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Publicada porYessenia Batista Modificado hace 10 años
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Servicio de Salud Arica PROGRAMA DE INDUCCIÓN NUEVO PERSONAL
Subdirección de Recursos Humanos
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OBJETIVO DEL PROGRAMA Que conozcas cuales son tus derechos y deberes como funcionarios público de la salud. Te familiarices con la información estratégica del Servicio como la misión, visión, los objetivos y valores del Servicio. A qué beneficios podrás optar cómo funcionario. Crear en ti, la oportunidad de pertinencia y permanencia dentro del Servicio.
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Derechos Obligaciones Prohibiciones Servicio de Bienestar Remuneración Seguridad e Higiene Información SSA Carrera Funcionaria Trabajando con Calidad de Vida Capacitación Evaluación de Desempeño
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Información Servicio Salud Arica
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RESEÑA HISTORICA Año los “Copachos” (frailes) fundan Hospital San Juan de Dios Año Ley Orgánica establece que Médicos serán Directores de Hospitales Año creación Servicio Nacional de Salud (SNS). Dirección Zonal se radica en Antofagasta, con Jurisdicción entre Arica y Taltal Pasó a Jurisdicción Chilena en el año 1.880 Siglo XX Campaña de Erradicación de la Malaria y Control del Anophelismo Éxito alcanzado por el Dr. Juan Noé Crevani Década de los 50 Organismo de Salud de Arica a cargo de los efectos del “Puerto Libre” Año S.N.S. desaparece y se crean 29 S.S. autónomos. SSA Jurisdicción en provincias Arica y Parinacota Año Reforma de Salud: - SSA= Red Asistencial: Hospital, Consultorios, Postas y Privados - Seremía= Área Medio Ambiente, Promoción de la Salud y Fiscalizaciones. Década de los 80 traspaso APS a Municipios y se crea Fonasa e Isapres
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VISION “El Servicio de Salud Arica se proyecta como una Empresa de Servicio Público que lidere el desarrollo de estrategias que optimicen el Nivel de Salud de la población de Arica y Parinacota”
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MISION El Servicio de Salud Arica es una Empresa de Servicio Público que tiene como misión velar por la salud de la población, liderando propuestas que permitan potenciar actividades de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación, con énfasis en el auto cuidado personal, familiar y comunitario, en forma eficiente, mediante la capacitación permanente de su personal y la optimización de recursos humanos y financieros, en el marco de la solidaridad, equidad, probidad, oportunidad y respeto.
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PRINCIPIOS Y VALORES El Servicio de Salud Arica asume como
propios los siguientes Principios y Valores: Eficiencia y Calidad en el Servicio. Solidaridad. Responsabilidad. Equidad. Probidad. Participación. Oportunidad. Respeto.
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OBJETIVOS DEL SERVICIO DE SALUD
En el Ámbito de la Gestión Administrativa: Implementar en el SSA un estilo de Organización y Gestión Moderna. Gestionar el cumplimiento del Plan de Inversiones para el Servicio de Salud Arica. Mantener un Servicio de Salud Equilibrado y Estable Financieramente.
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Elaborar un Plan para el Desarrollo del Recurso Humano en el Servicio de Salud Arica.
Diseñar un Sistema de Información Administrativo Inteligente dirigido tanto a los clientes externos como internos del Servicio. Difundir el nuevo Modelo de Gestión del Servicio de Salud Arica, tanto hacia el interior del Servicio como hacia la Comunidad.
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En el Ámbito de la Gestión Sanitaria y en Red:
Proveer servicios acordes a las expectativas del usuario y estándares del sector. Realizar el Seguimiento a los Compromisos de Gestión Anual determinados por la Dirección General de la Red Asistencial (Digera). Dar Cumplimiento a los Compromisos de Gestión Anual Asociados a la Programación en Red.
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COBERTURA DEL SERVICIO DE SALUD ARICA
Provincias de Arica y Parinacota General Lagos PROVINCIA DE ARICA Arica Camarones Putre Arica PROVINCIA DE PARINACOTA Putre General Lagos Camarones
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NUESTRA RED: Provincia de Arica:
Dirección del Servicio: Edificio Prat y Alborada
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1 Hospital: Dr Juan Noé Crevani
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3 CENTROS COMUNITARIOS DE
SALUD MENTAL (CCSM) ESSMA Norte ESSMA Sur PRAIS
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OTROS ESTABLECIMIENTOS
1 HOGAR PROTEGIDO 1 RESIDENCIA PROTEGIDA 1 CASA DE ATENCION DEL PROGRAMA DE REPARACION 1 CENTRO DE SALUD AMBIENTAL 1 PROGRAMA DE SALUD Y PUEBLOS INDIGENAS (PESPI) 1 UNIDAD DE ATENCION PRIMARIA OFTALMOLOGICA (UAPO) OTROS ESTABLECIMIENTOS
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ATENCIÓN MUNICIPALIZADA EN SALUD
Centro de Atención en Salud Familiar (CESFAM) “Remigio Sapunar” “Victor Bertín Soto”
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“ Amador Neghme“ “Iris Velíz“
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3 Centros Comunitarios de Salud Familiar (CECOSF)
Dr. René García Dr. Miguel Massa Cerro la Cruz
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Posta Poconchile-Arica
3 Postas de Salud Rural San Miguel de Azapa Poconchile Sobraya Posta Poconchile-Arica
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Posta de Salud Rural CAMARONES Posta Codpa
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1 Centro de Atención en Salud Familiar (CESFAM)
PROVINCIA DE PARINACOTA PUTRE 1 Centro de Atención en Salud Familiar (CESFAM) CESFAM “Putre“
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PUTRE Posta Belén Posta Ticnamar
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GENERAL LAGOS Posta Vísviri Posta Alcérreca
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ORGANIGRAMA DIRECCIÓN
Consejo Integrador Red Asistencial Consejo Consultivo de Usuario Departamento de Auditoria Departamento Asesoría Jurídica Oficina de Emergencias Dpto. de Apoyo a la Gestión Secretaria y Oficina de Partes Comunicaciones Participación Social Relaciones Internacionales Subdirección de Recursos Humanos Subdirección Gestión Asistencial Subdirección Recursos Físicos y Financieros Administración Dpto. Desarrollo Organizacional Dpto. Información en Salud y Producción Dpto. Coordinación de Red Asistencial Dpto. Finanzas Dpto. Desarrollo de las Personas Dpto. Recursos Físicos Unidad de Farmacia e Ilícitos PRAIS Dpto. Gestión del Personal Dpto. Informática Oficina de Calidad
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ORGANIGRAMA HOSPITAL Subdirector Administrativo Subdirección
Secretaría y Oficina de Partes Gestión Clínica Coordinación de Enfermería Consejo Técnico Comité y Otros Órganos Asesores Educación Continua IIH Farmacia C. De Ética COGGES Consejo Consultivo Usuario Abastecimiento Emergencia Diálisis Capacitación C. Implementación y Autogestión C. Auditoría C. Salud, Prevención y Autocuidado C. Normalización Equipo Directivo Planificación y Desarrollo Oficina de Calidad Auditoría Asesoría Jurídica Subdirector Administrativo Subdirección Atención Ambulatoria Subdirección Atención Cerrada Subdirector Apoyo Clínico
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SERVICIO MUNICIPAL DE SALUD
ORGANIGRAMA SERVICIO MUNICIPAL DE SALUD DIRECTOR SERMUS Planificación y Estudios Consejo Técnico Informática Estadística Proyectos ESTABLECIMIENTOS DE SALUD UNIDAD RURAL ADMINISTRACION Y FINANZAS SERVICIOS DE APOYO Sobraya Farmacia A. Neghme Tesoreria Contabilidad San Miguel Laboratorio V. Bertin Soto Remuneraciones Abastecimiento Poconchile Servicios Generales SAPU Personal I. Véliz
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LEYES PRINCIPALES QUE REGULAN AL PERSONAL SERVICIO DE SALUD
LEY N° 18834 Directivos, Profesionales, Técnicos, Administrativos, Auxiliares. Supletoriamente, también se aplica a los Médicos, Odontólogos, Químicos Farmacéuticos y Bioquímicos. LEY N° 19664 Médicos, Odontólogos, Químicos Farmacéuticos, Bioquímico. Y los cargos Directivos, que se desempeñan en cargos de 11,22,33 y 44 horas semanales, en establecimientos dependiente administrativamente del SSA. LEY N° 15076 Profesionales Médicos que se desempeñan en turnos de 28 horas semanales en: Asistencia Pública U. Cuidados Intensivos Servicios Clínicos de Obstetricia y Ginecología. Unidad de Neonatología Y Liberados de Guardia que ocupan cargos de 28 horas.
