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Publicada porSara Romero Martin Modificado hace 9 años
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Derechos humanos. Historia - conceptos - evolución
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HISTORIA Edad Antigua y Edad Media: De entrada, puede afirmarse que los derechos humanos responden a exigencias universales derivadas de la dignidad de la persona, que parten desde pretensiones personales que a posteriori se unifican. Son (en principio) gestos de mero individualismo. Carta Magna de 1215 : Hay disposiciones que obligaban al poder político a respetar determinadas posiciones individuales, tales como la propiedad privada o la inviolabilidad del domicilio, se trata de textos muy diferentes a las modernas declaraciones de derechos, de las que difieren sobre todo por su extensión (situaciones concretas reconocidas a favor de los individuos, pero no como personas sino como miembros de un determinado grupo social) y expresión jurídica (pactos, fueros o compromisos, no normas generales). Confucio y Aristóteles: libertad y dignidad humana.
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LOS DERECHOS HUMANOS EN LA MODERNIDAD. Incursión del humanismo: Propicia la aparición de nuevos individuos inconformes con el orden social que impera, con la concepción del estado absoluto. Giovanni Pico Della Mirándola (1463-1494): Oración por la dignidad del hombreOración por la dignidad del hombre
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Repercusión práctica y real del humanismo Bartolomé De Las Casas (1474 - 1566) Bartolomé De Las Casas (1474 - 1566) Francisco De Vitoria (1480-1536)
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DOS NUEVAS TENDENCIAS CONTRIBUYEN A ABRIR EL CAMINO, DE FORMA ESTA VEZ DECISIVA, A LA IDEA DE DERECHOS HUMANOS: a) La secularización del poder político. Hugo Grocio (1583-1645) b) La lucha por la tolerancia religiosa, en los siglos XVI y XVII. En esta lógica se inscribe el Edicto de Nantes (1598), que concede a los calvinistas franceses la libertad de culto y el acceso a los cargos públicos en igualdad de condiciones con los católicos, todo ello con el propósito de evitar la guerra civil.
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Cambia el concepto de que los derechos son un obsequio del Estado, para asumirse como como limite y norte que le otorga sentido a la existencia del mismo.
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Surgimiento del constitucionalismo; el contrato social 5.
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Derechos humanos desde las revoluciones y las guerras. Revolución de los Estados Unidos 1786 : 1787 constitución de Philadelphia y 1791 carta de derechos Independencias latinoamericanas: siglo XIX 1800 Revolución francesa 1789: Les droits du homme et du citoyen: la égalité, la fraternité, la solidarité et LA LIBERTÉ Revolución industrial siglo XIX: Revolución Bolchevique (Rusa) 1917 OCTUBRE: reivindicaciones obreras. Primera y Segunda guerra mundial: 1914 – 1918 tratado de Versalles 1919 1939-1945 triunfo de los aliados contra las potencias del eje.
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CARTA DE NACIONES UNIDAS Y DIH 24 de octubre de 1945: Oficialmente se conforman las Naciones Unidas con 51 estados miembros. “Nosotros, la gente de las Naciones Unidas, estamos decididos a proteger a las generaciones venideras del azote de la guerra, la cual dos veces en nuestra vida ha producido un sufrimiento incalculable a la humanidad.” 10 de diciembre de 1948: declaración universal de los derechos humanos.
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CARTA DE NACIONES UNIDAS Y DIH DIH. se encuentra esencialmente contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 -La Convención de la Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos Protocolos; -La Convención de 1975 sobre Armas Bacteriológicas; -La Convención de 1980 sobre Ciertas Armas Convencionales y sus cinco Protocolos; -La Convención de 1993 sobre Armas Químicas; -El Tratado de Ottawa de 1997 sobre las Minas Antipersona; -El Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados. EL ESTATUTO DE ROMA: Corte penal internacional. GENOCIDIO;CRIMENES DE LESA HUMANIDAD: CRIMENES DE GUERRA; CRIMEN DE AGRESIÓN. LA CRUZ ROJA: 1863 Comité Internacional de la Cruz Roja. 1949 Convenciones de Ginebra
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LE DROIT DE LA GUERRE; THE WAR WRIGHT; DERECHO DE LA GUERRA. LA PAZ DE WESTFALIA: Finalmente, en 1648 fueron firmados dos tratados de paz (Osnabrück y Münster) PROTESTANTES Y CATOLICOS. EL ARMISTICIO DE SANTA ANA 1820 (BOLIVAR Y MORILLO) EL ARMISTICIO DE NEERLANDIA: 1899 -1902 Guerra de los mil días.
