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Santiago Martínez Mendoza Concejal de Medellín

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Presentación del tema: "Santiago Martínez Mendoza Concejal de Medellín"— Transcripción de la presentación:

1 Santiago Martínez Mendoza Concejal de Medellín 2012 - 2015
EL COMPONENTE PARTICIPATIVO EN LA FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL Santiago Martínez Mendoza Concejal de Medellín

2 EL GRAN LODRO DE ESTA DECADA: ACUERDO 043 DE 1996
Del centralismo tecnocrático a la participación ciudadana Antes de 1991 1991 En Colombia había una Planeación tecnocrática, gubernamental y centralizada . Nueva Constitución Política de Colombia – Consagra la Participación como eje de la Gestión Pública. Precaria reglamentación: (Acu. 41/92 – Dec. 199/93) -Listados de propuestas y prioridades. No hay Plan de Desarrollo Normas orgánicas de Planeación y Presupuesto: El Plan de Desarrollo instrumento central de gestión Territorial. Acuerdo 043/96 se formaliza en Medellin el SMP. DÉCADA DEL 90, se realizan Foros comunales impulsados por la Consejería En1991 se realizó “Seminario Alternativas de Futuro para Medellín” una estrategia para que todos en la ciudad construyéramos visión compartida – las organizaciones hablaron sobre planeación zonal En 1993 se aprueba el Plan Desarrollo Estratégico el cual contempla claramente los PLANES ZONALES como instrumentos planificadores En 1994 se realiza el Plan de Desarrollo de la zona Nor Oriental 1996 se realiza el Plan de la zona Nor Occidental EL GRAN LODRO DE ESTA DECADA: ACUERDO 043 DE 1996 1998 se realiza los de las zonas Centro Oriental y Sur Occidental. Se crean los CERCAS y Gerentes Sociales El mayor número de experiencias de planeación reportadas se ubican en la escala zonal. Cinco años después de haberse aprobado la Constitución, Medellín lograba la creación formal del Sistema Municipal de Planeación. Pero la participación democrática en los procesos planificadores era más norma que realidad…

3 Contexto Histórico de la Participación
Antes de la Constitución de 1991 La planeación y las decisiones estaban centralizadas a nivel nacional. Era un ejercicio fundamentalmente tecnocrático que: Privilegiaba la norma y el procedimiento rígido. Ponía al estado como mega actor por encima de la sociedad civil. Constitución de 1991: Consagra la participación ciudadana como eje fundamental de la gestión del Estado y de la planificación del desarrollo en todas sus dimensiones. Medellín hace sus asomos normativos: acuerdo 41 de 1992 y decreto 199 de 1993: Trazan algunos procedimientos para la formulación de los Planes Anuales de Inversión. Sin las normas orgánicas de la Planeación y el Presupuesto, sin la existencia del Plan de Desarrollo, se partía no del Plan, sino de “listados de propuestas y prioridades”

4 LA PARTICIPACIÓN ES INHERENTE A LA DEMOCRACIA: O hay participación o no hay democracia.
“Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”. Art.1 CN

5 Artículo clave de la constitución
Son fines esenciales del Estado: (…) facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida (…) cultural de la Nación…

6 DOS VÍAS HISTÓRICAS DE LA PARTICIPACIÓN:
La participación alternativa y contestataria de los movimientos sociales El dialogo legitimador de la institucionalidad, organizado desde el Estado NUEVO CONTEXTO La participación ciudadana abre el diálogo en dos direcciones: Pedagógica: el ciudadano debe y quiere entender la lógica de las políticas, las propuestas de los planes y los problemas que enfrenta su realización. Punto de partida para el diálogo. Práctica: recoger inquietudes, opiniones de quienes viven y padecen los problemas, y los impactos de los planes y de la gestión pública, normalmente ignorados por los expertos.

7 LA PARTICIPACIÓN DEBE ACOMPAÑARSE:
Proceso de formación básica de la opinión pública Estrategia de comunicación pública y de divulgación. Esquemas de corresponsabilidad en las decisiones y acciones para el Desarrollo. Mecanismos orientados a catalizar los grandes intereses políticos y económicos que subyacen en el proceso de toma de decisiones.

8 La planeación expresión modernización de la gestión territorial:
. Elección popular de alcaldes . la Constitución Política de 1991, . la ley 152 de 1994 . Sistema municipal de planeación de Medellín. Atributos modelo de gobernabilidad democrática municipal, para el fortalecimiento de la Administración publica: Responder al mandato popular, democracia y la participación continua y permanente de la comunidad; la transparencia de decisiones públicas; el control ciudadano, político y fiscal; la eficiencia en el gasto social; Procesos de inclusión social y respecto por las diferencias; la capacidad para articular los diferentes instrumentos de la planeación del desarrollo y su armonización con planes de mayor jerarquía territorial; y respeto y promoción de los derechos humanos.