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G R A C I A S
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Derechos, Obligaciones y Prohibiciones del Personal
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Derechos
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DERECHOS FUNCIONARIOS
Artículo 89, DFL- 29 Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° Todo funcionario tendrá derecho a gozar de estabilidad en el empleo y a ascender en el respectivo escalafón; Participar en los concursos; Hacer uso de feriados, permisos y licencias;
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DERECHOS FUNCIONARIOS
Titulo II, Código del Trabajo Las trabajadoras tendrán derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él. Art. N° 195, Código del Trabajo. El padre tendrá derecho a un permiso pagado de cinco días en caso de nacimiento de un hijo. Este derecho es irrenunciable.
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PERMISOS Se entiende por permiso la ausencia transitoria de la institución. Todo funcionario tiene derecho a 6 días de permiso administrativos al año El jefe directo podrá conceder o denegar discrecionalmente dichos permisos. Los médicos tienen 12 días al año.
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PERMISOS Los permisos no son acumulables de un año a otro.
Se puede solicitar permisos, sin goce de remuneraciones, para profesionales funcionarios (LEY ) hasta 2 meses en cada año calendario o 6 meses cada 3 años. (art. 27 DFL 1). Se puede solicitar permisos, sin goce de remuneraciones para funcionarios pertenecientes a la LEY hasta por 6 meses, en un año calendario.
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FERIADO LEGAL Tienen derecho los funcionarios a:
con hasta 15 años de servicio, 15 días. de 15 a 20 años, 20 días. más de 20 años, 25 días. Se tendrá derecho a hacer uso de su feriado cuando se haya cumplido efectivamente un año de servicio. Los funcionarios/as que residan en las regiones extremas del país, tendrán derecho a gozar de su feriado aumentado en cinco días hábiles.
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INFORMACIÓN IMPORTANTE
Los feriados legales podrán solicitarse en forma fraccionada, pero una de las fracciones no podrá ser inferior a diez días. Sólo en caso extraordinario y por requerimientos del Servicio, los feriados legales pueden ser acumulados para el año siguiente, siempre que ello no implique exceder en conjunto de un total de 30, 40 o 50 días hábiles, según el caso.
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LICENCIAS MÉDICAS Es el derecho que tiene el funcionario de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado lapso, con el fin de atender al restablecimiento de su salud. El plazo de presentación de la Licencia Médica, 3 días hábiles (el día sábado se considera hábil, pero no se trabaja dicho día) a contar de la fecha que fue emitida la licencia.
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Obligaciones
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OBLIGACIONES FUNCIONARIAS
Artículo 55 Estatuto Administrativo o 61 Decreto Fuerza Ley 29. Desempeñar personalmente las funciones del cargo en forma regular y continua, sin perjuicio de las normas sobre delegación; Orientar el desarrollo de sus funciones al cumplimiento de los objetivos de la institución y a la mejor prestación de los servicios que a ésta correspondan; Realizar sus labores con esmero, cortesía, dedicación y eficiencia, contribuyendo a materializar los objetivos de la institución; Cumplir la jornada de trabajo y realizar los trabajos extraordinarios que ordene el superior jerárquico;
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Cumplir las destinaciones y las comisiones de servicio que disponga la autoridad competente;
Obedecer las órdenes impartidas por el superior jerárquico; Observar una vida social acorde con la dignidad del cargo;
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Proporcionar con fidelidad y precisión los datos que la institución le requiera relativos a situaciones personales o de familia, cuando ello sea de interés para la administración, debiendo ésta guardar debida reserva de los mismos; Observar estrictamente el principio de probidad administrativa (Artículo 54° de la Ley , revisar articulo), que implica una conducta funcionaria moralmente intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular.
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El Artículo 64 de esta misma Ley señala las conductas o actos que “Contravienen especialmente el principio de la probidad administrativa: Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña; 2. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero;
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3. Emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros; 4. Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales; 5. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo o función, para sí o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza.
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HORARIO DE TRABAJO Lunes a Viernes : 8:30 - 17:18. 44 horas semanales.
Atrasos : 8:36 (Descuentos). Horario de colación: 30 minutos. (Dictamen Contraloría General de la Republica). Los atrasos e inasistencias afectarán la evaluación del funcionario. Los atrasos e inasistencias reiteradas, sin causa justificada, serán sancionados con destitución, previa investigación sumaria.
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DESTINACIONES, COMISIONES Y COMETIDOS FUNCIONARIOS
Es la obligación que tiene el funcionario/a de desempeñar funciones propias del cargo dentro de la Institución correspondiente. Comisión de Servicio: Los funcionarios/as pueden designarse en comisión de servicios para el desempeño de funciones ajenas al cargo en el mismo servicio o en otro distinto. Cometidos Funcionarios: Realizar labores específicas inherentes al cargo que sirven, desarrollándose dentro o fuera de su lugar de desempeño habitual.
