertencia acústica y óptica Incorporación mecanismos automáticos de desconexión

16 FACULTAD DE RECIBIR INFORMACIÓN (2) Controversias s/información: Resolución judicial Resolución extrajudicial: Arbitraje Mediación/Conciliación


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