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Proyecto para la Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal Fernando Rodríguez Garro 14 de mayo de 2015.

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Presentación del tema: "Proyecto para la Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal Fernando Rodríguez Garro 14 de mayo de 2015."— Transcripción de la presentación:

1 Proyecto para la Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal Fernando Rodríguez Garro 14 de mayo de 2015

2 Justificación “La nueva administración no dará tregua a la evasión tributaria en todas sus manifestaciones. Esto resulta obligado por razones tanto éticas como prácticas.” Luis Guillermo Solís Rivera, 8 de mayo de 2014

3 Justificación “el control de la evasión y elusión tributaria son esenciales, pues es un hecho cierto que ambos fenómenos son una de las principales fuentes de inequidad. (…) los evasores terminan pagando menos impuestos que aquellos contribuyentes que, con igual capacidad de pago, deciden cumplir sus obligaciones tributarias. (…) A ello se agrega que las personas de mayores recursos pueden acceder con mayor facilidad a asesorías profesionales que muchas veces promueven estrategias de elusión tributaria o reducen los riesgos del incumplimiento.” Gómez Sabaini y otros: “Tributación, evasión y equidad en América Latina y el Caribe”, CEPAL.

4 Estimación del incumplimiento tributario en Costa Rica 2010-2012 (como porcentaje del PIB) 201020112012 TOTAL8,137,817,75 Impuesto de ventas2,092,072,18 Renta6,045,745,57 Asalariados y pensionados0,180,240,15 Personas físicas1,341,221,25 Personas jurídicas4,534,284,17

5 La evasión en Costa Rica Es un fenómeno generalizado, se da en todos los estratos de contribuyentes, pero concentrado en personas físicas y negocios medianos y pequeños. La forma más común de evasión es la declaración de gastos inflados en relación a los ingresos: se declaran gastos no deducibles, se inflan gastos por depreciación, se inflan gastos financieros, etc. La otra forma, más ubicada en personas jurídicas, es la subdeclaración de ingresos gravables o el ocultamiento de rentas. ¿Cómo atacar el problema?

6 Los ejes de la reforma Eliminar portillos legales para reducir o evitar por completo el pago de impuestos Controles cruzados con otros trámites públicos y gestiones particulares Acceso a información para el control del cumplimiento tributario Cerrar el ciclo de cobro en la Administración Tributaria Introducción de mejoras en la Ley de Impuesto sobre la Renta, para reducir la evasión de este impuesto

7 Eliminación portillos legales para reducir o evitar por completo el pago de impuestos Se introduce reformas para evitar que los contribuyentes detengan los procesos de fiscalización mediante la presentación reiterada de rectificaciones y la posibilidad de incluir sanciones administrativas de parte de las direcciones técnico-funcionales de Tributación. (reforma de los artículos 130 y 149 del CNPT) Se aclara también el concepto de “casa de estancia transitoria”, gravado en la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y que en la actualidad compite de forma desleal con los hoteles y hospedajes formales. (artículo 6 del proyecto 19.245) Se establece la responsabilidad solidaria de los asesores tributarios, en caso de induzcan a prácticas evasivas o de fraude. (artículo 81 bis CNPT)

8 Eliminación portillos legales para reducir o evitar por completo el pago de impuestos Estimación del impacto: Estimación rango inferior Estimación rango superior Artículos 130 y 149 del CNPT ++ Casas de estancia transitoria 13.828,121.920,3 81 bis ++

9 Controles cruzados con otros trámites públicos y gestiones particulares Se establece la obligatoriedad de estar inscrito ante la Dirección General de Tributación como requisito para obtener un permiso o patente municipal. (artículo 131 del CNPT) Se establece la obligatoriedad de los bancos de utilizar las declaraciones de impuestos como comprobante de los ingresos de una persona física o jurídica (cuando corresponda) para un trámite de crédito. (artículo 4 proyecto 19.245) Se exige a las personas físicas con actividad lucrativa, que presten servicios en locales de atención al público, a tener a disposición de sus clientes datáfonos para el pago con tarjeta de crédito o débito. (artículo 7 proyecto 19.245) Además se introduce el artículo 18 bis, para que los morosos con el fisco no puedan realizar ciertos trámites con el Estado. Se crea un mecanismo de incentivo vía compras, tipo “cash back”. (artículo 5 proyecto 19.245)

10 Acceso a información para el control del cumplimiento tributario Se abre la posibilidad de acceso a información de los avalúos y peritajes en los casos de las gestiones de crédito en poder de los bancos, con el fin de evitar la subdeclaración de valores en los traspasos de viviendas y otras propiedades. (artículo 106 ter del CNPT)

11 Controles cruzados y acceso a información para control Estimación de impacto: Estimación rango inferior Estimación rango superior Artículos 106 ter, 131, 18 bis y 4 proyecto (P. jurídica) 28.784,157.568,2 Artículos 4, 7 y 106 ter CNPT (P. Física) 28.784,157.568,2 Cash back impuesto de ventas 14. 39243.176,15

12 Cerrar el ciclo de cobro en la Administración Tributaria Se introduce el título VII en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de manera que este ciclo sea cerrado con el cobro coactivo dentro de la Dirección de Tributación, reduciendo los tiempos de recuperación de las deudas tributarias y evitando que los contribuyentes morosos puedan distraer bienes para evitar la recuperación de los recursos. “Para cerrar el ciclo de aplicación de la ley, es importante que la recaudación de la deuda (tributaria) esté en manos de las administraciones tributarias y no en las del sistema judicial, que tiende a ser menos eficaz cuando se trata de recuperar las deudas tributarias”. Recaudar no Basta: los impuestos como instrumento de desarrollo. BID, 2012. Página 165.

13 Cerrar el ciclo de cobro en la Administración Tributaria Existen ¢57.728 millones pendientes de cobro en Cobro Judicial. Estimación de impacto: Estimación rango inferior Estimación rango superior Mejora del cobro coactivo ¢17.318,4¢23.091,2

14 Introducción de mejoras en la Ley de Impuesto sobre la Renta Se introduce la imposibilidad de deducir gastos hechos en jurisdicciones consideradas como paraísos fiscales. (reforma artículo XX Ley 7092) Se introduce la limitación a la deducción de intereses. (reforma artículo XX Ley 7092) Se incorporan los ingresos no sujetos dentro de la base imponible del impuesto a los dividendos. (reforma artículo XX Ley 7092) Se modifica la exoneración del impuesto a los dividendos en el caso de la distribución entre sociedades, para que se ponga como requisito contar con un plan de inversión para mantener la exoneración. (reforma artículo XX Ley 7092).

15 Introducción de mejoras en la Ley de Impuesto sobre la Renta Estimación de impacto: Estimación rango inferior Estimación rango superior Artículos 8 y 8 bis, 7092 ++ Artículos 16 y 18, 7092 ++

16 Estimación General de Impacto Estimación rango inferiorEstimación rango superior Artículos 130 y 149 del CNPT ++ Casas de estancia transitoria13.828,121.920,3 81 bis ++ Artículos 106 ter, 131, 18 bis y 4 proyecto (P. jurídica) 28.784,157.568,2 Artículos 4, 7 y 106 ter CNPT (P. Física) 28.784,157.568,2 Cash back impuesto de ventas*14. 39243.176,15 Mejora del cobro coactivo17.318,423.091,2 Artículos 8 y 8 bis, 7092 ++ Artículos 16 y 18, 7092 ++ TOTAL103.106,7174.539,9


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