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RENUNCIA Artículo 146 al 148, Estatuto Administrativo La renuncia es el acto en virtud del cual el funcionario/a manifiesta al Director del Servicio la voluntad de hacer dejación de su cargo. La renuncia debe ser presentada por escrito en la Secretaría de la Dirección del Servicio con copia la Jefatura directa del funcionario/a.
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RENUNCIA Artículo 146 al 148, Estatuto Administrativo La renuncia no producirá efecto sino desde la fecha en que quede totalmente tramitada la resolución que la acepte, a menos que en la renuncia se indicare una fecha determinada y así lo disponga el Director/a del Servicio. En los casos de cargos de exclusiva confianza, la remoción se hará efectiva por medio de la petición de renuncia que formulará el Director/a del Servicio. Si la renuncia no se presenta dentro de las cuarenta y ocho horas de requerida, se declarará vacante el cargo.
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Prohibiciones
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Art. 78 del Decreto Fuerza Ley N° 84.
PROHIBICIONES Art. 78 del Decreto Fuerza Ley N° 84. Ejercer facultades, atribuciones o representación de las que no esté legalmente investido, o no le hayan sido delegadas; b) Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que tengan interés él, su cónyuge, sus parientes consanguíneos hasta el tercer grado inclusive o por afinidad hasta el segundo grado, y las personas ligadas a él por adopción;
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PROHIBICIONES c) Actuar en juicio ejerciendo acciones civiles en contra de los intereses del Estado o de las instituciones que de él formen parte, salvo que se trate de un derecho que ataña directamente al funcionario, a su cónyuge o a sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o por afinidad hasta el segundo grado y las personas ligadas a él por adopción. Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo, utilizar personal, material o información reservada del Organismo, para fines ajenos a la institución.
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PROHIBICIONES d) Intervenir ante los tribunales de justicia como parte, testigo o perito, respecto de hechos de que hubiere tomado conocimiento en el ejercicio de sus funciones, o declarar en juicio en que tenga interés el Estado o sus organismos, sin previa comunicación a su superior jerárquico; e) Someter a tramitación innecesaria o dilación los asuntos entregados a su conocimiento o resolución, o exigir para estos efectos documentos o requisitos no establecidos en las disposiciones vigentes;
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PROHIBICIONES f) Solicitar, hacerse prometer o aceptar donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza para sí o para terceros; g) Ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal, material o información reservada o confidencial del organismo para fines ajenos a los institucionales; h) Realizar cualquier actividad política dentro de la Administración del Estado o usar su autoridad, cargo o bienes de la institución para fines ajenos a sus funciones;
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PROHIBICIONES Organizar o pertenecer a sindicatos en el ámbito de la Administración del Estado; dirigir, promover o participar en huelgas, interrupción o paralización de actividades, totales o parciales, en la retención indebida de personas o bienes, y en otros actos que perturben el normal funcionamiento de los órganos de la Administración del Estado; j) Atentar contra los bienes de la institución, cometer actos que produzcan la destrucción de materiales, instrumentos o productos de trabajo o disminuyan su valor o causen su deterioro; k) Incitar a destruir, inutilizar o interrumpir instalaciones públicas o privadas, o participar en hechos que las dañen, y l) Realizar cualquier acto atentatorio a la dignidad de los demás funcionarios. Se considerará como una acción de este tipo el acoso sexual, entendido según los términos del artículo 2º, inciso segundo, del Código del Trabajo.
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INCOMPATIBILIDADES En una misma Institución o Servicios no podrán desempeñarse personas ligadas entre sí por matrimonio, por parentesco de consanguinidad, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica: Hasta el 3° inclusive, de afinidad hasta el 2° o por adopción. Si se produjera alguno de los vínculos indicados, la solución radica en que el subalterno deberá ser destinado a otra función en que esa relación no se produzca. Grados Titular/Cónyuge 1º Padres Suegros Hijos Yerno/Nuera 2º Abuelos Hermanos Cuñados Nietos 3º Bisabuelos Tíos Sobrinos Biznietos 4º Primos -
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G R A C I A S
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Evaluación de Desempeño
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EVALUACION DE DESEMPEÑO
FUNCIONARIOS REGIDOS POR LEY N° 18834 PERIODO DE EVALUACIÓN 1° Septiembre al 31 de Agosto. Etapas del Proceso Precalificación: Calificación: Apelación: No serán calificados los funcionarios que hubiesen desempeñado sus funciones por un lapso menor a 6 meses. FUNCIONARIOS REGIDOS POR LEY N° Y 19664 Procesos Desde Enero a Diciembre Etapas del Proceso Precalificación Calificación Apelación No serán calificados los funcionarios ingresados dentro de los últimos 3 meses del período calificatorio y los que tengan menos de 6 meses de trabajo efectivo dentro del año.
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FUNCIONARIOS REGIDOS POR LEY N° 18834
Evaluación de los factores y subfactores: Nota 7, Sobresaliente Nota 6, Muy bueno Nota 5, Bueno Nota 4, Más que regular Nota 3, Regular Nota 2, Deficiente Nota 1, Malo FUNCIONARIOS REGIDOS POR LEY N° Y 19664 Evaluación de los factores y subfactores Nota 7, Distinguido Nota 6, Muy bueno Nota 5, Bueno Nota 4, Satisfactorio Nota 3, Regular Nota 2, Deficiente Nota 1, Malo
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Lista Nº 1, de Distinción (60 a 70 ptos)
FUNCIONARIOS REGIDOS POR LEY N° 18834 Listas de ubicación Lista Nº 1, de Distinción (60 a 70 ptos) Lista Nº 2, Buena (50 a 59 ptos) Lista Nº 3, Condicional (30 a 49 ptos) Lista Nº 4, de Eliminación (10 a 29 ptos FUNCIONARIOS REGIDOS POR LEY N° Y 19664 Listas de ubicación Lista Nº 1, de Mérito (105 a 89 ptos, con ninguna nota inferior a 4) Lista Nº 2, Buena (88 a 60 ptos, con ninguna nota inferior a 3) Lista Nº 3, Regular (59 a 45 ptos, con ninguna nota inferior a 2) Lista Nº 4, Mala (menos de 45 ptos.)
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Integrantes de la Junta Calificadora.
