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ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE GUATEMALA

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Presentación del tema: "ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE GUATEMALA"— Transcripción de la presentación:

1 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE GUATEMALA
Saríah Acevedo

2 La administración pública o el poder público del Estado está delegado por el pueblo, para su ejercicio “en los Organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La subordinación entre los mismos es prohibida” (Constitución política dela República de Guatemala, 1985 Art.141)

3 Organismo legislativo
“Son los órganos del Congreso de la República, mediante los cuales se ejerce la función legislativa: El Pleno La junta directiva La presidencia La comisión permanente La comisión de derechos humanos Las comisiones de trabajo Las comisiones extraordinarias y específicas La junta de jefes de bloque” (decreto Ley orgánica del organismo legislativo. Art )

4 La existencia del organismo legislativo, ejecutivo y judicial, obedece a que en la constitución política se ha adoptado como sistema de gobierno la forma republicana, democrática y representativa. (art 140)

5 Características gobierno republicano
Tener una constitución escrita Separación de funciones Representatividad de quienes ejercen el poder Periodicidad de sus mandatos o alternabilidad en el ejercicio del poder Publicidad de las decisiones políticas y administrativas (Jorge Castillo, Derecho Administrativo N9, INAP 1997)

6 Organismo ejecutivo Creado por la constitución de la República para el cumplimiento de sus funciones políticas y administrativas, cuenta con los siguientes órganos: Presidencia de la República Vicepresidencia Secretarías y Dependencias de la presidencia Consejo de ministros Ministerios

7 El ejercicio de los cargos de presidente y vicepresidente está determinado constitucionalmente por períodos de 4 años y de manera sucesiva por elección popular, y exclusivamente a través de partidos políticos. Los secretarios y ministros son nombrados por el presidente quien también puede removerlos de sus cargos

8 “El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común” (Constitución política de la República, 1985, art 1)

9 “las funciones del Organismo ejecutivo han de ejecutarse en orden a su consecución y con arreglo a los principios de solidaridad, subsidiariedad, transparencia, probidad, eficacia, eficiencia, descentralización y participación ciudadana” Ley del organismo ejecutivo 1997 art 4 Por definición legal el Estado de Guatemala tiene que tutelar el bien común y es responsable de prestar, administrar y mantener aquellos servicios que posibilitan directa e indirectamente el desarrollo integral de la persona.

10 Organismo judicial También creado por la constitución, tiene dos organizaciones paralelas de acuerdo a sus dos funciones: función administrativa y jurisdiccional. Función administrativa: Corte suprema de justicia Presidencia del organismo judicial Supervisión de tribunales. La función administrativa es la elaboración y ejecución del presupuesto, control de las funciones, nombramiento y remoción del personal, distribución de juzgados y jueces, control de licencias, administración de los bienes.

11 Función jurisdiccional:
Corte suprema de justicia y sus cámaras Corte de apelaciones Magistratura coordinadora de la jurisdicción de menores y de los tribunales de menores Tribunal de lo contencioso-administrativo Tribunal de segunda instancia de cuentas Tribunales militares Juzgados de primera instancia Juzgados de menores Juzgados de paz o menores Los demás que establezca la ley (ley del organismo judicial 1989 art 58)

12 La función jurisdiccional es importantísima pues es la que se encarga de impartir justicia y ejecutar lo juzgado, según lo establece la constitución de 1985 art 203

13 Otras instituciones públicas
PDH Tribunal supremo electoral Corte de constitucionalidad Ministerio público Instituciones descentralizadas: Municipalidad Instituto nacional de estadística Universidad de San Carlos Academia de Lenguas Mayas

