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Publicada porSebastián Sevilla Gil Modificado hace 9 años
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SEGUNDA MESA NACIONAL DE DIÁLOGO SOCIAL PARA LA ASISTENCIA INTEGRAL A VÍCTIMAS DE MAP, MUSE Y AEI. Julio 19 de 2011
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DIAGNÓSTICO SITUACIONAL DE LA ASISTENCIA INTEGRAL A VÍCTIMAS DE MINAS ANTIPERSONAL EN EL MARCO DE LA LEY DE VÍCTIMAS Y RESTITUCIÓN DE TIERRAS Ana María Díaz Uribe Coordinadora Asistencia a Víctimas PAICMA
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Generalidades de la Ley de Víctimas Ayudas Económicas y Ley de Víctimas La atención integral en la Ley de Víctimas Agenda Metodología de Construcción del Informe La inclusión en la Ley de Víctimas Información e institucionalidad en la Ley de Víctimas
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METODOLOGÍA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL DIAGNÓSTICO SITUACIONAL Cuestionarios Mesas de Trabajo Regionales Revisión de documentos de las mesas nacionales de 2010 Víctimas de MAP, MUSE y AEI Entidades territoriales Organizaciones de la Sociedad Civil Entidades Nacionales sistematización DIAGNÓSTICO SITUACIONAL
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La ley fue sancionada el 10 de junio de 2011. Tiene 30 principios generales entre los cuales se resaltan: la buena fe, debido proceso, igualdad, justicia transicional, enfoque diferencial, progresividad, gradualidad, sostenibilidad, prohibición de la doble reparación, reparación integral (medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición). La ley contiene 208 Artículos. TITULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS DENTRO DE LOS PROCESOS JUDICIALES TÍTULO III AYUDA HUMANITARIA, ATENCIÓN Y ASISTENCIA TÍTULO IV REPARACIÓN DE LAS VÍCTIMAS TÍTULO V DE LA INSTITUCIONALIDAD PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN A LAS VÍCTIMAS TÍTULO VII PROTECCIÓN INTEGRAL A LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES VÍCTIMAS TÍTULO VIII PARTICIPACIÓN DE LAS VÍCTIMAS TÍTULO IX DISPOSICIONES FINALES GENERALIDADES DE LA LEY 1448 DE 2011 DE VÍCTIMAS Y RESTITUCIÓN DE TIERRAS
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AYUDAS ECONÓMICAS Y LA LEY DE VÍCTIMAS VACÍOS ACTUALES Problemas en las reclamaciones ante el FOSYGA Problemas en la reclamaciones ante Acción Social Artículo 20. Principio de prohibición de doble reparación y de compensación. Artículo 134. El Gobierno Nacional, a través de la Unidad Administrativa para la Atención y Reparación a las Víctimas, implementará un programa de acompañamiento para promover una inversión adecuada de los recurso. El Artículo 48 establece la elaboración del censo de las personas afectadas por atentados terroristas y desplazamientos masivos, por parte de la Alcaldía Municipal a través de la Secretaría de Gobierno, con el acompañamiento de la Personería Municipals
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LA ATENCIÓN INTEGRAL EN LA LEY DE VÍCTIMA Vacíos Actuales Atención Prehospitalaria No información sobre la gratuidad en los servicios No atención diferencial Dificutlades del recobro ante el FOSYGA Desconocimiento de los Derechos Atención Psicosocial Acceso a Prótesis y Órtesis Atención continuada Seguimiento Medición de impacto EN LA LEY Artículo 47 establece la entrega de una Ayuda Humanitaria Artículo 52 establece que “Toda persona que sea incluida en el Registro Único de Víctimas se considerará elegible para el subsidio en salud, salvo en los casos en que se demuestre capacidad de pago de la víctima El Artículo 54 establece los Servicios de Asistencia en Salud El Artículo 59, relacionado con la Asistencia por los mismos hechos la creación del Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas. Artículo 175, establece que el Gobierno Nacional, dentro del año siguiente a la expedición de la presente Ley, adoptará mediante decreto reglamentario, el Plan Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES - NNA: La Ley ordena adoptar medidas específicas orientadas a este grupo poblacional, que amplían el rango de acción en relación con la asistencia a las víctimas de MAP, MUSE y AEI específicamente y del conflicto en general. dentro de éstas
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VACÍOS ACTUALES Procesos de inclusión a partir de proyectos puntuales ejecutados por organizaciones de la sociedad civil, no constituyen un programa comprensivo del Estado o a una política pública en la materia No se hace el seguimiento, asesoría y asistencia técnica suficientes a los proyectos productivos que se entregan por parte de las organizaciones de la sociedad civil. Consolidación de un proceso de seguimiento que permita garantizar la sostenibilidad. Fortalecer vínculos establecidos con las autoridades locales y gubernamentales. El acceso a la Vivienda Los procesos educativos y la inclusión socioeconómica planteadas en la etapa cinco de la ruta de atención integral a víctimas de MAP, se quedan como la atención general que se hace a la población vulnerable. Los proyectos de inclusión se enfocan principalmente a la inclusión económica LA INCLUSIÓN EN LA LEY DE VÍCTIMAS EN LA LEY ARTÍCULO 51. medidas en materia de educación Acceso preferente a programas de subsidios de vivienda en las modalidades de mejoramiento, construcción en sitio propio y adquisición de vivienda Artículo 130. Capacitación y planes de empleo urbano y rural.
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RED NACIONAL DE INFORMACIÓN PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN A LAS VÍCTIMAS REGISTRO ÚNICO DE VÍCTIMAS SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS COMITÉ EJECUTIVO PARA LA ATENCIÓN Y LA REPRACIÓN DE LAS VÍCTIMAS UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS COMITÉS TERRITORIALES DE JUSTICIA TRANSICIONAL PARTICIPACIÓN DE LAS VÍCTIMAS INFORMACIÓN E INSTITUCIONALIDAD EN LA LEY
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¡GRACIAS!
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