FUNCIONARIOS REGIDOS POR LEY N° Y 19664 Integrantes de la Junta Calificadora. La Junta Calificadora se constituirá por los cinco profesionales funcionarios de más alta jerarquía, aunque perciban sus remuneraciones de acuerdo con el sistema de la Escala Única de Sueldos, con excepción del Jefe Superior del Servicio, con la participación de un funcionario de la misma profesión del personal calificado, determinado por su antigüedad en el Servicio. FUNCIONARIOS REGIDOS POR LEY N° 18834 Integrantes de la Junta Calificadora. La Junta Calificadora Central (Dirección Servicio), estará compuestas por los cinco funcionarios de más alto nivel jerárquico, con excepción del Jefe Superior, y por un representante del personal elegido por éste, según el estamento a calificar.
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CARRERA FUNCIONARIA
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CARRERA FUNCIONARIA LEY 19.664
Los profesionales funcionarios no directivos que desempeñen jornadas diurnas: Etapa de Destinación y Formación. Etapa de Planta Superior. En la primera etapa se cumplirá mediante el desempeño de empleos a contrata y la permanencia en ella, no podrá exceder de nueve años. A partir del sexto año, los profesionales podrán postular a los concursos que se llamen para proveer cargos de la Etapa Superior.
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El ingreso a esta Etapa de Destinación y Formación, se efectuará mediante un proceso de selección objetivo, técnico e imparcial, que se desarrollará a nivel nacional a lo menos una vez al año. Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, los Directores de los Servicios estarán facultados para contratar directamente en la Etapa de Destinación y Formación, cuando circunstancias fundadas lo justifiquen en razón de necesidades del Servicio, en forma transitoria y por períodos determinados. Estas contrataciones no pueden exceder el 20% de la dotación de horas asignadas a ella.
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CARRERA FUNCIONARIA LEY N° 18.834
Para los efectos de la carrera funcionaria, cada institución sólo podrá tener las siguientes plantas de personal: Directivos Profesionales Técnicos Administrativos Auxiliares La carrera funcionaria se iniciará con el ingreso en calidad de titular a un cargo de la planta, y se extenderá hasta los cargos de jerarquía inmediatamente inferior a los de exclusiva confianza.
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Directivos de Carrera y Profesionales
La provisión de estos cargos se hará mediante los procesos de: Directivos de Carrera y Profesionales Ingreso a la Planta por concurso público. Funcionarios titulares de la planta, para acceder a mayor grado, cuando existen cargos vacantes, por concurso de promoción. Los funcionarios de la Planta Directivos de carrera, corresponden al grado de inicio hasta el grado 11°.
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Planta de Técnicos, Administrativos y Auxiliares.
La provisión de titulares en estas plantas se realiza a través de ascensos, en base a acreditaciones anuales, en el cual se miden tres factores: Calificación Capacitación Experiencia Calificada En los casos que queden cargos disponibles, se proveerán por medio de concurso público.
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SEGURIDAD E HIGIENE
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LEY SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (01 de Febrero de 1968)
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CONTINGENCIAS CUBIERTAS
Accidente de Trabajo: Es toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte. Accidente de Trayecto: Son los ocurridos en el trayecto directo entre la habitación y lugar de trabajo y viceversa. Enfermedad Profesional: Es la causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
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TAMBIÉN SE CONSIDERAN ACCIDENTES DE TRABAJO
Los sufridos por dirigentes sindicales a causa o con ocasión de su cometido gremial. El experimentado por el trabajador enviado al extranjero en casos de sismos o catástrofes y El experimentado por el trabajador enviado a cursos de capacitación.
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¿CUÁNDO NO ES ACOGIDO COMO ACCIDENTE DE TRABAJO?
Cuando no se informa dentro de las 24 horas siguientes de sucedido el accidente. Trámites personales cerca del lugar de trabajo pierden cobertura. Compras de alimentos (desayunos, colaciones, confites, bebidas, etc.) cerca del lugar de trabajo pierden cobertura. Se exceptúan además los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la victima.
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ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO
El Seguro del Servicio de Salud, es administrado por un Organismo Público: INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL (ISL) : 1. PREVENCION DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES 2. PRESTACIONES MÉDICAS 3. PRESTACIONES ECONÓMICAS 4. REHABILITACIÓN 5. REEDUCACIÓN
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¿QUÉ HACER EN CASO DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO, ACCIDENTE DE TRAYECTO O ENFERMEDAD PROFESIONAL?
Existe un Procedimiento el que está disponible en la página , ingresar usuario y clave, hacer link en Mi organización, link en Subdirección de RRHH y por último en Prevención de Riesgos y Accidentes Laborales.
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Lesión Poli ETS Unidad Prevención de Riesgos
Otros Accidentes Cortopunzantes FLUJOGRAMA DE PROCEDIMIENTO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO, ACCIDENTES DE TRAYECTO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Notificación a Jefe Directo Poli ETS Notificación a Prevención de Riesgos DIAT - DIEP Derivación al ISL Orden de Atención Unidad Prevención de Riesgos Monitoreo
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COMITÉ PARITARIO Y COMITÉ DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS.
Edificio Prat Edificio Alborada Essma Sur Essma Norte PRAIS PESPI Centro de Salud Ambiental UAPO
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CAPACITACIÓN
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1.- PROGRAMA ANUAL DE CAPACITACIÓN (PAC)
¿Quiénes Pueden Acceder? Funcionarios Ley N° Funcionarios Ley N° Capacitaciones que se pueden postular: Cursos Pasantías Congresos Diplomados
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REQUISITOS DE POSTULACION
Todas las capacitaciones deben ser pertinentes con el trabajo desarrollado. Los cursos deben ser de mínimo 20 horas pedagógicas de duración y las pasantías un mínimo de 50 horas pedagógicas, ambas deben contener evaluación. Todas las postulaciones deben estar avaladas con las firmas de la Subdirección y jefatura correspondiente. Para postular a Diplomados, se debe tener como mínimo 3 años de antigüedad en la Institución y contar con la aprobación de su Jefatura directa y Subdirección correspondiente. Se postula individualmente.
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¿COMO POSTULAR? La postulaciones se realizan a través de un formulario de proyecto que se entrega y difunde por la Unidad de Capacitación. Las postulaciones pueden ser realizadas en forma particular o por grupos de trabajo.
