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Tema 6: Activos Financieros
Contabilidad Financiera y Analítica II Curso 2008/09
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ÍNDICE Definiciones, clasificación y características
Préstamos y partidas a cobrar Inversiones financieras mantenidas hasta el vencimiento Activos financieros de negociación Participaciones en capital de empresas del grupo, multigrupo y asociadas
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1. Definiciones, casificación y características (I)
NRV 9ª. Un instrumento financiero es un contrato que da lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa. Un activo financiero es cualquier activo que sea: dinero en efectivo, un instrumento de patrimonio de otra empresa (acción o participación), o suponga un derecho contractual a recibir efectivo u otro activo financiero, o a intercambiar activos o pasivos financieros con terceros en condiciones potencialmente favorables.
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1. Definiciones, clasificación y características (II)
NRV 9ª: a) Activos financieros (descripción) Efectivo y otros activos líquidos equivalentes, según se definen en la norma 9ª de elaboración de las cuentas anuales (NECA 9ª) Créditos por operaciones comerciales: clientes y deudores varios Créditos a terceros: tales como los préstamos y créditos financieros concedidos, incluidos los surgidos de la venta de activos no corrientes Valores representativos de deuda de otras empresas adquiridos: tales como las obligaciones, bonos y pagarés Instrumentos de patrimonio de otras empresas adquiridos: acciones, participaciones en instituciones de inversión colectiva y otros instrumentos de patrimonio Derivados con valoración favorable para la empresa: entre ellos, futuros, opciones, permutas financieras y compraventa de moneda extranjera a plazo Otros activos financieros: tales como depósitos en entidades de crédito, anticipos y créditos al personal, fianzas y depósitos constituidos, dividendos a cobrar y desembolsos exigidos sobre instrumentos de patrimonio propio
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1. Definiciones, clasificación y características (III): clasificación en base los criterios de valoración aplicables Contenido CATEGORIAS Activos financieros que no se hayan clasificado en ninguna de las categorías anteriores. Activos financieros disponibles para la venta Instrumentos financieros híbridos. Los designados por la empresa en el momento del reconocimiento inicial (sólo se podrá realizar si resulta en una información más relevante o evita asimetrías contables) Otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias Inversiones en patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas Inversiones en el patrimonio de empresas dependientes PARA VENDERLOS A CORTO PLAZO y obtener ganancias DERIVADOS no designado como cobertura. Activos Financieros Mantenidos para Negociar VALORES representativos de deuda, que no sean derivados, con una fecha de vencimiento fijada, cobros de cuantía determinada o determinable y que la empresa tenga la intención efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento. Inversiones mantenidas hasta el Vencimiento Créditos por operaciones comerciales. Créditos por operaciones no comerciales: préstamos y créditos financieros concedidos. Préstamos y partidas a cobrar
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2. Préstamos y partidas a cobrar (I)
1.Créditos por operaciones comerciales: clientes y deudores: A los aplazamientos de pagos concedidos a los compradores y consumidores de bienes y servicios generados por la empresa. 2.Créditos de naturaleza financiera: Préstamos concedidos, materializados en dinero que se entrega al prestatario
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2. Préstamos y partidas a cobrar (II): criterios de valoración (a)
NRV 9a.2.1. (momento inicial) Valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles. Los créditos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, los anticipos y créditos al personal, los dividendos a cobrar y los desembolsos exigidos sobre instrumentos de patrimonio cuyo importe se espera recibir en el corto plazo, se podrán valorar por su VALOR NOMINAL cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo. Los créditos con vencimiento superior a un año deben ser valorados por el VALOR ACTUAL en base al criterio del tipo de interés efectivo
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2. Préstamos y partidas a cobrar (III): criterios de valoración (b)
NRV 9a.2.1. (momento posterior) Se valorarán por el VALOR ACTUAL en base al tipo de interés efectivo (coste amortizado). Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo. No obstante, los créditos con vencimiento NO SUPERIOR AL AÑO, que de acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, se valoren, en el momento inicial, por su VALOR NOMINAL, continuarán valorándose por dicho importe, salvo que se hubieran deteriorado.
