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Generaciones DDHH – Estado de Derecho
DERECHOS HUMANOS Generaciones DDHH – Estado de Derecho PPT 03
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CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
Primera Generación: Derechos Civiles y Políticos. Segunda Generación: Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Tercera Generación: Derechos de los Pueblos.
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PRIMERA GENERACIÓN Derecho A la Vida Al Honor A la Libertad, seguridad e integridad personal A la Libertad de Expresión A elegir y ser elegido A petición A libre tránsito
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SEGUNDA GENERACIÓN Derecho Al trabajo A la educación A la salud A la protección y asistencia a los menores de la familia A la vivienda
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TERCERA GENERACIÓN Derecho Al Desarrollo A la autodeterminación de los pueblos Al medio ambiente A la paz
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Mecanismos de protección
Recurso de Amparo: ¿Qué es el recurso de amparo? Aquella acción que la Constitución concede a toda persona detenida, presa o arrestada con infracción a la Constitución o a la ley, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. ¿Cuál es el objetivo del recurso de amparo? Que el afectado sea llevado frente a un juez para que revise la legalidad de la privación de libertad. Si es el caso, se decretará su libertad inmediata o se pondrá al individuo a disposición del juez competente. En general, se busca reestablecer el derecho vulnerado y asegurar la debida protección del afectado ¿Qué tipos de Amparo se pueden interponer? Amparo Correctivo, que busca corregir un arresto, detención o prisión producida con infracción a la Constitución o a la ley. Amparo Preventivo, que busca prevenir toda perturbación o amenaza a la libertad personal y seguridad individual. ¿Quién puede interponer un recurso de amparo? Toda persona natural. Puede ser el propio afectado o cualquier otro a su nombre.
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Mecanismos de protección
Recurso de Protección: El recurso de protección es una acción jurisdiccional que consagra el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y que busca obtener que la Corte de Apelaciones respectiva tome las providencias necesarias para restablecer el imperio del Derecho y garantizar la debida protección del afectado frente a hechos u omisiones ilegales o arbitrarias que vulneren algunos derechos constitucionales. En efecto, dispone dicha norma que: El que por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidos en el artículo 19, podrá recurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la Corte de Apelaciones respectiva, la que adoptará de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del Derecho y asegurar la debida protección del afectado, sin perjuicio de los demás derechos que pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales correspondientes. Es una acción cautelar, es decir, su propósito es proteger a la persona para que no se afecte su derecho
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Estado de Derecho El Estado de derecho está formado por dos componentes: el Estado (como forma de organización política) y el derecho (como conjunto de las normas que rigen el funcionamiento de una sociedad). En estos casos, por lo tanto, el poder del Estado se encuentra limitado por el derecho.
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Estado de Derecho Estado de derecho significa que el Estado está sometido a un ordenamiento jurídico, el cual constituye la expresión auténtica de la idea de Derecho vigente en la sociedad. Las bases del estado de derecho son: El imperio de la Ley: Las normas deben ser expresión de la voluntad popular y deben someterse a ella tanto gobernantes como gobernados. Distribución del poder estatal en diferentes órganos: De esta manera el poder del Estado no se concentra en una sola institución, sino que se distribuye permitiendo mayor eficiencia y los debidos controles evitando arbitrariedades y abuso de poder. Legalidad de la administración y responsabilidad de las autoridades, sea penal, civil, administrativa y política. Respeto y garantía de los derechos humanos a través del ordenamiento jurídico el cual también contempla los mecanismos o recursos que se pueden interponer en caso de atropello o violación.
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