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1 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Oportunidades de negocio España - Perú Noviembre, 2011 KPMG en Peru © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados.

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3 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Formas societarias para invertir en el Perú La Ley General de Sociedades contempla diversas formas societarias que puedan ser adoptadas por inversionistas para llevar a cabo sus operaciones en el Perú: Sociedad Anónima, la misma que puede ser convencional, cerrada o abierta. Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada; Posibilidad de establecimiento de Sucursales de empresas, tanto extranjeras como nacionales. 2

4 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. 3 Número de Socios: Al menos dos (2) accionistas, los mismos que podrán ser personas naturales o jurídicas, tanto nacionales como extranjeras. No existe número máximo de accionistas (salvo en el caso de la SAC (máx. 20) y si tiene más de 750 se adapta a la forma de S.A.A.). Capital Social: No existe límite máximo ni mínimo de aporte requerido para la constitución de la sociedad (para fines prácticos, el capital mínimo requerido será aquel establecido por la entidad financiera escogida para la apertura de una cuenta bancaria donde se depositará el mismo). Órganos de la Sociedad: Junta General de Accionistas. Directorio. Gerencia. Sociedad Anónima

5 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. 4 Transferencia de Participaciones: Debe formalizarse por escritura pública e inscribirse en la ficha del Registro correspondiente. Es nula cualquier transferencia de participaciones que no se ajuste al procedimiento señalado. Órganos sociales: Junta de Socios Gerencia En función a las diferencias existentes entre las dos formas societarias, si bien la S.A. tiene una estructura organizativa que pudiera parecer más compleja que la S.R.L., la realidad práctica es que la S.A. resulta más versátil en el cambio de la posición de los accionistas debido a la facilidad en la transferencia de las partes sociales (acciones versus participaciones). Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL)

6 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. 5 Sucursales Establecimiento secundario por el que una sociedad, en este caso extranjera, desarrolla determinadas actividades comprendidas dentro de su objeto social en un lugar distinto al de su domicilio. La sucursal está dotada de representación legal permanente y goza de autonomía de gestión en el ámbito de las actividades que la principal le asigna, conforme a los poderes que otorga a sus representantes. La diferencia principal entre la sucursal y un determinado tipo societario que pueda haberse constituido como subsidiaria, es que la matriz de la sucursal siempre responde por todas las obligaciones de la sucursal, mientras que si la subsidiaria adopta un tipo societario de responsabilidad limitada (S.A. o S.R.L.) la matriz-accionista no asumirá tal responsabilidad.

7 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. 6 Consorcio Contrato en virtud del cual dos o más personas se asocian para participar en forma activa y directa en un determinado negocio o empresa con el propósito de obtener un beneficio económico, manteniendo cada una su propia autonomía. El consorcio puede ser establecido para un negocio específico (por ejemplo, para participar en un determinado concurso público) o para negocios en general. El contrato de consorcio no genera una persona jurídica, debe constar por escrito y no se encuentra sujeto a inscripción en los Registros Públicos. No obstante, en algunos casos el consorcio lleva contabilidad independiente y es considerado un contribuyente distinto de las partes contratantes, debiendo obtener su propio número de RUC, como si se tratara de una persona jurídica diferente a las partes.

8 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. 2.Aspectos Tributarios © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados.

9 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Alternativas de inversión: Sucursal y subsidiaria Desde el punto de vista fiscal, las subsidiarias y sucursales constituidas en el Perú son considerados domiciliados. Ambas estarán gravadas sobre su renta neta con una tasa del 30%, por lo que todos los gastos que contribuyan a generar ingresos gravados o a mantener la fuente de la renta serán deducibles para efectos de la determinación del IR. La distribución de dividendos estará gravado con una tasa del 4.1%. VENTAJAS Y DESVENTAJAS SUCURSALSUBSIDIARIA Son considerados contribuyentes domiciliados para efectos del IR, siendo gravados únicamente sobre sus rentas de fuente peruana. El IR sobre los dividendos deberá pagarse en el mes siguiente a la presentación de la declaración jurada anual. No será necesario que se llegue a pagar los dividendos o que exista un acuerdo de distribución de los mismos. La matriz asume una responsabilidad ilimitada en relación a las obligaciones a las cuales se ha comprometido la sucursal. El IR sobre los dividendos deberá ser pagado el mes siguiente a aquel en que su distribución fue acordada por la Junta General de Accionistas o después que fueron pagados a los accionistas, lo que ocurra primero. En ambos casos, el IR será descontado del monto de los dividendos a pagar. En el caso de una Sociedad Anónima Cerrada, la existencia de un Directorio será opcional. En ese caso, todas las funciones establecidas para el Directorio serán ejercidas por el Gerente General. La responsabilidad por los actos de las subsidiarias no es asumida por la matriz. La responsabilidad de la compañía principal y/o de los accionistas está limitada únicamente al capital aportado. Las subsidiarias son gravadas sobre su renta de fuente mundial. Sin embargo, si el resultado neto de su renta extranjera resultara ser pérdida, ésta no podrá ser compensada con los resultados de su renta de fuente peruana. 8