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2. Préstamos y partidas a cobrar (V): CASO 1
La empresa X, S.A. vende mercaderías el 1/7/2X10 por valor de € + IVA 16% a Y, S.A. las cuales serán satisfechas por la empresa Y de la siguiente forma: el 1/7/2X11 se realizará un pago de € y el 1/7/2X12 otro de €. Cálculo del tipo de interés efectivo: Venta al contado + IVA: (que deja de cobrar) | | |--- Cobros: Ecuación de equivalencia financiera: = / (1 + ie) / (1 + ie)2 ie = 4,74428 % anual 9
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2. Préstamos y partidas a cobrar (VI): CASO 1
Periodo financiero Crédito vivo efectivo acumulado inicial [1] Tipo de interés efectivo anual [2] Intereses devengados al tipo de interés efectivo [3] = =[1]* [2] Cobro de intereses (nominales) [4] Intereses devengados no cobrados y acumulados a la deuda [5] = [3] – [4] Recuperación del crédito efectivo acumulado inicial [6] =[7] - [4] Cobros [7] = [4]+[6] Crédito vivo efectivo acumulado final [8]=[1]+[3]-[4]-[6] = [1] + [5] – [6] = [1] 1 0,047443 19.262 2 9.738 TOTAL 29.000 22.000 X10: momento inicial, la venta Clientes (a corto plazo) (430) (+AC) / (1 + 0,047443) Clientes a largo plazo (450) (+AnC) / (1 + 0,047443)2 Ventas de mercaderías (700) (ing.explot) (pyg) Hacienda Pública IVA repercutido (477) 56.000 10
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2. Préstamos y partidas a cobrar (VII): CASO 1
X10: fecha cierre del ejercicio; devengo de intereses Clientes (a corto plazo) (430) (+AC) x (1+0,047443)(6/12) = 4.925 Ingresos de créditos a corto plazo (7621)(ing.f.)(pyg) Clientes a largo plazo (450) (+AnC) x (1+0,047443)(6/12) = 4.595 Ingresos de créditos a largo plazo (7620)(ing.f.)(pyg) 4.925 4.595 X11: fecha vencimiento 1º cobro; devengo de intereses Clientes (a corto plazo) (430) (+AC) ( ) x (1+0,047443)(6/12) - ( ) = Ingresos de créditos a corto plazo (7621)(ing.f.)(pyg) Clientes a largo plazo (450) (+AnC) ( ) x (1+0,047443)(6/12) - ( ) = Ingresos de créditos a largo plazo (7620)(ing.f.)(pyg) 5.040 4.702 11
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2. Préstamos y partidas a cobrar (VIII): CASO 1
X11: fecha vencimiento 1º cobro; EL COBRO Tesorería – Bancos c.c. (572) (+AC) Clientes (a corto plazo) (430) (-AC) X11: Inicio del 2º año financiero; traspaso al corto plazo del crédito comercial considerado a largo plazo Clientes (a corto plazo) (430) (+AC) Clientes a largo plazo (450) (-AnC) X11: fecha cierre del ejercicio; devengo de intereses Clientes (a corto plazo) (430) (+AC) x (1+0,047443)(6/12) – = 4.812 Ingresos de créditos a corto plazo (7621)(ing.f.)(pyg) 4.812 Y así sucesivamente …. 12
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2. Préstamos y partidas a cobrar (IX): Deterioro del valor
Al cierre del ejercicio, deberán efectuarse las correcciones valorativas necesarias siempre que exista evidencia objetiva de que el valor de un crédito se ha deteriorado. La pérdida por deterioro será la diferencia entre su valor en libros (o valor contable) y el valor actual de los flujos de efectivo futuros que se estima van a generar, descontados al tipo de interés efectivo calculado en el momento de su reconocimiento inicial. Las correcciones valorativas por deterioro, así como su reversión del deterioro, se reconocerán como un gasto o un ingreso en la cuenta de pérdidas y ganancias. 13
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2. Préstamos y partidas a cobrar (X): Deterioro del valor CASO 1
Supongamos el CASO 1, que al cierre del ejercicio 2X11, el cliente Y que debe a la empresa X una cantidad pendiente, suspende pagos. Obsérvese que el valor actual del crédito comercial pendiente al X11 es de ( € € =) X11: Clasificación del crédito como dudoso cobro Clientes de dudoso cobro (436) (+AC) Clientes (a corto plazo) (430) (-AC) X11: Corrección valorativa Pérdidas por deterioro de créditos por operaciones comerciales (694) (gasto explot.) (pyg) Deterioro del valor de créditos por operaciones comerciales (493) (-AC) 14
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2. Préstamos y partidas a cobrar (XI): Reversión del deterioro del valor CASO 1
Volvemos con el CASO 1, que al cierre del ejercicio 2X11, se ha considerado al crédito comercial totalmente deteriorado. El importe de dicho crédito, €. Una vez clasificado el crédito (sea comercial o financiero) como dudoso cobro, se suspende el reconocimiento CONTABLE de los ingresos financieros. El X13, la empresa Y, cliente de X, paga €, considerando al resto como definitivamente incobrable. X11: Cobro, reversión parcial y pérdida definitiva por el resto Tesorería – Bancos c.c. (572) (+AC) Clientes dudoso cobro (436) (-AC) Pérdidas de créditos comerciales incobrables (6500) (gasto explot.) (pyg) Deterioro del valor de créditos por operaciones comerciales (493) (-AC) Reversión del deterioro de créditos por operaciones comerciales (794) (-gasto explot.) (pyg) 15