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CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
Fecha de Realización Detección de Necesidades de Capacitación Agosto a Sept. cada 2 a 3 años Postulación a Proyectos de Capacitación Octubre Priorización actividades de Comités Locales Noviembre Priorización actividades de Comités Asesor y Central Diciembre Aprobación y Resolución 1 al 15 Enero
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2.- PROGRAMA DE CAPACITACIÓN EDUCACIÓN A DISTANCIA
Actividades 100% E-learning. Charlas Informativas Febrero y Junio Postulación a cursos Marzo y Junio Inscripción y Validación Abril y Julio Desarrollo de Cursos Mayo a Junio y Agosto a Noviembre Informe Final a Dirección SSA Enero
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Cursos Educación a Distancia
Ingeniería de Información Presentaciones efectivas y Dirección de Reuniones Formación de Tutores de Programas a Distancia I y II Usuarios y Funcionarios Referencia y Contrareferencia Salud Buco Dental I y II Curso Calidad y Seguridad del Paciente Autocuidado y Estilos de Vida Saludable Desarrollo Personal y Laboral de funcionarios La Red Asistencial que Queremos Establecimientos Hospital Autogestionados en Red
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3.- PROGRAMA DE CAPACITACIÓN CONVENIO CON UNIVERSIDADES
Responsables del programa Ministerio de Salud ¿Quiénes Pueden Acceder? Funcionarios Ley N° Funcionarios Ley N° Becas entregadas por el Ministerio: Cursos Pasantías Nacionales y Extranjero Diplomados
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IMPORTANTE: Los cupos disponibles y perfiles para postular a estas actividades son enviadas por el Ministerio de Salud a medida que se desarrollan las capacitaciones. La selección de los participantes se realiza a través de comisiones organizadas de acuerdo a cada actividad.
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4.- PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PREVENCIÓN DE RIESGO Y SALUD OCUPACIONAL
Actividades desarrolladas durante Marzo a Noviembre de cada año Se desarrollan en modalidad presencial o a distancia Tienen una duración de 4 a 20 horas pedagógicas Son organizadas por el ISL (Instituto de Seguridad Laboral)
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Acreditación de Profesionales
Corresponde a un bono que se entrega a todos los funcionarios profesionales a contrata o de planta y a los directivos de los grados 17° y 11° inclusive pertenecientes a la Ley por cumplir con 160 horas de capacitación cada 3, 6 y 9 años de servicio (con continuidad). Este proceso evalúa las actividades de capacitación debidamente certificadas y evaluadas con nota.
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Acreditación de Competencias No Profesionales
La acreditación de competencias tiene por objeto evaluar la capacitación, experiencia calificada y calificación obtenida por el personal. Corresponde a un bono que se entrega a todos los funcionarios titular de los estamentos de administrativos, técnicos y auxiliares pertenecientes a la Ley La evaluación de la capacitación considera las actividades desarrolladas durante los últimos 36 meses de acuerdo a la siguiente tabla:
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Técnicos Administrativos Auxiliares N° Hrs. Ped.
Puntaje Entre 24 y 28 20 Entre 22 y 26 Entre 20 y 24 Entre 29 y 33 30 Entre 27 y 31 Entre 25 y 29 Entre 34 y 38 40 Entre 32 y 36 Entre 30 y 34 Entre 39 y 43 50 Entre 37 y 41 Entre 35 y 39 Entre 44 y 48 60 Entre 42 y 46 Entre 40 y 44 Entre 49 y más 70 Entre 47 y más Entre 45 y más
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G R A C I A S
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Remuneraciones
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REMUNERACIONES Los funcionarios/as tendrán derecho a percibir por sus servicios las remuneraciones y demás asignaciones adicionales que establezca la ley. Los atrasos e inasistencias producirán descuentos en los sueldos. No podrá anticiparse las remuneraciones de un empleado por causa alguna, ni siquiera en parcialidades. ( art. 97 DFL N° 29 ). Desde el mes de Enero a Agosto el pago se realiza los días 24 de cada mes. Desde Septiembre a Diciembre se anticipan los pagos de acuerdo a un calendario publicado en el diario oficial. Depositada por convenio institucional a través del Banco Estado (chequera electrónica) o cuentas personales, también puede ser cancelada con cheque al día. La liquidación de sueldo y/o cheque, debe ser retirada en el mesón de atención del Departamento de Finanzas. Durante los feriados legales, Permisos Administrativos y Licencias Médica, el funcionario/a continuará percibiendo su remuneración.
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ASIGNACIONES LEY N° 19.937 FUNCIONARIOS PERTENECIENTES 18.834
Técnicos, Administrativos, Auxiliares DESARROLLO Y ESTIMULO AL DESEMPEÑO COLECTIVO: Normativa: Contendrá un componente base y otro variable asociado al cumplimiento anual de metas sanitarias y al mejoramiento de la atención a los usuarios. Requisito: Corresponderá al personal que haya prestado servicios, sin solución de continuidad, durante todo el año objeto de la evaluación del cumplimiento de metas fijadas, y que se encuentre, además, en servicio al momento del pago de la respectiva cuota de la asignación. Cancelación de la Asignación: Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre.
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Profesionales ACREDITACION INDIVIDUAL Y ESTIMULO AL DESEMPEÑO COLECTIVO: Normativa: Contendrá un componente por acreditación individual y otro asociado al cumplimiento anual de metas sanitarias y mejoramiento de la atención proporcionada a los usuarios. Requisito: Corresponderá al personal que haya prestado servicios, sin solución de continuidad, durante todo el año objeto de la evaluación del cumplimiento de metas fijadas, y que se encuentre, además, en servicio al momento del pago de la respectiva cuota de la asignación. Cancelación de la Asignación: Marzo, Junio, Septiembre y Diciembre.
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ALGUNAS ASIGNACIONES:
SUELDO: Retribución pecuniaria, de carácter fijo y por períodos iguales, asignada a un empleo público de acuerdo con el nivel o grado en que se encuentra clasificado. ASIGNACION DE ANTIGÜEDAD: Se concede a los funcionarios/as por cada dos años de servicios efectivos en el mismo grado. LEY ( art. 10 ): Bonificación Compensatoria Previsional, fijada para evitar la disminución de las remuneraciones. LEY 18566/81: Incrementa remuneraciones y cotizaciones para efecto de salud.
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DECRETO LEY 3501/81: Bonificación por el Incremento Previsional para evitar la disminución de las remuneraciones. ASIGNACION DE ZONA: Es la remuneración que tienen derecho los empleados/as cuando, por el desempeño de sus funciones deben residir en una provincia o territorio que según la ley, reúne condiciones especiales, derivadas de aislamiento o del costo de vida.
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Cómo interpretar mi liquidacion de sueldos
PROFESIONAL ( Grado 15° ) Sueldo Base D.L A.Prof. art.19 L/ A. Sust. art.18 L/ Ley Ley art. 10° A. de Zona TOTAL REMUNERACIONES Haberes Desc. Legales Impuesto Único Líquido Apróx TEC. Y ADM. ( Grado Inicio 23° ) Sueldo Base D.L A. Sust. art.18 L/ Ley Ley art. 10° A. de Zona TOTAL REMUNERACIONES Haberes Desc. Legales Líquido Apróx
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AUXILIAR ( Grado Inicio 25° )
Sueldo Base D.L A. Sust. art.10 L/ Ley Ley art. 10° A. de Zona TOTAL REMUNERACIONES Haberes Desc. Legales Líquido Apróx
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REMUNERACIONES Ley Los profesionales funcionarios/as que desempeñen cargos con jornadas de 11, 22, 33 y 44 horas semanales de la ley Nº en los establecimientos de los Servicios de Salud, incluidos los cargos de la planta de Directivos, con jornadas de dicho cuerpo legal, se regirán por las normas especiales contenidas en esta Ley.
