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Seite 1 VIOLENCIA DE GÉNERO PANORAMA ESPAÑOL (11/2011)

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Presentación del tema: "Seite 1 VIOLENCIA DE GÉNERO PANORAMA ESPAÑOL (11/2011)"— Transcripción de la presentación:

1 Seite 1 VIOLENCIA DE GÉNERO PANORAMA ESPAÑOL (11/2011)

2 Seite 2 Constitución Española (dignidad, igualdad, derecho a la vida y a la integridad física y moral) Código Penal (delitos y las penas) Ley 35/1995 ayudas financieras a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual Ley 27/2003 sobre la órden de protección de las víctimas de violencia doméstica Ley Organica 1/2004 de violencia de género Leyes autonómicas (salvo Extremadura y La Rioja) NORMATIVA APLICABLE

3 CONCEPTO Seite 3

4 Seite 4 Violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia […] Comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones contra la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. DEFINICIÓN ESTATAL

5 PRECISIONES AUTONÓMICAS El concepto de violencia de género incluye también (entre otros): -Violencia o maltrato económico -Mutilación genital -Matrimonio forzado (Cataluña) -Violencia reproductiva (aborto forzado, esterilización…) -Acoso sexual (en la vida social como en el ámbito laboral) -Tráfico de mujeres para su explotación sexual -Violencia contra las mujeres en situaciones de conflicto armado Seite 5

6 TIPOLOGÍAS DELICTIVAS (COMPARATIVA) Seite 6 TIPO DE VIOLENCIA ESPAÑAHOLANDAALEMANIAFRANCIAREINO UNIDO RUSIA Física Homicidio Violación Abusos sexuales Mutilación Lesiones Falta administrativ Psicológica Amenazas/coacción ? Acoso sexual  Delitos de honor ? V. Reproductiva  ?

7 Seite 7 TIPO DE VIOLENCIA ESPAÑAHOLANDAALEMANIAFRANCIAREINO UNIDO RUSIA Tráfico de mujeres Prostitución forzosa ? Matrimonio forzoso  ? V. Relativa a la dote N/A  ?

8 ALGUNOS FALLOS DETECTADOS - La Ley estatal de Violencia de Género sólo se refiere a maltrato doméstico (en el ámbito de la pareja). No recoge violencia familiar, laboral, social, violencia en situaciones de conflicto y violencia ejercida por el Estado. -El matrimonio forzoso NO ES delito. Es civilmente nulo por falta de consentimiento, pero nada más. - Violación dentro del matrimonio. Hay agravante específica para la violación por parte de un progenitor, hermano o descendiente, pero no si es por parte del cónyuge. Seite 8

9 PREVENCIÓN Seite 9

10 Gran énfasis en sensibilización, prevención y educación: -Formación de profesionales (policía, médicos, abogados, psicólogos, profesores, medios de comunicación…) -Integración de valores en la educación primaria, secundaria y universitaria -Campañas de sensibilización social A través de Plan nacional de sensibilización y prevención de la violencia de género (bienal) Planes específicos (población inmigrante, adolescentes, etc) Seite 10

11 PROCEDIMIENTO Seite 11

12 ANTE UN CASO DE VIOLENCIA La víctima puede denunciar ante la violencia o los tribunales También pueden denunciar terceros (policía, profesionales sanitarios, familiares, etc) La violencia de género es un delito público, no privado – i.e. puede perseguirse independientemente de la voluntad de la víctima Seite 12

13 MEDIDAS CAUTELARES: LA ORDEN DE PROTECCIÓN La víctima puede pedir una orden de protección a través de un simple formulario (la policía o el hospital lo pasan al juzgado de violencia) Algunas medidas posibles: -Privación de libertad (raro) -Alejamiento de la victima y prohibición de comunicación -Prohibición de residir en la vivienda familiar -Prohibición de porte de armas -Suspensión temporal de custodia o patria potestad sobre los hijos -Alimentos Seite 13

14 PROCEDIMIENTO Ante los juzgados de violencia (juzgados penales especializados) Penas en caso de sentencia condenatoria (dependiendo del delito): -Privación de libertad -Privación de patria potestad -Multa Procedimiento penal acumulable con civil - Indemnización a la víctima (responsabilidad civil) -Divorcio -Custodia -Pensión compensatoria / alimentos Seite 14

15 PROBLEMAS PRÁCTICOS  La violencia psicológica apenas se denuncia, ergo apenas se castiga.  La víctima es el testigo clave del delito. Si se niega a declarar a menudo es difícil probar la culpa.  Tribunales (y ministerio fiscal) no tienen una línea coherente de actuación – inseguridad para las víctimas  Los agresores condenados rara vez van a prisión (el CP suspende el cumplimiento de la pena si es < 2 años y no hay antecedentes)  Muy pocas víctimas piden el divorcio (ca. 10-15%). La mayoría vuelve a vivir con el agresor. Seite 15

16 AYUDAS A LAS VÍCTIMAS Seite 16

17 DERECHOS ECONÓMICOS -Ayudas económicas del Estado (a devolver una vez recibida la indemnización) – en caso de muerte o lesiones superiores a 6 meses -Ayuda específica para víctimas con dificultades para conseguir empleo -Renta Activa de Inserción (para víctimas que sigan programas de inserción laboral) -Ayudas a cambio de residencia (para beneficiarias de rentas activas de inserción que se vean obligadas a cambiar de residencia) Seite 17

18 AYUDAS AL EMPLEO Existe un programa específico de empleo para víctimas, que incluye: -Programas de formación específicos en talentos laborales básicos y autoestima -Incentivos para las víctimas que quieran autoemplearse (10% > habitual) -Incentivos para las empresas que contraten a víctimas -Ayudas a la movilidad geográfica (costes de viaje, mudanza y costes de vivienda y de ayudas para dependencia durante el 1er año) -Incentivos para compensar la diferencia salarial (max. 1 año) Seite 18

19 DERECHOS LABORALES -Derecho a reducción o reorganización de jornada -Derecho a cambiar de centro de trabajo dentro de la misma empresa -Derecho a suspender la relación laboral hasta 18 meses si fuera necesario (durante ese plazo hay derecho a cobrar paro). En caso de víctimas autónomas, cabe una interrupción del trabajo (y de cotización) de hasta 6 meses -Derecho a terminar la relación laboral (con derecho a paro) -Las ausencias del trabajo debido a la situación física o psicológica no se consideran ausencias laborales -El empresario no puede despedir a la víctima por ejercer ninguno de los derechos anteriores (despido nulo) Seite 19

20 DERECHOS SOCIALES -Preferencia para la adjudicación de una vivienda protegida o una plaza en residencias públicas de ancianos -Las víctimas extranjeras obtienen derecho de residencia independiente del de su agresor (si eran ilegales, sólo durante el procedimiento) -Los hijos tienen derecho a ser escolarizados de forma inmediata en otro colegio -Los hijos con derecho a pensión de alimentos pueden recibir anticipos del Fondo de Garantía de Alimentos (a devolver una vez que el agresor pague) Seite 20

21 ALGUNAS ESTADÍSTICAS Seite 21

22 CASOS PENALES (EN MILES) Seite 22

23 CASOS CIVILES (EN MILES) Seite 23

24 VICTIMAS MORTALES (I) VICTIMASAGRESORES Seite 24

25 VICTIMAS MORTALES (II) Seite 25

26 GRACIAS


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