9 La planificación como fundamento de la gestión municipal.
“La planificación en el ámbito de la administración local es una fase de la gestión pública, definida ésta última, como un proceso integral, sistemático y participativo, que articula los procesos de planificación, ejecución, control y evaluación de las principales estrategias de desarrollo económico, social y ambiental, sobre la base de las metas acordadas de manera democrática. (DNP. Planificación: Base de la gestión municipal)”.

10 La planificación como proceso e instrumentos

11 Instrumentos de Planificación Instrumentos de Gestión e Información
El Sistema nacional de Planeación. Estructura del Sistema Nacional de Planeación Normas Escalas Autoridades Instancias Instrumentos de Planificación Instrumentos de Gestión e Información Mecanismos de Control Mediano Plazo Largo Plazo Constitución Política del 91, ley 152 de 1994, Ley 388 de 1997. Documentos Conpes y Confis Sistema Nacional de Planeación Presidente Departamento de Planeación Nacional Ministerios Congreso. Consejo Nacional de Planeación. Plan Nacional de Desarrollo. Vision Colombia 2019 Sistema de información Banco Nacional del PPI, DANE, SIGOB, SINERGIA Congreso, Contraloría, Personería. Sistema Departamental de Planeación Planeación Departamental Gobernador, Secretarios, Consejo de Gobierno Asamblea Consejo Departamental de Planeación. Consejos Consultivos Regionales y zonales. Plan Departamental de Desarrollo. Planes estratégicos subregionales. Directrices para los Planes de Ordenamiento Territorial. BDPP Sistema de información, estadísticas básicas Asamblea, Contraloría y Personería

12 Estructura del Sistema Municipal de Planeación de Medellín
Normas Escalas Autoridades de Planeación Instancias de Planeación Espacios de participación Consultiva Instrumentos de Planificación Instrumentos de Gestión e Información Mecanismos de Control Mediano Plazo Largo Plazo Ley 152/94, ley 388 del 97, acuerdo 43 del 2007 Sistema Municipal de Planeación Alcalde, Departamento Administrativo de Planeación Municipal. Secretarios y entidades descentraliza-das Concejo Municipal. Consejo Territorial de planeación. Las Juntas Administra-doras Locales Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial. Consejo municipal de política social y económica. Consejo municipal de valorización. Consejo Municipal Ambiental Plan Municipal de Desarrollo. Planes de Desarrollo de Comuna y Corregimientos Plan estratégico 2015, Planes De Ordena-miento Territorial. Planes sectoriales, Planes especiales rurales Sistema de monitoreo seguimiento y evaluación del P de D. Evaluación de impacto, Rendición de cuentas , Marco fiscal de largo y corto plazo, Sistema de información e indicadores (SITE;DICE; ECV, Sisben, Estratificación Socio Económica, Expediente Municipal, observatorio social Concejo. Contra-loría. Procura-duría. Persone-ría. Veeduría al plan de desarrollo veedurías ciudadanas Subsistema de planificación local (planeación CC-C JAL Equipos Zonales , lideres, organizaciones Asambleas Barriales Comisiones temáticas, equipo coordinador por comunas Presupuesto Participativo Sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación de los planes comunales y corregimentales y del PP Veeduría del plan local, veedurías por proyecto, comités de seguimiento, veeduría a la contratación. urbano Rural.

13 Los actores del sistema municipal de planeación

14 Los actores del sistema municipal de planeación
Funciones Instancias de Planeación Concejo Municipal Grupo representativo de la sociedad civil elegido por votación popular para el mismo periodo del Alcalde, es responsable junto con éste del desarrollo local y del debate y aprobación del Plan de Desarrollo. Consejo Territorial de Planeación Municipal Espacio de representación de todas las fuerzas vivas y grupos de interés del municipio, para que de manera articulada y concertada participen en la formulación del Plan. Las Juntas Administradoras Locales Las JAL, participa en la promoción de la formulación de los planes de desarrollo comunal y corregimental Las JAL como voceros de los consejos comunales y corregimentales, participaran en la gestión de los planes de desarrollo comunal y corregimental. Participan en la aprobación de los planes zonales de desarrollo (con la mitad mas uno de sus integrantes) Participan en el seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo comunal y corregimentales. Funciones de las Autoridades de Planeación El Alcalde Líder del desarrollo local; máximo orientador de la planeación en su jurisdicción. El Consejo de Gobierno Apoyar al alcalde en la formulación y ejecución de políticas, programas y proyectos de los sectores a su cargo. El Departamento Administrativo de planeación Ejerce el liderazgo, coordinación y concertación con el resto de secretarías o dependencias de la Administración territorial. Apoya la elaboración de los Planes indicativos de Acción y consolida el POAI. Es la responsable del diseño y puesta en marcha de la estrategia de seguimiento y evaluación al Plan. Secretarías Sectoriales y oficinas especializadas Responsables de definir programas y proyectos que permitan cumplir metas en su respectivo sector. Secretaria de Hacienda Es la responsable de la planificación financiera. Prepara los informes contables, presupuestales y financieros de cada período