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REMUNERACIONES PERMANENTES
Sueldo Base: Retribución pecuniaria de carácter fijo y por períodos iguales, asignada al cargo o empleo y que constituye la única base de cálculo para el goce de las demás remuneraciones, a excepción de las bonificaciones de desempeño. Asignación de Antigüedad: Se otorgará por cada tres años de servicios y cuyo monto se determinará, aplicando sobre el sueldo base, los porcentajes establecido por la ley. Asignación de Experiencia Calificada: Se otorgará a los profesionales funcionarios que pertenezcan a la Etapa de Planta Superior, en los porcentajes, calculados sobre el sueldo Base y a condiciones que establece la ley. Nivel I % Nivel II % Nivel III %
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Asignación de Reforzamiento Profesional Diurno:
Se otorgará a los profesionales funcionarios de las Etapas de Destinación y Formación y de Planta Superior que cumplan funciones en los establecimientos de los Servicios de Salud. Año 2010 Destinación y Formación % Planta Superior %
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MEDICO( 44 Horas Semanales)
Sueldo Base D.L art Reforzamiento Prof Ley Ley art. 10° A. de Zona TOTAL REMUNERACIONES Haberes Desc. Legales Impuesto Unico Líquido Apróx
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G R A C I A S
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Servicio de Bienestar
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Mejorar la Calidad de Vida
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Marco Legal: Los Servicio de Bienestar se rigen por las disposiciones contenidas en:
D.S. No. 28/94, Reglamento General del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y Subsecretaría de Previsión Social, para los Servicios de Bienestar fiscalizados por la SUSESO. D.S. No. 42/97, reglamento particular D.S. No. 52/2002 Modificaciones del Reglamento particular.
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La Administración La Dirección y la Administración del Servicio de Bienestar corresponde al Consejo Administrativo integrado por seis miembros: - Tres representantes de los trabajadores - Tres representantes de la Institución Duran en sus funciones 02 años
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PROCESO DE INCORPORACIÓN
Afiliación Voluntaria Quienes pueden afiliarse: Titulares Contrata con contrato Anual. Jubilados de la Institución.
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Como me inscribo? 1er paso: me acerco al Servicio de Bienestar
2do paso: Solicito el formulario de afiliación. 3er Paso: Personal da Vº Bº contrato. 4to Paso: La jefa del Servicio Autoriza la solicitud.
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¿Cómo nos Financiamos? Aporte Institucional mensual, por cada afiliado activo. Aporte mensual de los afiliados activos. ( 1% remuneraciones imponibles). Aporte mensual afiliados jubilados (1% pensión más aporte institucional) Intereses de Préstamos que otorga Bienestar. Comisiones por Convenio
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¿Cómo organizamos nuestros beneficios?
Médicos Otros Beneficios Económicos Ítem de Beneficios. Facultativos Préstamos Sociales
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BENEFICIOS MEDICOS Consultas Médicas Medicamentos.
Examen de laboratorio Examen Radiológico. Examen Especializado Examen de Resonancia Hospitalización Intervención Quirúrgica. Atención Odontológica. Tratamiento Especializado. Aparato Ortopédico. Lentes Ópticos. Lentes de Contacto.
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Qué documentos debo presentar?
Atenciones médicas (consultas exámenes etc.) Copia de los Bonos FONASA o ISAPRE Cobro de Beneficios lentes. Receta – Boleta original Fotocopia Receta – Boleta y Programa de FONASA (mayores de 55 años).
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Qué documentos debo presentar?
En caso de Seguros médicos o reembolso de ISAPRES. Fotocopias de los documentos reembolsados más el documento original del reembolso (seguro o ISAPRE) Nota: Las prestaciones realizadas en la ciudad de Tacna también se bonifican, el único requisito es que deben venir en S/.
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BENEFICIOS ECONOMICOS
Matrimonio. Nacimiento. Beneficio Escolar. Beca de Estudio. Ayuda Médica. Incendio y Catástrofe. Fallecimiento. Beneficio por compra de nicho.
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Qué documentos debo presentar?
Certif. de Nacimiento –Matrimonio –Defunción, según corresponda. Certif. de Defunción más facturas de la funeraria. Certif. de Alumno Regular. (Bonos Escolares) Certif. de Alumno Regular mas Concentración de Notas (Becas). Gastos Médicos (boletas – facturas) ayuda médica. Certif. de Bomberos más Informe Social. Incendio y catástrofe.
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PRESTAMOS Préstamos de Auxilio. Préstamo Médico.
Préstamo Habitacional.
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BENEFICIOS FACULTATIVOS
Celebración de Navidad. Actividades Educativas, Culturales y Sociales; Cultura Física y Deportiva.
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OTROS BENEFICIOS CONVENIOS
Coopeuch, Óptica Sudamericana, Óptica Alemana y Convenio Oncológico Fundación Arturo López Pérez Acceso a uso de Recintos de Veraneos y Casas de Huéspedes perteneciente a otros Servicios de Bienestar del Sector Salud. Gimnasios, Bocca Fitness – Extreme Zone 20% descto. 10% Librería Yanulaque.
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Importante Los Beneficios Médicos podrán ser solicitados al 1er mes de cotización. Los Beneficios Sociales y Préstamos después de 3 meses. Los beneficios caducarán luego de 6 meses desde la fecha en que haya incurrido en los gastos, cuya causal da origen a solicitar el reembolso. Los afiliados deberán estar al día en el cumplimiento de las obligaciones contraídas con Bienestar. Para el cobro de beneficios. El Servicio de Bienestar bonifica el copago de las prestaciones médicas que realiza su sistema de salud. Las que no podrán exceder el monto pagado por el afiliado por el afiliado.
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Caja de Compensación los Andes
Bonos Generales. Nupcialidad. Natalidad Matricula Estudios Superiores (Universitario – Técnico) Fallecimiento (Afiliado – Cónyuge – Carga) P. S. U (Puntajes nacionales)
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Caja de Compensación los Andes
Becas de Estudio: Básica (7mo y 8vo) Media (3ro y 4to) Técnico CFT. Profesional IP Universitario. Nota: Las becas se entregan una vez al año.
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Caja de Compensación los Andes
Otros Beneficios. Cupones de Descuento (Cinemundo, Cinema, Domino, Chinawok, Kentucky) Casas de Veraneos a nivel nacional. Créditos (Crédito Social, Línea de crédito, Crédito de emergencia, Crédito hipotecario, Seguros Etc.)
