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Presentación del tema: "1."— Transcripción de la presentación:

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2 NUESTRA VISIÓN FRENTE A LA IMPLEMENTACIÓN DE SOLVENCIA II EN COLOMBIA
Superintendencia Financiera de Colombia Camilo Zea Gómez Director de Investigación y Desarrollo Bogotá, 9 de Septiembre de 2009 2

3 Agenda Paralelo entre Solvencia II y Basilea II
Esquema de Supervisión Actual Cómo transitar hacia Solvencia II? Lo más urgente? Conclusiones

4 1. Paralelo entre Solvencia II y Basilea II
Tres pilares Defensa del asegurado Aseguradoras europeas Activo y pasivo Un modelo que integra todos los riesgos Basilea II Tres pilares Estabilidad del sistema bancario internacional Bancos con actividad internacional Activo y pasivo Un modelo para cada riesgo Estructura Objetivo Ámbito de aplicación Alcance Riesgos

5 2. Esquema de Supervisión Actual
Solvencia II en Colombia: La SFC a diferencia de otras superintendencias de la región ha querido entrar en Basilea II y Solvencia II por el Pilar II, a través de tres grupos de normas: SARes, Valoración y Régimen de Reservas SARes: CE 052 de 2002: Riesgos de Seguros SEARS CE 031 de 2004: Riesgos de Mercado SARM CE 052 de 2004: Riesgo de Crédito SARC CE 048(9) de 2006: Riesgo Operativo SARO CE 009 de 2007: Riesgos de Mercado SARM CE 016 de 2008: Riesgo de Liquidez SARL

6 2. Esquema de Supervisión Actual
Solvencia II en Colombia: Valoración: CE 018 de 2007: Operaciones del Mercado Monetario CE 025 de 2008: Instrumentos Financieros Derivados y Productos Estructurados CE 033 de 2008: Régimen de Inversiones de los Fondos de Pensiones Obligatorias Régimen de Reservas: Tablas de mortalidad Tasa de interés técnica Proyecto de Circular Externa Régimen de inversiones de las Reservas

7 3. Cómo transitar hacia Solvencia II?
A partir de todo lo anterior … Pilar II: Establecer estándares actuariales, por ejemplo definir los elementos mínimos de las Notas Técnicas, Fortalecer los SARes Modificación general del ramo de terremotos Pilar I: Revisión Tasa de interés técnico real aplicable a los productos pensiones Actualización de Tablas de Mortalidad e Invalidez Actualizar la normatividad de reservas técnicas y régimen de inversiones de reservas técnicas Reforma del margen de solvencia y patrimonio técnico Pilar III: Registro Único de Seguros Cotizador de tarifas de seguros Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito Seguro de Vida Individual Seguro de Vehículo Individual

8 4. Lo más urgente? Incluir dentro del Margen de Solvencia el Riesgo de Mercado y el Riesgo de Contraparte El sector asegurador colombiano entre enero de 2006 y junio de 2008, por efecto de valoración de inversiones, ha dejado de percibir $ 165,568 millones de pesos

9 5. Conclusiones Entramos a Solvencia II a través del Pilar II
Se ven menores avances en los Pilares I y III El paso siguiente es incluir el Riesgo de Mercado y Riesgo de Contraparte Proyectos como las Tablas de Mortalidad, Tasa de Interés Técnica y Régimen de Reservas, son la base para iniciar la discusión del Pilar I

10 GRACIAS Dirección de Investigación y Desarrollo
Superintendencia Financiera de Colombia

11 Solvencia hoy El margen de solvencia actualmente representa las pérdidas inesperadas producto de deficiencias de tarifación o incremento en la siniestralidad, y está cubierto con capital Reservas Capital

12 Sistema de Administración de Riesgos SAR
Definición: es un proceso efectuado por la organización con el fin de establecer una estrategia diseñada para identificar eventos potenciales que puedan afectar a la entidad, proporcionando una seguridad sobre la consecución de sus objetivos. Elementos: son los componentes a través de los cuales se instrumenta organizada y metódicamente la administración del riesgo al interior de una entidad. Tales elementos son: Políticas Procedimientos Cuantificación Órganos de Control