10 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Tratamiento fiscal aplicable a los servicios de ingeniería prestados desde el exterior (1) Asistencia Técnica (AT) Prestada por un sujeto no domiciliado. Cuando se utilice económicamente en el país. Características Servicio independiente (Externo). Suministrado desde el exterior o en el país. Usa habilidades: utiliza arte o técnica (experiencia). Proporciona conocimientos especializados. Necesario para el proceso productivo, comercial o de servicios. En cualquier caso serán AT los servicios de ingeniería: Ejecución y supervisión de montaje. Instalación y puesta en marcha de máquinas y equipos. Calibración, inspección, reparación y mantenimiento de máquinas. Realización de pruebas y ensayos. Control de calidad. Estudios de factibilidad. Proyectos definitivos de ingeniería y arquitectura. IR: Base imponible: Renta Neta 100% de la Renta Bruta. Tasa: 15% = Retención del IR (Obtener y presentar a SUNAT DJ expedida por empresa No Domiciliada que declare que prestará la AT y que registrará los ingresos, además de contar con un informe de una firma de auditores de prestigio internacional en el que certifique la efectiva prestación de la AT). IGV: Grava la prestación de servicios en el país. Tasa: 16% (IGV) + 2% (IPM) = 18% En el caso de servicios prestados por no domiciliados, el impuesto debe ser retenido y pagado por quien recibe el servicio a efectos de poder utilizarlo como crédito fiscal. RENTA DE FUENTE PERUANA 9

11 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Tratamiento fiscal aplicable a los servicios de ingeniería prestados desde el exterior (2) Regla General: Se grava en el país de residencia (Retención 0% en el país de la fuente, salvo que se configure un EP) Si obtiene la renta a través de un EP: Se grava también en el país donde se ubica el EP. La AT podría configurar un EP: obra o proyecto de construcción y/o servicios, cuya duración supere el plazo establecido por el CDI. Beneficio empresarial Canadá/Chile Brasil Regalía (Tasa Máx: 15% en fuente) * Decisión 578 (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú): AT se grava en el País Miembro donde se produce el beneficio (Presunción de beneficio: país donde se impute y registre el gasto). CDI Asistencia Técnica (AT) Prestada por un sujeto no domiciliado. Cuando se utilice económicamente en el país. 10

12 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Tratamiento fiscal aplicable a los servicios de ingeniería prestados desde el Perú Asistencia Técnica (AT) Prestada por un sujeto domiciliado. IR CORPORATIVO DomiciliadoRenta de fuente mundial Determinación del IR Determinación sobre Renta NetaIngresos – Costo/Gasto. P. de Causalidad. Participación de los trabajadores en las utilidades (Entre 5 – 10%, dependiendo del tipo de actividad empresarial). Tasa30% IGV: Grava la prestación de servicios en el país, entre ellos, la AT. Tasa: 16% (IGV) + 2% (IPM) = 18% Contribuyente: prestador del servicio (domiciliado). 11

13 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Estructura Típica: Dividendos Costo Fiscal X Perú Dividendo: S/. 60.4 Impuesto: S/. 12.0 Crédito S/. 2.6 Utilidad: S/. 48.4 Renta: S/. 100 Impuesto: S/. 37 Utilidad: S/. 63 Distribución S/. 63 Retención (4.1%): S/. 2.6 Utilidad Neta: S/. 60.4 Estructura Típica Tasa Efectiva Global: 51.6%

14 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Adquisición vía aporte o pago de precio: $ 100 (#2) Alternativa: Financiamiento para la compra de Target Financiamiento desde el Perú 13 X Peru Target Banco Préstamo de $ 100 (#1) HolCo Peru Fusión: HolCo Perú absorbe a Perú Target (#3) El gasto por financiamiento podrá ser deducido contra la renta generada por la empresa operativa que ha sido objeto de fusión. Peru Target

15 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. 3. Zonas Francas y otros