15 Actores de la Planeación local y el Presupuesto Participativo.
Consejo Comunal y del Consejo Corregimental (Cc) Es el máximo orientador de la planeación participativa en cada una de las comunas y corregimientos. Es el encargado de legitimar y adoptar el plan de desarrollo de comuna ó de corregimiento, y de priorizar y aprobar las inversiones de Presupuesto Participativo que harán parte del Presupuesto Anual del Municipio.   Las comisiones temáticas de los CC Son grupos de trabajo creados para profundizar los diagnósticos temáticos, articular los problemas identificados por las Asambleas Barriales y Veredales, las recomendaciones de los Planes de Desarrollo local, y el análisis de las ofertas de la Administración para la elaboración  de las propuestas  una vez viabilizadas por  la Administración. Las Asambleas Barriales y Veredales Como órgano de planeación busca ampliar y asegurar  la  participación ciudadana tanto en la planeación local, como en el Presupuesto Participativo de las comunas y corregimientos. El Comité Municipal del Presupuesto Participativo Es un espacio de coordinación para el diseño de la metodología y del  Reglamento del Presupuesto Participativo. Órganos de control de la Planeación La Contraloría Le corresponde la vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales. La Personería La defensa del orden jurídico, del patrimonio público y de los derechos y garantías fundamentales; para la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público, la intervención en la solución de conflictos y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones publicas en el orden municipal. Las veedurías del plan de desarrollo municipal y de los planes de desarrollo comunales y corregimentales “ Son un mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público”. Las Veedurías Ciudadanas están reglamentadas por la Ley 850 del 2003 y el Acuerdo 142 de 2005 (que define, el procedimiento para su constitución.)

16 Instrumentos de gestión del desarrollo municipal y local

17 Fases del proceso de formulación del Plan de Desarrollo municipal.

18 Efectúan procesos de Concertación
ACTORES EN LA SOCIEDAD CIVIL ACTORES PUBLICOS Organismos y/o entidades que cumplen como garantes de los derechos sociales, atendiendo las necesidades de interés general. ACTORES PRIVADOS Líderes u organismos con ánimo de lucro y cuyo fin es prestar un servicio con un criterio de maximi- zación de la utilidad mediante un sistema de precios. ACTORES COMUNITARIOS Líderes u organizaciones cuyo objetivo es canalizar intereses de carácter colectivo. Efectúan procesos de Concertación en torno al territorio.

19 Conformación del Consejo territorial de Planeación

20 Estrategia de participación y de comunicaciones para la planeación del desarrollo Apoyo institucional para la participación

21 Estrategia de participación y de comunicaciones para la planeación del desarrollo

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24 ROLES DE LOS ACTORES Participación del equipo técnico político del candidato para construir el programa. Participación de la burocracia municipal en la formulación del anteproyecto así como en su promoción y difusión. Participación de la sociedad civil en la discusión y las propuestas, lo cual define la legitimidad. Participación de los técnicos y de la burocracia municipal en la síntesis de los diversos momentos del plan. Participación del sector político activo (Concejo) en la decisión del plan. Participación del Gobierno, sector privado y comunitario en la ejecución del plan. Participación de los técnicos en el monitoreo y evaluación del plan para la retroalimentación. Participación de la sociedad civil y los organismos de control en el seguimiento y control para la retroalimentación.

25 REFLEXIONES La participación ciudadana debe fomentarse desde la formación primaria, secundaria y universitaria. Para que haya ciudadanos y ciudadanas que participen, no basta con formar buenos profesionales. Se deben crear programas orientados al desarrollo de competencias cívicas y de formación de una ética para la vida colectiva. El fortalecimiento de lo local, necesario frente a las amenazas de la globalización (procesos de integración), pasa por mejorar las condiciones de la participación ciudadana en términos diálogo social constructivo y corresponsable.

26 REFLEXIONES La participación ciudadana exige mecanismos e instancias, pero fundamentalmente, una base social, cultural y ambiental que permita que el diálogo se nutra de la controversia, de la diferencia y del contraste de ideas. La participación tiene mayores posibilidades a nivel local, donde hay tejido social, solidaridad y confianza, en un ambiente físico vivo y cargado de significados históricos que vienen de generación en generación.


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