14 CUADRO No. 1 COMISIONES PARITARIAS CREADAS EN EL MARCO DEL AIDPI FUENTE: Construcción propia.
COMISIÓN PARITARIA ACUERDO DE CREACIÓN Comisión Consultiva para la Reforma Educativa Acuerdo Gubernativo No 1997 Comisión de Espiritualidad y Lugares Sagrados Comisión de Oficialización de Idiomas Indígenas de Guatemala No Comisión de Reforma y Participación 649-97 Comisión sobre derechos relativos a la tierra de los PI No Comisión Paritaria de Lugares Sagrados Acuerdo Ministerial Ministerio de Cultura y Deportes No , ampliación de tiempo Comisión de Reformas Constitucionales Comisión de Participación a todos los niveles COMISIONES CONFORMADAS POR COPMAGUA SIN PAR GUBERNAMENTAL Comisión de Comisión de Derecho Consuetudinario

15 INSTITUCIONALIDAD CREADA EN EL MARCO DEL AIDPI 1998-2003
ACUERDO DE CREACIÓN Defensoría de Pueblos Indígenas, Procuraduría de los Derechos Humanos –PDH- Acuerdo del Procurador SG-15-98 Defensoría de –DEMI- Acuerdo Gubernativo No Programa de Educación Bilingüe, CONALFA Decreto Legislativo 55-99 Dirección de Desarrollo de Pueblos Indígenas, SEPAZ Acuerdo Gubernativo Defensorías Indígenas en el Instituto de Defensa Pública Penal 2001 Comisión Presidencial contra la discriminación y el racismo contra los Pueblos Indígenas en Guatemala -CODISRA- Programa de Pueblos Indígenas, Ministerio de Trabajo Acuerdo Ministerial No Unidad de Lugares Sagrados y Prácticas de la Espiritualidad Maya Acuerdo Ministerial No Vice ministerio de Educación Bilingüe e Intercultural Acuerdo Gubernativo No

16 NUEVO MARCO NORMATIVO A PARTIR DEL AIDPI 1996 - 2003
NUEVA LEY INSTANCIA QUE LA CREA FECHA DE EMISIÓN Y No. DEL ACUERDO DE CREACIÓN Ratificación del Convenio No. 160 de sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Congreso de la República Decreto del Congreso de 9-96, fecha: 19 de marzo de ratificado por el Congreso el 5 de junio de 1996 Reconocimiento del carácter pluricultural y multilingüe de la nación guatemalteca. Decreto Ley 7-99, con fecha 9 de marzo de 1999 Se declara como Patrimonio Cultural y Natural de , el Cerro Chi Aj Xukub´, junto con que se encuentra situada en su cumbre y el área circundante al cerro, como “Lugar Sagrado”. Ministerio de Cultura y Deportes Acuerdo Ministerial , con fecha 25 de abril del 2001 Reformas a de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural. Decreto , fecha 12 de marzo de 2002 Reformas al Código Municipal. Decreto , fecha: 12 de marzo de 2002 Nueva Ley General de Descentralización. Decreto , 12 de marzo de 2002 Se declara Patrimonio Cultural Intangible de , por su valor espiritual, el Ceremonial denominado , EL PREGÓN Y SUS PARLAMENTOS. Acuerdo Ministerial , 13 de mayo de 2002 Establece que los Ministerios de Educación y de Cultura y Deportes, promoverán y difundirán, el respeto y la tolerancia hacia guatemalteca que es pluricultural, multilingüe y multiétnica. Decreto legislativo No , emitido el 28 de noviembre de 2002 Libre acceso de los Guías espirituales mayas a los lugares sagrados. Acuerdo Ministerial , emitido el 31 de enero del 2003 Nueva Ley de Idiomas Nacionales. Decreto número del Congreso de con fecha 7 de mayo de 2003 Derecho de usufructo de frecuencias a la ALMG. Presidencia de la República Decreto gubernativo Creación de de Fomento de Étnica y de Género en la Diversidad Cultural. Acuerdo Ministerial , 17 de septiembre de 2003 Se declara Patrimonio Cultural Intangible de a las Cofradías Indígenas. Acuerdo Ministerial y con fecha 08 de octubre de 2003, Declara promover y respetar el uso del traje indígena. Ministerio de Educación Acuerdo Ministerial , 24 de noviembre de 2003 Derecho de usufructo sobre la casa crema a , por 25 años. Acuerdo Gubernativo , 18 de diciembre de 2003


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