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14 Revisión tasa de interés técnico real aplicable
a los productos de pensiones. Revisión tasa de interés técnico real aplicable a los productos de pensiones Se pretende la revisión de la tasa de interés técnico real (actualmente 4%), teniendo en cuenta la evolución del mercado. Existe propuesta preliminar por parte de la SFC, que fue sometida a consideración del sector. En particular: Para un primer tramo: adoptar una tasa flexible (en lo posible no tan volátil), atada a la rentabilidad de títulos de Largo Plazo con bajo nivel de riesgo. Para un segundo tramo: se resta un factor se seguridad a la tasa del primer tramo para contrarrestar el riesgo de reinversión. Debido a la actual crisis financiera internacional y a las altísimas volatilidades observadas fue necesario posponer las discusiones en torno a este tema. Pero se espera reformarlas en 2010. 14

15 Revisión tasa de interés técnico real aplicable
a los productos de pensiones.

16 Tablas de mortalidad e invalidez para régimen de pensiones ley 100.
Tablas de mortalidad e invalidez para pensiones ley 100 Con base en la información de la CE 071 de 2000, se proyectan: Nuevas tablas de mortalidad para activos y pensionados ambos sexos Existen Tablas preliminares basadas en la información del ISS, Asofondos y Fasecolda. A mediados de septiembre de 2009 se espera nueva propuesta de la SFC para someter a discusión. 16

17 Tablas de mortalidad e invalidez para régimen de pensiones ley 100.
Tablas de mortalidad e invalidez para pensiones ley 100 Con base en la información de la CE 071 de 2000, se proyectan: Nuevas tablas de mortalidad inválidos ambos sexos En el tercer trimestre se espera propuesta de la SFC para someter a discusión. Nuevas tablas de invalidez ambos sexos 17

18 Impacto en Tarifación y Reservas
Tablas de mortalidad e invalidez para régimen de pensiones ley 100. Impacto en Tarifación y Reservas

19 Cambio en el régimen de reservas técnicas
En la actualidad Fasecolda contrato a una firma consultora para realizar un análisis exhaustivo de los posibles cambios en el régimen de reservas. De acuerdo con el decreto 839 de Actualmente las reservas a constituir son: Reserva de riesgo en curso. Reserva matemática. Reserva para siniestros pendientes. Reserva de desviación de siniestralidad. Este cambio contempla también la posibilidad que de crear nuevas reservas. 19

20 Régimen de Inversiones de las Reservas
Proyecto de Decreto en Ministerio de Hacienda. Contempla: Límite para inversión en activos de emisores del exterior al 40%. (Vida y Generales) Las siguientes inversiones tienen límites particulares Inversión en depósitos a la vista en bancos del exterior. Límite máximo 5% Inversión en fondos de capital privado constituidos en el exterior. Límite máximo en vida 5% Límite para inversión en acciones locales al 40% en Vida y 30% en Generales. Se fija un límite global para inversión en acciones de emisores locales y del exterior en el 40% en Vida y 30% en Generales. Inversión en carteras colectivas bursátiles locales, límite máximo el 5%. 20

21 Régimen de Inversiones de las Reservas
Se aclaran algunos requisitos para la inversión en fondos de capital privado locales y se fija un límite máximo de 5%. (vida y Generales). Aumenta el limite individual por emisor del 10% al 15% del valor de las reservas. La SFC tiene un Proyecto de Circular Externa en la que contempla regulación para operaciones con instrumentos financieros derivados con fines de cobertura y de especulación, normas para productos estructurados y condiciones para negociar derivados de crédito. 21

22 Cambio en el Margen de Solvencia Aseguradoras
Actualmente el margen de solvencia para las aseguradoras se calcula: Seguros Generales R(p): Requerimiento en función de las primas con un mínimo aproximado de 9% R(s): Requerimiento en función de los siniestros con un mínimo aproximado de 4.5% Seguros Vida R(RM): Requerimiento en función de las reservas matemáticas con un mínimo aproximado de 5.1%