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SERVICIO BIENESTAR Los funcionarios/as interesados en afiliarse deben acercarse a la Unidad de Bienestar Ubicación: Av. Arturo Gallo, segundo piso, ex pasillo de medicina. Horario de Atención: Lunes a Viernes Desde las : 8:30 hasta 17:18 Hrs.
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G R A C I A S
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TRABAJANDO CON CALIDAD DE VIDA
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Trabajando con Calidad de Vida
Política de Prevención del Consumo de Alcohol y Drogas. Procedimiento de denuncia, investigación y sanción del Acoso Sexual y/o Laboral
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El trabajo como fuente de salud y bienestar, otorga:
Autonomía económica Reafirma autoestima Permite socialización El trabajo puede ser también fuente de malestar y sufrimiento: Puede provocar situaciones de tensión. Enfermedades laborales Conflictos, etc.
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Política Preventiva del Servicio de Salud Arica
Política “Trabajando con Calidad de Vida”, aprobada por Res. Exenta Nº33, de fecha 12 de enero de 2010. Resumen el Marco Normativo y Legal que regula el consumo de alcohol y otras drogas, al igual que se incluye un Procedimiento de Control y un Procedimiento de Derivación. Implica una definición de la intención de la organización para implementar actividades de prevención con el desarrollo de acciones concretas al interior de ella. Política fue desarrollada por un Equipo Preventivo Coordinador, y se trabajó en colaboración con CONACE, de acuerdo a un Convenio de Colaboración del año 2008. SESI-RS 132
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¿Porqué prevenir?: Efectos del consumo de alcohol o drogas en el trabajo
Conducta arriesgada o inadecuada, producida por falsa sensación de seguridad (estimulantes). Provoca o agudiza enfermedades o problemas de salud, al igual que accidentes en el lugar de trabajo Ausentismos y/o atrasos reiterados Problemas de relaciones interpersonales, por cambios repentinos de los estados de animo de quienes consumen SESI-RS 133
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Disminución y/o deterioro del rendimiento o desempeño laboral
Fallas o errores por decisiones impulsivas o por alteración de destrezas psicomotoras Algunas drogas se consumen para aumentan el rendimiento, la resistencia, la capacidad de concentrarse, generan euforia, pero posteriormente provocan angustia, irritabilidad, depresión y trastornos del sueño. Conductas antisociales como robo o daño a recursos físicos. SESI-RS 134
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TRES NIVELES DE PREVENCIÓN
SIN CONSUMO CONSUMO ESPORÁDICO CONSUMO PERMANENTE Nivel 1 PREVENCION PRIMARIA PRVENCIÓN SECUNDARIA PREVENCIÓN TERCIARIA Nivel 2 Nivel 3 Según un diagnóstico realizado en 2008 la mayoría de funcionarios(as) está en la zona verde: área saludable Cada eslabón de la pirámide se asocia al nivel de consumo de los trabajadores y la cantidad de personas que involucra como se detalla a continuación: El nivel 1 representa a la mayoría de los trabajadores de una organización y son los que no presentan ningún tipo de consumo de drogas; el nivel 2, corresponde a los trabajadores que presentan algún tipo de consumo inicial o frecuente de cualquier droga y son un número reducido dentro de la organización; el nivel 3, corresponde a aquellas personas que presentan dependencia, abuso o consumo problemático de drogas y/o alcohol y representan la minoría dentro de la población trabajadora. El abordaje, los objetivos preventivos y las acciones son diferentes para cada nivel de la pirámide, y se dirigen a un número de personas diferentes con una relación diferente con las drogas. Por lo tanto, a la hora de planificar la política preventiva es necesario organizar las acciones por nivel: Primaria: Su acción se basa en evitar que aquellas personas que no han tenido experiencias de consumo las tengan, por lo que trabaja con la población en general. Existe un nivel distinto, que es anterior a la prevención y que se refiere a la PROMOCIÓN de estilo de vida saludable, que se asocia a la prevención primaria del consumo de drogas, pero en forma indirecta, ya que la promoción favorece al prevención del consumo de drogas pero tiende al logro de un estado de salud general, por lo que previene no sólo el consumo de drogas sino una serie de problemas asociados a problemas de salud. Secundaria: Su acción se basa en evitar el consumo problemático, por lo que actúa cuando ya se han producido los primeros contactos, es decir, trabaja con población que es consumidor esporádico. Sus objetivos serían la prevención del consumo indebido (prevención del abuso de drogas lícitas y uso de drogas ilícitas). Terciaria: Se relaciona directamente con modalidades de tratamiento, rehabilitación y reinserción sociolaboral, dado que trabaja con población que es consumidora permanente y que probablemente abusa, por lo que busca evitar que la situación empeore y disminuir las secuelas o daños asociados al consumo indebido de drogas. 135
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NIVELES DE PREVENCIÓN I. Prevención Primaria: Son acciones de difusión, charlas y capacitaciones al personal. II. Prevención Secundaria: Se cuenta con un Procedimiento de Control para casos de consumo detectados en el lugar de trabajo. III. Prevención Terciaria: Se cuenta con un Procedimiento de derivación para casos de funcionarios(as) que solicitan apoyo o con sospecha de consumo de alcohol o drogas en el lugar de trabajo.
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II. Prevención Secundaria: Procedimiento de control ante casos de funcionarios en estado de embriaguez o con sospecha de uso de drogas en el trabajo 1.- Informar de inmediato a profesional a cargo de la persona afectada Responsable: cualquier funcionario del Establecimiento. 2.- Pre evaluar al funcionario según pauta de indicadores de consumo. Responsable: profesional a cargo de la persona afectada. Es una entrevista con el(la) funcionario(a) en un ambiente reservado, donde se evalúa la presencia de los siguientes indicadores:
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Presencia de Indicadores SI NO
Alteración del nivel de conciencia. Excesiva lentitud en el habla Verborrea Aliento etílico Dificultades en articular las palabras Inestabilidad en la marcha o dificultad para mantenerse de pie Desorientación temporal y/o espacial (no saber la fecha ni la hora en que se encuentra) Rigidez facial Movimientos estereotipados Sudoración excesiva Aceleramiento conductual/ Desinhibición Ojos “rojos” Luego de la entrevista, y de acuerdo a esta pre-evaluación la jefatura ponderará la necesidad de realizar una evaluación de signos clínicos de consumo de alcohol y/o otras drogas en la Unidad de Emergencia Hospitalaria o solicitarle que se retire del establecimiento, como medida de prevención de riesgos.