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CONCEPTOS DERECHOS HUMANOS Derechos fundamentales Generaciones y tipos de derechos DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DIH Crímenes de lesa humanidad; crímenes de guerra Actor armado; civiles. Conflicto armado
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DERECHOS HUMANOS Los derechos humanos son demandas emanadas de la dignidad humana; exigencias de abstención o actuación; derechos morales, en el sentido de no ser siempre reconocidos por el Derecho positivo Son reconocidos por la comunidad internacional Tienen un catálogo.
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En qué momento dejan de ser meras concepciones morales. Cuando se crean órganos de vigilancia, defensa y control. Cuando se introducen en los estados constitucionales. Cuando se vuelven derecho positivo interno o se equiparan a éste (bloque de constitucionalidad). Cuando adquieren la connotación de derechos fundamentales.
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Derechos fundamentales. Son los constitucionalmente reconocidos por los estados. Es decir, son los que expresamente aparecen en el texto constitucional.
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Evolución y materialización de los derechos humanos desde otros conceptos. ESTADO DE DERECHO ( Principios constitucionales) ESTADO SOCIAL DE DERECHO BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD
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Derechos fundamentales: Relación con los derechos humanos. EN LA DETERMINACIÓN DEL CATÁLOGO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Muchas Constituciones permiten, de forma expresa o implícita, la apertura de su catálogo de derechos y ello, sobre todo, a través de dos mecanismos: el Principio de dignidad de la persona Y el Derecho internacional. Catálogo de derechos fundamentales: Abierto o Cerrado
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Derechos fundamentales en Colombia El ministerio publico. La constitución. Las leyes El bloque de constitucionalidad: los tratados internacionales Convenios y tratados suscritos. Catálogo de derechos en la constitución nacional.
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Generaciones y tipos de derechos: GENERACIONES: De primera, segunda y tercera generación INDIVIDUALES Y COLECTIVOS REACCIONARIOS, DE DEFENSA O LIBERTAD Y; PRESTACIONALES. INDIVIDUALES O DE GRUPO EXIGIBILIDAD DE LOS DERECHOS.
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DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DIH Es el compilado de normas de carácter internacional que procuran por medio de sanciones y caracterización de delitos reducir a condiciones mas humanas los vejámenes de la guerra. Es el derecho que rige los conflictos armados, internos y externos, en defensa de la condición e integridad humana.
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DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DIH Relación con los derechos humanos: ataque a la soberanía absoluta; defensa de la condición humana. Diferencias
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CARACTERIZACIÓN O SISTEMATIZACIÓN CRÍMENES: De lesa humanidad; crímenes de guerra (prisionero de guerra) ACTOR ARMADO: Delincuente político; beligerancia. CIVILES: LEGISLACIÓN Y TRATADOS: tratado de roma; convenios de ginebra con todos sus protocolos. CONFLICTO ARMADO: Pugna entre una fuerza insurgente (armada) y el Estado, a partir del desconocimiento de la institucionalidad del último, por parte del primer actor. CONFLICTO INTERNACIONAL; CONFLICTO INTERNO. PUGNA ENTRE DOS FUERZAS ARMADAS.
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LOS DERECHOS HUMANOS/FUNDAMENTALES; EL DIH; EL CONFLICTO ARMADO Y LA SOCIEDAD CIVIL.
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El canto por el amor debe ser esencialmente colectivo. Alí primera
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