23 Cambio en el Margen de Solvencia Aseguradoras
Margen de Solvencia Propuesto Lo que se quiere en la propuesta, es que el nuevo margen de solvencia recoja el riesgo de mercado utilizando una medida de VAR M(VAR) y el riesgo de contraparte adicionando un porcentaje de los activos ponderados por nivel de riesgo APNR. El nuevo margen de solvencia que se propone es: Para seguros generales Para seguros de vida

24 Decreto que modifica la operación del ramo de terremoto.
Propuesta Global Modificación del esquema actual de regulación y control del ramo de terremoto. Según la propuesta de Fasecolda, ésta modificación debe estar acompañada de mecanismos que incentiven la retención de riesgos, la suficiencia de tarifas y el crecimiento patrimonial de las compañías de seguros en el ramo de terremoto, aspectos positivos para el fortalecimiento de la industria aseguradora nacional.

25 Decreto que modifica la operación del ramo de terremoto.
Cambios fundamentales contemplados en la propuesta Permitir a las compañías de seguros la utilización de los sistemas de evaluación de riesgo sísmico, para estimar la pérdida máxima probable (PMP) y la prima pura de riesgo de sus carteras de terremoto. Permitir a las compañías de seguros utilizar los resultados del calculo de las funciones de pérdida máxima probable (PMP), provenientes del análisis de sus carteras retenidas de terremoto, para la compra de protección catastrófica.

26 Decreto que modifica la operación del ramo de terremoto.
Cambios fundamentales contemplados en la propuesta Permitir a las compañías de seguros utilizar el calculo de la prima pura de riesgo de su cartera retenida no cubierta por la protección catastrófica, para constituir las reservas de desviación de siniestralidad del ramo. Establecer mecanismos para el uso y la liberación de las reservas de desviación de siniestralidad del ramo de terremoto, basados en principios de incentivo para la retención de riesgos, la constitución de reservas adecuadas y el fortalecimiento patrimonial.

27 Cambios fundamentales contemplados en la propuesta
Decreto que modifica la operación del ramo de terremoto. Cambios fundamentales contemplados en la propuesta

28 Cambios fundamentales contemplados en la propuesta
Decreto que modifica la operación del ramo de terremoto. Cambios fundamentales contemplados en la propuesta

29 Decreto que modifica la operación del ramo de terremoto.
Particularidades de la evaluación de riesgo sísmico. La evaluación del riesgo sísmico difiere de la forma como se evalúan cualquier otro tipo de riesgos, pues la información que existe es escasa o prácticamente nula. Por esto, la forma tradicional de cálculo de la pérdida esperada (igual al producto de la frecuencia por la severidad), no se puede aplicar directamente como en la evaluación de riesgos generales. Los elementos que definen la evaluación del riesgo sísmico son: Amenaza sísmica regional. Respuesta sísmica de los suelos. Vulnerabilidad estructural de los edificios.

30 Decreto que modifica la operación del ramo de terremoto.
Particularidades de la evaluación de riesgo sísmico. Vulnerabilidad sísmica (Respuesta estructural del edificio a la carga sísmica) Amenaza sísmica local (Respuesta sísmica del suelo) Amenaza sísmica regional (Sismo fuente)

31 SARes En la actualidad, los Sistemas de Administración de riesgo cubren la gestión de algunos de los riesgos a los que se exponen las Aseguradoras en el cumplimiento de su objeto social. En la actualidad la SFC se encuentra realizando estudios encaminados a la implementación de mejores prácticas para la gestión del: Riesgo de Liquidez Riesgo de Tasa de Interés del Libro Bancario.

32 RUS La actual reforma financiera incluye dentro de su articulado la creación de un Registro Único de Seguros “Artículo 78. Registro Único de Seguros (RUS). Créase el Registro Único de Seguros (RUS) al cual se podrá acceder mediante Internet, con el fin de proveer al público de información concreta, asequible y segura sobre las personas que han adquirido pólizas de seguros, las que están aseguradas por dichas pólizas y las beneficiarias de las mismas. (…)”


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