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3. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (I): Valores representativos de deudas
NRV 9a.2.2. Se pueden incluir en esta categoría los valores representativos de deuda (obligaciones y bonos, letras financieras, pagarés, etc.), con una fecha de vencimiento fijada, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocien en un mercado activo y que la empresa tenga la intención efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento. 16
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3. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (II) : Valoración inicial
NRV 9ª Las inversiones mantenidas hasta el vencimiento se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será: (a) el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada + (b) más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles. 17
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3. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (III) : Valoración posterior
NRV 9ª Las inversiones mantenidas hasta el vencimiento se valorarán por su coste amortizado (VALOR ACTUAL). Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo. 18
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3. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (IV) CASO 2
La empresa BIERZO, S.A. adquiere 80 obligaciones cotizados siendo el valor de emisión de €/obligación. Los gastos adquisición, corretaje, etc..han supuesto un desembolso de €, el valor de reembolso es de €/obligación y el interés anual es del 5%, pagadero por año vencido. Fueron adquiridos el 1 de enero de 2X10 y serán amortizados, en su totalidad, el 1 de enero de 2X14. NOTA: Conforme a la legislación fiscal, la entidad pagadora de los intereses y primas debe practicar una retención a cuenta del 18%. Cálculo del tipo de interés efectivo: Pago: (valor contable de la inversión financiera) | | | | |--- Cobros: Ecuación de equivalencia financiera: = / (1 + ie) / (1 + ie) / (1+ie) / (1+ie)4 ie anual = 6,0105 % anual 19
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3. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (V) CASO 2
Periodo financiero Inversión viva efectiva acumulada inicial [1] Tipo de interés efectivo anual [2] Intereses devengados al tipo de interés efectivo [3] = =[1]* [2] Cobro de intereses (nominales) [4] Intereses devengados no cobrrados y acumulados al crédito [5] = [3] – [4] Recuperación de la inversión efectiva acumulada inicial [6] Cobros [7] = [4]+[6] Inversión viva efectiva acumulada final [8]=[1]+[3]-[4]-[6] = [1] + [5] – [6] = [1] 1 (1-01-2X10/1-01-2X11) 81.000 0,060105 4.869 4.000 869 81.869 2 (1-01-2X11/1-01-2X12) 4.921 921 82.789 3 (1-01-2X12/1-01-2X13) 4.976 976 83.765 4 (1-01-2X13/1-01-2X14) 5.035 1.035 84.800 88.800 0,00 19800 16000 20
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3. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (VI) CASO 2
X10: Pago Valores representativos de deuda a largo plazo (251) (+AnC) Tesorería – Bancos c.c. (572) (-AC) 81.000 X10: devengo de ingresos financieros: Ingresos de valores representativos de deuda a l.p. (7613) (ingr.financiero) (pyg) 4.869 X11: Cobro de intereses, con retención del 18%: Tesorería – Bancos c.c. (572) (+AC) (82%) Hacienda Pública por retenciones y pagos a cuenta (473) (18%) Valores representativos de deuda a largo plazo (251) (-AnC) 3.280 720 4.000 y así sucesivamente… 21
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3. Inversiones mantenidas hasta el vencimiento (VII) CASO 2
X13: Traspaso al corto plazo de los valores representativos de deuda a largo plazo Valores representativos de deuda a corto plazo (541) (+AC) Valores representativos de deuda a largo plazo (251) (-AnC) 83.765 X13: devengo de ingresos financieros: Ingresos de valores representativos de deuda a l.p. (7613) (ingr.financiero) (pyg) 5.035 5.305 X14: Cobro de intereses, con retención del 18%: Tesorería – Bancos c.c. (572) (+AC) Hacienda Pública por retenciones y pagos a cuenta (473) Valores representativos de deuda a largo plazo (251) (-AC) 3.280 720 4.000 X14: Cobro de los valores representativos de deuda amortizados, puesto que han vencido, con retención del 18% sobre la prima (80 títulos * 60 € prima/oblig. = €): 83.936 864 84.800 22
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4. Activos financieros mantenidos para negociar (I)
NRV 9ª.2.3 Se considera que un activo financiero se posee para negociar cuando: a) Se origine o adquiera con el propósito de venderlo en el corto plazo (por ejemplo, valores representativos de deuda, cualquiera que sea su plazo de vencimiento, o instrumentos de patrimonio, cotizados, que se adquieren para venderlos en el corto plazo). b) Forme parte de una cartera de instrumentos financieros identificados y gestionados conjuntamente de la que existan evidencias de actuaciones recientes para obtener ganancias en el corto plazo, o c) Sea un instrumento financiero derivado, siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura. 23