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III. Prevención Terciaria: Procedimiento de derivación y tratamiento
El Equipo Preventivo Coordinador (EPC), Comité Paritario, o Asistente Social del Personal del establecimiento, gestionarán las acciones necesarias para derivar consultas de funcionarios(as) en forma oportuna a los puntos de la red de salud mental que correspondan. En caso de ser necesario el tratamiento, se formalizará mediante una carta de compromiso entre la persona afectada, su jefatura y el(la) profesional tratante. Bajo cualquiera de estas circunstancias, el Servicio de Salud Arica otorgará las facilidades que cada caso requiera, de acuerdo a las indicaciones, sugerencias o prescripciones médicas de los organismos de salud, tanto públicos como privados, durante su proceso de tratamiento y rehabilitación. La inasistencia al tratamiento dará lugar a sanciones administrativas.
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Equipo Preventivo Coordinador (EPC)
Nombre Cargo Lugar de trabajo Srta. Kissy Aranda V. Prevencionista de Riesgos Dirección del Servicio Sr. Juan Nuñez O. Comité Paritario Srta. Darinka La Paz V. Jefa Depto. Desarrollo de las Personas Sra. Ester López F. Jefa Unidad Salud Mental Sr. Pablo Llanca R. Psicólogo Laboral Sra. Priscilla Godoy M. Asistente Social del Personal Hospital Dr. Juan Noé C. Sr. Manuel Ramírez A. Representante FENATS Sr. Silvio Dinamarca T. Sra. Estelvina Miranda T. Asistente Social Sra. Roxana Gálvez N. Encargada Centro ETS Sra. Mailing Lee C. Representante de FENPRUSS Integrado por referentes de la prevención del consumo de alcohol y otras drogas en sus respectivos establecimientos. Se especializan en realizar acciones de difusión y acoger inquietudes de funcionarios (as) en torno al tema.
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Acoso Laboral ¿Qué es? Definición: “Comportamientos intencionales que atemorizan, ofenden, degradan o humillan a un funcionario o funcionaria, ejercidos de manera sistemática y persistente por jefaturas, pares o subordinados (as), produciendo efectos evidentes en su estado emocional o en su integridad laboral, personal y/o familiar”.
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Lo que no es acoso laboral:
El Estrés Laboral, entendido este como la existencia de una excesiva presión en el trabajo para conseguir objetivos o metas laborales, con pocos o limitados recursos o con ausencia de gratificaciones. Los conflictos que surgen al interior de la organización, producto de mal clima laboral. Situaciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales. Malas condiciones de trabajo, higiene o seguridad. Maltrato laboral: Posee características similares al acoso laboral, sin embargo no se prolonga por un período de tiempo continuo, y no necesariamente tiene como motivación que la persona abandone su empleo.
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Procedimiento de Denuncia
Todo funcionario (a) del Servicio de Salud Arica, cualquiera sea su calidad jurídica, sexo, edad, jerarquía o función y que se sienta objeto de maltrato o acoso laboral por parte otro (a) funcionario (a), podrá efectuar la denuncia correspondiente. La denuncia se formalizará completando el formulario de denuncia, siendo enviada al psicólogo (a) laboral correspondiente al respectivo establecimiento.
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Derivación de denuncia
POR ESCRITO: - Persona supuestamente afectada formaliza denuncia con Psicólogo (a) laboral Recepción de denuncia Psicólogo (a) remite denuncia a Coordinación Comité de Buenas Prácticas Laborales (CBPL) Derivación de denuncia 2 integrantes del Comité se entrevistan con personas mencionadas en la denuncia Acciones Comité BPL 2 días hábiles plazo 5 días hábiles plazo 5 días hábiles plazo CBPL Evalúa antecedentes: Según análisis de los hechos y evidencia puede tomar 3 cursos de acción: Solicitar a Dirección del establecimiento que determine inv. sumaria o sumario. Alta probabilidad de que los hechos constituyan acoso laboral o maltrato grave 2. Solicitar autorización a Dirección para intervención o mediación con el consentimiento de las partes involucradas. Moderada o baja probabilidad de que los hechos constituyan acoso laboral, maltrato puntual o problemas de clima laboral 3. CBPL propone otras medidas Los hechos no son de gravedad o no tienen relación con acoso ni maltrato laboral Medida a tomar por Dirección 10 días hábiles plazo para informar
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Acoso Sexual ¿Qué es? Se entenderá como Acoso Sexual “el que una persona realice en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo” En esta definición, se entiende que el Acoso Sexual: 1. Es un comportamiento de índole o carácter sexual, 2. No es consentido por la persona a la que va dirigido, 3. Incide negativamente en la situación laboral de la misma.
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Manifestaciones del Acoso Sexual
Gestos de connotación sexual Apretones de hombros, roces, abrazos (aparentemente casuales) Proposiciones verbales de carácter sexual Lenguaje sexual u obsceno Cartas, correos electrónico, misivas Conducta no verbal (mostrar fotos obscenas, con características sexuales)
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Investigación del Acoso Sexual
La ley modifica el estatuto administrativo: Se agrega el acoso sexual como comportamiento prohibido para todos los funcionarios públicos (Art. 84).Se agrega el acoso sexual como causal de destitución del funcionario público (Art. 125). La instancia receptora de la denuncia informará a la Dirección del Establecimiento, quien dispondrá un Sumario Administrativo el día hábil siguiente a la fecha de recepción de la denuncia. La investigación será el único medio formal de establecer hechos constitutivos de Acoso Sexual, personas involucradas, grados de participación y responsabilidades.
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Fiscal investiga y sobresee o propone
POR ESCRITO: - Persona supuestamente afectada formaliza denuncia con Psicólogo(a) laboral Recepción de denuncia Psicólogo(a) remite denuncia a Dirección del Establecimiento Derivación de denuncia Dirección dispone Sumario Administrativo Acción 20 días hábiles plazo (prorrogables a 60) Fiscal investiga y sobresee o propone cargos Notificación de cargos a inculpado(a) Destitución 5 días para que inculpado(a) presente descargos Suspensión Multa Censura
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¿Dónde encontrar los procedimientos?
Psicólogo Laboral: Página web: Usuario: redsalud Contraseña: redsalud2006
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G R A C I A S
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CONTACTOS Servicio o Unidad Nombre Teléfono Anexo Correo Electrónico
Bienestar Ana Muñoz Cabrera 204581 584581 Personal Silvana Sánchez Lillo 204733 584733 Prevención de Riesgo Kissy Aranda Valdés 204749 584749 Desarrollo Organizacional Leonardo Paoletti Paoletti 204740 584740 Gestión del Personal Olga Godoy Zegarra 204736 584736 Desarrollo de las Personas Darinka La Paz Sudirección RRHH Myrna Henry Barrera 204729 584729 Capacitación Andrea Cárdenas 204741 584741 Psicología Laboral Pablo Llanca Riquelme
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BIENVENIDO
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MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN
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