16 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Zonas Francas y otros ZONA FRANCA DE TACNA - ZOFRATACNA Es la parte del territorio nacional en la que las mercancías que en ella se internen se consideran como si no estuviesen en el territorio aduanero para efectos de los derechos e impuestos de importación, bajo la presunción de extraterritorialidad aduanera, gozando de un régimen especial en materia tributaria y aduanera. Se podrán desarrollar actividades industriales (excluidos los procesadores de recursos primarios), agroindustriales, de maquila, ensamblaje y de servicios. Sin embargo, la prestación de servicios auxiliares, como los de asistencia técnica, no darán derecho a gozar de los beneficios de la ZOFRATACNA. En los servicios se incluyen: el almacenamiento, distribución, desembalaje, embalaje, envasado, rotulado, etiquetado, división, exhibición, clasificación de mercancías, servicios de call center y servicios de desarrollo de software; así como la reparación, reacondicionamiento y/o mantenimiento de maquinaria, motores y equipos para la actividad minera. BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN LA ZOFRATACNA TRIBUTOEMPRESAS INSTALADAS EN ZOFRATACNARÉGIMEN GENERAL Aranceles* (ingreso de maquinarias e insumos)ExoneradoVariable IGVExonerado16% ISCExoneradoVariable IPMExonerado2% Impuesto a la RentaExonerado30% Impuesto PredialExoneradoSegún escala EssaludGravado9% TasasGravadoVariable * Exoneración de Aranceles no aplica cuando se internan mercancías de ZOFRATACNA al resto del país. ** Para gozar de los beneficios, los usuarios de la ZOFRATACNA deberán: ser considerados domiciliados a efectos del IR, inscribirse en el RUC, fijar su domicilio en Tacna y haber obtenido la calificación de usuario de la ZOFRATACANA. 15

17 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Zonas Francas y otros CENTROS DE EXPORTACIÓN, TRANSFORMACIÓN, INDUSTRIA, COMERCIALIZACIÓN Y SERVICIOS – CETICOS Constituyen áreas geográficas (Paita, Ilo, Matarani) debidamente delimitadas que tienen la naturaleza de zonas primarias aduaneras de trato especial, destinadas a generar polos de desarrollo a través de actividades industriales, de maquila o ensamblaje, así como de almacenamiento. En ellos se pueden desarrollar servicios de reparación, reacondicionamiento de mercancías, modificaciones, mezcla, envasado, maquila, transformación, perfeccionamiento activo, distribución y almacenamiento de bienes, entre otros, así como actividades agroindustriales y de agroexportación. BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN CETICOS TRIBUTOEMPRESAS INSTALADAS EN CETICOS (HASTA EL 31/12/2022) ArancelesExonerado IGVExonerado ISCExonerado IPMExonerado Impuesto a la RentaExonerado Impuesto PredialExonerado EssaludGravado TasasGravado La transferencia de bienes y servicios entre usuarios de los CETICOS están exoneradas del IR, IGV, ISC y de cualquier otro impuesto creado o por crearse. El ingreso de mercancías a los CETICOS no está afecto al pago de derechos arancelarios, IGV, ISC, IPM, y de cualquier otro tributo que grave su importación. El ingreso de mercancías nacionales y servicios provenientes del resto del territorio nacional hacia los CETICOS, se considerarán como una exportación. 16

18 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. 4. Contratación con el Estado

19 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Requisitos para participar en procesos de selección Par ser participante Inscrito en el RNP No impedido de contratar con el Estado 18

20 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Tipos de Procesos de Selección Se determina dependiendo de:A) Objeto del proceso. B) Valor Referencial. Bienes Licitación Pública Obras Objeto Concurso Público Servicios Adjudicación Directa Bienes, servicios, obras Menor Cuantía 19

21 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. 20 Registro Nacional de Proveedores (RNP) - Proveedores de Bienes. - Proveedores de Servicios. - Consultores de Obras. - Ejecutores de Obras. - Inhabilitados para contratar con el Estado. Registro Nacional de Proveedores

22 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. 21 Etapas de los procesos de selección 1. Convocatoria 2. Registro de participantes 3. Formulación y Absolución de Consultas 4. Formulación y Absolución de Observaciones 5. Integración de Bases 6. Presentación de Propuestas 7. Evaluación y calificación de propuestas 8. Otorgamiento Buena Pro Etapas suprimidas en AMC para bienes y servicios.

23 © 2011 Grellaud y Luque Abogados S. Civil de R. L. y KPMG Asesores S. Civil de R. L., sociedades civiles peruanas de responsabilidad limitada y firmas miembro de la red de firmas miembro independientes de KPMG afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), una entidad suiza. Derechos reservados. Etapas de los procesos de Selección SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO IMPUGNACIÓN CONSENTIMIENTO PUBLICACIÓN EN EL SEACE 22


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