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4. Activos financieros mantenidos para negociar (II)
NRV 9ª Valoración inicial Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán: a) Inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada. b) Los costes de transacción que les sean directamente atribuibles se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. 24
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4. Activos financieros mantenidos para negociar (III)
NRV 9ª Valoración posterior Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán, posteriormente: por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio (pérdidas o beneficios de cartera de negociación). 25
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4. Activos financieros mantenidos para negociar (IV): CASO 3
La empresa POZACA S.A. decide invertir parte de su exceso de liquidez en el mercado de valores. El 1/10/2X12 adquiere en bolsa acciones de Telefónica a 27 €/acción. Los costes de transacción ascienden al 1,5 por mil. La cotización de cierre del ejercicio, 31/12/2X12, 26 €/acción. X12: Adquisición Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio neto – acciones cotización oficial (540) (+AC) Otros gastos financieros – gastos de transacción de AFMN (669) (pyg) Tesorería – Bancos c.c. (572) (-AC) 27.000,00 40,50 27.040,5 X10: Actualización del valor: Pérdidas de cartera de negociación (6630) (gasto.fin.) (pyg) Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio neto – acciones cotización oficial (540) (-AC) 1.000,00 26
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4. Activos financieros mantenidos para negociar (V): CASO 3
CASO 3 (continúa) La empresa POZACA S.A. vende, en 28/04/2X13, todas las acciones de Telefónica, siendo la cotización en el momento de la venta, 28 €/acción; los costes de transacción, 1 por mil. X13: Venta de la cartera de negociación Tesorería – Bancos c.c. (572) (-AC) 1.000 acciones TF * 28 €/acc TF = € * ( 1 – 0,001) = Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio neto – acciones cotización oficial (540) (+AC) 1.000 acciones TF * 26 €/acc TF = (valor contable último) Otros gastos financieros – gastos de transacción de AFMN (669) (pyg) € * 0,001 = 28 € Beneficios de cartera de negociación (7630) (ingr.fin.) (pyg) 27.972,00 28,00 2.000 26.000,00 27
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5. Participaciones en capital de empresas del grupo, multigrupo y asociadas (I)
El grupo de sociedades está constituido por la sociedad dominante y dominadas o filiales (> 50 acciones, > ½ de los administradores elegidos por la dominante, etc…) Asimismo, forma parte del grupo, las sociedades gestionadas en común por otras sociedades ajenas (sociedades multigrupo). Las sociedades asociadas al grupo se corresponden con aquellas, que sin dominarlas: a) estén participadas en > 20%; b) la dominante o grupo participa en el proceso de fijación de políticas, incluyéndose las decisiones sobre el reparto del beneficio generado por la asociada; c) operaciones de importancia relativa entre la asociada y el inversor (grupo); d) intercambio de personal directivo; e) suministro de información técnica o esencial. (Código de Comercio, art. 47; NECA 13ª del PGC2007) 28 28
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5. Participaciones en capital de empresas del grupo, multigrupo y asociadas (II)
NRV 9ª Valoración inicial Se valorarán al coste, esto es, por el valor razonable de la contraprestación entregada; + Costes de transacción que les sean directamente atribuibles No obstante, si existiera alguna inversión anterior a su calificación dentro de esta categoría (como empresa del grupo, multidependiente o asociada), la misma se valoraría por el valor contable que debiera tener ésta inmediatamente antes de que la empresa pase a tener tal calificación. NRV 9ª Valoración posterior Seguirán valorándose al precio de coste, deducidas, en su caso, por el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro 29 29
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5. Participaciones en capital de empresas del grupo, multigrupo y asociadas (III)
NRV 9ª Deterioro del valor Al menos al cierre del ejercicio, deberán efectuarse las correcciones valorativas necesarias siempre que exista evidencia objetiva de que el valor en libros de una inversión no será recuperable. El importe de la corrección valorativa será la diferencia entre: [1] su valor en libros (o valor contable) y; [2] el importe recuperable, COMO AL MAYOR IMPORTE ENTRE: [2.1.] Su valor razonable menos los costes de venta [2.2.] y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión estimación de los flujos de tesorería que se espera recibir como consecuencia del reparto de dividendos realizado por la empresa participada y de la enajenación. 30 30
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