Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porAlberto Castellanos Salas Modificado hace 9 años
1
CONTRATO DE DEPOSITO Una de las partes se obliga a guardar una cosa que la otra le confía y a restituir la misma e idéntica cosa.
2
DEPOSITO COMERCIAL Art. 572 C.CO Aquel que se hace con un comerciante o por cuenta de un comerciante y que tiene por objeto o que nace de un contrato de comercio.
3
COMISION El depositario puede exigir una COMISION por la guarda de la cosa depositada. Se estipula en el contrato o se determina por el uso de la plaza., caso contrario será determinada por arbitradores. El depósito GRATUITO NO SE CONSIDERA COMERCIAL.
4
WARRANTS Y CERTIFICADOS Los almacenes y depósitos fiscales o particulares emiten estos títulos. Típicamente mercantiles. Circulan mediante endoso y acreditan la titularidad de las mercaderías. Facilitan la transmisión y la obtención de créditos sin desplazar la mercadería.
5
OBLIGACIONES Las mismas que para los mandantes y mandatarios y comisionistas. Custodiar la cosa. Realizar las tareas de conservación de la cosa. Restituir la cosa, con los aumentos que hubiere. Ej si son títulos se impone cobrarlos o protestarlos.
6
DEPOSITOS BANCARIOS Quedan sujetos a las disposiciones de las leyes, reglamentos o estatutos de su institución. En lo que no se determine especialmente se aplican las normas del depósito comercial.
7
Deposito Regular e Irregular Regular: EL depositario recibe una o más cosas muebles identificadas para custodiarlas, devolviendo las mismas cosas. No puede consumirlas, aunque si usarlas. Irregular: El objeto son cosas fungibles. El depositario puede usarlas y consumirlas y cumple restituyendo otras cosas de la misma especie y calidad. Ej: dinero, acciones.
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.