La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Juan Carlos Fermín Fernández “Armonización tributaria y prohibición constitucional de efectos confiscatorios de los tributos”

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Juan Carlos Fermín Fernández “Armonización tributaria y prohibición constitucional de efectos confiscatorios de los tributos”"— Transcripción de la presentación:

1 Juan Carlos Fermín Fernández “Armonización tributaria y prohibición constitucional de efectos confiscatorios de los tributos”

2 www.avdt.org.ve I.INTRODUCCIÓN a)Limitaciones constitucionales al ejercicio del poder de imposición Principio de capacidad contributiva Prohibición de efectos confiscatorios de los tributos (principio de no confiscatoriedad del tributo o de no confiscación) Implicaciones del principio de no confiscatoriedad b)La doble o múltiple imposición interna: Concurrencia de potestades tributarias de la República, los estados y los municipios sobre un mismo sujeto pasivo

3 www.avdt.org.ve II.ARMONIZACI Ó N TRIBUTARIA Y NO CONFISCATORIEDAD a)Fines de la armonizaci ó n y coordinaci ó n de potestades tributarias b)Competencia armonizadora del Poder Nacional c)Mecanismos de armonizaci ó n tributaria d)Limitaciones de la armonizaci ó n tributaria como mecanismo para evitar los efectos confiscatorios de los tributos e)Funci ó n del poder judicial en el control de los efectos confiscatorios de los tributos

4 www.avdt.org.ve III. CONCLUSIONES 1.En un Estado fiscalmente descentralizado como el venezolano, en el cual confluyen distintas potestades tributarias sobre una misma manifestaci ó n de riqueza o capacidad contributiva, el ejercicio por el Poder Nacional de la potestad armonizadora que reconoce el numeral 13 del art í culo 156 de la Constituci ó n de la Rep ú blica Bolivariana de Venezuela, es fundamental, aunque no suficiente, para evitar que el conjunto de los tributos que integran nuestro ordenamiento tributario, llegue a generar una presi ó n fiscal excesiva que termine por producir efectos confiscatorios. Sin embargo, el ejercicio por el Poder Nacional de su potestad de coordinaci ó n y armonizaci ó n tributaria no debe entenderse, simplemente, como el establecimiento de l í mites o restricciones al poder de imposici ó n de los entes menores, sino que debe estar orientado a la creaci ó n de un verdadero sistema tributario, que responda a los postulados de justicia, igualdad, legalidad, seguridad jur í dica, eficiencia y no confiscatoriedad, entre otros, establecidos en la Constituci ó n, y en el cual la potestad tributaria del Poder Nacional tambi é n se encuentre sometida a las reglas y l í mites propios de la tributaci ó n.

5 www.avdt.org.ve III. CONCLUSIONES 2. Ante el constante incremento de la presi ó n fiscal por parte del Poder Nacional, especialmente por v í a de la creaci ó n de las llamadas exacciones parafiscales, y la ausencia de normas de coordinaci ó n y armonizaci ó n de las distintas potestades tributarias de que gozan los entes pol í ticos territoriales, corresponder á al Poder Judicial la dif í cil e importante tarea de establecer, en cada caso, las reglas y criterios que permitan dar mayor coherencia y racionalidad al conjunto de los tributos que inciden sobre el universo de los contribuyentes, con el fin de evitar los posibles efectos confiscatorios derivado del establecimiento de estos nuevos tributos

6 Para contactarme: Juan Carlos Fermín F. jcfermin@romen.com Tlf.: 0212 2854944


Descargar ppt "Juan Carlos Fermín Fernández “Armonización tributaria y prohibición constitucional de efectos confiscatorios de los tributos”"

Presentaciones similares


Anuncios Google